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DDHH Expo 16 Julio ..Unido

Date post: 02-Nov-2015
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Derechos
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Universidad Técnica de Machala Facultad de Ciencias Químicas y de la Salud Escuela de Ciencias Médicas Cátedra de Derechos Humanos, Ciudadanía y uen !ivir Derechos y Artículos relacionados a la Educación Ma" del Cisne #$uilar %alter &alar'a Daniel Herrera Samantha (la$uno Diana )iloso ryan Sarmiento )rimer Semestre *+
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Presentacin de PowerPoint

Universidad Tcnica de MachalaFacultad de Ciencias Qumicas y de la SaludEscuela de Ciencias MdicasCtedra de Derechos Humanos, Ciudadana y Buen VivirDerechos y Artculos relacionados a la EducacinMa. del Cisne AguilarWalter GalarzaDaniel HerreraSamantha LlagunoDiana PilosoBryan Sarmiento

Primer Semestre B

DERECHOS Y ARTCULOS RELACIONADOS A LA EDUCACIN SUPERIORMa. Del Cisne Aguilar M.2Reglamento de rgimen acadmico de la Universidad Tcnica de MachalaCaptulo Imbito y ObjetivosmbitoSe establece el presente Reglamento de Rgimen Acadmico que regula y orienta el quehacer acadmico de la UTMACH en sus diferentes niveles de formacin, incluyendo modalidades de aprendizaje y organizacin, regula las relaciones acadmicas entre autoridades, docentes, estudiantes y est regido por las disposiciones de la Constitucin de la Repblica del Ecuador, la Ley Orgnica de Educacin Superior y su reglamento, el Reglamento de Rgimen Acadmico, los Reglamentos y resoluciones dictados por la SENESCYT, CES; EL Estatuto y dems normativas dictadas por los organismo de gobierno o autoridades de la Universidad Tcnica de Machala.Art. 1

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Art. 2ObjetivosEstablecer lineamientos que regulen acciones para una formacin de alta calidad, orientados al fortalecimiento de los valores ticos y de servicio de los estudiantes de la UTMACH; a la adquisicin y actualizacin de sus conocimientos; y a su desarrollo individual, que contribuyan al desarrollo de competencias en un marco de responsabilidad, dando cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes aplicables, teniendo en cuenta la mejora continua, mediante su articulacin de las necesidades de la transformacin y participacin social fundamentales para alcanzar el buen vivir.

Regular la formacin de tercer nivel o grado y cuarto nivel o posgrado, en las distintas modalidades de aprendizaje, con miras al fortalecimiento de la investigacin formativa, la formacin acadmica y profesional y vinculacin con la colectividad, prcticas pre profesionales en un marco de calidad, calidez, innovacin y pertinencia.5

Favorecer la movilidad nacional e internacional de los docentes, investigadores, profesionales y estudiantes con miras a la integracin de la comunidad acadmica ecuatoriana.

Preservar y fortalecer la interculturalidad, la educacin bilinge, la equidad de gnero, solidaridad y paz.

Desarrollar la educacin superior bajo la perspectiva del bien pblico social, aportando a la democratizacin del conocimiento para la garanta de derechos y la reduccin de inequidades.

Captulo IIModelo EducativoArt. 3Modelo EducativoLa perspectiva del modelo educativo de la UTMACH tiene en su centro la formacin integral del estudiante, el cual se instrumentar en los niveles de formacin de pregrado y posgrado.

De los niveles de formacinEducacin Superior de grado o de tercer nivelEducacin Superior de posgrado o de cuarto nivel

Educacin Superior de grado o de tercer nivelEste nivel proporciona una formacin general orientada al aprendizaje de una carrera profesional y acadmica. Los profesionales de grado tendrn la capacidad para incorporar en su ejercicio profesional los aportes cientficos, tecnolgicos, metodolgicos, saberes ancestrales y globales.

Art. 4Art. 58Carreras de Tercer nivelLicenciaturas y afinesIngenieras y arquitecturaMedicina humana, odontologa y medicina veterinaria.

