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Super Compilado de Pregunteros de Forense II de Ricardo Version Posta (2)

Date post: 06-Jul-2018
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  • 8/17/2019 Super Compilado de Pregunteros de Forense II de Ricardo Version Posta (2)

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    SUPER COMPILADO DE PREGUNTEROS DE FORENSE IIAUTOR: RICARDO STOPPANI

    FUENTE: PREGUNTEROS DE FEDE, PREGUNTEROS ADICIONALES, PROPIACREACION

    1.-La contraparte sol c ta !na "e# #a ca!telar. El $!e% la conce#e. U#. apela tal Resol!c &n

    'C&"o se conce#e el rec!rso( 'C&"o #e)e U#. *!n#arlo(La resolución que admite o deniega una medida cautelar, es recurrible por vía del Recurso deReposición y Recurso de Apelación subsidiario, debiéndose fundar ante el juez que dictó dic aresolución! "ambién puede plantearse en forma directa el recurso de apelación y de admitirse loser# con efecto devolutivo $no suspende el cumplimiento de la medida cautelar%! &l fundamentose basar# en el da'o irreparable que la medida cautelar ocasiona y los motivos por los cualesdebe ser revocado o modificada la resolución! (e declara desierto el recurso de apelación si al )*día de ser concedido no se presenta memorial o copias de las pruebas necesarias!- Art! +) inc./..0!

    +!- A!# enc a #e Test os. Se enc!entra * -a#a para el # a 1/ para los test os o*rec #os porla contraparte U#. conc!rre a la a!# enc a 0 la contraparte no. Ta"poco as sten lostest os. En el E pte. No 2a0 constanc as #e 3!e los test os 2a0an s #o not * ca#os #e laa!# enc a. '4!5 p!e#e U#. pe# r con relac &n a esta pr!e)a((e pide 0egligencia en la /roducción de la prueba de acuerdo a lo establecido en el art! 1 + inc2* del ./..0, que produce la caducidad de la prueba3 es decir, se tiene a la contraparte, por desistido de producir esta prueba nuevamente!

    6!-U#. sol c ta el l )ra" ento #e !na n!e7a ce#!la con 2a) l tac &n #e # as 0 2oras n28) les0 )a-o responsa) l #a# #e la parte actora. El $!e% #en e a s! pe# #o. '4!5 rec!rso ca)eoponer( 'En 3!e pla%o( 'C&"o #e)e *!n#arse(9(e debe interponer el recurso de reposición y apelación en subsidio, dentro de los días denotificado la Resolución que deniega la .edula, fundado en el da'o irreparable que le ocasionaal actor esa resolución!

    !- U#. representa al actor en !n -! c o por co)ro #e pesos. Pero el #e"an#a#o se presentapor !n a)o a#o co"o estor, n7ocan#o el art. ; #el CPCC. Pasa#os los

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    @a"ora, Pc a #e ?s. As. El ) en se enc!entra s to en la Cap tal Fe#eral. 'C!8l es el $!e%co"petente( 'Por 3!5( F!n#e s! resp!esta.9 La Acción de Reivindicación $Acción Real%, esta encaminada a recuperar una cosa de nuestra propiedad, que por cualquier motivo esta poseyendo otro, con sus frutos, productos o rentas! (evincula con el derec o o titulo con independencia de la posesión de la misma! /or lo que escompetente el 7uez de la .apital 8ederal, es decir el 7uez del lugar donde se encuentre el

    inmueble o cosa litigiosa!- $Art!- ) inc! 2* ./..0%/.9U#. es cons!lta#o por !n cl ente 3!e #esea n c ar !n #esalo-o 0 co)ro #e al3! lerescontra la " s"a persona en 7 rt!# #e la oc!pac &n #el " s"o ) en. 'Proce#e laac!"!lac &n #e acc ones( 'Por 3!5( F!n#e s! resp!esta.9 0o procede la acumulación de acciones porque ambos procesos se sustancian por distintostr#mites procesales, el cobro de alquileres es /roceso &jecutivo y el desalojo es de conocimientou ordinario, por razones de índole procesal, son distintos procesos!

    ;. - Lo cons!lta !n cl ente con #o" c l o en Cap tal Fe#eral. Le relata 3!e encontr8n#ose enSan Is #ro, Pc a #e ?s. As., col s ono con otro a!to"&7 l, c!0o con#!ctor, t t!lar #el ro#a#o,se #o" c l a en San Mart n, Pc a #e ?s. as. '4!5 $!e% es co"petente en la Acc &n #e Da os0 Per-! c os( 'Por 3!5( F!n#e s! resp!esta.9La acción de 9a'os y /erjuicios es una acción personal, por lo que el actor puede elegir entreiniciar la 9emanda ante el 7uez del domicilio del demandado o el 7uez del lugar del ec o, porque es una acción derivada de un delito o cuasidelito $art! )* inc! 1 ./..0%!

    B!-En!"ere 6 casos en 3!e sea proce#ente la c tac &n #e !n tercero a -! c o.La citación de un tercero a juicio procede cuando la (entencia a dictarse pueda serleeventualmente opuesta, es decir que la misma lo puede perjudicar o serle adversa, la intervenciónobligatoria o coactiva procede: a no" nat o a!ctor s, cuando se entable una pretensión realcontra quien tiene temporariamente la posesión de una cosa ajena y el demandado denuncia elnombre, apellido y domicilio del poseedor mediato a fin de que el litigio contin;e con este3 b eltercero preten# ente: cuando alguna de las partes denuncia la e5istencia de un tercero que pretende el derec o sobre la cosa que es objeto del proceso y se lo cita para que aga valer su pretensión3 c c tac &n #e E7 cc &n, la puede realizar, tanto el actor como el demandado, por considerar que la controversia es com;n al citado y es manifiestamente procedente, porque puede ser sometido a una sentencia condenatoria eventual3 d%c tac &n en arant a: se trata de procesos dónde se puede requerir la integración con el tercero que garantiza la obligación!

    1=.9El per to "e# co sol c ta ant c po #e astos. El -!% a#o aco e *a7ora)le"ente # c2ope# #o 0 lo * -a en la s!"a #e 1==. La parte 3!e o*rec & la pr!e)a no e*ect a # c2o

    #ep&s to #entro #el pla%o le al. '4!5 p!e#e U#. pe# r, co"o parte contrar a, respecto a# c2a pr!e)a(9La falta de depósito dentro del plazo legal, implica el desistimiento de la prueba por parte de?0 la solicito, por lo tanto mi parte puede solicitar la 9eclaración de 0egligencia en la producción de la prueba $art! 1@ .!/!.!.!0! in fine%!-

    11!-Se * -a a!# enc a #e pos c ones para el # a +6 U#. 0 s! cl ente conc!rren a la a!# enc a.La parte 3!e p # & la a!# enc a no co"parece, s n acre# tar en el e pe# ente por3!eta"poco #e-a el pert nente pl e o #e pos c ones. '4!5 p!e#e pe# r respecto a esta pr!e)a((i la parte que pidió la audiencia de posiciones, no comparece a la audiencia sin justa causa, ni

    deja pliego de posiciones en (ecretaria y si comparece el citado, se pierde el derec o a e5igir esa prueba! (e debe pedir la declaración de 0egligencia en la /roducción de la prueba, que producelos efectos de la pérdida del derec o a e5igirla nuevamente! $Art! 12 ./..0%

