MANUAL DE CONVIVENCIA
Código: MCV-103 Versión: 04
MANUAL DE CONVIVENCIA CORPORACIÓN ASMEDAS
MAGDALENA –SS-ASMEMAG
MANUAL DE CONVIVENCIA
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TABLA DE CONTENIDO PLATAFORMA ESTRATÉGICA ........................................................................................................................ 1
MISIÓN ................................................................................................................................................... 1
VISIÓN .................................................................................................................................................... 1
PRINCIPIOS........................................................................................................................................... 1
Principios Éticos. ............................................................................................................................ 1
Principios Operativos ..................................................................................................................... 2
POLÍTICA DE CALIDAD.......................................................................................................................... 3
CAPITULO PRIMERO .............................................................................................................................. 3
PRINCIPIOS GENERALES ................................................................................................................. 3
Artículo 1 ............................................................................................................................................. 3
Artículo 2 ............................................................................................................................................. 3
Artículo 3 ............................................................................................................................................. 3
Artículo 4 ............................................................................................................................................. 3
Artículo 5 ............................................................................................................................................. 4
Artículo 6 ............................................................................................................................................. 4
Artículo 8 ............................................................................................................................................. 4
Artículo 9 ............................................................................................................................................. 4
CAPITULO SEGUNDO ............................................................................................................................. 4
PROCESOS DE GESTIÓN ACADÉMICA ......................................................................................... 4
Artículo 10: Del proceso de Ingreso ................................................................................................ 4
Artículo 11: De la Validación ............................................................................................................ 5
Artículo 12: De la Homologación ..................................................................................................... 5
Artículo 13: De la Evaluación del Aprendizaje ............................................................................... 5
Artículo 14: Del Registro ................................................................................................................... 6
Artículo 15: De la Certificación ........................................................................................................ 6
CAPITULO TERCERO ............................................................................................................................. 6
DERECHOS, DEBERES, DISTINCIONES Y PROHIBICIONES .................................................... 6
Artículo 16: De los Derechos de los Estudiantes .......................................................................... 6
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Artículo 17: De los Deberes de los Estudiantes ............................................................................ 8
Artículo 18: De las Distinciones a los Estudiantes ...................................................................... 10
Artículo 19: De las Prohibiciones a los estudiantes .................................................................... 10
CAPITULO CUARTO .............................................................................................................................. 12
NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO Y DE LA ASISTENCIA ...................... 12
Artículo 20: De las Faltas ............................................................................................................... 12
Artículo 22: De las Medidas Formativas por Faltas Graves ...................................................... 13
Artículo 23: Del Derecho de Aclaración ........................................................................................ 14
Artículo 24: De la Estructura y Funciones del Comisión Disciplinaria ...................................... 14
Artículo 25. De la Asistencia a las Acciones de Formación ....................................................... 15
CAPITULO QUINTO ............................................................................................................................... 15
ETAPA PRÁCTICA ............................................................................................................................. 15
Artículo 26: De la Evaluación en la Etapa Práctica ..................................................................... 16
CAPITULO SEXTO ................................................................................................................................. 16
DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES .................................................................. 16
Artículo 27: De la Participación ...................................................................................................... 16
Artículo 28: De la Elección de los Voceros y de los Representantes ....................................... 17
Artículo 29: Del Perfil de los Voceros y de los Representantes ................................................ 17
Artículo 30: De las Funciones de los Voceros y de los Representantes ................................. 18
CAPITULO SÉPTIMO ............................................................................................................................. 19
ACTUALIZACIÓN DE REGLAMENTO ............................................................................................. 19
Artículo 31......................................................................................................................................... 19
1. REGISTRO DE MODIFICACIONES ............................................................................................. 19
2. CONTROL DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN ................................................................... 19
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Fecha: 26-Julio-2016 pág. 1
PLATAFORMA ESTRATÉGICA
MISIÓN
La Corporación ASMEDAS Magdalena SS “ASMEMAG” se propone generar, apropiar, difundir y aplicar conocimientos, mediante procesos curriculares, investigativos y de proyección social para la formación integral del talento humano de las instituciones de la Salud y la Seguridad Social, aportando soluciones a problemas regionales y nacionales y contribuyendo al desarrollo sostenible y a la integración del sector.
VISIÓN
ASMEMAG será una institución líder en la innovación y en la calidad del servicio educativo a nivel técnico en el área de la Salud y la Seguridad Social, acreditada nacionalmente, con la mejor infraestructura y equipamiento que permita desarrollar los ambientes de aprendizaje para fortalecer los procesos de formación, con docentes identificados y comprometidos con su calidad educativa. Brindará sus servicios de manera oportuna, transparente y confiable para lograr el reconocimiento como institución líder en el departamento del Magdalena y la región Caribe.
