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informe temático n° 24/2015-2016 estadísticas y legislación ...

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1 INFORME TEMÁTICO N° 24/2015-2016 ESTADÍSTICAS Y LEGISLACIÓN SOBRE LA PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN DE ORO EN EL PERÚ RUTH IRENE LÉVANO ACOSTA Lima, 28 de enero de 2016 Edif. Luís Alberto Sánchez, Jr. Huallaga 364 Of. 111, Cercado de Lima. Lima 1 - Perú Tel.: (511) 311-7777 anexo 6151 │ email: [email protected] http://www.congreso.gob.pe/dgp/Didp/index.html
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INFORME TEMÁTICO N° 24/2015-2016

ESTADÍSTICAS Y LEGISLACIÓN SOBRE LA PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN DE ORO EN EL PERÚ

RUTH IRENE LÉVANO ACOSTA

Lima, 28 de enero de 2016

Edif. Luís Alberto Sánchez, Jr. Huallaga 364 – Of. 111, Cercado de Lima. Lima 1 - Perú Tel.: (511) 311-7777 anexo 6151 │ email: [email protected]

http://www.congreso.gob.pe/dgp/Didp/index.html

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INTRODUCCIÓN

El Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria, a través del Área de

Servicios de Investigación presenta el Informe Temático titulado «Estadísticas y legislación

sobre la producción y exportación de oro en el Perú» como un documento de consulta que

refiere cuadros y gráficos estadísticos sobre producción y exportación de oro, así como la

normativa que sobre la materia ha sido prevista en el país.

En el presente documento se consigna información sobre el tema desarrollado, para lo cual

se han consultado las páginas oficiales del Banco Central de Reserva del Perú, Instituto

Nacional de Estadística e Informática, Ministerio de Energía y Minas, Superintendencia

Nacional de Administración Tributaria y la Asociación de Exportadores.

Dicha información ha sido sistematizada en dos secciones. En el primer apartado se hace

una breve revisión de los principales datos sobre la producción y exportación del oro en el

Perú. En el segundo se presenta la normativa referente sobre las exportaciones en el país.

De esta manera, el Área de Servicios de Investigación procura brindar información

oportuna y de utilidad para el cumplimiento de las actividades de los órganos

parlamentarios.

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1. ESTADÍSTICA REFERENTE A LA PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN DE ORO EN EL

PERÚ

Si bien el Marco Macroeconómico Multianual (MMM) 2016-2018 Revisado del Banco

Central de Reserva del Perú (BCRP) advierte una ligera menor producción minera de oro

durante el año 2015 (BCRP, 2015: 26), el Ministerio de Energía y Minas (MEM) ha

señalado que el Perú para el año 2017 llegará a producir 6.6. millones de onzas de oro

gracias a los proyectos mineros que actualmente se están desarrollando y a la alta

competitividad del sector (SNMPE, 2014: 1).

En relación a la temática de la presente sección, a continuación se detallan tablas

estadísticas con data sobre la producción y exportación de oro en el Perú.

En la tabla 1, se observa un aumento en el volumen de la producción de miles de onzas

finas de oro en los años 2008 (más 310), 2009 (más 133) y 2011 (más 68). Teniendo

disminuciones en los años 2006 (menos 166), 2007 (menos 1048), 2010 (menos 641),

2012 (menos 149), 2013 (menos 170) y 2014 (menos 524).

Tabla 1

Producción de oro, 2005-2014 (Miles de Onzas Finas)

AÑO ORO

2005 6 687

2006 6 521

2007 5 473

2008 5 783

2009 5 916

2010 5 275

2011 5 343

2012 5 194

2013 5 024

2014 P/ 4 500

P/: Proyección 2014 Fuente y Elaboración: INEI. Compendio Estadístico Perú 2015. (Adaptado).

La Gran y mediana minería representa más del 93% del total de la producción de oro anual

en el país según se advierte en el periodo del 2010 al 2014.

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Tabla 2 Producción de oro, según estrato, 2010-2014

(Miles de Onzas Finas)

ESTRATO 2010 2011 2012 2013 2014

TOTAL 5 275 5 343 5 194 5 024 4 500

Gran y mediana minería 5 105 5 131 4 934 4 739 4 188

Pequeña minería 168 210 259 285 311

Minería artesanal 2 1 1 0 -

Gran y mediana minería: empresas con áreas de explotación mayores a las 2 000 hectáreas. Pequeña minería: empresas con áreas de explotación hasta 2 000 hectáreas. Minería artesanal: empresas con áreas de explotación hasta 1 000 hectáreas. Fuente y Elaboración: INEI. Compendio Estadístico Perú 2015 (Adaptado).