    +

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    1+.9Lo cons!lta !n cl ente 3!e 2a rec ) #o !na Ce#!la "e# ante la c!al se le #a trasla#o #e!na #e"an#a #e co)ro #e pesos. 4! en recla"a, parte actora, es !na Soc e#a# An&n "a.Con la Ce#!la no se 2an a#-!nta#o cop a #oc!"ental relat 7a a la const t!c &n #e laSoc e#a#. U#. cons!lta el E pte 0 ta"poco all se 2a a re a#o esta #oc!"entac &n. U#.#e)e presentar la contestac &n #e #e"an#a. '4!5 e cepc &n p!e#e oponer( E pl 3!e 0

    *!n#e s! resp!esta.9La e5cepción que corresponde es 8alta de /ersonería por insuficiencia de la representacióninvocada $art! 16 inc! +* ./..0% dado que al tratarse de una (!A! deber# acompa'ar el contratoconstitutivo! .onforme lo establece el art! 1@ ;ltimo p#rrafo- este tipo de e5cepcionessuspende el plazo para contestar la demanda!

    16.9$! c o #e Conoc " ento. El $!e% # cta Sentenc a pero no e pl ca en la " s"a los*!n#a"entos #e s! #ec s &n. '4!5 planteo p!e#e U#. real %ar( 'En 3!e pla%o( E pl 3!e 0*!n#e s! resp!esta.9(e plantea Recurso de 0ulidad por defecto de forma en el plazo de ) días contados a partir de lanotificación de la (entencia! &l recurso de nulidad procede si la sentencia aun siendo justa tienedefectos de forma y en consecuencia se la tiene por no pronunciada! &l Recurso de 0ulidad, por defectos en la sentencia, est# comprendido en el de Apelación! (i el procedimiento de lasentencia, estuviera ajustado a derec o y el "ribunal de Alzada, declara la nulidad de lasentencia, por cualquier otra causa, también deber# e5pedirse sobre el fondo del litigio $art +)./..0%!

    1 .9 Lo cons!lta !n cl ente 3!e 2a rec ) #o !na ce#!la "e# ante la c!al se le #a trasla#o #e!na #e"an#a #e co)ro #e pesos. Al leer las cop as #e la #e"an#a 3!e se aco"pa an con lace#!la U#. a#7 erte 3!e el relato #e los 2ec2os no se ent en#e 0 3!e se 2a o" t #o cons narc!al es el "onto recla"a#o. U#. #e)e presentar la contestac &n #e la #e"an#a. '4!5e cepc &n p!e#e oponer((e debe interponer la e5cepción de defecto legal, en el modo de proponer la demanda $ art 16inc ) ./..0%, pues la demanda no se ajusta en su forma o contenido a las prescripciones de laley $ambigBedad3 contradicción, etc%! &n los casos en que sea admitida, luego de subsanarse losdefectos de la demanda, deber# correrse un nuevo traslado por el plazo del art! )C ./..0!-

    1>!-$! c o #e conoc " ento. El $!e% # cta sentenc a. En la parte # spos t 7a #el *allo se#esl %a !n error en el no")re #el #e"an#a#o. '4!e planteo p!e#e U#. real %ar( 'En 3!epla%o(.9(e debe plantear un Recurso de Aclaratoria, este remedio procesal permite al 7uez corregir, a pedido de parte, cualquier error u omisión material o concepto oscuro sin sustanciación! 9ebe ser

    interpuesto por escrito y fundado, dentro de los tres $ % días de su notificación $art! 2@@ inc! ./..0% en primera instancia, en segunda instancia tiene $)% cinco días de plazo $Art!- +6+./..0%!

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    1/.9 U#. representa a la parte #e"an#a#a en !n -! c o e-ec!t 7o. No se 2a #a#o l! ar a lasentenc a, rec2a%8n#ose la e-ec!c &n. La " s"a parte actora le n c a !n -! c o or# nar opor co)ro #e pesos. 'P!e#e U#. al contestar la #e"an#a oponer e cepc &n #e cosa -!% a#a('Por 3!5(.97er 0o! La sentencia del juicio ejecutivo no produce efecto de cosa juzgada material, solo

    meramente formal, porque no se discute la legitimidad de la causa de la obligación! &l juicioordinario posterior al juicio ejecutivo es una >nstancia valida que tiene el ejecutante, para percibir su crédito que fuera rec azado en juicio ejecutivo $art! )) ./..0%3 debiéndoseinterponer ante el mismo juez en que tramitó el juicio ejecutivo por la cone5ión del mismo!

    1;.- U#. contesta !n trasla#o. El $!e% pro7ee 3!e 2a s #o contesta#o en *or"ae te"por8nea. U#. cree 3!e *!e contesta#o #entro #el pla%o 3!e para ello ten a. '4!5planteo p!e#e e*ect!ar( 'En 3!e pla%o((e debe presentar un Recurso de Reposición dentro de los días de notificado de la Resolucióndel 7uez, con recurso de Apelación en subsidio, pues la resolución de e5temporaneidad causa unda'o irreparable $art! + C%

    1B.9 Me# #as ca!telares. Re3! s tos en5r cos: son aquellas que se ordenan con el fin deasegurar el derec o de alguna de las partes y la eficacia de la sentencia definitiva! (us requisitosson: a% verosimilitud del derec o3 b% temor fundado o peligro en la demora3 c% contracautela dque solicita la medida! &n el escrito se debe e5presar: a% derec o que se pretende asegurar3 b% lmedida que se pide3 c% la disposición de la Ley en que se funda el pedido3 d% requisitos particulares $por ej: contracautela, caución, etc!%3 e% datos filiatorios de la persona demandada para su individualización!

    +=.9Re las #e co"petenc a. Art. > 0 < CPCCN:La competencia se determinara por la naturaleza de las pretensiones deducidas en la demanda yno por las defensas opuestas por el demandado! .on e5cepción de los casos de prorroga e5presao tacita, cuando procediere, y sin perjuicios de las reglas especiales contenidas en los códigos procesales y en otras leyes, ser# competente:-&n acciones reales sobre bienes inmuebles, $acciones posesorias, interdictos, restricción deldominio, medianería, etc!% el juez del lugar donde esta situado la cosa litigiosa!-&n acciones reales sobre cosas muebles, es competente el 7uez del lugar donde se encuentren oel 7uez del domicilio del demandado, a elección del actor!--(i las acciones fueren sobre bienes muebles e inmuebles conjuntamente, ser# 7uez competenteel del lugar donde se encuentren los inmuebles!--&n acciones personales, el 7uez del lugar donde deba cumplirse la obligación o el del domicilio

    del demandado o el 7uez del lugar del contrato, a elección del actor!-&n acciones personales derivadas de delitos o cuasidelitos, es competente el 7uez del lugar delec o o el 7uez del domicilio del demandado, a elección del actor!