Educacin Superior de posgrado o de cuarto nivelEste nivel proporciona competencias altamente especializadas, tanto disciplinarias, como multi, inter y trans disciplinarias para el ejercicio profesional y la investigacin en los campos de la ciencia, los saberes, la tecnologa y el arte.

Programas de cuarto nivelespecializacinEspecializacin mdica y odontolgicaMaestradoctoradoArt. 6Art. 8Art. 7Diseo Rediseo CurricularColectivos de Carrera o programaDocentes: dominio en las respectivas reas de conocimiento Designado por el Consejo DirectivoPresidido por el Coordinador de carreraApoyado por el Coordinador Acadmico de la Unidad correspondienteA partir de un proceso que conste de : planificacin, programacin, ejecucin y evaluacin propondrn el plan de estudio ante el Consejo Directivo Unidad Acadmica previo informe de la Comisin Acadmica. Art. 910Proyecto de plan de estudio propuesto por el Consejo Directivo Honorable Consejo Directivo previo informe del Consejo Acadmico Universitario.Ser presentado para aprobacin definitivaAprobado por el Honorable Consejo U.Se Transmitir a otras instancias, conforme a la leyLas Unidades Acadmicas organizarn las distintas carreras considerando la clasificacin CINE (UNESCO) y el objeto de la carrera, conforme lineamientos establecidos por el Consejo de Educacin Superior.Art. 350Derechos y Artculos relacionados a la Educacin Superior presentes en la Constitucin de la Repblica del Ecuador - 2008El sistema de educacin superior 12Art. 352Art. 355Se reconoce a las universidades y escuelas politcnicas el derecho a la autonoma. Ejercida y comprendida de manera solidaria y responsableGarantiza el ejercicio de la libertad acadmica y el derecho a la bsqueda de la verdad, sin restricciones.La autonoma no exime a las instituciones del sistema de ser fiscalizadas de la responsabilidad social, rendicin de cuentas y participacin en la planificacin nacional.14la educacin pblica superior ser gratuita hasta el tercer nivel.la educacin pblica el ingreso a las instituciones publicas de educacin superior se regular a travs de un sistema de nivelacin y admisin, definido en la ley.La gratuidad se vincular a la responsabilidad acadmica de los estudiantes..Art. 356CAPTULO IIIINGRESO, NIVELACIN, ADMISIN Y MATRCULA

DEL SISTEMA DE NIVELACIN Y ADMISIN.- PARA EL INGRESO, NIVELACIN Y ADMISIN DE NUEVOS ESTUDIANTES, LA UTMACH BRINDAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y EQUIDAD DISTINCIN DE .GNERORELIGIN CULTURAIDEOLOGA CONDICIN SOCIO-ECONMICA. LA POSTULACIN DE CARRERAS O PROGRAMAS DE PREGRADO Y POSGRADO EN LAS DISTINTAS MODALIDADES EST SUJETA A LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA UNIVERSITARIA. PARA INGRESAR A LAS CARRERAS DE PREGRADO, EL POSTULANTE SE SOMETER A LO REGLAMENTADO EN EL SISTEMA NACIONAL DE NIVELACIN Y ADMISIN IMPLEMENTADO POR LA SENESCYT BASADO EN LA LEY ORGNICA DE EDUCACIN SUPERIOR Y EL ESTATUTO DE LA UTMACH.

Art 11Requisitos para el ingreso.- Para el ingreso de las y los estudiantes al sistema de nivelacin y admisin se requiere:a) Presentar copia notariada del ttulo de bachiller o su equivalente, de conformidad con la Ley; y,b) Haber cumplido con los requisitos normados por el SNNA.

Art 12Estudiantes regulares de las Instituciones de Educacin Superior.(60% de materias )

Art 13De la gratuidad de la Educacin Superior.- La UTMACH garantiza la gratuidad de la Educacin Superior en la formacin de las y los futuros profesionales de tercer nivel, en todas sus modalidades, de acuerdo a los siguientes criterios:a) Ser estudiante regular.b) Ser estudiante del sistema de nivelacin y admisin.e) La gratuidad cubrir exclusivamente los rubros relacionados con la primera matrcula y la escolaridad, as como los derechos y otros rubros requeridos para la elaboracin, evaluacin y aprobacin del proceso de titulacin. Se pierde de manera definitiva la gratuidad, si un estudiante regular reprueba, (30%materias)