En cuanto a la producción de oro según empresas mineras, la tabla 3 refiere la producción

de oro en el periodo 2010 al 2014. Entre los tres primeros puestos destacan la Minera

Yanacocha, Cía. Minera Antapaccay, Minera Barrick Misquichilca y Compañía de Minas

Buenaventura, las mismas que representan más del 39% de la producción de oro en

nuestro país.

Tabla 3

Producción de oro, según Empresa Minera, 2010-2014 (Miles de Onzas Finas)

N° EMPRESA MINERA 2010 2011 2012 2013 2014 P/

Total 5 275 5 343 5 194 5 024 4 500

1 Minera Yanacocha S.R.L. 1 462 1 293 1 346 1 017 970

2 Minera Barrick Misquichilca S.A. 998 915 865 701 599

3 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 385 342 274 249 244

4 La Arena S.A. - 53 200 211 220

5 Consorcio Minero Horizonte S.A. 193 190 184 199 247

6 Minera Aurífera Retamas S.A. 157 166 176 177 181

7 Gold Fields La Cima S.A. 160 168 177 166 157

8 Aruntani S.A.C. 209 199 178 158 169

9 Compañía Minera Poderosa S.A. 116 114 127 147 156

10 Compañía Minera Coimolache S.A. - 44 139 143 145

11 Minera La Zanja S.R.L. 38 134 112 137 144

12 Minsur S.A. - - - 117 106

13 Cía. Minera Aurífera Santa Rosa S.A. 185 182 161 115 31

14 Arasi S.A.C. 67 69 91 108 56

15 Minera Laytaruma S.A. 98 108 106 95 100

16 Cía. Minera Antapaccay S.A. 1/ 30 34 19 79 69

17 Minera Veta Dorada S.A.C. 20 45 61 77 67

18 Compañía Minera Caravelí S.A.C. 32 31 35 42 45

19 Compañía Minera Ares S.A.C. 58 47 45 40 51

20 Anabi S.A.C. 45 74 62 39 12

P/: Proyección 2014 1/ Antes Xstrata Tintaya S.A. Fuente: INEI. Compendio Estadístico Perú 2015. (Adaptado). Elaboración: Área de Servicios de Investigación.

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Asimismo, durante los dos últimos años las empresas Minera Yanacocha y Minera Barrick

Misquichilca han mantenido su liderazgo en la producción de oro, tal como se observa en

la tabla 4.

Tabla 4

Producción de oro, según Empresas, 2014 – 2015* (Miles de Onzas Finas)

N° EMPRESA MINERA 2014 2015*

1 Minera Yanacocha S.R.L. 868,937 842,939

2 Minera Barrick Misquichilca S.A. 550,023 558,222

3 Consorcio Minero Horizonte S.A. 224,144 233,948

4 La Arena S.A. 199,759 211,518

5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 222,061 201,732

6 Minera Aurífera Retamas S.A. 164,824 164,067

7 Gold Fields La Cima S.A. 138,546 153,682

8 Compañía Minera Poderosa S.A. 143,982 148,328

9 Aruntani S.A.C. 149,108 139,157

10 Compañía Minera Coimolache S.A. 133,092 134,548

Otros 1,299,174 1,307,435

*Data hasta Noviembre 2015. Fuente: MINEM. Boletín Estadístico del Subsector Minero Noviembre 2015. (Adaptado). Elaboración: Área de Servicios de Investigación.

Por otro lado, en relación con las exportaciones, a noviembre de 2015, la Asociación de

Exportadores (ADEX) señala que uno de los sectores económicos con mayor participación

dentro de la economía nacional fue la minería tradicional, registrando una participación de

53.7%. Asimismo, el oro es uno de los principales minerales de exportación del Perú a los

diferentes mercados internacionales (ADEX, 2015: 3, 6).

Según el MML 2016-2018 Revisado del BCRP, habrá una baja de los precios del oro que

exportamos: de US$ 1 230 por onza troy a US$ 1 150 - 1 000 por onza (BCRP, 2015: 3).