PRINCIPIOS
Los principios de ASMEMAG se dividen en tres categorías: Éticos, Metodológicos y operativos.
Principios Éticos.
Equidad: Este tiene que ver con la preocupación por generar iguales oportunidades de acceder y mantenerse en la institución. En este sentido, el sistema de amortización existente en nuestra institución, es un catalizador positivo para producir alternativas, que privilegian a los sectores de población más vulnerables. Para volver operativo este principio practicamos la honestidad, la lealtad, el respeto, la solidaridad, la justicia, la tolerancia, la convivencia y la imparcialidad. ASMEMAG como parte del sistema, integra este principio rector a su Proyecto Educativo para alcanzar los objetivos estratégicos de ciudadanía y competitividad que señala el Ministerio de Educación Nacional y nuestros lineamientos estratégicos.
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Calidad: Este es un principio conexo al primero y releva el propósito no sólo de posibilitar el acceso a oportunidades educativas, sino además garantizar la más alta calidad de las mismas, particularmente para aquellos que por su capacidad económica no están en condición de financiar otro tipo de formación con sus propios medios. Seis características vuelven operativo este principio: Pertinencia, Integralidad, Oportunidad, Efectividad, Eficacia y Eficiencia. Principios Metodológicos Apertura y Flexibilidad: Hacer operable un modelo de educación y un proyecto con la envergadura del que emprende ASMEMAG, particularmente por la heterogeneidad de sus destinatarios en capacidades, posibilidades e intereses; exige la vigencia de este principio para que pueda alcanzar su cometido. Las variables curriculares de ambientes de aprendizaje, metodologías de enseñanza –aprendizaje-evaluación, tiempos, secuencias de contenidos, combinación de materiales y medios; múltiples opciones de ingreso, egreso; así como movilidad en el Sistema de ASMEMAG; el dimensionamiento de nuevos agentes educativos con roles diferentes, son parte importante de la puesta en práctica de este principio. Autodirección: En la óptica de un sistema educativo abierto y flexible, que es el que busca viabilizar el Proyecto Educativo Institucional de ASMEMAG, la práctica de este principio es completamente imperativo. La figura externa de la autoridad del maestro que dinamiza el proceso con una presencialidad permanente, tiene que dar paso con la vigencia de este principio, a una alternativa en la que la motivación al logro y el interés en el proceso formativo como parte del proyecto vital del educando, se tornan en la esencia de su continuidad ; cuatro aprendizajes básicos han de impulsarse desde la propuesta educativa para hacer realidad este principio: Aprender a Aprender; Aprender a Pensar ; Aprender a Desaprender y Aprender a Ser. En conclusión la responsabilidad del proceso educativo es principalmente del educando. El educador en ese contexto es tan solo un facilitador.
Principios Operativos
Sinergia: Se busca con la aplicación de este principio que el impacto de las diferentes acciones educativas se vaya sumando y que cada acción atienda o satisfaga dos o más necesidades educativas simultáneamente. Sostenibilidad: Dentro del modelo de desarrollo adoptado por ASMEMAG, se
pretende a través de la observación de este principio que las acciones educativas que
se diseñen, puedan mantenerse en el tiempo tanto por su solidez técnica, como por su
viabilidad financiera y operativa.
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POLÍTICA DE CALIDAD
La CORPORACIÓN ASMEDAS MAGDALENA SS “ASMEMAG” ha establecido la siguiente Política de Calidad aplicable a sus procesos académicos y administrativos:
En ASMEMAG brindamos servicios educativos de formación para el trabajo y desarrollo
humano, estamos comprometidos con nuestros clientes en satisfacer su necesidad de
adquirir las competencias básicas, laborales y ciudadanas, cumpliendo con las
disposiciones legales, normativas y reglamentarias. Las estructuras académicas y
administrativas eficaces, los costos accesibles y la entera satisfacción son nuestros
objetivos y el camino para lograrlos consiste en la capacidad de nuestros colaboradores
y la mejora continua de nuestros procesos.
CAPITULO PRIMERO
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1
La Formación Integral que orienta la Corporación ASMEDAS Magdalena – ASMEMAG pretende potenciar las capacidades técnicas, intelectuales, físicas y humanas del estudiante para que a través de la construcción y apropiación de conocimientos, la creatividad y la participación generen y asuma valores para su realización personal y eficaz desempeño productivo.
Artículo 2
En la Formación Integral participa la Comunidad Educativa constituida por estudiantes, docentes, padres de familia o acudientes, egresados, personal administrativo y de apoyo, directivos, gremios del sector productivo y de la comunidad científica.
Artículo 3
Es estudiante de ASMEMAG toda persona que se vincula a la institución para desarrollar total o parcialmente los procesos y contenidos de una acción de formación en ambientes propios de la entidad o donde ella tenga convenios.