    -&n acciones personales con varios demandados y se trate de obligaciones indivisibles osolidarias, es competente el 7uez del domicilio de cualquiera de ellos, a elección del actor!--&n acciones de rendición de cuentas, es competente el 7uez del lugar donde estas deban presentarse, y no estando determinado, el del domicilio de la administración o el del lugar en quese ubieran administrado el principal de los bienes!--&n las acciones fiscales por cobro de impuestos, tasas o multas y salvo disposición en contrario,es competente el 7uez del lugar del bien o actividad gravada o bien imputada!-&n acciones de separación personal, divorcio vincular y nulidad de matrimonio, así como las

    que versen sobre los efectos del matrimonio, es competente el 7uez del ;ltimo domicilioconyugal o el del domicilio del conyugue demandado, a elección del conyugue actor!-

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    -&n las acciones que derivan de relaciones societarias es competente el 7uez del domicilio legalde la sociedad!--&n los procesos voluntarios, el 7uez del domicilio de la persona en cuyo interés se promuevan!--&n acciones por e5pensas o cualquier otra acción derivada del régimen de propiedad orizontal,el 7uez del lugar de la unidad funcional de que se trate!--(i no e5isten otras disposiciones e5presas en contrario, ser#n competentes: 2% en los casos de

    incidentes, tercerías, citación de evicción, etc! ser# competente el 7uez del /roceso principal3 +%en los juicios de separación de bienes y liquidación de la sociedad conyugal, es competente el7uez del juicio de divorcio o nulidad matrimonial3 % en las acciones derivadas de los casos defamilia, es competente el 7uez del juicio de divorcio, de separación personal o de nulidad delmatrimonio, 1% en las medidas precautorias o preliminares, el 7uez que deba conocer en el proceso principal3 )% en el juicio ordinario que se inicia como consecuencia del juicio ejecutivo,el 7uez que entendió en este ;ltimo!

    +1.- 'En 3!5 casos p!e#e !n test o ne arse a #eclarar o contestar !na pre !nta( E pl 3!e.&l testigo puede negarse a declarar o contestar una pregunta: 2% si la respuesta lo incrimina penalmente o compromete su onor3 +% si revela un secreto profesional, militar, científico,artístico o industrial! /ero no por ello esta e5ceptuado de comparecer a la citación del tribunal!Art! 111

    ++.9Re)el# a. Concepto. Consec!enc as. Do" c l o. Me# #as ca!telares. Cese..oncepto: la rebeldía o contumacia es la situación procesal en que se encuentra la parte en que,teniendo domicilio conocido y abiéndoselo citado en forma debida, no comparece al juiciodentro del plazo de citación, o si compareció, posteriormente lo abandona! 9ebe ser solicitada por la parte contraria!.onsecuencias: se producen sobre la forma de notificar $ministerio ley%, las medidas precautorias$se dictaran las que sean necesarias para asegurar el objeto del juicio%, la prueba $a pedido de parte el juez abrir# la causa a prueba y podr# facultativo- estimar la rebeldía comoreconocimiento de los ec os alegados por la otra parte%, la sentencia y los ec os alegados por quién pidió la rebeldía $dictar# sentencia conforme a lo actuado y a las pruebas producidas%, lascostas causadas por su rebeldía ser#n a cargo del rebelde! &l proceso sigue su curso normal conla parte presente!9omicilio: es requisito fundamental la e5istencia de domicilio conocido y de que en él se agadebidamente la citación, pues si el domicilio es ignorado se lo debe citar por edicto y si en estecaso no comparece no procede la declaración de rebeldía, sino el nombramiento de defensor oficial!Dedidas cautelares: podr#n, a pedido de parte, decretarse las medidas precautorias que sean

    necesarias para asegurar el objeto del juicio $embargo, secuestro, etc!%, o el pago de las costas siel rebelde fuere el actor!.ese: si el rebelde se presenta, cesa la rebeldía, se lo admite como parte y el proceso contin;aadelante con su intervención! (i se presenta en segunda instancia y apelara la sentencia, se abrir#a prueba el juicio a su pedido y si resulta vencedor, en la sentencia final se tendr# en cuenta surebeldía anterior! La sentencia ejecutada en rebeldía, no admite recurso alguno contra ella!

    +6.9 Sentenc a #e* n t 7a. Concepto. Re3! s tos. Desarrolle:.oncepto: son las que ponen fin al proceso, pronunci#ndose sobre la cuestión de fondo sometidaa la decisión del 7uez! (on el modo normal de terminación del proceso!Requisitos &5ternos $o de redacción%: determinados por la jurisprudencia, Acordadas de la .orte,

    ó de las .#maras de Apelaciones, o bien el Reglamento de la 7usticia nacional y son: ser escrita am#quina y con tinta negra, redactada en idioma nacional, lugar y fec a en que fue dictada, no

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    contener citas ni fojas en blanco, mencionar con precisión las normas y resoluciones queinvoque, ser firmada por el 7uez con firma entera y aclarada con sello, etc!Requisitos internos $ o de contenido%: 2% mención del lugar y fec a, +% nombre y apellidos de la partes, % relatos de las cuestiones objeto del juicio3 1% consideración individual de dic ascuestiones, )% los fundamentos y la aplicación de la ley, @% la decisión e5presa, positiva,congruente y precisa3 6% plazo de cumplimiento de la condena3 C% pronunciamiento sobre las

    costas, regulación de onorarios, temeridad y malicia3 E% firma del 7uez!+ .9 Cesac &n #el "an#ato, Desarrolle:(e produce por las siguientes causas: 2% /or revocacióne5presa del mandato en el &5pte!3 +% /or renuncia, notificada al mandante por cedula, elrenunciante debe continuar asta el vencimiento del plazo otorgado por el 7uez parareemplazarlo o comparecer por sí3 % /or aber cesado la personalidad con que litigaba el poderdante3 1% por aber concluido la causa por la cual se le otorgó el poder, )% por muerte oincapacidad del poderdante, continua asta que los erederos o representante legal tomenintervención en el &5pte!3 @% /or muerte o in abilitación del apoderado, se suspende el proceso yel juez fija plazo de comparecencia por si o con nuevo apoderado, en caso de no presentarse secontinuar# el juicio en rebeldía!

    +>.9 Allana" ento. Oport!n #a# 0 e*ectos.Allanamiento! &s el acto por el cual el demandadoreconoce como legítima la pretensión del actor y se somete a ella3 es decir, se allana a cumplirlo que el actor pretende!&l allanamiento se refiere a la FpretensiónF del actor3 su efecto es no sólo e5imir de la prueba alactor, sino también poner fin a la litis!&l allanamiento puede ser: e5preso: cuando se reconoce e5presa y categóricamente la legalidadde las pretensiones del actor3 t#cito: cuando los actos del demandado demuestran que acepta las pretensiones del actor! &j!: deposita la cosa o cumple el acto que el actor le reclama3 total:cuando el demandado se allana a todas las pretensiones3 parcial: cuando sólo se allana aalgunas de las pretensiones!&l allanamiento debe ser categórico, terminante e incondicionado, de forma tal que no quedendudas acerca de la voluntad de allanarse! (i fuese impreciso, con reservas o bajo condiciones,no tendría eficacia!&n cuanto al objeto del allanamiento, sólo podr# referirse a derec os privados renunciables3 enconsecuencia, no es admisible trat#ndose de cuestiones en que esté interesado el orden p;blico$&j!: divorcio, nulidad de matrimonio, etc!%! &n estos casos, el 7uez rec azar# el allanamiento ycontinuar# con el proceso!4portunidad para allanarse! &fectos del allanamiento !Art! 6! F&l demandado podr# allanarse a la demanda en cualquier estado de la causa anteriora la sentencia!