En la tabla 5 y gráfico 1 se describe la exportación de oro por parte de las empresas

mineras del Perú, donde el valor de exportación FOB1 del oro evidenció un incremento en

el 2010 (más U$ 954 millones) y 2011 (más US$ 2490 millones). Posteriormente, se

reporta una disminución considerable de las exportaciones de oro para los años 2012

(menos U$ 533 millones), 2013 (menos U$ 1344 millones), 2014 (menos U$1616 millones)

hasta octubre de 2015 (menos US$ 1333 millones).

1 FOB (Free On Board): Franco a bordo, significa que el exportador entregará la mercancía a bordo del buque designado por el importador en el puerto de embarque convenido (en la forma habitual en dicho puerto). También es posible que el exportador obtenga la mercancía ya entregada en estas condiciones (a bordo del buque), como en los casos de materias primas, u otras mercancías asociadas a ventas en cadena. Este término sólo se puede emplear con medios de transporte marítimo y por vías navegables de interior. Visto en AFI Guías: http://www.iberglobal.com/files/2015/incoterms_afi.pdf

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Tabla 5 Valor de exportación FOB del oro

2009-2015* (Millones de US Dólares)

AÑO ORO

2009 6 791

2010 7 745

2011 10 235

2012 9 702

2013 8 358

2014 6 742

2015* 5 409

*Data hasta Octubre 2015 Fuente y Elaboración: MINEM. Boletín Estadístico del Subsector Minero Noviembre 2015. (Adaptado).

Gráfico 1 Exportación de oro, 2009-2015*

(Millones de US Dólares)

*Data hasta Octubre 2015 Fuente: MINEM. Boletín Estadístico del Subsector Minero Noviembre 2015. (Adaptado). Elaboración: Área de Servicios de Investigación.

En la tabla 6, se aprecia un aumento en el volumen de exportación en miles de onzas de

oro en los años 2008 (más 450.3), 2009 (más 554.5) y 2011 (más 157.6). Reportándose

disminuciones en los años 2006 (menos 202.1), 2007 (menos 706.3), 2010 (menos 637.6),

2012 (menos 65.1), 2013 (menos 379.7) y 2014 (menos 724.0).

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Tabla 6 Volumen de exportación minera de oro

2005-2014 (Miles de onza troy

2)

AÑO ORO

2005 6 875.8

2006 6 673.7

2007 5 967.4

2008 6 417.7

2009 6 972.2

2010 6 334.6

2011 6 492.2

2012 6 427.1

2013 6 047.4

2014 P/ 5 323.4

P/: Proyección 2014 Fuente y Elaboración: INEI. Compendio Estadístico Perú 2015. (Adaptado).

En relación con el destino de las exportaciones, Suiza (US$ 32 274 271 millones), Canadá

(US$ 17 982 700 millones) y Estados Unidos (US$ 11 544 931 millones) son los principales

países donde se exporta la mayor cantidad de oro que es producido en Perú desde el año

2005 hasta el 2014.

Tabla 7 Valor de exportación FOB de oro, según país de destino, 2005-2014

(Miles de US Dólares)

PAÍS 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 P/

Oro 3 095 382 3 995 479 4 187 403 5 586 035 6 790 948 7 744 631 10 235 353 10 745 516 8 536 279 6 729 072

Suiza 775 881 1 662 386 2 310 676 3 386 979 3 921 298 3 809 005 5 788 964 5 001 172 3 006 042 2 611 868

Canadá 670 709 922 875 1 253 000 1 324 402 1 729 797 2 457 288 3 121 393 2 646 975 2 038 785 1 817 476

Estados Unidos de América

1 579 340 1 367 602 617 167 670 758 930 270 1 225 483 856 980 1 295 033 2 217 521 784 777

Reino Unido 38 170 5 311 4 273 133 861 16 066 - 75 817 316 782 286 614 181 843

India - - - - - - - 106 615 263 609 92 847

Emiratos Árabes Unidos

- - - - - - - 4 354 41 572 49 141

Sudáfrica, Republica de

- - - - - - 13 417 40 063 25 999 45 072

Italia - - - 5 209 158 866 239 082 288 985 244 263 314 913 37 813

China - - 1 054 27 199 27 794 12 219 69 815 27 803 12 768 14 144

Bulgaria 870 - - - - - - - 3 679 12 182

Francia - 3 - - - - 485 - 11 844 5 258

España

- - - - 1 575

Malasia - - - - - - - 1 300 10 758 443

Otros 30 412 37 301 1 233 37 627 6 857 1 555 19 497 1 061 156 302 175 1 074 634

Fuente y Elaboración: INEI. Compendio Estadístico Perú 2015. (Adaptado).