Artículo 4
Los estudiantes de ASMEMAG son los principales protagonistas de su formación; su comportamiento debe fundamentarse en el ejercicio de la libertad, la tolerancia, el respeto y la responsabilidad que a cada uno le compete como persona, como miembro de una comunidad y como sujeto productivo. El estudiante debe ser consciente y
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vivenciar qué derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.
Artículo 5
El Director, tiene la función de aplicar las normas y las disposiciones referentes a los estudiantes en todas las acciones de formación programadas y desarrolladas.
Artículo 6
Las actividades de la Corporación ASMEDAS Magdalena en su centro de Formación para el trabajo y Desarrollo humano, referidas a los procesos de ingreso, registro, certificación, validación, homologación, evaluación del aprendizaje, condicionamiento y cancelación de matrícula, están excluidos del control de lo contencioso administrativo por ser actos netamente académicos.
Artículo 8
Todos los actores de la Comunidad Educativa coadyuvarán para la efectiva participación de los estudiantes en su proceso de formación.
Artículo 9
La participación es un derecho fundamental estipulado en la Constitución Política de Colombia, fundamentada en el respeto de la dignidad humana, que busca garantizar a los ciudadanos ser actores de su propio desarrollo.
CAPITULO SEGUNDO
PROCESOS DE GESTIÓN ACADÉMICA
La Corporación ASMEDAS Magdalena lidera y responde por la administración de los
procesos académicos y de los servicios de bienestar al alumnado de tal manera que
éstos contribuyan a la creación de ambientes educativos propicios para el desarrollo
intelectual, afectivo, físico, social y cultural de los estudiantes.
Artículo 10: Del proceso de Ingreso
El ingreso de aspirantes es el proceso de entrada a los diferentes programas de
formación que ofrece ASMEMAG y tiene como propósito informar a los aspirantes
acerca de los cursos y demás eventos, sus requisitos de inscripción, e identificar
aquellos que cuentan con el perfil requerido por el programa de formación y por el
medio laboral.
ASMEMAG da identificación y trazabilidad a todos los estudiantes inscritos mediante la
asignación de una matrícula codificada (Documento de identidad) para quien se
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matricula en la institución, el código de matrícula permite su identificación y
seguimiento.
El código de matrícula permite el acceso a:
•La base general de datos, en la cual aparece la información básica del estudiante. •La base de registro de notas, en la cual aparece la información relativa al historial de las valoraciones académicas de los estudiantes. •La base general en plataforma Web, en la cual aparece integrada la información de la base general de datos y la base de registro de notas.
La información personal de los estudiantes, bien sea familiar o académica, es propiedad
de nuestros clientes. ASMEMAG concentra y clasifica por matrícula los documentos
personales de cada estudiante de nuevo ingreso, conservándolos durante el tiempo de
permanencia del mismo en la institución.
Si algún bien propiedad del estudiante llegase a deteriorarse o perderse, se
comunicaría el evento al cliente en el menor tiempo posible, y se tomarían acciones
para prevenir la recurrencia del suceso.
Artículo 11: De la Validación
Es el proceso de verificación y reconocimiento de aprendizajes previos académicos y/o
de experiencias laborales de las personas, con el fin de identificar su dominio respecto
de un programa de formación, para certificarlos o para permitirles el ingreso a un nivel
más avanzado dentro del proceso de formación.
Artículo 12: De la Homologación
Es el reconocimiento académico que hace ASMEMAG de los estudios o de la
capacitación de una persona, certificada por una entidad aprobada por el Estado y
cuyos programas de formación corresponden con los que imparte ASMEMAG.
Los requisitos y procedimientos para hacer uso de estos dos procesos se contemplan
en el Manual de Validación y Homologación.
Artículo 13: De la Evaluación del Aprendizaje
La evaluación es un proceso permanente mediante el cual se verifica en forma objetiva
y continua, la evolución, características y rendimiento académico del estudiante
teniendo en cuenta los aspectos cognoscitivos, sicomotrices, aptitudinales y
actitudinales.
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En el Manual para Evaluación del Aprendizaje de los Estudiantes en Formación, se
contemplan los procedimientos pertinentes al proceso.
Artículo 14: Del Registro
Es el proceso mediante el cual se consigna y conserva la información referente al
desempeño del alumno, de acuerdo con las normas establecidas en el respectivo
Manual.
Artículo 15: De la Certificación
Al finalizar el estudiante su proceso de formación y haber aprobado satisfactoriamente
el programa en el cual está matriculado, se expide el certificado de la formación del
mismo.
CAPITULO TERCERO
DERECHOS, DEBERES, DISTINCIONES Y PROHIBICIONES
Artículo 16: De los Derechos de los Estudiantes
El derecho es la potestad que tiene la persona de gozar de libertades y oportunidades
sin exclusión alguna por razones de sexo, raza, origen familiar o nacional, política,
religión o lengua.
Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y a la formación de su
personalidad, garantizando así su desarrollo armónico e integral.
Los estudiantes de ASMEMAG tienen derecho a:
1. Recibir formación integral, acorde con los principios generales de la educación
colombiana, con la misión y objetivos de ASMEMAG y con los programas de formación
establecidos.
2. Recibir, al iniciar el proceso educativo a través de la Inducción, la información acerca
de la naturaleza de la formación integral, de la estructura, organización y
funcionamiento de ASMEMAG, además de la proyección socioeconómica de la
ocupación u oficio de su interés. Particularmente debe conocer el Reglamento para
Estudiantes de ASMEMAG y toda la regulación frente a sus derechos y deberes, al
comportamiento y participación dentro de la comunidad educativa.
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3. Disponer de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos
requeridos para su aprendizaje; así como poder utilizar las instalaciones y la dotación
de la Institución o de otros ambientes educativos donde la entidad desarrolle acciones
de formación, respetando la reglamentación respectiva.
4. Disfrutar de los beneficios de bienestar al alumnado orientados a garantizar la
formación integral mediante participación en programas de desarrollo intelectual,
humano, social, físico, deportivo, de salud, cultural, sicológico, académico y
ocupacional.
5. Recibir un trato respetuoso de todos los integrantes de la Comunidad Educativa, sin
discriminación de ninguna índole.
6. Recibir, de quienes tienen la responsabilidad directiva, docente y de apoyo a la
formación, orientación académica y de comportamiento que estimule su desarrollo
personal y promueva la convivencia social sin detrimento de la divergencia política,
ideológica, religiosa y cultural.
7. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por directivos, docentes y
personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de
formación.
8. A ser evaluado objetiva e integralmente y a conocer, dentro de los ocho (8)días
hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones y trabajos; así como las
disposiciones académicas, de amonestación, sanción, suspensión o cancelación del
registro de matrícula, cuando estas ocurrieren.
9. A solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes,
si considera merecer mayor calificación que la asignada. De persistir su inconformidad,
el estudiante podrá solicitar, por escrito, al Coordinador académico un segundo
calificador; la nota definitiva será el promedio de las dos calificaciones.
Para proceder con esta petición debe hacerlo en los dos (2) días hábiles siguientes
después de haber acudido al docente como primera instancia.
10. Exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción
interactiva del conocimiento, y participar objetivamente en la evaluación del desempeño
de los docentes.
11. Recibir la certificación que le corresponda, según el nivel de formación alcanzado,
siempre y cuando haya aprobado satisfactoriamente el programa respectivo.
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12. Presentar, verbalmente o por escrito, y en forma comedida, las sugerencias o
iniciativas que propendan por su bienestar y el del personal de la Institución.
13. Participar en las actividades académicas, culturales, deportivas y sociales
programadas por la Comunidad Educativa.
14. Recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu investigativo, habilidades
académicas y deportivas, actuaciones culturales y sociales o de servicio a la
Comunidad Educativa.
15. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas respetando el derecho
al mismo ejercicio, por las demás personas.
16. Recibir el carné estudiantil al iniciar su proceso formativo y renovarlo de acuerdo
con las disposiciones vigentes.
17. Denunciar tratos, propuestas o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y
de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
18. A ser reintegrado a las actividades académicas en caso de incapacidad certificada
clínicamente, que implique suspensión o cancelación del proceso formativo, por falta de
asistencia. El estudiante podrá solicitar aplazamiento y se le autorizará reintegro al
iniciar el próximo ciclo. Cuando el estudiante solicite suspensión o aplazamiento de su
proceso formativo por causas distintas a incapacidades clínicas, tendrá un tiempo no
mayor a dos (2) años para solicitar su reintegro y continuar su formación académica.
En caso que el reintegro se solicite pasado el tiempo estipulado, el estudiante deberá
reiniciar su proceso formativo.
19. Participar activamente en el proceso de formación integral en ambientes educativos
propicios, de tal manera que pueda tener acceso y disfrutar de: bibliotecas, videotecas,
hemerotecas, salas de informática, áreas recreativas – deportivas, servicios médicos,
cafeterías y áreas sociales.
21. El estudiante debe proporcionarse oportuna y permanentemente los elementos de
seguridad propios de su ocupación, para la protección de su integridad, en los
ambientes educativos de ASMEMAG o de otras entidades y lugares donde se ejecute la
formación.
Artículo 17: De los Deberes de los Estudiantes
El deber es un vínculo moral, social y legal, que compromete a la persona a asumir con
responsabilidad todos sus actos y a cumplir las normas que propician la armonía, el
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respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las personas y bienes de la
Institución.