Art 14Del tipo de matrculaLa UTMACH contar con 3 tipos de matrcula:ordinaria con una duracin de 15 das plazo,extraordinaria con una duracin de 15 das plazo a partir de la terminacin de las matriculas ordinarias especiales con una duracin de 10 das hbiles a partir de la terminacin de matrculas extraordinarias

Art 15Requisitos de matrcula.- Las y los estudiantes que aspiren a una formacin de tercer nivel, debern cumplir con los siguientes requisitos para el proceso de matrcula:

a) Aprobacin del curso de nivelacin, emitido por el Sistema de Nivelacin yAdmisin (SNNA) o por el organismo regulador de la UTMACH. b) Fotocopia a color de la cdula de identidad.c) Fotocopia a color del certificado de votacin actualizado. d) Dos fotos actualizadas tamao carn.e) Comprobante de pago de segunda o tercera matrcula para quienes repitan una o varias asignaturas.Para quienes provienen de otras Instituciones de Educacin Superior legalmente reconocidas por la SENESCYT

a) Certificado de aprobacin de por lo menos los dos primeros semestres, nivel o su equivalente.b) Estudio de convalidacin emitido por la Unidad Acadmica respectiva, donde se indica entre otros datos, el semestre, nivel o su equivalente a matricularse.c) Fotocopia a color de la cdula de identidad.d) Fotocopia a color del certificado de votacin actualizado.e) Dos fotos actualizadas tamao carn.

Art. 16Cambio de plan de estudio.- Si por cualquier situacin el estudiante deba matricularse en un plan de estudio vigente distinto al inicial, deber aplicrsele un estudio de convalidacin previo al proceso de matrcula.

Art. 17.Matrcula por tercera ocasin. Solamente en casos establecidos excepcionalmente en el artculo 99 del Estatuto de la UTMACH, un estudiante se podr matricular por tercera ocasin en la misma asignatura., (solo una materia) sin derecho a examen de gracia o mejoramiento.

Art 18Del procedimiento de matrculas.- Las matrculas se realizarn de forma on line a travs del portal web de la UTMACH, dentro de los plazos establecidos en el presente reglamento.

Art 19Anulacin de matrculas.- El Honorable Consejo Universitario podr declarar nula una matrcula cuando sta haya sido realizada violando la ley o la normativa pertinente.

Art 20Retiro de asignatura(s).- Dentro de los 30 das, a partir de la fecha de inicio de las actividades acadmicas, la o el estudiante podr solicitar el retiro de una o varias asignaturas en un periodo acadmico en situaciones de caso fortuito, fuerza mayor, enfermedad, embarazo o situaciones similares.

Art 21Trmites relacionados.- Los estudiantes podrn solicitar los certificados de matrculas, promociones y otros que fueren necesarios, previa solicitud dirigida a la Decana o Decano de la Unidad Acadmica respectiva

CAPTULO IVPLAN DE ESTUDIO DE CARRERA Y PROGRAMAS

Elaboracin del plan de estudio.- Para el grado, la elaboracin del plan de estudio estar bajo la responsabilidad del Colectivo de Carrera designado para el efecto por el Consejo Directivo.se dar mediante las siguientes estrategias:

a) Estudiar los procesos de generacin de saberes y tecnologas relacionadas a los campos del conocimiento y de especializacin profesional que provengan de los pueblos, nacionalidades y otros grupos culturales.

b) Reconocer y recuperar conocimientos y tecnologas interculturales en la investigacin bsica y aplicada

c) Aplicar conocimientos, propiciando el diseo y la creacin de tecnologa y tcnicas interculturales.

Art 23Diseo del plan de estudio.- Los responsables disearn o redisearn el plan de estudio basando su factibilidad en resultados de investigacin de mercado, demanda social y problemtica de la profesin internacional, nacional, zonal y local.