2 Onza troy: es la unidad de medida más comúnmente utilizada para pesar los metales preciosos. 1 onza troy equivale a 31,1 gramos, no confundir con la onza común de 28,3 gramos. 1 kg consta de 32.1507466 onzas troy. Es importante distinguir entre onzas comunes y onzas troy al comprar o vender oro plata. Visto en MiningPress Edición Chile: http://www.miningpress.cl/nota/164788/que-significa-quilates-y-onzas-troy

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En lo referente a las principales empresas mineras que lideran las exportaciones de oro en

nuestro país durante el período 2013 al 2015, destacan: Minera Yanacocha, Cía. Minera

Antapaccay, Minera Barrick Misquichilca y Compañía de Minas Buenaventura.

Tabla 9

Ranking de las principales empresas mineras exportadoras (2013 – 2015*)

N° RAZÓN SOCIAL Valor FOB en miles de dólares

2013 2014 2015*

1 Minera Yanacocha S.R.L. 1,500.73 1,255.40 994,265.7

2 Cía. Minera Antapaccay S.A. 1/ 923.67 1,153.11 878,279.1

3 Minera Barrick Misquichilca S.A. 990.91 818.10 644,208.0

4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 742.60 590.39 420,586.7

5 Minsur S.A. 693.79 661.87 381,022.3

6 Gold Fields La Cima S.A. 332.43 334.45 279,396.0

7 Consorcio Minero Horizonte S.A. 252.61 278.52 225,044.1

8 Compañía Minera Poderosa S.A. 207.53 200.91 198,409.5

9 Minera Aurífera Retamas S.A. 253.57 228.98 191,425.9

10 Compañía Minera Coimolache S.A. 216.08 194.87 166,473.5

11 Aruntani S.A.C. 279.28 294.40 161,934.8

12 La Arena S.A. 285.81 181.15 138,899.9

13 Compañía Minera Ares S.A.C. 172.27 123.31 106,068.7

14 Minera Laytaruma S.A. 144.76 136.20 100,605.1

15 Anabi S.A.C. 57.85 19.43 51,257.9

16 Compañía Minera Caravelí S.A.C. 60.07 60.58 50,065.2

17 Cía. Minera Aurífera Santa Rosa S.A. 189.44 15.54 13,992.9

18 Arasi S.A.C. 152.00 13.87 -

1/ Antes Xstrata Tintaya S.A. *Data hasta Noviembre 2015. Fuente: SUNAT, Estadísticas de Comercio Exterior. (Adaptado). Elaboración: Área de Servicios de Investigación.

2. NORMATIVA REFERENTE A LAS EXPORTACIONES DE ORO EN EL PERÚ

En el Perú, el control de la exportación de oro está a cargo de la Superintendencia

Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), tal como lo dispone el Decreto Legislativo

1053.

En el cuadro 1, se detalla la normativa referente a la temática del presente informe.

9

Cuadro 1 Legislación nacional vinculada con la exportación de oro

NORMA ARTÍCULOS

Ley 26422 Ley que modifica la Ley General de Aduanas y la Ley del Impuesto General a las Ventas e lmpuesto Selectivo al Consumo.

23 de diciembre de 1994

Artículo 2. Modificase el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 775 en los términos siguientes: "Artículo 2.- No están gravados con el impuesto: f) El Banco Central de Reserva del Perú por las operaciones de: 1.- Compra y venta de oro y plata que realiza en virtud de su Ley Orgánica.

Ley 27790 Ley de organización y funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. 23 de julio de 2002

Artículo 2. Competencia. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo. Tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas y los demás sectores del Gobierno en ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, está encargado de la regulación del comercio Exterior. […]

Artículo 5. Funciones. Son funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: […] 7. Orientar y promover el desarrollo de las exportaciones, del turismo y la artesanía en

términos de eficiencia y competitividad, en coordinación con las oficinas comerciales del Perú en el exterior cuando corresponda;