Son deberes de los estudiantes de ASMEMAG:
1. Conocer la misión y objetivos de ASMEMAG, identificarse y comprometerse con
ellos.
2. Conocer el Reglamento para Estudiantes de ASMEMAG, cumplir las disposiciones
en él determinadas, así como las orientaciones que les impartan los docentes y
directivos.
3. Mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
4. Respetar los símbolos patrios, al igual que las insignias de ASMEMAG.
5. Asumir su formación y superación personal, asistir regular y puntualmente a clases,
participar y permanecer en todas las actividades académicas y extra-académicas
programadas para su formación integral, según los horarios establecidos para el tipo de
formación.
6. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas,
laboratorios y aulas, material didáctico, equipos y herramientas, muebles y dotación
general de la institución o de otras instalaciones donde se desarrollen acciones de
formación.
El estudiante que de manera intencionada ocasione cualquier daño en los bienes o
instalaciones, deberá pagar el valor actual correspondiente. La cancelación de este
valor no lo exonera de las sanciones a que hubiere lugar.
7. Observar en todo lugar y en todos los actos, las normas de buena educación y
comportamiento acordes con los principios de civilidad, decoro y dignidad.
8. Portar permanentemente el carné estudiantil que lo identifica como estudiante de
ASMEMAG, dentro de sus instalaciones, en las empresas, en otras entidades donde se
desarrolle formación y en eventos donde participe en representación de la Institución; y
presentarlo para obtener los distintos servicios que ofrezca el Programa de Formación o
cuando un funcionario ASMEMAG lo requiera.
En caso de pérdida del carné, el estudiante debe formular la denuncia correspondiente,
tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo en Tesorería.
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9. Cumplir las normas y velar por la preservación de los recursos naturales en todas las
actividades que se desarrollan en la institución y fuera de ellos.
10. Velar porque se desarrollen las normas de seguridad industrial, higiene y salud
ocupacional y de prevención de desastres, necesarias para el normal cumplimiento de
sus trabajos y actividades.
11. Utilizar el uniforme pertinente para el desarrollo de las actividades formativas y
abstenerse de concurrir con él a lugares públicos donde se consuman bebidas
embriagantes.
12. Informar a docentes y directivos cualquier irregularidad que comprometa el buen
nombre y marcha de la Institución.
13. Comunicar las enfermedades o anomalías que padece cuando se deban tener
precauciones especiales o éstas le impidan vivir en comunidad. Las incapacidades
validas son las expedidas por la EPS a la cual está afiliado el alumno.
Artículo 18: De las Distinciones a los Estudiantes
ASMEMAG otorgará distinciones y estímulos a los estudiantes para mantener,
optimizar y premiar su rendimiento académico y su comportamiento meritorio. Son
distinciones y estímulos los siguientes:
1. Distinción pública por su desempeño académico sobresaliente, en forma escrita con
copia a su ficha acumulativa.
2. Financiación, publicación y divulgación de los trabajos investigativos realizados.
4. Premios, condecoraciones o trofeos honoríficos por la representación y participación
destacada en eventos académicos, tecnológicos, deportivos, sociales y culturales.
5. Beca al estudiante con mayor promedio académico que lo exonera del pago del 50%
de la mensualidad
Artículo 19: De las Prohibiciones a los estudiantes
A los estudiantes de ASMEMAG les está prohibido:
1. Portar o usar armas de cualquier índole.
2. Comercializar, portar o ingerir dentro de la institución o en los lugares donde se
desarrolle sus prácticas, bebidas alcohólicas o estupefacientes. Así mismo, presentarse
en estado que indique anormalidad provocada por el consumo de éstos.
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3. Ingresar o salir de las instalaciones de la institución o de la entidad donde se
desarrolle la formación práctica por sitios diferentes a la portería, saltando muros,
cercas o violentando puertas, ventanas y cerraduras.
4. Utilizar el nombre de ASMEMAG y/o sus instalaciones para actividades particulares,
sin aprobación de la Entidad, con el propósito de lucro.
5. Hurtar, estafar o abusar de la confianza, o ser cómplice de los mismos delitos contra
los integrantes de la Comunidad Educativa, dentro y fuera de las instalaciones de la
Institución.
6. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de formación o en concursos, juegos
o competencias deportivas o culturales.
7. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones,
evaluaciones o firmas correspondientes a ASMEMAG o emitidos por ella.
8. Destruir o dañar intencionalmente los elementos de propiedad de ASMEMAG, de las
instalaciones donde se desarrollen las prácticas de formación, o de cualquier miembro
de la Comunidad Educativa. Sacar sin la debida autorización los bienes que no sean de
su propiedad.