Art 24Unidades de organizacin curricular.- El plan de estudio se estructurar por unidades de organizacin curricular consideradas como formas de ordenamiento de las asignaturas, cursos o sus equivalentes que permiten integrar el aprendizaje en cada perodo acadmico .para el grado, estas unidades son:

Unidad Bsica.- Introduce al estudiante en el aprendizaje de las ciencias y disciplinas.Unidad Profesional.- Orientada al conocimiento del campo de estudio y las reas de actuacin de la carrera.Unidad de Titulacin.- Incluye asignaturas, cursos o sus equivalentes, que permiten la validacin acadmica de los conocimientos, habilidades y desempeos adquiridos en la carrera para la resolucin de problemas o desafos de una profesin

SE CONSIDERAN TRABAJOS DE TITULACIN:

EXAMEN DE GRADO O FIN DE CARRERA PROYECTOS DE INVESTIGACIN PROYECTOS INTEGRADORES ENSAYOS O ARTCULOS ACADMICOS SISTEMATIZACIN DE EXPERIENCIAS PRCTICAS DE INVESTIGACIN Y/O INTERVENCIN ANLISIS DE CASOS ESTUDIOS COMPARADOS PROPUESTAS METODOLGICAS O TECNOLGICAS PRODUCTOS O PRESENTACIONES ARTSTICAS DISPOSITIVOS TECNOLGICO MODELOS DE NEGOCIOS EMPRENDIMIENTOS, PROYECTOS TCNICOS TRABAJOS EXPERIMENTALES.

Art 26Invariante del plan de estudio.- El plan de estudio de la carrera o programa deber contener competencias relacionadas al conocimiento efectivo de sus deberes y derechos ciudadanos y de la realidad socioeconmica, cultural y ecolgica del pas.

Art 27Plazo del diseo curricular.- El plazo para realizar un diseo curricular es 6 meses y para un rediseo es de 4 meses contados a partir de la comunicacin formal al Consejo Directivo de la Unidad Acadmica respectiva.

Art 28Campos de formacin.- Son formas de clasificacin de los conocimientos disciplinares, profesionales e investigativos, de saberes integrales y comunicacin que contribuyan a desarrollar el perfil profesional de manera progresiva a lo largo de la carrera o programa.EN EL CASO DEL GRADO, SE ESTABLECEN:Fundamentos tericosPraxis profesionalEpistemologa y metodologa de la investigacinIntegracin de saberes, contextos y cultura Comunicacin y lenguajes

En el caso de posgrado, se establecen:Formacin profesional avanzada.Investigacin avanzada.

Art 29Idioma extranjero.- Se considera la suficiencia del idioma como requisito de graduacin para el grado y requisito de admisin para el posgrado. El estudio de convalidacin ser ejecutado por el Centro de Educacin Continua de la UTMACH. El certificado de suficiencia ser otorgado por el Centro de Idiomas.

PROGRAMACION DE ASIGNATURAArt. 30 NATURALEZA DE PROGRAMACION DE LA ASIGNATURASe basara en la programacin general del plan de estudio de la carrera o del programa y ser obligatoriamente ejecutadaArt.31 ESTRUCTURA DE LA PROGRAMACION DE ASIGNATURADatos informativosFundamentacinObjetivo (general y especifico)Distribucin de fondo de tiempoResultados del aprendizajeSistema de contenidos detallados por unidades didcticasMetodologaSistema de evaluacin

Recurso didcticosBibliografia (bsica y complementariaFirmas de responsabilidad (quien elabora, quien revisa, quien aprueba)ORGANIZACIN ACADEMICA Y EJECUCION DEL PROCESO DE ENSEANZA-APRENDIZAJEArt. 32 de los periodos acadmicasUtmach ; 2 tipo periodos Periodo ordinario: se desarrolla en un plazo de 18 semanas incluida la fase formativa y de evaluacin , sin considerar el proceso de matricula.Periodo extraordinario : se desarrolla en un plazo de 16 semanas incluyendo la fase formativa y de evaluacin, sin considerar el proceso de registro.