Ley 27977 Ley para la manufactura y atesoramiento del oro 29 de mayo de 2003

Artículo 2. Venta de oro a través de las Bolsas de Productos. Las ventas que realicen los productores mineros de oro a través de las Bolsas de Productos, mediante contratos o certificados de depósito expedidos por Almacenes Generales de Depósitos supervisados por la Superintendencia de Banca y Seguros, darán derecho a un saldo a favor de dichos productores respecto al monto que hubiera sido consignado en los comprobantes de pago correspondientes a la adquisición de bienes, servicios, contratos de construcción y las pólizas de importación, siéndoles aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 34º y 35º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF. A los efectos de la devolución de la aplicación del saldo a favor establecido en el párrafo precedente, los productores de oro deben acreditar la realización de la operación a través de la Bolsa de Productos de Lima con la Póliza de Venta correspondiente; así como otros documentos sustentatorios exigidos por las normas del Impuesto General a las Ventas. La calificación de productor minero será precisada en el Reglamento de la presente Ley […]. Es requisito para realizar las operaciones de venta a que se refiere el presente artículo, que los productores mineros de oro estén registrados en el Ministerio de Energía y Minas; y, que los compradores especifiquen el destino del oro adquirido: a) Para atesoramiento; b) Para producción de joyería destinada al mercado doméstico; o, c) Para producción de joyería destinada al mercado exterior.

Decreto Legislativo 183 Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas

Artículo 5. Corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas planear, dirigir y cotrolar los asuntos relativos a la tributación, política aduanera, […]. Asimismo le corresponde planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la política arancelaria, en coordinación con el Ministerio de Industria, Comercio, Turismo e Integración y con el Ministro del Sector interesado, cuando corresponda. (*) (*) Artículo modificado por el Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 325, publicado el 30/01/85.

Artículo 48. Los Organismos Públicos Descentralizados del Sector Economía, Finanzas y Comercio son los siguientes: […] - Superintendencia Nacional de Aduanas (*) (*) La Superintendencia Nacional de Aduanas fue incluida en esta relación por el artículo 17 del D. Leg. Nº 500, publicado el 01/12/88.

Decreto Legislativo 1053 Ley General de Aduanas 27 de junio de 2008

Artículo 2. Definiciones. […] Administración Aduanera. Órgano de la Superintendecia Nacional de Administración Tributaria competente para aplicar la legislación aduanera, […], aplicar otras leyes y reglamentos relativos a los regímenes aduaneros, y ejercer la potestad aduanera. […]

Artículo 10. Administración Aduanera. La Administración Aduanera se encarga de la administración, recaudación, control y fiscalización aduanera del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero. […]

Artículo 60. Exportación definitiva. Régimen aduanero que permite la salida del territorio aduanero de las mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior. La exportación definitiva no está afecta a ningún tributo. […]

Artículo 122. Autorización. Ninguna autoridad bajo responsabilidad, permitirá la carga o movilización de mercancías sin autorización de la autoridad aduanera, la que también será necesaria para permitir la salida de todo medio de transporte. La autoridad aduanera podrá exigir la descarga, desembalaje de las mercancías y disponer de las medidas que estime necesaria para efectuar el control, estando obligado el transportista a proporcionarle los medios que requiera para tal fin. […]

10

NORMA ARTÍCULOS

Artículo 162. Control aduanero. Se encuentran sometidas a control aduanero las mercancías, e incluso los medios de transporte que ingresan o salen del territorio aduanero, se encuentren o no sujetos al pago de derechos e impuestos. Asimismo, el control aduanero se ejerce sobre las personas que intervienen directa o indirectamente en las operaciones de comercio exterior, las que ingresan o salgan del territorio aduanero, las que posean o dispongan de información, documentos, o datos relativos a las operaciones sujetas a control aduanero; o sobre las personas en cuyo poder se encuentren las mercancías sujetas a control aduanero. Cuando la autoridad aduanera requiera el auxilio de las demás autoridades, éstas se encuentran en la obligación de prestarlo en forma inmediata. Artículo 164. Potestad aduanera. Potestad aduanera es el conjunto de facultades y atribuciones que tiene la Administración Aduanera para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de personas, mercancías y medios de transporte, dentro del territorio aduanero, así como para aplicar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el ordenamiento jurídico aduanero. La Administración Aduanera dispondrá las medidas y procedimientos tendientes a asegurar el ejercicio de la potestad aduanera. […]