9. Amenazar, sobornar, coaccionar, agredir verbal o físicamente a cualquiera de los
miembros de la Comunidad Educativa o de las instituciones donde se realizan las
prácticas.
10. Impedir el desarrollo de las labores de la Institución y de los sitios en donde se esté
desarrollando la formación práctica, fomentando o secundando la indisciplina y
desorden en oficinas, aulas, laboratorios, sitios de prácticas, zonas comunes,
bibliotecas.
11. Fumar en aulas, laboratorios, áreas restringidas de tal forma que atente contra la
salud de los integrantes de la comunidad Educativa y la seguridad y bienes de la
Institución o de las instituciones donde se desarrollen acciones de formación práctica.
12. Practicar o propiciar cualquier tipo de juego de azar, realizar transacciones en
dinero o en especie con miembros de la Comunidad Educativa.
13. Escribir pasquines, dibujar y/o escribir sobre cualquier superficie, objeto o mueble
de las instalaciones donde se desarrollan programas de formación; pegar avisos,
carteles, pancartas o análogos en sitios no autorizados.
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14. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la
comunidad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y psicológica.
CAPITULO CUARTO
NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO Y DE LA ASISTENCIA
El conjunto de normas, procedimientos e instancias que regulan el comportamiento y
asistencia de los estudiantes de ASMEMAG, buscan garantizar el respeto por los
valores, el orden y el debido proceso formativo.
Artículo 20: De las Faltas
Se considera falta, el incumplimiento de cualquiera de los deberes y la realización de
cualquiera de las prohibiciones establecidas en el presente
Reglamento. Se clasifican en: Académicas y Disciplinarias.
Falta Académica
Es aquella que está directamente relacionada con su compromiso en la apropiación y
creación de conocimientos, desarrollo de habilidades y competencias y que
se manifiesta en el incumplimiento a los deberes académicos que le corresponden
como participante de un programa de formación técnica. La falta académica tiene
medidas formativas legalmente establecidas, sin perjuicio de la dignidad del estudiante
y apropiadas para su formación. La aplicación de las medidas formativas a que haya
lugar compete, en primera instancia, al docente.
Falta disciplinaria
Es aquella que está directamente relacionada con factores comportamentales y que
por su naturaleza puede ser leve o grave.
Falta leve
Es aquella que no atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de las
personas.
Falta grave
Es aquella que atenta contra la integridad física, el debido respeto, la honradez, la
moral y el buen nombre y costumbres de las personas que conforman la comunidad
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Educativa; así mismo infringir las prohibiciones contempladas en el Artículo 19 del
presente Reglamento.
También constituirá falta grave la omisión reiterada de las medidas formativas
recomendadas para las faltas leves o la reincidencia en estas.
Los docentes informarán a la coordinación académica las faltas que ameriten ser
estudiadas. Esta recomendará, en forma escrita, las medidas formativas a la Comisión
disciplinaria, instancia responsable del análisis y evaluación sobre cada caso de
infracción.
Artículo 21: De las Medidas Formativas por Faltas Leves
Al docente y Coordinador Académico les corresponde, en primera instancia,
aplicar acciones formativas para las faltas leves que pueden ser:
1. Llamado de atención verbal, en privado.
2. Llamado de atención por escrito.
3. Establecimiento de un compromiso firmado por el alumno, En él se consigna el apoyo
del docente y de la Comunidad Educativa para el logro del mismo. Estas acciones
formativas no implican que se deban realizar en estricto orden, ni agotar todas las
relacionadas. Queda a criterio del docente utilizar una de ellas, según lo amerite la falta,
o darle trámite para el análisis y orientación del psicólogo(a) o a la comisión
disciplinaria.
Parágrafo:
Incumplir el “compromiso firmado” por parte del alumno, constituye falta grave y
conlleva las sanciones pertinentes.
Artículo 22: De las Medidas Formativas por Faltas Graves
A la Comisión Disciplinaria, le corresponde analizar las circunstancias bajo las cuales se
sucedieron los hechos considerados como graves y recomendar al Director o a la
comisión disciplinaria la acción correspondiente, que puede ser:
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1. Concertación e implementación de un plan específico de mejoramiento. En él se
consigna además el apoyo de los docentes y de la Comunidad Educativa para el logro
del plan de mejoramiento.
2. Condicionamiento de la matrícula, comunicada por escrito al alumno.
3. Cancelación de matrícula, mediante comunicación escrita firmada por el Director.
Parágrafo:
1. El Director toma la decisión disciplinaria correspondiente e informa mediante
comunicación escrita certificada, al alumno, al Coordinador Académico y al
responsable de Registro y Certificación.
2. Los integrantes de la comisión disciplinaria podrán identificar otro tipo de
faltas de ocurrencia exclusiva en el Centro u otro lugar de formación y, en
consenso con sus integrantes, recomendar las medidas formativas.