    &l 7uez dictar# sentencia conforme a derec o, pero si estuviere comprometido el orden p;blico,el allanamiento carecer# de efectos y continuar# el proceso seg;n su estado!.uando el allanamiento fuese simult#neo con el cumplimiento de la prestación reclamada, laresolución que lo admita ser# dictada en la forma prescripta en el art! 2@2F!.uando el allanamiento fuese simult#neo con el cumplimiento de lo que se reclama $&j!: seallana a pagar y paga de inmediato%, la resolución que admita el allanamiento ser# dictada en laforma que indica el art! 2@2, es decir, Gsentencia interlocutoriaH!Los efectos del allanamiento también recaen sobre las costas! &l principio general es que lascostas son a cargo del que se allana! I/or quéJ: porque él a aceptado la pretensión del actor y por lo tanto a sido vencido!/ero, si el allanamiento es real, incondicionado, oportuno, total y efectivo, ay casos en que no

    se le imponen las costas! Así surge del art! 6 $no se impone costa al vencido cuando se allanaredentro del quinto día de tener conocimiento de los títulos e instrumentos tardíamente presentados o ubiese reconocido oportunamente como fundadas las pretensiones de su

    @

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    adversario%!

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    a%Rec!rso #e Aclarator a, para subsanar deficiencias materiales o conceptos oscuros, se plantea ante el mismo 7uez o tribunal dentro de los días de notificado de la resolución3 por escrito y fundado!

    b%Rec!rso #e Repos c &n o Re7ocator a, para que subsane los agravios producidos a las partes, por Hcontrario imperioH se interpone ante el mismo 7uez dentro de los días siguientes alde la notificación de la resolución! /or escrito y fundado! (i la resolución se dicto en una

    audiencia debe interponerse verbalmente en el mismo momento! /rocede contra las providenciassimples que causen o no gravamen irreparable!c%Rec!rso #e Apelac &n, para obtener de un tribunal superior que revoque o modifique unaresolución judicial! /rocede respecto de las sentencias definitivas, interlocutorias y providenciassimples que causen gravamen que no puede ser reparado por sentencia definitiva! (e presentaante el 7uez que dictó la misma, dentro de los ) días de la notificación, por escrito overbalmente, pero siempre sin fundar! 9e acuerdo a la concesión se presenta memorial en 2Minstancia o ante la alzada, mediante e5presión de agravios!d%Rec!rso #e N!l #a#, procede cuando la sentencia tiene defectos de lugar, tiempo y forma, esdecir, violando los requisitos formales e5igidos por la ley!

    6=.9 Re3! s tos #e los contratos:Los requisitos esenciales que deben contener los contratos, sonlos siguientes: a% Lugar y fec a de la confección, b% Apellido3 nombres3 n* de documentosdomicilios de cada una de las partes3 c% objeto del contrato3 d% lugar de cumplimiento del objetoe% monto o importe de la realización3 f% modalidades3 g% cl#usulas especiales a pedido de la partes3 % firmas!

    61.9 Contestac &n #e la #e"an#a:&s un acto procesal escrito mediante el cual el demandado contesta las pretensiones del actor pudiendo oponer e5cepciones, defensas, reconvenir o allanarse a la misma! 0o es una obligaciónsino una carga procesal! (e deber# contestar la demanda en el plazo establecido en el códigoseg;n se trate del tipo de juicio $ejecutivo, ordinario% con la ampliación que corresponda enrazón de la distancia! &n la contestación el demandado opondr# todas las e5cepciones o defensasde que intente valerse, y deber# reconocer o negar categóricamente cada uno de los ec ose5puestos en la demanda, la autenticidad de los documentos acompa'ados y la recepción decartas y telegramas3 especificar con claridad los ec os que alegare como fundamento de sudefensa y agregar la prueba documental que tuviese en su poder o individualizarla para suagregación posterior!

    6+.9 Recon7enc &n. Concepto: es el acto procesal por el cual el demandado presenta $en elmismo escrito de contestación de la demanda% pretensiones contra el actor! &n procesosumarísimo no se admite reconvención! &l demandado, al contestar la demanda, opone todas las

    defensas que tenga, pero puede ocurrir que, a su vez, tenga una acción o pretensión contra elactor3 puede entonces deducir reconvención contra el mismo! &js: el actor demanda por cumplimiento de contrato, y el demandado deduce reconvención por rescisión de ese contrato3 sedemanda por reinvindicación de un inmueble y el demandado reconviene por reinvindicación deotro inmueble suyo, cuya posesión tiene el actor! La reinvindicación es una contrademanda: unademanda que el demandado dirige contra el actor! &n la reconvención el demandado se convierteen actor y el actor en demandado!&l fundamento de la reconvención es lograr la economía procesal, dado que al permitir que lademanda y la reconvención tramiten en el mismo proceso y se resuelvan en la misma sentencia,se evitan la proliferación de juicios y gastos!La oportunidad parea reconvenir es el mismo escrito de contestación de la demanda y si no se

    iciere en ese momento ya no podr# acerlo posteriormente, queda a salvo su derec o para acer valer su acción o pretensión iniciando otro proceso! (u forma, contenido y requisitos son losmismos que se prescriben para la demanda!

    C

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    Con# c ones #e a#" s &n: para que la reconvención sea admitida se requieren las siguientescondiciones:a% que se deduzca en el mismo escrito de contestación de la demanda! (i no se ace en esaoportunidad, no podr# acerlo posteriormente! b% que el juez de la demanda tenga competencia para entender en la reconvención! Lacompetencia que se e5ige debe ser en razón de la materia!