Artículo 165. Ejercicio de la potestad aduanera. La Administración Aduanera, en ejercicio de la potestad aduanera, podrá disponer la ejecución de acciones de control, antes y durante el despacho de las mercancías, con posterioridad a su levante o antes de su salida del territorio aduanero, tales como: a) Ejecutar acciones de control, tales como: la descarga, desembalaje, inspección,

verificación, aforo, auditorías, imposición de marcas, sellos, precintos u otros dispositivos, establecer rutas para el tránsito de mercancías, custodia para su traslado o almacenamiento, vigilancia, monitoreo y cualquier otra acción necesaria para el control de las mercancías y medios de transporte;

b) Disponer las medidas preventivas de inmovilización e incautación de mercancías y medios de transporte;

c) Requerir a los deudores tributarios, operadores de comercio exterior o terceros, el acceso a libros, documentos, archivos, soportes magnéticos, data informática, sistemas contables y cualquier otra información relacionada con las operaciones de comercio exterior;

d) Requerir la comparecencia de deudores tributarios, operadores de comercio exterior o de terceros;

e) Ejercer las medidas en frontera disponiendo la suspensión del despacho de mercancías presuntamente falsificadas o pirateadas, de acuerdo a la legislación de la materia;

f) Registrar a las personas cuando ingresen o salgan del territorio aduanero.

Artículo 166. Verificación. La autoridad aduanera, a efectos de comprobar la exactitud de los datos contenidos en una declaración aduanera, podrá: a) Reconocer o examinar físicamente las mercancías y los documentos que la sustentan; b) Exigir al declarante que presente otros documentos que permitan concluir con la

conformidad del despacho; c) Tomar muestras para análisis o para un examen pormenorizado de las mercancías. En los casos que la autoridad aduanera disponga el reconocimiento físico de las mercancías, el mismo se realizará en las zonas designadas por ésta en la zona primaria. La Administración Aduanera determinará los casos en que la inspección no intrusiva constituye el examen físico de las mercancías.

Decreto Supremo 055-99-EF Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

15 de abril de 1999

Artículo 33. Exportación de bienes y servicios. […] También se considera exportación las siguientes operaciones: […] 2. Las operaciones swap con clientes del exterior, realizadas por productores mineros, con intervención de entidades reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que certificarán la operación en el momento en que se acredite el cumplimiento del abono del metal en la cuenta del productor minero en una entidad financiera del exterior, la misma que se reflejará en la transmisión de esta información vía swift a su banco corresponsal en Perú. El banco local interviniente emitirá al productor minero la constancia de la ejecución del swap, documento que permitirá acreditar ante la SUNAT el cumplimiento de la exportación por parte del productor minero, quedando expedito su derecho a la devolución del IGV de sus costos. (Ver Decreto Supremo Nº 105-2002-EF, publicado el 26/06/2002). El plazo que debe mediar entre la operación swap y la exportación del bien, objeto de dicha operación como producto terminado, no debe ser mayor de sesenta (60) días útiles. Aduanas, en coordinación con la SUNAT, podrá modificar dicho plazo.[…]

Decreto Supremo 052-2004-EF

Dictan normas reglamentarias para la aplicación de la Ley para la Manufactura y Atesoramiento del Oro

19 de abril de 2004

Artículo 3. Del Registro de Productores Mineros de Oro. La Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas creará un Registro Especial, denominado “Registro de Productores Mineros de Oro”, en el cual inscribirá en forma automática a los que califiquen como productores mineros de oro de acuerdo al procedimiento señalado en el artículo anterior, debiendo emitir al Productor Minero una constancia por la inscripción efectuada. La inscripción del Productor Minero tendrá una vigencia de un año.

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NORMA ARTÍCULOS

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas 137-2009/SUNAT/A Procedimiento General INTA-PG.02: Exportación Definitiva 02 de diciembre de 2003

8. Las operaciones SWAP con clientes del exterior, realizadas por productores mineros, es efectuada con intervención de entidades reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros, las que certifican la operación en el momento en que se acredite el cumplimiento del abono del metal en la cuenta del productor minero en una entidad financiera del exterior, la misma que se refleja en la transmisión de esta información vía swift a su banco corresponsal en Perú.

9. El Banco local interviniente emitirá al productor minero la constancia de la ejecución del SWAP, este documento permitirá acreditar ante la Administración Aduanera el cumplimiento de la exportación definitiva por parte del productor minero. […]

23. El valor FOB total a declarar es el valor del oro más el valor agregado, y se obtiene de la siguiente forma: a) Valor del oro.- es el valor consignado en la Constancia de Ejecución del SWAP,

donde figura el monto exacto de onzas troy de oro fino valoradas según la cotización internacional en la fecha de la operación SWAP.

b) Valor agregado.- es el valor que se obtiene de la factura emitida por la empresa que transforma el oro refinado y exporta los productos de joyería.

24. Cuando la empresa de joyería solicite acogerse a algún beneficio para la exportación, previamente al valor FOB declarado en la DUA se debe deducir el valor del oro. […]

26. Además de los documentos requeridos para el régimen de exportación, el exportador debe presentar lo siguiente:

c) Factura de la empresa de joyería, donde se indica que el único valor que se declara es el agregado; vale decir la mano de obra, y que el oro es de propiedad del cliente del exterior a quién se exporta, en mérito a la operación SWAP efectuada. d) Copias de las facturas de los productores locales de oro. En este caso, el exportador debe adjuntar a la DUA una lista consolidada con el nombre de los productores locales de oro, la que debe coincidir con el detalle consignado en el acta de entrega.

Fuente: Congreso de la República del Perú (CRP), Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Energía y Minas (MINEM), Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ). Elaboración: Área de Servicios de Investigación.

Del cuadro anterior, se observa que el registro de Productores Mineros de Oro está a cargo

de la Dirección General de Minería del MINEM, tal como lo establece el Decreto Supremo

052-2004-EF. Mientras que la entidad responsable de la promoción de las exportaciones

es el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), conforme lo estipula la Ley

27790, Ley de organización y funciones del MINCETUR.

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3. CONCLUSIONES

La producción nacional de oro ha venido disminuyendo desde el año 2011. Sin

embargo, para el año 2017 se estima que dicha producción podría alcanzar los 6.6

millones de onzas debido al desarrollo de los proyectos mineros y a la alta

competitividad del sector.

El valor de exportación FOB del oro evidenció un incremento en los años 2010 y

2011 y una disminución considerable en los años siguientes hasta octubre de 2015.

Sin embargo, el oro constituye uno de los principales minerales de exportación del

Perú, cuyos destinos destacados son Suiza, Canadá y Estados Unidos. Asimismo,

Minera Yanacocha, Cía. Minera Antapaccay, Minera Barrick Misquichilca y

Compañía de Minas Buenaventura, son las que lideran el ranking de empresas

mineras exportadoras de oro en el país.

El Estado controla la producción y la exportación del oro en el país mediante la

normatividad establecida para dicho fin. La SUNAT es la entidad competente de la

regulación de exportaciones de oro en el Perú, el MINCETUR se encarga de la

promoción de esta actividad y el MINEM registra a todo productor minero que

cumpla con los procedimientos requeridos para formar parte del Registro de

Productores Mineros de Oro del Perú.

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BIBLIOGRAFÍA

ASOCIACIÓN DE EXPORTADORES (ADEX)

2015 Boletín de Exportaciones Octubre 2015

Consultado: 27 de enero de 2016

http://www.adexperu.org.pe/images/Boletines/Exportaciones/BOLETIN_DE_EXPORTACIONES_NOVIEMBRE_2015.pdf

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ (BCRP)

2015 Marco Macroeconómico Multianual 2016-2018 Revisado

Consultado: 25 de enero de 2016

http://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Programa-Economico/mmm-2016-2018-agosto.pdf

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA (INEI)

2015 Compendio Estadístico 2015

Consultado: 21 y 22 de enero de 2016

https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1253/compendio2015.html

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS (MINEM)

2015 Boletín Estadístico del Subsector Minero Noviembre 2015.

Consultado: 21 y 22 de enero de 2016

http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/file/Mineria/PUBLICACIONES/VARIABLES/2015/noviembre.pdf

SOCIEDAD NACIONAL DE MINERÍA, PETRÓLEO Y ENERGÍA (SNMPE)

2014 Nota de Prensa “MEM: Perú incrementará en 34% su producción de oro y en 23% la de plata al año 2017”.

Consultado: 26 de enero de 2016

http://www.snmpe.org.pe/prensa-y-multimedia-snmpe/notas-de-prensa/notas-de-prensa-de-la-snmpe/mem-peru-incrementara-en-34-su-produccion-de-oro-y-en-23-la-de-plata-al-anno-2017.html

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT)

2015 Estadísticas de Comercio Exterior Anuario 2014 y Boletín 2015

Consultado: 21 y 22 de enero de 2016

http://www.sunat.gob.pe/estad-comExt/modelo_web/web_estadistica.htm


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