Artículo 23: Del Derecho de Aclaración
Por estar dentro del ámbito de un derecho fundamental, antes de optarse por cualquiera
determinación al respecto, el estudiante debe ser escuchado y atendido en sus
aclaraciones frente al hecho imputado.
Parágrafo:
1. El estudiante sancionado por falta grave perderá las distinciones consideradas
en el Artículo 18 del presente Reglamento para Estudiantes.
2. Las medidas formativas que establezca el Director, son de obligatoria
ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que se pueda originar.
Artículo 24: De la Estructura y Funciones de la Comisión Disciplinaria
Funcionará en ASMEMAG una comisión disciplinaria, instancia de carácter consultivo y asesor para el director. Estará constituida por:
El Coordinador Administrativo
El Coordinador Académico
Secretario: La Persona Designada Por El Director A Tal Efecto
Dos (2) representantes del personal operativo de la institución, elegido por estos
mismos.
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Artículo 25. De la Asistencia a las Acciones de Formación
Es un deber de todo estudiante la asistencia a las diferentes sesiones de formación, en
los diversos ambientes educativos, para culminar con éxito el proceso de formación
técnico integral.
Los estudiantes se ceñirán a las siguientes disposiciones:
1. En la etapa de fundamentación teórico-práctica, el estudiante cumplirá el horario
establecido por la Corporación ASMEDAS Magdalena.
2. Para los estudiantes en cursos de formación teórica o práctica La inasistencia
equivalente al 20% del total de la duración del bloque modular, conlleva a la
pérdida del mismo.
La inasistencia con justificación o sin ella, equivalente al 10% del total de la
duración del bloque modular, será motivo de análisis por la coordinación
académica para la sugerencia de las medidas pertinentes.
La ausencia sin justificar por tres (3) días consecutivos, obliga a una acción de
formación por parte del coordinador académico.
3. Para todos los estudiantes en formación teórica o practica:
Si tienen motivos justificados para retardarse o ausentarse de una sesión,
deberán informar al docente respectivo. Si la ausencia cubre más de una sesión
deben obtener, mediante petición escrita, el permiso del coordinador académico
o quien haga sus veces.
Si se ausentan injustificadamente por un término menor de tres (3) días
consecutivos, el Coordinador Académico analizará y tomará la medida
correspondiente
CAPITULO QUINTO
ETAPA PRÁCTICA
La teoría y la práctica son dos dimensiones esencialmente articuladas en todo el
proceso de formación técnica integral; por lo tanto, la etapa práctica es un componente
indisoluble del proceso formativo y tiene como objetivo la ampliación y construcción de
los conocimientos, el mayor desarrollo de las habilidades y destrezas adquiridas en la
etapa lectiva, la interrelación con trabajadores y la reafirmación de principios y valores.
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La formación práctica, se regula por el contenido de los convenios docencia- servicio
firmados por ASMEMAG y los centros hospitalarios según lo establece el Decreto 2376
de 1 de julio de 2010.
Durante la etapa práctica el estudiante se ciñe a las disposiciones del Reglamento
Interno de la institución donde realice su práctica. Por lo tanto, uno de los primeros
deberes al ingresar a la empresa es conocer dichas disposiciones.
Artículo 26: De la Evaluación en la Etapa Práctica
La evaluación en esta etapa se define como la acción que permite contrastar el
desempeño del estudiante en la empresa con el programa de formación de ASMEMAG.
Esta evaluación la efectúa directamente el profesor designado por ASMEMAG de
manera concertada con el alumno.
En las Instituciones donde se desarrolle la formación práctica, los profesionales de la
Institución participaran de esta evaluación.
Parágrafo: La pérdida de la etapa práctica de una competencia ocasionará la
pérdida de la misma independientemente de la nota obtenida en la teoría y por lo
tanto el estudiante no será certificado.
CAPITULO SEXTO
DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
El estudiante es el eje del proceso formativo y como tal debe participar activamente en
su formación técnica integral, favoreciendo así el desarrollo de la personalidad, de los
criterios, de la solidaridad, de la crítica constructiva, de las responsabilidades, del
trabajo en grupo, además de la toma de decisiones para la solución de conflictos y
problemas.
Artículo 27: De la Participación
En todos los programas se debe asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la
participación de los estudiantes cualquiera que sea su programa de formación.
El desarrollo de los hábitos de participación social y política en los estudiantes como
ciudadanos, debe encaminarse hacia la paz– artículo 22 de la Constitución Nacional-,
los valores y hacia las actitudes de convivencia a nivel interno y expandidas hacia el
entorno.
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Artículo 28: De la Elección de los Voceros y de los Representantes
Al inicio de cada periodo académico y dentro de los 30 primeros días del
calendario de labores:
Los estudiantes matriculados en los diferentes programas de formación, elegirán
democráticamente un solo vocero por curso.