    c% la reconvención debe estar relacionada a las cuestiones planteadas en la demanda, es decir,derivar de ella o ser cone5a!d% que la reconvención pueda sustanciarse por los mismos tr#mites que la demanda principal!e% que sea deducida por el demandado y solo contra el actor: Nque sea deducida por el demandado: esto significa que el actor no puede, a su vez, reconvenir,o sea, no se admite la reconvención de la reconvención3 Nsolo contra el actor: esto significa que el demandado no puede, mediante la reconvención,introducir al proceso a terceros e5tra'os al mismo!LIMITACIONES:A% falta de demanda previa: no puede aber reconvención si previamente no ubo demanda!O% no puede aber reconvención si ella no fue deducida en el escrito de contestación de lademanda!.% el actor no puede reconvenir no ay reconvención de reconvención39% no se puede reconvenir contra terceros e5tra'os a la litis3&% falta de relación entre reconvención y demanda38% en el sumarísimo no se admite reconvención!SUSTANCIACION: La reconvención es sustancialmente la demanda del demandado contar elactor3 por lo tanto, debe darse traslado de ella al actor para que la conteste! &5isten dos ipótesis:a% si no ubo reconvención: y solo se presentó contestación de demanda con documentos: se datraslado al actor por cinco $)% días para que conteste3 b% si ubo reconvención: se da traslado al actor por quince $2)% días para que conteste lareconvención, debiendo observar las normas sobre contestación de demanda!&ste plazo de quince días rige en el proceso ordinario3 en el sumarísimo no se admite lareconvención! Al contestar la reconvención, el actor debe oponer todas las e5cepciones de previoy especial pronunciamiento que tuviere!&n la contestación de la reconvención, el actor debe limitarse a contestar las cuestiones alegadasen la reconvención! 0o puede refutar lo que el demandado aya dic o en la contestación de lademanda3 ni tampoco puede deducir reconvención de la reconvención3 ni modificar el contenidode su demanda inicial! (i al contestar la reconvención el actor alegare ec os no considerados enla reconvención, el demandado podr# agregar dentro de los cinco $)% días de notificada la providencia respectiva, la prueba documental referente a tales ec os!

    66.9 Ca#!c #a# #e la nstanc a.&s el modo anormal de terminación del proceso que tiene lugar cuando las partes no impulsan el proceso dentro de los plazos determinados por la ley! &l fundamento es la presunción de renunciade la instancia de las partes!! (u aplicación se fundamenta en la necesidad de evitar la duraciónindeterminada de los procesos judiciales y la seguridad jurídica! Los plazos se computan desde lafec a de petición de las partes o resolución o actuación del juez o secretario y corren durante losdías in #biles salvo los que corresponden a feria judicial!

    6>.9 S!ces &n A) IntestatoH(e denomina así a la sucesión que procede ante la ine5istencia de testamento, como también enel caso de un testamento nulo o que el mismo no comprenda la totalidad de los bienes o no

    indique erederos3 siendo la ley la que impone quienes ser#n los erederos! &n el auto deapertura el juez ordenar# citar por días a los que se consideraren con derec o a los bienes,cit#ndolos mediante cédulas a los erederos denunciados con domicilio conocido y publicar

    E

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    edictos por días en el O!4! y en un diario local! Pencido dic o plazo y previa vista a losórganos correspondientes $Dinisterio /ublico y organismo fiscal% dicta la declaratoria de

    erederos, respecto de quienes se presentaron y acreditaron su derec o!

    6

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    .onf! el art! +@ inc! 2* se puede solicitar la producción anticipada de la prueba, es una diligencia preliminar, donde se procede a tomarle la declaración que formar# parte de un proceso deconocimiento a iniciarse pró5imamente! .onforme el art! +6 ./..0 en el escrito de solicitudde la medida, se debe indicar el nombre de la futura contraparte, su domicilio si es conocido ylos fundamentos de la petición $ausencia del país y radicación en &spa'a%! &l juez admitir# el pedido si lo considera justo! La resolución es apelable cuando se deniega la diligencia! &sta

    prueba deber# realizarse con la intervención de la contraparte, salvo razones de urgencia, en cuyocaso intervine el defensor oficial!

    +.9 $! c o #e conoc " ento. Etapa pro)ator a. U#. p #e el l )ra" ento #e !n n!e7o o* c o.El -!e% #en e a tal pe# #o, 3!e planteo p!e#e U#. e*ect!ar, en 3!e t e"po, e pl 3!e 0 *!n#es! resp!esta !-.orresponde interponer un recurso de revocatoria o reposición, ante el mismo 7uez, confundamentos correspondientes, dentro de los días de notificada la resolución! &ste Recurso procede en los casos de providencias simples, causen o no gravamen irreparable, dictadas sinsustanciación previa, para impulsar el proceso o para ordenar actos de mera ejecución! $art! + C./..0%! /uede interponerse con el recurso de apelación en subsidio!

    6.9 El $!% a#o or#ena #ar trasla#o por c nco # as #e !na presentac &n e*ect!a#a por lacontraparte. D c2a pro7 #enc a se not * ca " n ster o le0. Sale * r"a#a el # a 7 ernes nterrogatorio preliminar $art! 1 E del ./..%: 0ombre y apellido!+! (i el día +1 de abril de + 2 presenció un accidente en la vía p;blica! &n casoafirmativo, relate lo sucedido!

    ! (i puede confeccionar un croquis de lo relatado!1! (i el auto que embistió al /eugeot era blancoJ)!

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    +% bien!% pregunta mal formulada! (i puede el testigo confeccionar un croquis del lugar y ubicación de

    los ve ículos que colisionaron!1% es una pregunta inductiva, sugiere la respuesta! 9ebe preguntarse Gpara que diga el testigo dequé color eran los ve ículos intervinientes en el accidenteH)% y @% son preguntas que contienen referencias de car#cter técnicos!

    >.9 Pr!e)a con*es onal. Se transcr )e a cont n!ac &n !n pl e o #e pos c ones. Se ale 3!5pos c ones est8n "al *or"!la#as. In# 3!e por3!5 0, en s! caso, re*or" lelas con*or"e a#erec2o. Pl e o #e pos c ones a tenor #el c!al a)sol7er8 el #e"an#a#o $!an P5re%:Para 3!e -!re co"o 3!e es c erto:2% /or las generales de la ley!+%

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    L )r& el o* c o respect 7o pero 7enc #o el pla%o * -a#o para contestarlo el ente al 3!e *!e# r #o no lo 2a 2ec2o. La contraparte no 2a 2ec2o n n !na pet c &n al respecto. '4!5p!e#e U#. pe# r( 'Por 3!5(&s obligación de la contraparte, dentro de los ) días de vencido el plazo que tenía el organismo para contestar el informe, reiterar la medida! .aso contrario, se le da por desistidaautom#ticamente de esa prueba, es decir, caduca su derec o a producir la misma! D> parte podría

    requerir la negligencia en la producción de la prueba, sin perjuicio que el código establece unacaducidad autom#tica!

    ;.9 El test o 3!e U#. o*rec & lo lla"a tele*&n ca"ente c nco # as antes #e la *ec2a * -a#apara la a!# enc a test "on al 0 le # ce 3!e lo 2an opera#o #e !r enc a 0 3!e s! esta#o #esal!# no le per" t r8 as st r a la a!# enc a. '4!5 #e)e U#. 2acer(9ebo justificar la enfermedad del testigo con antelación suficiente a la audiencia mediantecertificado médico, pudiendo el mismo ser e5aminado en su casa ante el (ecretario o requerir lafijación de nueva fec a de audiencia! Las partes podr#n estar presentes o no!

    B.9 Gestor procesal. Art. ; CPCC. Desarrolle.(e admite la intervención de quien no tengarepresentación suficiente en casos de urgencia en la realización de actos procesales, bajo lacondición de que dentro de los 1 días #biles presente la documental que acredite larepresentación o un escrito de la parte ratificando su actuación, caso contrario se lo considerar#nulo todo lo actuado, debiéndose satisfacer las costas, da'os y perjuicios que se produjo por dic a actuación! (e puede ejercer una sola vez en el curso del proceso!

    >=.9 A!# enc a test "on al. Al real %arse el nterro ator o prel " nar s!r e 3!e el test ot ene 1/ a os. 'P!e#e #eclarar( 'Por 3!5( $!st * 3!e s! resp!esta(i, conforme lo establece el art! 1+@, toda persona mayor de 21 a'os podr# ser propuesta comotestigo! La capacidad es por razón de la edad, pudiendo declarar toda persona física mayor de 21a'os, de cualquier se5o y nacionalidad!

    >1.9 U#. es letra#o #e la parte actora. El #e"an#a#o se enc!entra re)el#e. Se # ctasentenc a en el proceso 'De)e U#. l )rar c5#!la a * n #e not * car al #e"an#a#o( 'A 3!5#o" c l o(.onforme lo establece el art! @+, la sentencia se notificar# conforme lo establece el art! )E$declaración de la rebeldía% es decir se debe notificar por cédula en el domicilio real3 y de no ser posible, se autoriza la publicación de edictos por dos días!

    >+. Concepto #e *alta #e personer aH: es la e5cepción que procede no sólo en el caso de que elactor o demandado sean civilmente incapaces $absoluta o relativa% sino también de que sea

    defectuoso o insuficiente el mandato invocado por quién pretende representar a las partes! (onlas llamadas e5cepciones dilatorias, ya que se suele dar un plazo para que se subsane! &jemplo:un abogado se presenta con un poder especial para un juicio sucesorio contestando demanda enun juicio ordinario!

    >6. Concepto #e *alta #e le t "ac &n para o)rar en el #e"an#a#o: es la e5cepción que se plantea cuando el demandado no es el titular de la relación jurídica sustancial en que se funda la pretensión, es decir se controvierte la e5istencia de la legitimatio ad causam o sea que quien esdemandado no reviste la condición de persona idónea o abilitada por la ley para discutir elobjeto del litigio! &jemplo: en un juicio por cobro de alquileres el demandado no es inquilino delactor!

    > Proceso #e #esalo-o por *alta #e pa o. a Detalle 0 en!"ere la total #a# #e los re3! s tosnecesar os para o)tener la apert!ra #el proceso. ? En!"ere las c!est ones procesales 3!e

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    p!e#en lle ar a plantearse con car8cter pre7 o al pro reso #e la acc &n. C I#ent * 3!e UNAc!est &n relac ona#a con la lent t!# o *alta #e celer #a# #el proce# " ento 0 *or"!le !naprop!esta #e sol!c &n 3!e sea co"pat )le con el t po #e proceso en c!est &n. F!n#a"entes! prop!estaA% Requisitos: aparte de los requisitos de la demanda com;n $nombre y domicilio de las partes,la cosa demandada, los ec os en que se funde, el derec o e5puesto sucintamente, la petición en

    término claros y positivos% se deber# acreditar mediante la presentación de la copia de la .9 laintimación dispuesta por el art! ) de la ley + ! E2, dónde se le concede un plazo no menor dediez días para el pago de los alquileres atrasados!O% .uestiones procesales: 2% reconocimiento judicial: puede ser requerido como medida de prueba que debe realizar el juez antes del traslado de la demanda, dentro de los ) días de dictadala primer providencia! 9ebe asistir el 9efensor 4ficial! +% &ntrega provisional del inmueble:iniciado el desalojo por falta de pago o vencimiento de contrato, en cualquier estado del juicio,después de trabada la litis, el actor podr#, previa caución real solicitar la desocupación inmediatay entrega provisional del inmueble! % 9esalojo por intrusión: después de trabada la litis yvencido el plazo para contestar la demanda, el actor podr# solicitar al juez disponga la entregainmediata del inmueble previa caución real!.% la lentitud o falta de celeridad en el proceso puede darse por la imposibilidad de lanotificación al demandado $domicilio% o la falta de identificación del inmueble cuyo desalojo se pretende! &n el primer caso la notificación debe realizarse en el domicilio especial constituido enel contrato instrumento p;blico o privado-, a falta de éste en el domicilio real del demandadosiempre que se encuentre en la circunscripción3 de no ser posible, se le notificar# en el domiciliodel inmueble que se pretende desalojar siempre que este abitado! Ante la falta deindividualización del inmueble y a fin de evitar maniobras dilatorias, el oficial notificador proceder# a: si falta la c apa identificadora del n;mero del inmueble procurar# localizar aldemandado inquiriendo a los vecinos3 requiriendo de los ocupantes la razón de su relación con eldemandado! 9e tratarse de una casa de departamentos y en la cédula no se especifica la unidad,inquirir# al encargado o vecinos si el demandado vive en el edificio y si lo allare lo notificar#,identific#ndolo, caso contrario devolver# la cédula sin diligenciar!

    >> El $!% a#o or#ena #ar trasla#o por c nco # as #e la e cepc &n #e prescr pc &n op!estapor la contraparte. D c2a pro7 #enc a se not * ca personal"ente o por c5#!la. Sale * r"a#ael # a -!e7es >. U#. #e-a nota el # a 7 ernes

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    >; El $!% a#o or#ena #ar trasla#o por c nco # as #e !na pet c &n #e la contraparte. D c2apro7 #enc a se not * ca " n ster o le0. Sale * r"a#a el # a "artes 6. 'C!an#o 7ence el pla%opara contestar el trasla#o con*er #o(

    (e da por notificada el viernes @! &l plazo vence el viernes 2 con plazo com;n y con plazo degracia, el lunes 2@, en las dos primeras oras!

    9 L D D 7 P (2 + 1 ) @ 6C E 2 22 2+ 2 212) 2@ 26 2C 2E + +2++ + +1 +) +@ +6 +C+E

    >B U#. sol c ta el l )ra" ento #e !na n!e7a c5#!la con 2a) l tac &n #e # as 0 2orasn28) les 0 )a-o responsa) l #a# #e la parte actora. El -!e% #en e a s! pe# #o. '3!5

    rec!rso ca)e oponer( 'En 3!e pla%o( 'C&"o #e)e *!n#arse(

    &l juez deniega mi pedido de libramiento de una nueva cédula con abilitación de días y orasin #biles con una providencia simple! .abe oponer el recurso de reposición o revocatoria aefectos de que el mismo juez que dictó la resolución, la revoque por contrario imperio! (einterpone ante el mismo juez, porque si tuvo poder para dictarla, también tiene poder paramodificarla! (e debe interponer dentro de los tres $ % días siguientes al de la notificación de laresolución! (e interpone por escrito y fundado! 9ebe fundarse e5presando claramente el

    perjuicio irreparable que ocasiona dic a providencia!.La contraparte l )ra c5#!la la 3!e U#. rec )e el # a B. 'C!an#o 7ence el pla%o paracontestar el trasla#o con*er #o(

    &l plazo para contestar el traslado vence el día 2 ! La regla general es que se presume quelas partes quedan notificadas ministerio ley o autom#ticamente de todas las resoluciones judiciales los días martes y viernes #biles, que son los llamados días de nota, aunque no

    ayan consultado el e5pediente! 0o est#n comprendidas las resoluciones que se deben

    notificar por cédula! &l plazo comienza a correr desde el día #bil siguiente al día de nota!/or lo tanto: la notificación ministerio ley se produjo el día viernes @! &l plazo comienza acorrer desde el día #bil siguiente: el lunes E y vence, con plazo com;n, el día viernes 2 y,con plazo de gracia, el lunes 2@, dentro de las dos primeras oras de oficina.

    9 L D D 7 P (2 + 1 ) @ 6C E 2 22 2+ 2 212) 2@ 26 2C 2E + +2++ + +1 +) +@ +6 +C+E

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    vence, con plazo com;n, el día viernes 2 y, con plazo de gracia, el día lunes 2@, dentro de lasdos primeras oras de oficina!

    9 L D D 7 P (2 + 1 ) @ 6C E 2 22 2+ 2 212) 2@ 26 2C 2E + +2++ + +1 +) +@ +6 +C+E

    Mo#elos #e escr tos #e e 8"enes K Forense II

    2% .onfeccione un escrito solicitando nueva fec a de audiencia confesional!+% .onfeccione un escrito solicitando la in ibición general de bienes del demandado

    % .onfeccione un escrito present#ndose como nuevo letrado patrocinante en un e5pediente yaen tr#mite!1% .onfeccione un escrito solicitando una nueva cédula con abilitación de días y orasin #biles!)% .onfeccione un escrito apelando la sentencia definitiva de un proceso de conocimiento!@% .onfeccione un escrito solicitando cédula bajo responsabilidad!6% .onfeccione un escrito denunciando nuevo domicilio del demandado y solicitando nuevacédula de traslado de la demanda!C% .onfeccione un escrito pidiendo la rebeldía de la contraparte! E% .onfeccionar escrito solicitando la división de un condominio!2 % .onfeccione escrito oponiendo la e5cepción de Gfalta de legitimación para obrar en el actorH,en un juicio ordinario!22% .onfeccione un escrito solicitando un oficio reiteratorio !

    2+% .onfeccione un escrito constituyendo nuevo domicilio!2 % .onfeccione un escrito apelando sus onorarios21% .onfeccione un escrito autorizando a 7uan /érez a consultar el e5pediente!2)% .onfeccione un escrito solicitando se clausure el periodo de prueba y se certifique la prueba producida!2@% .onfeccione un escrito solicitando mandamiento de constatación!26% .onfeccione un escrito solicitando un nuevo mandamiento de intimación de pago bajoresponsabilidad de la parte actora!2C% &n oja aparte, confeccione un escrito pidiendo el desglose de la documentación originalglosada al e5pediente!

    2E% &n oja aparte, confeccione un escrito solicitando la reserva del e5pediente!

    + % &n oja aparte, confeccione un escrito solicitando se dicte sentencia en un proceso deconocimiento!+2% &n una oja aparte, confeccione un escrito denunciando nuevo domicilio del demandado y

    pidiendo nueva cédula! ++% &n una oja aparte, confeccione un escrito solicitando un nuevo mandamiento deconstatación

    2%O?$ETO: SOLICITA NUE A FECJA DE AUDIENCIA CONFESIONAL(e'or 7uez: Ricardo (toppani, abogado, "o! S 8o! +2 .AD9/, con domicilio legal constituido, en losautos caratulados: G(egovia Téctor c Doreno, Ricardo s 4rdinarioH &5pte! 0* 2 + 2 , a P!(!digo:

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    /roveer de conformidad,SERA $USTICIA.8irma

    )%O?$ETO: APELA!

    Se or $!e%:8ranco Laura, abogada, D!/! 0* 2+)@, en mi car#cter de letrada apoderada de la

    parte actora, con domicilio legal constituido, en los autos caratuladosGarc a, $os5 L! s c?en te% Rosal a s Da os 0 Per-! c osH E pte. N /;; F

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    diligenciada obrante a fs! +13 y abiendo transcurrido el plazo previsto por la normativa vigente,solicito se la declare rebelde en los términos del art! )E y sgtes! 9el código de rito!-

    /roveer de conformidad,SERA $USTICIA.8irma

    E%O?$ETO: SOLICITA DI SION DE CONDOMINIO.

    (e'or 7uez:Cla!# a Fern8n#e%, por derec o propio, con domicilio real en Ayacuc o n* 1)+ y

    constituyéndolo a todos los efectos procesales en 7unín n* )@1, ambos de esta ciudad, con patrocinio letrado del 9r! 8ranco Laura, ante P!(! respetuosamente comparezco y digo:

    >% 4O7&"4: >% T&.T4(: ! 9ic oinmueble se encuentra inscripto en el Registro de la /ropiedad >nmueble bajo la Datrículamencionada en el a'o +! C!

    >>, orden#ndose

    la reserva de los originales en (ecretaría y glosando copia en autos!c% (e cite a la condómina, (ra! 7osefina Déreles, con domicilio real en calle

    Oranden n* 1 , de esta ciudad, y oportunamente apruebe la división del inmueble de que setrata y ordene la inscripción en el Registro de la /ropiedad >nmueble y en la 9irección Qeneralde .atastro!

    /roveer de conformidad, SER $USTICIA

    F r"a F r"a

    2 %O?$ETO: OPONE E CEPCION DE FALTA DE LEGITIMACION.

    Se or $!e%:$or e Oscar ?ENITE@, por derec o propio, con domicilio real en calle /araguay

    n* 12, constituyendo domicilio procesal junto a mi abogada patrocinanteDra. 8ranco Laura,D!/! n* +1 en calle 7unín n* )@1, ambos de esta ciudad, en los autos caratulados?ECARI$OSE LUIS C ?ENITE@ $ORGE OSCAR S CO?RO DE PESOSH E pte. N >>> F ++A o +==;, a P!(! como mejor proceda en derec o, me presento yDIGO:

    >!- O?$ETO : >!-JECJOS :

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    (in embargo, como patentemente surge del documento acompa'ado, cuyafotocopia certificada obra a fs! 6 a 2 de autos, el convenio de pago del cual provendría la deudafue firmado por mi persona conjuntamente con el (r! 7osé Luis Oecari en su car#cter de/residente de la firma Oecari y .ia! (!A! como surge del sello inserto en dic os documentos! &nconsecuencia no fue firmado a título personal por parte del oy aquí demandante!

    /or lo e5puesto, surge claramente que no e5iste vínculo alguno entre el actor y mi

    persona para el reclamo de dic a deuda, porque se trata de una deuda contraía con la firmaOecari y .ía (!A! de la cual el (r! Oecari forma parte, situación ésta que no a sido acreditada enautos ni con contrato social alguno, ni con acta justificativa autorizando a promover la presenteacción!

    9ebo dejar constancia asimismo que, la falta de legitimación es manifiesta, ya queen el documento figura claramente la calidad de sociedad anónima como así también surge quesu domicilio legal $sede de la empresa% es distinto al domicilio personal del (r! Oecarimanifestado por él en esta demanda!

    >>>!PETITORIO: /or lo brevemente e5puesto, de P!(! solicito:2% (e me tenga por presentado, parte, denunciado mi domicilio real y constituido

    el procesal!+% /or opuesto en tiempo y forma la e5cepción de falta de legitimación manifiesta

    para obrar!% 4portunamente se dicte sentencia, aciendo lugar a la e5cepción, con e5presa

    imposición de costas!-/rovea P!(! de conformidad, queSERA $USTICIA!

    8irma 8irma

    22%O?$ETO: SOLICITA SE REITERE OFICIO.

    SEVOR $UE@:

    8ranco Laura, abogada, por la representación que tengo acreditada y ejerzo, manteniendoel domicilio procesal constituido, en los autos caratuladosGARCIA NELIDA ?EATRI@ CEMPRESA DE TRANSPORTE GUIA S.R.L. Q O 4UIEN RESULTE $URIDICAMENTERESPONSA?LE S DAVOS Q PER$UICIOSH&5pte! 0* + 1 8* )@6 A'o +! E, a P!(! comomejor procedaDIGO:

    .>A!8irma!

    2+%O?$ETO: CONSTITUQE NUE O DOMICILIO. SE NOTIFI4UE.

    SEVOR $UE@:8ranco Laura , abogada, por la representación que tengo acreditada y ejerzo,

    manteniendo el domicilio procesal constituido, en los autos caratuladosGARCIA NELIDA?EATRI@ C EMPRESA DE TRANSPORTE GUIA S.R.L. Q O 4UIEN RESULTE$URIDICAMENTE RESPONSA?LE S DAVOS Q PER$UICIOSH&5pte! 0* + 1 8* )@6A'o +! E, a P!(! como mejor procedaDIGO:

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    /roveer de conformidad, (&RA 7=(">.>A8irma

    2 %O?$ETO: APELA JONORARIOS POR ?A$O.

    SEVOR $UE@:

    8ranco Laura , abogada, por la representación que tengo acreditada y ejerzo,manteniendo el domicilio procesal constituido, en los autos caratuladosGARCIA NELIDA?EATRI@ C EMPRESA DE TRANSPORTE GUIA S.R.L. Q O 4UIEN RESULTE$URIDICAMENTE RESPONSA?LE S DAVOS Q PER$UICIOSH&5pte! 0* + 1 8* )@6A'o +! E, a P!(! como mejor procedaDIGO:

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    ?en te% Rosal a s E-ec!t 7o E pte. N /;; F &LA AQ=>LAR X AL&7A09R4 /&R&W QAR.>A, Abogados, con domiciliolegal en Avda! (armiento 0* C16, ciudad, y con la intervención acreditada en los autoscaratulados: GD>R"A >0&( QAR.>A 7=A0 &("&OA0 /&R&W ( &7&.=.>40 9&(&0"&0.>AH, &5pte! 0* EC@C E ante P!(! me presento y respetuosamente 9>Q4:

    >! >! Adjunto fotocopias de tal documentación para certificación de su original y agregue ale5pediente!>>>! (e proceda a devolver las documentales Gut supraH se'alada a los suscriptos y o

    Dartillera /;blica 0acional Alejandra Piviana López!

    /R4P&&R 9& .4084RD>9A9

    (&RA 7=(">.>A

    1B En 2o-a aparte, con*ecc one !n escr to sol c tan#o la reser7a #el e pe# ente.

    /&">.>404 R&(&RPA 9&L &S/&9>&0"&(&V4RA 7=&WA

    +

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    A0Q&L DAR.&L4 9&L4P4, Abogado, por la intervención acreditada en los autoscaratulados: GAL&7A09RA L>L>A0 /&R&W . D=0>.>/AL>9A9 9& R&(>("&0.>A (D&9>9A .A="&LAR 9& 04 >004PARH, &5pte! 0* ++1+, a'o + , ante P!(!respetuosamente comparezco 9>Q4:

    >! 9A9

    (&RA 7=(">.>A

    += En 2o-a aparte, con*ecc one !n escr to sol c tan#o se # cte sentenc a en !n proceso #econoc " ento.

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    (&V4R 7=&W

    74(& A0"40>4 OR>"&W, por derec o propio, con el patrocinio letrado del 9R! D>Q=&L8&R0A094 QAR.>A, con la intervención acreditada en autos caratulados:HO&0>"&W.ARD&0 A9&L>0A . OR>"&W A0"40>4 74(& X 4 D=0>.>/AL>9A9 9&R&(>("&0.>A ( 9AV4( X /&R7=>.>4(H, &5pte! 0* +)C 6 a P!(! 9>Q4:

    >! Atento al estado procesal del e5pediente, solicito se llamen autos para dictar sentencia!

    /R4P&&R 9& .4084RD>9A9

    (&RA 7=(">.>A

    +1 En !na 2o-a aparte, con*ecc one !n escr to #en!nc an#o n!e7o #o" c l o #el #e"an#a#o0 p # en#o n!e7a c5#!la.

    9&0=0.>4 0=&P4 94D>.>L>4 />9& .&9=LA

    (&V4RA 7=&WAA0Q&L AL&7A09R4 AQ=>LAR, por derec o propio, con el patrocinio letrado del 9r! L=>(&R0&("4 8&R0A09&W, con domicilio legal en la calle Rioja 0* 2!E C, de esta ciudad, con laintervención acreditada en los autos caratulados: GAQ=>LAR A0Q&L AL&7A09R4 .9&LLAD&A &("&OA0 L=>( ( &7&.=">P4H, &5pte! 0* ++!)@C +, a P!(! respetuosamente9>Q4:

    >! Tabiendo tomado conocimiento mi parte que el demandado se domicilia en la calle 8ormosa 0* 1C de esta ciudad, solicito se ordene librar nueva .édula a fin de notificar al demandadoque se a procedido a trabar embargo sobre el ve ículo dominio T7& EC), de su propiedad!

    >>! Adjunto proyecto de cédula, peticiono su libramiento!

    +1

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    /R4P&&R 9& .4084RD>9A9

    (&RA 7=(">.>A++ En !na 2o-a aparte, con*ecc one !n escr to sol c tan#o !n n!e7o "an#a" ento #econstatac &n

    (4L>.>"4 DA09AD>&0"4(&V4R 7=&W

    A0Q&L .LA=9>4 QAR.>A X L=>( &R0&("4 8&R0A09&W, Abogados, con domiciliolegal en la calle /osadas 0* 2!E 2, de esta ciudad, y con la intervención acreditada en autoscaratulados: G QAR.>A A0Q&L .LA=9>4 . 9&LLAD&A &("&OA0 L=>( X 4 O&0>"&WDAR>&LA (=(A0A X 4 .=AL&R 4"R4 4.=/A0"& ( 9&(AL474H, &5pte! 0*++!)@C +, a P!(! respetuosamente 9&.>D4(:

    >! (olicito se ordene librar Dandamiento de .onstatación sobre el >nmueble sito en calle.órdoba 0* E1 , de esta ciudad, a fin de verificar si se a procedido a retirar los alambrados, postes, y ladrillos que invadía dic o inmueble y que fuera motivo del desalojo promovido enautos!

    /R4P&&R 9& .4084RD>9A9

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