El primer periodo esta comprendido entre abril y septiembre , y el segundo estar comprendido entre octubre y marzo.En las carrera de Medicina humana y Odontologia el periodo acadmico equivale a 20 semanasArt.33 Numero de formacin y modalidades de estudio Para la formacin de las y los estudiantes, cuentan con dos niveles de formacin- el primero : denominado de tercer nivel, grado o pregrado, que posibilita la formacin bsica y general orientada para el aprendizaje del desempeo profesional con aportes cientficos , tecnolgicos, saberes ancestrales y globales.el segundo: cuarto nivel o posgrado, que proporciona competencias altamente especializadas de forma multil, inter y transdiciplinarias, para la produccin de conocimientosUtmach asume modalidad presencial, en el cual el aprendizaje se organiza predominantemente en funcin de contacto directo y en tiempo real

La evolucin del aprendizaje es diagnostica , formativa, sumativa, aplicada hemisemestralmente y programada en el calendario acadmicoArt. 34 Numero mximo de asignatura, cursos o sus equivalentes por carrera

Las carrera planificaran sus crculos de acuerdo a la siguiente tabla:Las asignaturas, cursos o sus equivalentes en las carreras de modalidad presencial se distribuirn de manera secuencial a lo largo de los periodos acadmicos en jornadas de hasta 6 horas diarias.Art. 35 Carga horaria de carrera y programas

Art. 34 ejecucin del proceso de enseanza-aprendizaje.El coordinador de carrera convocara a sesin de trabajo a las y los docentes 45 das antes del inicio del periodo correspondiente a fin determinar las asignaturas activas para el semestre.Objetivo principal, garantizar que los programas de las asignaturas estn listos 10 das antes del primer dia de clase.El desarrollo del proceso de enseanza-aprendizaje se ejecutara basado en el calendario acadmico, respetando las fechas indicadas CAPITULO VIIEVALUACIN DE CARRERAS O PROGRAMAS Y DESEMPEO DOCENTE.

ART. 37 PERIODOS DE EVALUACINLas carreras o programas estarn peridicamente sometidas a procesos de autoevaluacin, evaluacin interna y externa y acreditacin previstos por el Organismo de evaluacin, acreditacin y aseguramiento de la calidad y a las disposiciones correspondientes.

ART. 38 AUTOEVALUACION DE CARRERA: Se realizara considerando la normativa vigente y para el efecto se deber conformar un Colectivo de evaluacin por carrera presidido por el Coordinador de carrera bajo la direccin del Coordinacin Acadmico de la Unidad, quien gestionara el proceso, la socializacin de los resultados y la aplicacin del plan de mejora respectivo, segn sea el caso.

La evaluacin del desempeo docente de carreras y programas estar sujeta a la reglamentacin vigente de la UTMACH.

CAPITULO VIII

PERMANENCIA

ART. 39 ASISTENCIA A CLASES: Las y los estudiantes estn obligados a asistir por lo menos al 90% de las horas de clases presenciales contempladas en las asignaturas del plan de estudio.

No se considerara asistencia de los estudiantes bajo los siguientes criterios:

Asistencia a un solo evento cientfico, acadmico, artstico o cultural y deportivo en cada periodo acadmico en representacin de la Universidad mientras dure el evento.

Asistencia de representantes estudiantiles de cogobierno que asistan a sesiones de trabajo, consejos, congresos, debidamente convocados y/o delegados de la Universidad.A quienes hayan sido privados de la libertad, hasta cinco das.A quienes se encuentren en estado de gravidez, parto, enfermedad y/u operacin grave debidamente comprobada hasta por 10 das.Por defuncin de un familiar hasta un cuarto grado de consanguinidad y hasta segundo de afinidad, tres das.Por caso fortuito o fuerza mayorART. 40 INTERRUPCIN DEL PROCESO: Se considera retiro temporal cuando el estudiante interrumpe sus estudios entre uno y cinco aos consecutivos y podr continuar su proceso normalmente siempre y cuando no se halla rediseado la carrera.ART. 41 PRDIDAD DE LA CALIDAD DEL ESTUDIANTE:

Por retiro temporal o definitivo.Por sanciones de suspensin o expulsin de acuerdo a la normativa vigente.Por graduacin.

EVALUACION Y CALIFICACION DE APRENDIZAJEOBJETIVO CREDITOLA EVALUACION DEL APRENDIZAJE DETERMINA EL GRADO EN EL QUE LA O EL ESTUDIANTE HA ALCANZADO EL OBJETIVO DE LA ASIGNATURA PREVISTA , CON LA FINALIDAD DE REALIZAR UN PROCESO DE RECUPERACION Y BRINDAR APOYO ACADEMICOES UNA UNIDAD DE MEDIDA CUALITATIVA Y CUANTITATIVA CENTRADA EN EL APRENDIZAJE DEL ESTUDIANTE. UN CREDITO ACADEMICO EQUIVALE A 40 HORAS DE 60 MINUTOS DE ACTIVIDAD FORMATIVA INTEGRAL DE LA O EL ESTUDIANTE.CADA ASIGNATURA, CURSO O SU EQUIVALENTE TENDRA UNA EQUIVALENTE ENCREDITOS , LOS CUALES PODRAN SER DISTRIBUIDAS A TODAS LAS SEMANAS QUE COMPONEN EL PERIODO ACADEMICO COMPONENTES DOCENCIA ACTIVIDADES ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE PRACTICOCOMPONENETES DEL CREDITO ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTONOMOACTIVIDADES DE APRENDIZAJE ASISTIDO POR EL PROFESOR:ESTA ACTIVIDAD COMPRENDE LAS CLASES PRESENCIALES IMPARTIDAS POR EL PROFESOR EN EL AULA: ESTA ACTIVIDAD COMPRENDE EL TRABAJO INDIVIDUAL REALIZADO POR EL ESTUDIANTE, EL INPLICA LA LECTURA, ANALISIS Y COMPRESION DE LA MATERIA Y DOCUMENTOS , LA ELABORACION DE ENSAYOS Y TRABAJOS.ESTA ACTIVIDAD SE ORIENTA DE DESTREZAS Y HABILIDADES QUE CONFORMAN PROFESIONALES ESPECIFICOS MEDIANTE LA APLICACIN DE CONOCIMIENTOS TEORICOS, METADOLOGICOS Y TECNICOS A LA RESOLUCION Y GESTION DE PROBLEMA EN ENTORNOS NAZTURLESA.ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE COLABORATIVA.-COMPRENDE EL TRABAJO DE GRUPOS DE ESTUDIANTES EN INTERACCION PERMANETE CON EL PROFESOR, INCLUYENDO LAS TUTORIAS.EVALUACION DE LOS APREMDIZAJES LA EVUACIOIN ES UN PROCESO INTEGRAL, DE CARCTER CONTINUO Y ACUMULATIVO, QUE PERMITE VALORAR LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN LOS TERMINOS PROPUESTO EN LAS ASIGNATURASEL ESTUDIANTE APROBARA LA ASIGNATURA CON UN MINIMO PROMEDIO DE SETENTA SOBRE (70/100) SIN REDONDEO, SIENDO CIEN COBRE CIEN (100/100) LA MAXIMA CALIFICACION .EL PROMEDIO OBTENIDO SERA A DOS PARCIALES ( HEMISEMESTRE).

RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACION DE ESTUDIOSOBJETIVO.-CONSISTE EN LA TRANSFERENCIA DE HORAS ACADEMICAS APROBADAS EN EL PAIS O EN EL EXTRANJERO, Y DE CONOCIMIENTOS VALIDOS MEDINANTE EXAMEN DE RECONOCIMIENTO. EL RECONOIMIENTO PUEDE REALIZAR DE UN NIVEL FORMATIVO A OTRO, O DE UNA CARRERA O PROGRAMA ACADEMICA DE OTRO, DENTRO DE LA MISMA INSTITUCIONES O ENTRE DIFERENTES INSTITUCIONES.EL RECONOCIMIENTO SE REGISTRA BAJO LA RESPONSABILIDAD DE LA UTMACH.PROCESO DE RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIONANALISIS COMPARATIVO DE CONTENIDOS.Para este mecanismo el estudiante deber presentar:Solicitud dirigida al decano de la unidad acadmica respectiva, donde se incluya apellidos y nombre completos del postulante, numero de clula, denominacin de la carrera o programa de origen.Esta solicitud debe ser presentada por los menos con cuarenta y cinco das de anticipacin al inicio del periodo acadmico ordinario de matriculas.


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