De entre los voceros se elegirá el representante de toda la Comunidad Estudiantil en
el consejo directivo para el período lectivo anual. En la votación popular y en urnas,
participarán todos los estudiantes de ASMEMAG.
Los voceros y el representante de los estudiantes lo son de sus Derechos y Deberes
consignados en el Capítulo Tercero del presente Reglamento, protegiendo la aplicación
de los primeros y facilitando el cumplimiento de los segundos, de todos los estudiantes
, con el fin de cualificar el ambiente educativo.
Parágrafo:
1. Los recursos necesarios para la elección de los voceros y representantes,
básicamente son:
Tarjetones, urnas y planillas para la organización de la campaña electoral.
Implementos existentes en el Centro necesarios para las diferentes formas de
deliberación: VHS, Cartelera, Proyector, etc.
2. Las orientaciones al desarrollo del proceso de elección de los voceros y el
apoyo a su ejecución estarán a cargo de los docentes; y el proceso de elección
de los representantes será coordinado por los funcionarios encargados del
bienestar al alumnado (Trabajadora Social, Psicólogo).
El jurado será elegido entre los mismos estudiantes de los diferentes
programas de formación y debe colaborar con el sufragio y verificación del
escrutinio.
Artículo 29: Del Perfil de los Voceros y de los Representantes
Los aspirantes a ser elegidos voceros de los estudiantes por cada curso, deben:
Tener excelente comportamiento y rendimiento académico.
Tener cualidades de líder, para cumplir a cabalidad sus funciones.
Los aspirantes a ser elegidos representantes de toda la Comunidad Estudiantil,
deben:
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Cursar el primero o segundo ciclo académico.
Tener excelente comportamiento y rendimiento académico.
Tener cualidades de líder, para que presenten iniciativas innovadoras para el buen
desarrollo de la vida estudiantil
Artículo 30: De las Funciones de los Voceros y de los Representantes
Funciones de los voceros en cada Centro de Formación:
Darse su organización.
Promover en coordinación con los representantes el ejercicio de los derechos y
deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Nacional y los
establecidos en el presente Reglamento.
Asesorar a los representantes elegidos en el cumplimiento de sus funciones.
Conformar Comisiones de Trabajo – en las que participan los estudiantes según
expectativas-y presentarlas ante los estudiantes, docentes y directivos del Centro.
Estas Comisiones de Trabajo tendrán su programa y funciones específicas, y podrán
ser:
-Apoyo al proceso pedagógico.
- Sensibilización para la conservación y mejoramiento del ambiente.
- Participación y educación ciudadana.
- Servicios especiales para atender necesidades básicas (cafetería, servicio médico y
odontológico, ornamentación y aseo del Centro).
- Fomento de la creatividad y talento artístico.
- Fomento de la integración y la confraternidad.
- Las demás que se identifiquen según características locales.
Funciones del representante:
Promover en coordinación con los voceros la aplicación de los derechos y deberes.
Facilitar la resolución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre la
Comunidad Estudiantil.
Velar por el cumplimiento del Reglamento para Estudiantes de ASMEMAG, en
todas sus partes.
Ser canales de comunicación entre los diferentes estamentos: estudiantes –
docentes- directivos, promoviendo relaciones cordiales para el buen funcionamiento
del Centro.
Apoyo a los voceros en sus Comisiones de Trabajo.
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Las demás que le sean complementarias o afines y que contribuyan al progreso de
la Institución y mejoramiento continuo de la calidad de formación que allí se ofrece.
CAPITULO SÉPTIMO
ACTUALIZACIÓN DE REGLAMENTO
Artículo 31
El Consejo directivo complementará y actualizará el Reglamento para Estudiantes de
ASMEMAG, modificando total o parcialmente la Resolución que lo adoptó
1. REGISTRO DE MODIFICACIONES
Versión Fecha Ítem Modificado Descripción
1 20-Abril-2012
Todo el documento
Capítulo 4 , Artículo 24
En todo el documento se cambió el término Comité de Evaluación y Seguimiento por Comité de Convivencia. Cambia la estructura del Comité de Convivencia
2 8-Agosto-2013 Plataforma Estratégica Actualización de la Política de calidad
3 4-Junio-2015
Plataforma Estratégica
Articulo 20 al 30
Actualización de la Política de calidad Se elimina el Comité de Convivencia el cual es reemplazado por una Comisión disciplinaria, se estipula la conformación de dicha comisión y sus funciones.
2. CONTROL DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN
Elaboró: Manuel Del Prado Brito Revisó: Grupo de Calidad Aprobó: Manuel Del Prado Brito
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Cargo: Director Cargo: Cargo: Director
Firma: Firma: Firma: