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Evolución de la Política Pública de Gestión y Transformación de los Conflictos Sociales

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Política Pública de Gestión y Transformación de los Conflictos Sociales Página 1 de 31 Evolución de la Política Pública de Gestión y Transformación de los Conflictos Sociales Mág. HERNAN J. CUBA CHAVEZ Abstract Brief compilation regarding the Policy adopted by the Peruvian Government regading social Conflict Resolución originated by Extractive Industries, and its correspondence with the concept of Public Policies. Reseña de la evolución de la Política adoptada por el Estado Peruano para la atención de los conflictos sociales por industrias extractivas y su correspondencia con la definición de Política Pública. ______ Tags: Social conflict, Design of Public Policies, Conflictos Sociales, Diseño de Políticas Públicas
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Evolución de la Política Pública de Gestión y Transformación de los Conflictos Sociales

Mág. HERNAN J. CUBA CHAVEZ

Abstract Brief compilation regarding the Policy adopted by the Peruvian Government regading social Conflict Resolución originated by Extractive Industries, and its correspondence with the concept of Public Policies.

Reseña de la evolución de la Política adoptada por el Estado Peruano para la atención de los conflictos sociales por industrias extractivas y su correspondencia con la definición de Política Pública. ______ Tags: Social conflict, Design of Public Policies, Conflictos Sociales, Diseño de Políticas Públicas

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Introducción

¿Existe en el Perú una política pública orientada a la atención de los conflictos sociales?, ¿se

encuentran delimitados con precisión los parámetros legales que sustentan la gestión de

conflictos por parte de distintas instituciones del Estado? ¿Se encuentra la Gobernabilidad del

país relacionada con la gestión de conflictos? Estas son las premisas orientadoras de este

artículo.

Es verdad que el Estado Peruano ha ido más allá que el restablecimiento del orden público

encargado a la Policía Nacional del Perú y que se ha producido un cambio en la manifestación

de la conflictividad en el país en las recientes décadas, dejando de lado los conflictos políticos

ocurridos en las décadas de 1980 y 1990, pasando a los denominados conflictos sociales y

socio ambientales a partir del año 2010.

En ese sentido, partimos de la premisa que la atención de la conflictividad social como es

entendida actualmente no fue considerada en los consensos arribados en el Acuerdo Nacional

(AN) ni obran explícitamente en las Políticas Públicas del Estado, sino que es el resultado de un

proceso de aprendizaje continuo.

Desde el punto de vista del Estado, vemos que respecto de la Gestión y transformación de los

Conflictos Sociales destacan dos instituciones públicas: por un lado La Defensoría del Pueblo

(DP) y la por el otro la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). El orden mencionado tiene

su sustento y es materia del análisis que se efectúa en las líneas siguientes, la inferencia a un

cierto antagonismo, pues tampoco es un añadido.

Seguramente quedará pendiente analizar cómo han ido evolucionando las estrategias que

emplean ciertas organizaciones sociales, las empresas dedicadas a la minería e hidrocarburos,

e incluso los medios de comunicación, pero ello se abordará en otro momento.

En el AN se encuentran ausente la concepción de gestión y transformación de los conflictos

sociales y las estrategias que el estado adoptará para la atención de la conflictividad social,

siendo la comprensión de este término que se tiene hoy muy diferente a la percepción imperante

en el año 2002, cuando – hay que decirlo- el interés del Estado y de la mayoría de las fuerzas

políticas y un amplio sector de la opinión pública y medios de comunicación se centraba en la

agenda posterior al Decenio Fujimorista.

En las siguientes líneas haremos una exploración de la estrategia adoptada por el Estado para

atender los conflictos sociales, y si ello puede ser considerado dentro de lo que se concibe

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como una experiencia en la formulación de políticas públicas sobre la gestión de conflictos o si

ellas implícitamente pueden ser identificadas.

Estamos frente a un proceso en construcción. En el presente trabajo buscaremos demostrar

ello, para lo que daremos cuenta de la experiencia adquirida desde el Estado, en particular por

medio de la intervención y lineamientos previstos desde la PCM y de la DP, que reitero son las

instituciones del Estado que más han avanzado en el estudio y gestión de la conflictividad del

país.

En los últimos años, la expansión y crecimiento de la economía peruana ha generado, en

amplios sectores de la población, expectativas de inclusión en los beneficios del crecimiento y, a

la vez, la exteriorización de los temores respecto del uso y disposición de los recursos naturales,

de cambios drásticos en sus sistemas de vida y de posibles afectaciones a sus derechos.

A esto debemos añadir que se desarrolla en el contexto de la globalización y el comercio

internacional, y la vorágine de la sociedad de la información en donde las buenas y malas

prácticas, así como el acceso e intercambio de información son también determinantes.

La gobernabilidad está considerada en la constitución de manera implícita dentro de en los

conceptos de Seguridad y Orden público, que se encuentran recogidos en la Carta de 1993,

mientras que el Diálogo como concepto y práctica asociada a la gestión de conflictos sociales

puede ser inferida desde distintas disposiciones constitucionales.

Demostraremos que tanto los conceptos de gobernabilidad como diálogo carecen de una

expresión literal en la Constitución, aunque forman parte integrante e imprescindible del orden

democrático y del Estado de Derecho y atendidas por las competencias de distintos órganos

públicos con especial prevalencia en el Poder Ejecutivo.

Haciendo una aproximación desde lo que entendemos por conflictos sociales, haremos una

reseña de las distintas disposiciones contenidas en la Constitución y su correlación con normas

legales que podemos identificar con la Gestión y Transformación de los Conflictos sociales, así

como con el favorecimiento de espacios de diálogo, cualquiera la denominación que se emplee

para identificarles.

De esta manera evidenciaremos que existe una correlación entre los ideales de Gobernabilidad

y Diálogo con algunas normas legales, y trataremos de demostrar que se encuentra ausente en

el Estado una Política Pública explícita hacia la gestión de los Conflictos Sociales, y cuya

subsanación constituye una propuesta del autor.

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Gobernabilidad, Diálogo y Conflictos Sociales

La concepción de gobernabilidad puede ser encontrada en la Constitución de 1993 de manera

implícita dentro de los conceptos de Seguridad y Orden público, que se encuentran

efectivamente recogidos de manera reiterada en el tenor de la Carta Fundamental, mientras que

el concepto de Diálogo como práctica asociada a la gestión de conflictos sociales y socio

ambientales como son entendidos al 2014 puede ser inferida de distintas disposiciones

constitucionales.

La conflictividad social NO es una de las principales preocupaciones ciudadanas, según los más

importantes sondeos de opinión pública1, y sin embargo adquieren súbita notoriedad (en la

opinión pública como en la atención de los medios de comunicación) cuando se produce un

episodio de crisis, asociado al acaecimiento de hechos violentos.

Así por ejemplo, han sido múltiples las connotaciones en el país cuando los sucesos violentos

acaecidos en el contexto del desarrollo de un proyecto minero (Tía María en Arequipa, Conga en

Cajamarca) o la construcción de una Hidroeléctrica (Represa de Inambari en la frontera entre

Madre de Dios y Puno) o la implementación de ciertas Normas Legales (El Baguazo: Bagua y la

Ley Forestal, El Moqueguazo: Modificación al reglamento de distribución del Canon Minero en

Tacna y Moquegua, la denominada “Ley Pulpín” y las jornadas de protesta principalmente en la

ciudad Lima durante el 2014).

Sin duda, tales conflictos sociales tienen su impacto en la Gobernabilidad del País así como en

la apreciación general del Perú ante los organismos multilaterales, empresas multinacionales de

distintos sectores, en resumen sobre el clima de inversión para atraer capitales internacionales.

Desde el año 1997 el Instituto Fraser presenta los resultados de sus encuestas anuales sobre

las condiciones para desarrollar actividad minera en distintos paises2, encontrándose ente los

1 Ipsos Perú. Perspectivas electorales y preocupaciones ciudadanas. Abril 2014 http://www.ipsos.pe/Perspectivas_electorales_y_preocupaciones_ciudadanas y de junio 2015 http://www.ipsos.pe/cuesta_abajo [último acceso 15.06.2015] 2 http://www.fraserinstitute.org/

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más importantes sus índices sobre el “Potencial Político” y el “Potencial Minero” de cada país o

territorio bajo examen.

Como informaba la Defensoría del Pueblo3 para el año 2005/2006, en el índice sobre “Potencial

Minero”, el Perú se ubicaba en el primer puesto (entre 64). Sin embargo, cuando se observa el

índice sobre el “Potencial Político”, el Perú se encontraba relegado al puesto 44. Para el 2007,

en el índice sobre “Potencial Minero” se ubicaba en el puesto 22 entre 65 jurisdicciones,

mientras que el “Potencial Político” hubo retrocedido al puesto 52.

Según la encuesta 2014 del Instituto Fraser4 el Perú en el índice sobre el “Potencial Político” se

encuentra en el puesto 52 de 122 jurisdicciones. En el siguiente cuadro mostramos una

evolución de este índice según el ranking elaborado en el periodo 2008 al 2014.

En la misma encuesta, respecto del índice sobre “Potencial Minero” el Perú se ubica en el

puesto 46 entre 122 jurisdicciones. En el siguiente cuadro mostramos una evolución de este

índice según el ranking elaborado en el periodo 2008-2014.

3 DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Serie de Informes extraordinarios. Informe Nº2: Los conflictos sociales por industrias extractivas en el Perú, Lima Abril 2007. http://www.defensoria.gob.pe/informes-publicaciones.php 4 Fraser Institue Annual Survey of MiningCompanies. http://www..fraserinstitute.org/uploadedFiles/fraser-ca/Content/research-news/research/publications/mining-survey-2012-2013.pdf

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De lo anterior, se desprende una clara desmejora en la apreciación general sobre nuestro país,

lo que demanda la adopción de acciones destinadas a revertir esta situación y de allí se

desprende la necesidad de identificar las políticas públicas orientadas a este propósito.

Es pertinente señalar que excede al propósito del presente analizar las causas y tipologías de

los conflictos sociales. Sin embargo debemos asumir una concepción sobre lo que

denominamos conflictos sociales.

Los conflictos sociales pueden ser definidos como procesos complejos en los cuales sectores de

la sociedad, el Estado y las empresas perciben que sus objetivos, intereses, valores o

necesidades son contradictorios5. Bajo ciertas circunstancias, estos procesos pueden tornarse

violentos, habiéndose ensayado Respecto de la naturaleza del conflicto social distintas

explicaciones6.

Respecto de los vacíos constitucionales a que hemos hecho referencia líneas arriba, es claro

que el diseño democrático constitucional de las instituciones, la configuración del poder político

procuran la gobernabilidad del país, para cuyo logro inciden también los mecanismos para la

resolución de los conflictos entre las distintas instituciones públicas, la actuación de los actores

políticos como el grado de conciencia y participación de una sociedad y la propia consolidación

de la institucionalidad. La Gobernabilidad del País es y será el resultado de esa interacción de

todos los involucrados7. [Sugerimos “Diseño Constitucional, Régimen Político y Gobernabilidad

en el Perú: Los Problemas que las normas no bastan para resolver”. Francisco Eguiguren Praeli]

Por su parte el Acuerdo Nacional, constituye un espacio aglutinador y consensuado de

esfuerzos de la casi totalidad de organizaciones políticas que sustenta y orienta las Políticas de

Estado desde el año 2002, siendo un foro de concertación vigente en el País8.

El diálogo es un proceso reconocido en el Acuerdo Nacional, y se encuentra incluido dentro de

las Políticas de Estado consensuadas por todos los actores participantes, que incluyeron a

organizaciones políticas y sociales. La concepción y empleo del Diálogo se encuentra

5 Defensoría del Pueblo. Protocolo de Actuación Defensorial en Conflictos sociales. Adjuntía para la Prevención de Conflictos Sociales y Gobernabilidad. Lima: Defensoría del Pueblo, 2009, p. 4. 6 Según Remo Entelman, las interpretaciones o las formas de analizar los conflictos pueden ser agrupadas en siete teorías: Instintivas de la agresión (Adrey, 1966), de la coerción que encuentra sus causas en las estructuras de la sociedad (C. Wright Mills, 1958; Marcuse, 1968; Dahrendorf 1962), el conflicto como un proceso disfuncional (Parsons, 1966; Smelser, 1967), de la funcionalidad (Coser, 1956; Bourdie, 1962; Oberschall, 1972), la incompatibilidad de los objetivos nacionales de diferentes estados (Kissinger, 1973; Morgenthau, 1978), conductistas centrados en la mala percepción y mala comunicación en los orígenes del conflicto (North, 1963; Kelman, 1989; Halberstam, 1972) y las que ven el conflicto como un fenómeno normal de todas las relaciones sociales, mediante análisis y regulaciones con el fin de controlarlo y resolverlo (Coleman, 1957; Burton, 1968; Kriesberg, 1975). Para mayor referencia ver: Entelman, Remo. Teoría de Conflictos. Hacia un nuevo paradigma. Barcelona: Gedisa, 2002, p.35. 7 http://www.biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1648/11.pdf 8 http://acuerdonacional.pe/

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establecido como una Política Pública, concretamente en la primera política (I. Democracia y

Estado de Derecho). En cuya Cuarta Política se plasma lo siguiente:

“… 4. Institucionalización del diálogo y la concertación.

Nos comprometemos a fomentar el diálogo y la concertación entre todas las

organizaciones, tanto políticas como de la sociedad civil, en base a la tolerancia, la

afirmación de las coincidencias y el respeto a las diferencias de identidad, garantizando

las libertades de pensamiento y de propuesta. Con este objetivo el Estado: (a)

promoverá y consolidará una cultura de diálogo y concertación; (b) institucionalizará los

canales y mecanismos de participación ciudadana que contribuyan al mejor ejercicio de

las funciones ejecutivas y legislativas en los niveles nacional, regional y local; y (c)

institucionalizará la concertación en los procesos de prospectiva nacional, formulación

presupuestal y planeamiento estratégico…”

Sin embargo, como se desprende de la lectura de esta concepción, el empleo del Diálogo en el

contexto de los conflictos sociales y socio ambientales, resulta diferente en la medida que no se

encuentra acorde con una problemática social y económica diferente en el año 2002 en

comparación a la práctica cotidiana actual al 2015.

En efecto, a partir del año 2000 fecha a partir de la cual se produce un cambio en la

conflictividad social en el país, el Perú apartándose de los denominados conflictos políticos ha

visto incrementarse exponencialmente los denominados conflictos socio-ambientales. Fue

precisamente la mejora del clima de inversión en el país y el crecimiento de la inversión privada

en proyectos extractivos, especialmente mineros, lo que puede ayudar a explicar una de las

causas de esta tendencia.

Con lo anterior, no pretendemos obviar el conflicto político existente respecto de los remanentes

de las organizaciones terroristas cuya actividad asociada al narcotráfico se mantiene en algunas

localidades del país. Sin embargo, las implicancias de la Gobernabilidad y el Diálogo frente a

este tema constituye una arista que merece un análisis posterior en otra oportunidad.

Por otro lado, no está demás mencionar que la inversión en minería actualmente ocupa cerca

del 5% del potencial polimetálico del país a decir del Ministerio de Energía y Minas, si tenemos

en cuenta por ejemplo que desde el año 20119 se ha evidenciado la mayor presencia de

empresas extranjeras y también nacionales en distintos proyectos mineros, aunque su ritmo ha

venido desacelerándose en los últimos años.

9 http://www.minem.gob.pe/descripcion.php?idSector=1&idTitular=4388

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Es por esta razón que podemos afirmar que al momento de suscripción del Acta del Acuerdo

Nacional, el Diálogo estaba orientado a la superación de las divergencias políticas originadas a

la caída del régimen de Alberto Fujimori (1990-2000), aunque la promoción de una cultura de

diálogo alcanza al día de hoy una acepción más amplia y en un contexto diferente al esbozado

en el año 2002, asociado a los impactos de las industrias extractivas particularmente la minería

Base Normativa de la Gestión de Conflictos. Identificando las Bases de la Política Pública

En la Constitución de 1993, encontramos las siguientes disposiciones relacionadas con lo que

denominaremos el concepto-idea de Gobernabilidad y Diálogo (el énfasis en cursiva es nuestro).

• Artículo 44.- Deberes del Estado

Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena

vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su

seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo

integral y equilibrado de la Nación.

• Artículo 59.- Rol Económico del Estado

El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de

empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a

la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores

que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas

sus modalidades.

• Artículo 66.- Recursos Naturales

Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es

soberano en su aprovechamiento.

Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La

concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

• Artículo 67.- Política Ambiental

El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus

recursos naturales.

Es a partir de estas disposiciones que podemos ir esbozando ciertos lineamientos de una

Política Pública no explícita dirigida a garantizar la Gobernabilidad del País y la Gestión de los

Conflictos Sociales.

Luego, podemos hacer referencia a las disposiciones contenidas en la Ley de Bases de la

Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y ley Orgánica de Municipalidades

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que complementan estas disposiciones. Su reseña y análisis si bien complementa el presente,

deben ser materia de un trabajo diferente.

Es a partir del año 2005 que encontramos cierto desarrollo normativo desde el Poder Ejecutivo

que de manera explícita aborda la atención de los conflictos sociales. Seguidamente

presentamos un recuento cronológico

• Podemos citar por ejemplo el Decreto Supremo Nº056-2005-PCM que aprobó el

Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) del Centro Nacional de Planeamiento

Estratégico – CEPLAN- que estableció una Unidad de Análisis de Conflictos como

responsable de detectar y anticiparse a los conflictos sociales que afecten la

gobernabilidad democrática del país

• Luego, el Decreto Supremo Nº094-2005-PCM que aprobó el Reglamento de

Organización y funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, en cuyo artículo 3º

dispuso como función promover y participar activamente en el diálogo y concertación

con la sociedad.

• Posteriormente, la Resolución Ministerial Nº380-2006-PCM conforma la Comisión

Multisectorial de Prevención de conflictos sociales, adscrita a la Presidencia del Consejo

de Ministros (PCM) encargándole la coordinación de las acciones necesarias para la

prevención y atención de los conflictos, así como proporcionar a la PCM información y

asesoría para la implementación de estrategias, políticas y acciones que anticipen,

prevengan y contribuyan a resolver situaciones de riesgo o amenaza a la gobernabilidad

democrática.

• En diciembre de 2007, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Poder

Ejecutivo, Ley Nº29158 se dispuso (numeral 8 del artículo II) que la Prevención es un

principio de servicio al ciudadano entendido como la gestión para enfrentar los riesgos

que afectan la vida de las personas y para asegurar la prestación de los servicios

fundamentales.

• En concordancia con ello, Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM que aprobó el nuevo

R.O.F de la Presidencia del Consejo de Ministros dispuso (numeral 4.6 del artículo 4)

como función de la PCM promover y participar activamente en el diálogo y concertación

de la sociedad;

• Mediante Decreto Supremo Nº056-2009-PCM se modificó la Resolución Ministerial

Nº380-2006-PCM, adicionando integrantes a la Comisión Multisectorial de Prevención

de conflictos sociales, otorgándole asimismo el rango de Decreto Supremo.

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• Mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-PCM se modificó el R.O.F. de la PCM creando

la Oficina de Gestión de Conflictos Sociales (OGCS) como órgano especializado que

dependía jerárquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, encargado de dirigir

el proceso de gestión de conflictos sociales en todos los niveles de gobierno y en el

ámbito del territorio nacional, así como de evaluar los resultados de dicha gestión de

conflictos sociales y encargó a la Comisión Multisectorial de Prevención de conflictos

sociales coadyuvar a la OGCS en sus funciones.

• Mediante Resolución Ministerial Nº161-2011-PCM se aprobaron los lineamientos y

estrategias para la gestión de conflictos sociales. Este dispositivo se encuentra aún

vigente

• Finalmente, mediante Decreto Supremo Nº 0106-2012-PCM se modificó el R.O.F. de la

PCM creando la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad (ONDS) como órgano

especializado que depende jerárquicamente del Presidente del Consejo de Ministros,

encargado de dirigir el proceso de diálogo con diversos actores sociales, instituciones

privadas y funcionarios públicos con el fin de prevenir controversias, diferencias y

conflictos sociales y contribuir a su solución.

Así mismo, se encargó a la ONDS articular la labor de los sectores del Poder Ejecutivo y de

otros niveles de Gobierno en la prevención y gestión de las controversias, diferencias y

conflictos sociales. Facilita la mediación y/o negociación para la solución de las controversias,

diferencias y conflictos.

Es la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad como órgano del Poder que se encuentra

explícitamente encargada de coordinar – articular la actuación de los demás organismos

públicos y gestionar los conflictos sociales, así como las controversias y diferencias.

Actuación del Estado frente a los Conflictos Sociales en

correspondencia con las Políticas Públicas existentes

Coincidimos parcialmente con ciertas apreciaciones desde la sociedad civil10 respecto a la

eficacia de la intervención del Poder Ejecutivo en los espacios de diálogo que progresivamente

han adquirido notoriedad.

10 http://prodialogo.org.pe/blog/mesas-de-di%C3%A1logo-y-mesas-de-desarrollo-espacios-para-el-ejercicio-democr%C3%A1tico

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Es verdad que frente al incremento de la conflictividad social en el país se ha generado la

necesidad de buscar mecanismos que vayan más allá de medidas orientadas al

restablecimiento del orden público y que se apueste por el diálogo para abordar los conflictos.

En este contexto es que surgen espacios de Diálogo en algunos casos formalizados por

decisión del Gobierno, en otros, como instancias no formales o no estructurados que surgen

impulsados por iniciativa de los actores directamente involucrados en el conflicto, (empresas,

autoridades locales y /o regionales, representantes de las comunidades involucradas).

Desde el Estado, a lo largo de la última década, los espacios de diálogos han ido

constituyéndose como mecanismos para abordar los conflictos por parte de distintos gobiernos,

instaladas en la mayoría de casos como resultados de situaciones de crisis, sin haber cimentado

previamente las condiciones necesarias para llevarlas a cabo y tratar de asegurar desde el

principio su efectividad, y es por ello que en ocasiones se ha contribuido a la pérdida de

credibilidad de estos espacios, generando también la frustración y el descontento de los actores

involucrados, así como cuestionamientos en medios de comunicación y organizaciones políticas.

Entre los espacios de diálogo que se han venido llevando a cabo tenemos como más

frecuentes11:

• Mesas de diálogo. Establecidas como un espacio político donde confluyen los

protagonistas del conflicto para solucionar los asuntos conflictivos, conformadas

generalmente cuando un conflicto se encuentra en su etapa de crisis, cuya formación,

integrantes, funciones y plazos de duración son establecidos por normas emanadas del

Poder Ejecutivo.

• Mesas técnicas. Integradas generalmente por técnicos y especialistas, y tienen como

objetivo formular alternativas a los problemas que originaron el conflicto o que son

fuente potencial para su desencadenamiento, generalmente su constitución deriva como

acuerdo de los espacios de diálogo12.

Recientemente, el Poder Ejecutivo- cuyo análisis de intervención en los conflictos sociales será

analizada en líneas más adelante- por intermedio de la Oficina Nacional del Diálogo y

Sostenibilidad (ONDS) ha considerado un nuevo tipo de espacio de diálogo :

• Mesas de desarrollo. Vinculadas a la estrategia de prevención del conflicto, impulsadas

para dar sostenibilidad y monitoreo de los acuerdos arribados, se plantean ante la

identificación de las limitaciones que tienen las mesas de diálogo. Pueden participar,

líderes sociales, autoridades, funcionarios, técnicos, entre otros a decisión de las partes.

Su objetivo es estudiar la problemática de un determinado ámbito, discutir soluciones,

11 DEFENSORIA DEL PUEBLO, Reporte de Monitoreo de Conflictos Sociales nº 124, Junio 2014 12 ONDS- Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad -Willaqniki Nº05. Informe de diferencias, controversias y conflictos sociales. Presidencia del Consejo de Ministros de la República del Perú http://www.pcm.gob.pe/transparencia/willaqniki/willaqniki05.pdf

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canalizar inversiones o intervenciones del Estado y aportes de las empresas privadas.

Se desarrolla en el marco de una perspectiva de desarrollo integral que aborde los

problemas de fondo, trascendiendo a los temas de coyuntura.

Con relación a la formalidad de estos espacios, sin desconocer su legitimidad, en la actualidad

no existe un marco normativo y legal único, se reconoce que cada caso tiene dinámicas, tiempo

y actores propios, no tienen una forma de actuación uniforme y su conformación es variable.

Sin embargo, vemos como en la práctica, la implementación de la estrategia del Poder Ejecutivo

para la gestión de los conflictos sociales se ve dificultada por las diferencias de enfoque y

abordaje que tienen los distintos organismos del Poder Ejecutivo y entre estos y algunos

organismos constitucionales autónomos, a lo que debe añadirse la alta rotación de los

funcionarios públicos intervinientes.

A ello debe sumarse la necesidad de continuar con las reforma del Estado necesarias en el

contexto de un proceso de Descentralización en marcha desde hace más de 10 años, un

contexto político diferente al previsto con la Constitución de 1993, así como un Marco

macroeconómico pujante y de crecimiento con contrastes de extrema pobreza y amenazas de

resurgimiento de amenazas violentistas, entre otras.

No es apresurado por ello afirmar que existen dificultades para la efectiva implementación de

los actuales lineamientos y estrategias del Estado para la gestión de conflictos sociales

aprobados Mediante la Resolución Ministerial Nº161-2011-PCM. Adicionalmente para la

implementación de una adecuada Política Pública, debe tenerse en consideración las

posiciones, competencias y atribuciones de distintos organismos del Estado, como también a

distintos actores de la sociedad.

La Gestión de los conflictos sociales como producto de una adecuada implementación de una

Política Pública debe devenir en un beneficio en términos generales para el Estado Peruano en

su conjunto, pues constituye una evidencia de una adecuada gestión de la conflictividad social

mejorando la gobernabilidad del país, repercutiendo ello también en la apreciación general del

Poder Ejecutivo.

Al mismo tiempo consideramos que el exitoso manejo de los conflictos sociales genera un

impacto positivo en las relaciones entre las empresas de las industrias extractivas, en particular

las dedicadas a la explotación de minerales e hidrocarburos y las comunidades aledañas,

particularmente aquellas ubicadas dentro del área de influencia directa de los proyectos,

procurando la satisfacción de sus necesidades básicas y la superación de infraestructura.

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La mejora en el relacionamiento comunitario existente en el país y la disminución de la

conflictividad social será sin duda un motivo de atracción de nuevas inversiones mejorando a su

vez el clima de inversión en el país13, con el consiguiente incremento de los recursos

provenientes del canon para el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales para

beneficio de la población. Todo lo anterior, evidenciaría una mejora del clima de Gobernabilidad

del País en su conjunto.

Por el contrario, la inadecuada gestión de los Conflictos sociales puede contribuir al incremento

de la actividad de ciertas personas u organizaciones políticas y sociales proclives a la adopción

de tendencias violentistas o extremistas, así como el aprovechamiento de la conflictividad y la

incitación hacia la violencia por parte de ciertos líderes sociales, dirigentes de organizaciones

políticas e incluso de ciertas autoridades locales, regionales o nacionales instrumentalizando el

conflicto en búsqueda de réditos o la consecución de una agenda oculta, distinta a las

pretensiones o posiciones expresadas durante el transcurso de un conflicto.

La experiencia de la Defensoría del Pueblo

Desde sus inicios en el año 1996, la Defensoría del Pueblo ha participado en los distintos

conflictos sociales que se han presentado en el país. Así por ejemplo, se precisa en el Primer

Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la República (1996-1998) la actuación que

cumplió durante la denominada “Toma de la Embajada de Japón” por parte de un grupo de

Terroristas, conocida también como “Crisis de los Rehenes en la Embajada de Japón” entre

diciembre 1996 y abril de 199714.

Parte de los reclamos recibidos por la Defensoría estaban referidos a residuos que los gobiernos

municipales, las industrias y las empresas mineras deberían vigilar más de cerca dado que

perjudicaban gravemente el sistema ecológico, y que constituyen daños que lenta y

progresivamente van minando la salud de las personas y expandiendo los focos de infecciones y

enfermedades de todo tipo.

Ante estos casos, la Defensoría ha venido buscando la información necesaria para actuar, sea a

través de visitas de inspección, entrevistas con los involucrados, así como con autoridades y

consultas técnicas a las instituciones competentes, todo lo cual ha sido fundamental para

mediar en cada caso y proponer soluciones que aseguren el respeto del derecho a un ambiente

adecuado al desarrollo de su vida, aunque podrá acudir a los procedimientos legales, prefiere

constituirse en una instancia de diálogo15.

13 http://www.lampadia.com/clima-de-inversion/cuidemos-nuestros-avances-y-el-clima-de-inversion 14 Primer Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la República, Defensoría del Pueblo, Lima, abril de 1998. Pág 94. 15 Ídem

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De este modo, evidenciamos que desde sus primeros años la Defensoría del Pueblo proponía

en la agenda pública los casos en relación a la afectación al Derecho al disfrute de un medio

ambiente sano y equilibrado y las causas de algunos conflictos16, hoy llamados Conflictos

Sociales o Socio-ambentales, y esboza también el rol intermediador que asumió desde sus

inicios para tales casos.

Adicionalmente, hemos citado a modo de ejemplo lo manifestado por Jorge Santistevan de

Noriega en 1997 (“la Fortaleza de la Persuasión”) y de manera más cercana lo manifestado por

Walter Albán Peralta en 2005, en el Informe Defensorial 94 “Ciudadanos sin Agua: Análisis de

un Derecho Vulnerado”, en vista de lo cual precisaremos que la utilización del término “conflicto”

por la Defensoría del Pueblo no es nueva.

En buena medida la Defensoría del Pueblo ha venido atendiendo Conflictos (individuales y

grupales) pero también hasta Mayo 2015, es decir desde hace 135 meses, ha venido haciendo

incidencia expresa en la atención de conflictos que involucran la afectación de derechos difusos

de un número indeterminado aún mayor de personas a través del Reporte Mensual de

Monitoreo de Conflictos sociales17, a lo que haremos mención de ello más adelante.

En su publicación “Ante Todo el Diálogo. Defensoría del Pueblo y conflictos sociales y

políticos”18 la Defensoría del Pueblo hace un recuento de sus principales intervenciones en esta

materia.

En este extremo corresponde preciar que la Defensoría del Pueblo entiende por conflicto social,

a una definición utilizada en su Protocolo de Actuación Defensorial en Conflictos Sociales.

[Adjuntía para la Prevención de Conflictos Sociales Lima: Defensoría del Pueblo, 2009.] que es

la siguiente:

«… el conflicto social es un proceso complejo en el que grupos sociales, el Estado y

las empresas perciben que sus objetivos, intereses, valores, creencias son

incompatibles o contradictorios, y esa contradicción puede derivar en violencia».

Esta conceptualización que ha sido progresivamente incorporada en el uso habitual de los

medios de comunicación, organizaciones sociales, organizaciones políticas, autoridades

Políticas, Administrativas y Judiciales, y es materia de pronunciamiento por parte de distintas

Instituciones del Estado.

16 Op.cit Pág 104 17 http://www.defensoria.gob.pe/conflictos-sociales/ 18 DEFENSORIA DEL PUEBLO “Ante todo, el Diálogo. Defensoría del Pueblo y conflictos sociales y políticos”, Lima, noviembre 2005. http://www.defensoria.gob.pe/ucs/pdf/Ante-todo-el-dialogo-UCS.PDF

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Actualmente, uno de los temas de mayor relevancia que viene liderando la Defensoría del

Pueblo es la Gestión y Transformación de los conflictos sociales y para lo cual, además del

fortalecimiento de sus capacidades que ha emprendido, se encuentra orientada hacia la difusión

de la información más relevante respecto de los distintos conflictos sociales que detecta en el

país. Así, La Defensoría del Pueblo, desde mayo 200819 utiliza la siguiente tipología para el

análisis de la conflictividad social del país.

Esta tipología se complementa con la siguiente clasificación de los conflictos sociales por

competencias estatales:

En este extremo podemos concluir que la Defensoría del Pueblo ha venido interviniendo en

múltiples conflictos a nivel nacional, excediendo largamente el propósito del presente dar un

recuento de las intervenciones más relevantes en materia de conflictos sociales que ha llevado a

cabo la Defensoría del Pueblo.

¿Cómo llega la Defensoría del Pueblo a este nivel de intervención en materia de

Conflictos Sociales?

19 DEFENSORIA DEL PUEBLO, Reporte de Monitoreo de Conflictos Sociales nº 124, Junio 2014

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En un primer momento se constituyó el Comité de Seguimiento e intervención en Conflictos

sociales y políticos, creado mediante Directiva Nº001-2005-DP, aprobada mediante Resolución

Administrativa Nº030-2005/DP del 01.06.2005. Posteriormente se constituyó la Unidad de

Conflictos Sociales, como un órgano de Asesoría del Despacho de la Defensora del Pueblo,

conforme se recogió en el Reglamento de Organización y Funciones mediante Resolución

Defensorial Nº 039-2006/DP (30.09.2006).

Luego, mediante Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP se modificó el Reglamento de

Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo incorporando a su estructura orgánica

una Dirección Nacional denominada Dirección de la Unidad de Conflictos Sociales. Actualmente,

Mediante Resolución Defensorial Nº 0019-2009/DP (30.04.2009) se crea la Adjuntía para la

Prevención de Conflictos Sociales y Gobernabilidad de la Defensoría del Pueblo y el Programa

de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas, que estará adscrito a la

indicada Adjuntía.

Es la Adjuntía para la Prevención de Conflictos Sociales y Gobernabilidad (APCSyG) la unidad

especializada de la Defensoría del Pueblo que actualmente se encuentra encargada de

contribuir a la solución pacífica de los conflictos sociales mediante la investigación de las

problemáticas de fondo que subyacen a los conflictos (mediante el monitoreo, análisis y gestión

de conflictos sociales, y el seguimiento de actas) y mediante el diseño de mecanismos

confiables de atención de la conflictividad20.

A la par de este crecimiento institucional, marcado sin duda por el incremento de sus las oficinas

desconcentradas en todo el territorio nacional, fueron mejorando los instrumentos de monitoreo

y registro de los conflictos sociales, como también las capacidades de su personal lo que ha

permitido a la Defensoría del Pueblo constituirse en un actor importante en la Gestión de los

Conflictos sociales.

Entre los hitos más importantes respecto de la experiencia de la Defensoría del Pueblo respecto

de los conflictos sociales podemos reseñar los siguientes:

En mayo 2004, Walter Albán Peralta, entonces Defensor del Pueblo en funciones acude al

Congreso de la República para informar sobre la intervención de la institución en el Conflicto en

la provincia de Ilave21 (y otros treinta conflictos22) e implementó el Reporte de Conflictos de

periodicidad mensual, el mismo que hasta a la fecha viene siendo elaborado y difundido además

de ampliamente utilizado por distintos actores de la sociedad23.

20 http://www.defensoria.gob.pe/adjuntias.php 21 Ídem Pág. 38-49 22 Ídem pág. 27 23 http://www.defensoria.gob.pe/conflictos-sociales.php

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A su turno, en marzo 2007 la entonces Defensora del Pueblo, Beatriz Merino Lucero, presentó,

el Segundo Informe Extraordinario al Congreso de la República24, en el que se exploran las

principales causas de los conflictos sociales por la presencia de actividades extractivas de

recursos naturales, a los que se devino en denominar conflictos socio-ambientales. Así mismo,

destacó principalmente la Recomendación al Estado de la Creación de una Autoridad Ambiental

sólida e independiente, conforme se aprecia en el siguiente extracto25.

Luego de dicha recomendación, [aunque quisiéramos afirmar que fue producto de ella] el 14 de

mayo de 2008 se promulga el Decreto Legislativo Nº1013, Ley de Creación del Ministerio del

Ambiente26.

El Reporte Mensual de Conflictos

24 Defensoria del Pueblo. Serie de Informes extraordinarios. Informe Nº2: Los conflictos sociales por industrias extractivas en el Perú, Lima Julio 2007. 25 Ídem Pág. 180 26 http://www.minam.gob.pe/

6.1. Recomendaciones para el Estado

La intervención del Estado tiene un papel primordial en el desarrollo de los

conflictos socioambientales. Por lo tanto, resulta necesario que el Estado mejore

su capacidad para prevenirlos y manejarlos, de tal modo que no se conviertan en

conflictos violentos.

Si bien el Estado ha realizado algunos esfuerzos por superar los diversos problemas

que se han planteado en este Informe, es necesario que se propongan nuevas

estrategias y formas de entender los conflictos y sus causas, a fin de revertirlas. Es

preciso que el Estado mejore su capacidad para atender las demandas de la

población, en cumplimiento de su deber de respeto, protección y cumplimiento de los

derechos de las personas. Por lo expuesto, y en atención al pedido efectuado por el

Congreso de la República, la Defensoría del Pueblo ha considerado pertinente emitir

las siguientes recomendaciones:

Primero.- Reformar y fortalecer la institucionalidad ambiental, mediante la

creación de una autoridad ambiental independiente de los sectores, con peso y

responsabilidad política en los temas de su competencia, con recursos técnicos

y presupuestales suficientes y que lidere el proceso de descentralización de la

gestión ambiental. Integrar y mejorar la regulación ambiental base (estándares

de calidad ambiental y límites máximos permisibles).

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El sistema de Monitoreo de conflictos de la Defensoría del Pueblo establecido desde hace casi

12 años, ha contribuido a la generación de capacidades de distintos actores de la sociedad

peruana, aunque esta tarea -el empoderamiento de capacidades- constituye una ardua y aún

pendiente de completar en un horizonte más de bien de largo aliento.

En el cuadro siguiente podemos ver la evolución de los conflictos sociales que reporta la

Defensoría del Pueblo desde abril de 2008 hasta mayo 201527

Esta situación de incremento de la conflictividad, no sólo por la tendencia de aumento de los

conflictos sociales sino también por la complejidad de los mismos, ha merecido distintas

respuestas de las instituciones del Estado.

En primer lugar, es de notar la decisión del Poder Ejecutivo de establecer la atención de los

conflictos sociales a través de distintos Ministerios28, luego el establecimiento de una Unidad de

Prevención de Conflictos de la Presidencia del Consejo de Ministros en el año 200629. En

páginas siguientes se lleva a cabo un detalle pormenorizado de los distintos estamentos

organismos que desde el Poder Ejecutivo se diseñaron para la atención de los conflictos.

Hacia el año 2008, fue significativa la celebración de un convenio de cooperación

interinstitucional entre la Defensoría del Pueblo y la Presidencia del Consejo de Ministros para la

prevención y el manejo de los conflictos sociales en el país30 todo lo cual será analizado con

mayor detalle líneas más adelante en el presente documento.

Reafirmando que la intervención de la Defensoría del Pueblo en conflictos sociales se encuentra

desde sus inicios, es a partir de recientes años, con el incremento de la conflictividad en el país,

que esta actuación de defensa de los derechos de las personas adquiere una dimensión más

que colectiva.

Su intervención está más bien orientada hacia un segmento de la población más amplio, pero

que cuenta con ciertas características comunes habida cuenta de una “clasificación temática”

de los conflictos (por temas laborales, gobiernos locales, regionales, nacionales, socio-

ambientales, conflictos territoriales, etc.)

27 DEFENSORIA DEL PUEBLO, Reporte de Monitoreo de Conflictos Sociales Nº 135, Mayo 2015 28 Informes Anuales al Congreso de la República. Nº 10 (2006), 11(2007), 12(2008) 29 http://www.pcm.gob.pe/Prensa/ActividadesPCM/2006/Agosto2006/080806-EscuelaGerencia.htm 30 http://www.pcm.gob.pe/Prensa/ActividadesPCM/2008/Noviembre08/04-11-08-B.htm

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La Defensoría del Pueblo ha logrado la incorporación de una nueva Autoridad ambiental que

debiera liderar la reforma de nuestra institucionalidad y legislación, cuya actuación debería estar

destinada de restituir la confianza en el Estado evidenciada y medida, entre otros elementos, en

la disminución o el incremento de los conflictos socioambientales.

Recientemente, mediante el Informe Defensorial Nº 156 “Violencia en los conflictos sociales", de

marzo 201231 la Defensoría del Pueblo busca contribuir a prevenir la violencia que se presenta

en los conflictos sociales y evitar que en esos escenarios se produzcan muertes y otras

afectaciones a los derechos fundamentales.

Nuevamente, la creación del Ministerio del Ambiente y la visibilización de la necesidad del

Estado de enfrentar de manera institucionalizada los conflictos sociales constituyen dos

ejemplos que permiten evidenciar el logro de la Defensoría del pueblo en la proposición y

aprobación de determinada legislación y por tanto un ejemplo demostrativo de la plausible y

efectiva incidencia en la generación de políticas públicas de este organismo constitucional.

El Poder Ejecutivo frente a los Conflictos Sociales

La atribución de Gestionar y atender los conflictos sociales no se encuentra expresamente

establecida en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (L.O.P.E.), como tampoco propiciar espacios

de diálogo, cualquiera sea su modalidad o denominación, con la finalidad de atender tales

conflictos sociales.

Sin embargo, encontramos antecedentes previos a la entrada en vigencia de la L.O.P.E.

respecto de la intervención del Poder Ejecutivo frente a los conflictos sociales.

Como se dijo anteriormente el primer antecedente expreso referido a la atención de conflictos

sociales lo encontramos en el D.S.Nº056-2005-PCM que estableció una Unidad de Análisis de

Conflictos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN- como responsable de

detectar y anticiparse a los conflictos sociales que afecten la gobernabilidad democrática del

país

Luego, el D.S.Nº094-2005-PCM dispuso como función de la Presidencia del Consejo de

Ministros, promover y participar activamente en el diálogo y concertación con la sociedad.

Posteriormente, la R.M.Nº380-2006-PCM y el D.S.Nº056-2009-PCM conforma la Comisión

Multisectorial de Prevención de conflictos sociales, adscrita a la PCM encargándole la

coordinación de la prevención y atención de los conflictos, así como proporcionar información y

31 http://www.defensoria.gob.pe/informes-publicaciones.php

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asesoría para la implementación de estrategias, políticas y acciones que anticipen, prevengan y

contribuyan a resolver situaciones de riesgo o amenaza a la gobernabilidad democrática.

En diciembre de 2007, con la entrada en vigencia de la L.O.P.E y su R.O.F aprobado mediante

D.S.Nº 063- 2007-PCM es estableció como función de la Presidencia del Consejo de Ministros

promover y participar activamente en el diálogo y concertación de la sociedad;

Luego, Mediante D.S.Nº010-2010-PCM se modificó el R.O.F. de la PCM creando la Oficina de

Gestión de Conflictos Sociales (OGCS) como órgano especializado que dependía

jerárquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, encargado de dirigir la gestión de los

conflictos sociales y encargó a la Comisión Multisectorial de Prevención de conflictos sociales

coadyuvar a la OGCS en sus funciones.

Finalmente, mediante Decreto Supremo Nº 0106-2012-PCM se modificó el R.O.F. de la PCM

creando la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad (ONDS) que sustituyó a la OGCS.

La ONDS lleva a cabo el análisis de algunos conflictos, y propone estrategias para su abordaje y

transformación32 a partir de su experiencia institucional desde 2012 en las llamadas Mesas de

Diálogo y Mesas de Desarrollo, y de los avances de estos espacios como una iniciativa

orientada a la prevención de conflictos con un enfoque basado en el diálogo, para buscar

salidas a ciertas crisis y generar condiciones para el desarrollo sostenible de algunos proyectos

extractivos.

Así por ejemplo en la edición Nro. 5 del Informe de Diferencias, Controversias y Conflictos

Sociales: Willaqniki. Mesas de Diálogo, Mesas de Desarrollo y Conflictos Sociales en el Perú33;

se presenta un artículo que refleja su reflexión de los orígenes de las mesas de diálogo en el

país, distintos espacios de diálogo, la participación del Estado, la dinámica de los actores

participantes.

Para la ONDS El origen de las mesas de diálogo coincide con la restauración de la democracia,

en el año 2001, y surgen como parte de la búsqueda de salidas a los altos niveles de

conflictividad en un contexto caracterizado por la baja institucionalidad política y estructuras de

intermediación ausentes o deslegitimadas, teniendo como propósito, crear un clima de

confianza entre los actores, conocer sus necesidades e intereses y arribar a acuerdos

beneficiosos para las partes.

32 http://prodialogo.org.pe/blog/mesas-de-di%C3%A1logo-y-mesas-de-desarrollo-espacios-para-el-ejercicio-democr%C3%A1tico 33 ONDS- Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad -Willaqniki Nº05. Informe de diferencias, controversias y conflictos sociales. Presidencia del Consejo de Ministros de la República del Perú http://www.pcm.gob.pe/transparencia/willaqniki/willaqniki05.pdf

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No obstante, la L.O.P.E. (art. 6º) establece como parte de las funciones del Poder Ejecutivo

Planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en conformidad

con las políticas de Estado y establecer relaciones, buscar el consenso, prestar asistencia

técnica y desarrollar mecanismos de cooperación con todas las entidades de la administración

pública34.

Por su parte, con relación al Consejo de Ministros la L.O.P.E. establece que tiene entre sus

atribuciones adoptar decisiones sobre asuntos de interés público35, y a la Presidencia del

Consejo de Ministros la función de Promover la concertación social en la gestión de gobierno y

coordinar con instancias de la sociedad en materias de interés nacional36.

Es en virtud de estas disposiciones legales que se han establecido Comisiones Multisectoriales

de Naturaleza Temporal (art 36º L.O.P.E.) y Grupos de Trabajo (art 35º L.O.P.E.)que han

oficializado la constitución de espacios de diálogo con representantes de organizaciones

sociales, empresas entidades públicas y representantes del Poder Ejecutivo.

Ejemplo de ello son los espacios de diálogo para la atención del conflicto sobre demarcación

territorial entre Moquegua y Puno, la mesa de diálogo sobre la problemática minera en

Moquegua, (casos de las Empresas Anglo American Quellaveco y Southern Perú Copper

Corporation), la Mesa de Diálogo de Espinar, y el Proceso de Diálogo para el inicio del Proyecto

Conga en Cajamarca, entre otros casos destacados.

Reporte Mensual de Conflictos

Willaqniki. Informe de Diferencias, Controversias y Conflictos Sociales es elaborado por la

Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a través de la Oficina Nacional de Diálogo y

34 Ley Nº29158, L.O.P.E. “…

Artículo 6º.- Funciones del Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo ejerce las siguientes funciones: 1. Reglamentar las leyes, evaluar su aplicación y supervisar su cumplimiento. 2. Planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en conformidad con las políticas de Estado 3. Establecer relaciones, buscar el consenso, prestar asistencia técnica y desarrollar mecanismos de cooperación con todas las entidades de la administración pública . 4. Implementar la coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, con énfasis en las competencias compartidas. 5. Otras funciones que le asignen las leyes…”

35 Artículo 16º.- Atribuciones del Consejo de Ministros

Además de lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, el Consejo de Ministros tiene las siguientes atribuciones: 1. Coordinar y evaluar la política general del Gobierno, así como las políticas nacionales y sectoriales y multisectoriales; 2. adoptar decisiones sobre asuntos de interés público; 3. promover el desarrollo y bienestar de la población; y, 4. las que le otorgue la ley.

36 Artículo 19º.- Competencias o funciones del Presidente del Consejo de Ministros…

…7. Promover la participación y concertación sociales en la gestión de gobierno y coordinar con instancias de la sociedad en materias de interés nacional….

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Sostenibilidad (ONDS) que recopila la cuantificación, clasificación y tratamiento de los casos de

conflictividad en el país. A mayo de 2015, la ONDS ha publicado 30 Informes mensuales37 así

como un informe anual de gestión (2012-2013), que en su integridad pueden ser obtenidos en

su portal institucional38

En este extremo podemos concluir que el Poder Ejecutivo ha concentrado su intervención y

atención de los conflictos sociales a través de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad

(ONDS) y cuenta además con mecanismos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

(L.O.P.E.) que han logrado en ocasiones eficaces resultados.

Comparando los enfoques de intervención

Debe mencionarse que en ocasiones pareciera existir cierto distanciamiento entre la Oficina

Nacional de Diálogo y Sostenibilidad y la Defensoría del Pueblo en cuanto a la atención de

conflictos sociales.

Si bien excederá al propósito del presente un análisis detallado de la metodología aplicada por

ambas instituciones, así como de los puntos de convergencia, nos limitaremos por ahora a

presenta un cuadro comparativo de lo actuado, que sirve además de resumen de lo mencionado

líneas arriba.

37 http://onds.pcm.gob.pe/category/publicaciones/ 38 http://www.pcm.gob.pe/willaqniki_onds/ (visitada 04.06.2015)

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Propuesta de una Política Pública

En primer lugar debe recordarse, como lo hemos dicho antes, que es la ONDS el organismo

especializado dependiente de la PCM que está encargada de la proposición de las políticas

públicas en materia de gestión y transformación de los conflictos sociales, sin embargo su rol ha

estado principalmente orientado a la atención de los conflictos sociales, casi de manera

individual.

Es posible afirmar que existe articulación con distintos sectores del Poder Ejecutivo, empresas

Públicas y con los Organismos Públicos Desconcentrados dependientes de éste. Al mismo

tiempo, en razón del rol que cumplen los Congresistas de la República, es también frecuente su

interacción con la ONDS, principalmente a partir de los pedidos de información y traslado de

casos que ellos realizan para la atención de los casos que individualmente son llevados a su

atención y que en general corresponden a su lugar de representación y no corresponden

necesariamente a una interrelación entre el Poder Legislativo (o de sus bancadas) con el Poder

Ejecutivo para el diseño normativo que permita contribuir a la disminución de la conflictividad

social.

Con el afán de presentar algunos temas pendientes (algunos de ellos polémicos) de diseño y/o

mejora normativa podemos mencionar el de la tipificación y sanción de los delitos relacionados

con la promoción del uso de la violencia por autoridades políticas o administrativas, el uso

excesivo o desproporcionado de la fuerza pública, la responsabilidad penal y civil por el empleo

de menores de edad en manifestaciones violentas, la responsabilidad civil de personas jurídicas

por la organización de manifestaciones violentas y de las consecuencias de empleo indebido de

armas de fuego (por efectivos del orden y por personas naturales) con consecuente daños,

lesiones o muerte, o por la afectación/destrucción de propiedad pública/privada o, por la

manipulación de información o desinformación a través de medios de comunicación para la

exacerbación de los conflictos sociales.

En cuanto a la relación existente entre el Poder Ejecutivo y los Gobierno Regionales y

Gobiernos Locales, son conocidos los distintos y diversos esfuerzos de articulación y

coordinación que se producen. Sin embargo, en la medida que excede al propósito del presente

analizar con detalle y referirnos a las dificultades que el proceso de descentralización trae

consigo, esta articulación es por decir lo menos, compleja y en ocasiones exigua o parcial. No

son todos los Actuales Gobernadores Regionales39 ni todos los alcaldes (provinciales o

distritales) los involucrados en la prevención de la violencia ni en la gestión o transformación de

los conflictos sociales, en general, debido a la carencia de cuadros técnicos, como también por

39 Con la entrada en vigencia de la Ley Nro. 30305 se prohibió la reelección inmediata de los alcaldes y presidentes regionales cambia la denominación de presidentes regionales por el de “gobernadores regionales”.

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una organización interna adecuada, además de la carencia de los recursos presupuestales y

logísticos para tal fin.

Como resulta evidente, en la medida que la gran mayoría de proyectos extractivos se

encuentran en localidades alejadas, la atención de los conflictos sociales y especialmente los

conflictos socio-ambientales demanda de una intervención de los Gobiernos Locales y luego de

los Gobiernos Regionales, articulados en una estrategia conjunta con el Gobierno Nacional. Más

adelante nos referiremos a esa estrategia, que va mucho más allá de la superación de las

naturales discrepancias de índole personal o político que encontramos hoy, y que supone una

visión de Estado, una Política Pública propiamente dicha.

Finalmente, existe una relativamente poco frecuente articulación con otros Organismos

Constitucionales. Podemos referirnos nuevamente a la interacción entre el Poder Ejecutivo y la

Defensoría del Pueblo respecto del monitoreo de los conflictos o las estadísticas que arrojan sus

respectivos reportes, o las discusiones metodológicas que les sustentan, e igualmente la

coordinación con el Poder Judicial y el Ministerio Público para el perfeccionamiento de

ordenamiento jurídico o la debida colaboración para la investigación de los sucesos delictivos

durante protestas sociales o hechos de violencia, mientras que en muchas oportunidades, la

Policía Nacional del Perú es empleada solo para la restitución del orden público, es decir sólo

como ejercicio de la facultad de uso de la fuerza pública.

El rol de la Contraloría General de la República en cuanto al resguardo de la adecuada

administración de los recursos públicos y la prevención de la corrupción constituye un acápite

adicional en este concierto de entidades involucradas.

Pero una política pública del Estado, incluye además a otros actores que no se encuentran

dentro de la esfera de lo público. Nos referiremos también al necesario involucramiento de los

medios de comunicación, como también a las empresas y organizaciones sociales. La

concepción de Estado supera a la acepción que supone que solo está integrado por las

entidades públicas.

En este orden de ideas, nos llama también a reflexión el rol del Estado frente a la cobertura que

sobre los conflictos sociales realizan muchos de los medios de comunicación (TV, Radio,

impresa y virtual). En muchas ocasiones, la cobertura periodística de los conflictos sociales se

limita al análisis o exposición de los hechos violentos o de los hechos de fuerza pública

acaecidos en distintos conflictos sociales, mientras que subyace oculto, en la vasta mayoría de

los casos, el análisis las causas y de las propuestas de solución de los conflictos sociales.

EL involucramiento de las organizaciones de los medios de comunicación (Colegios

Profesionales, Asociaciones y Agremiaciones de Propietarios o de Periodistas, etc.) así como de

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sus mecanismos de auto-regulación resulta necesario, no solo para la información de la opinión

pública sino también para contribuir a la solución de los conflictos.

Debemos también dirigir nuestra atención respecto de la responsabilidad que le corresponde a

las Empresas en relación a la mejora de sus estándares de relacionamiento comunitario como

también a la capacitación y formación continua de sus representantes, para la generación de

cuadros técnicos que contribuyan también a la gestión y transformación de los conflictos.

Finalmente, no puede quedar de lado la responsabilidad que supone también la intervención en

materia de conflictos sociales de las Universidades, Institutos superiores así como de Colegios

profesionales, en lo que a la formación y preparación de profesionales y técnicos. Es exigua y

limitada la formación que se inculca en el país respecto del establecimiento de una cultura de

diálogo para la solución de los conflictos sociales.

Una Política Pública para revertir la conflictividad social demanda entonces la orientación y

decidida actuación de las entidades públicas y el involucramiento de entidades privadas,

empresarios, organizaciones sociales, así como de los medios de comunicación y de la

academia, una política pública que supera a las políticas de gobierno o a la actuación de los

gobernantes de turno.

Definiendo una Política Pública

Empecemos por el principio. ¿Cuál es el concepto que tenemos de Política Pública? Partiendo

de la concepción de Peter Knoepfel, debemos entenderla como el Conjunto de acciones y

decisiones contenidas en planes, programas, proyectos y actividades gestionadas desde el

Estado (a través del gobierno y de la Administración Pública) con la finalidad de satisfacer las

necesidades de una sociedad en el presente y también en el futuro40.

Dicho esto, en relación a la Atención de los Conflictos Sociales debemos preguntarnos cuál es

ese conjunto de acciones y decisiones adoptadas por el Estado establecidas en planes,

programas, proyectos o actividades. La respuesta: Sólo existe un conjunto de actividades y

algunos proyectos.

Entre las Actividades que se pueden identificar tenemos ejemplos de la Intervención de distintas

entidades en espacios de diálogo, llámese de diálogo o mesas de desarrollo. Entre ellas se

encuentran las actuaciones de ciertos organismos del Estado podemos citar por ejemplo la

participación de distintas entidades del Poder Ejecutivo (MINEM, MINAGRI, MINAM) así como

Organismos Públicos Desconcentrados (OSINERMIN, OEFA, ONDS) como también por

40 Knoepfel, Peter en Análisis y Conducción de las Políticas

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Organismos Constitucionales Autónomos (Defensoría del Pueblo, Policía Nacional del Perú,

Ministerio Público, Poder Judicial)

Entre los proyectos que han sido asumidos por el Estado, encontramos principalmente aquellos

concebidos como Proyectos de Inversión Pública –PIP- para la atención de los conflictos,

traducidos en obras identificadas para la satisfacción/atención de las posiciones expuestas

/presentadas por las comunidades involucradas en un determinado conflicto, generalmente

ubicadas en áreas de influencia directa y atendidas generalmente como consecuencia de un

acontecimiento de violencia. A estos los denominaremos proyectos de corto plazo, sin

desmerecer su ámbito de influencia, tiempo de ejecución, monto de inversión o duración.

Se trata de la atención de propuestas que pueden no necesariamente atender aquellas

necesidades básicas que contribuyan a la superación de la pobreza, y que una vez atendidas,

sólo responden a una determinada coyuntura y que es percibida como la respuesta del Estado

frente a adopción de medios violentos para la atención de los reclamos de la población,

justificándose así un círculo vicioso.

Los Proyectos de corto plazo

Reiteramos que estos PIP atienden de manera desordenada, esporádica y puntual las

necesidades largamente identificadas por las poblaciones, así como por autoridades locales y/o

regionales, que no necesariamente han sido atendidas, sea por deficiencias en la formulación de

los PIP conforme a las normas del SNIP, o por la carencia de recursos humanos y/o financieros.

Aquí surge una inquietud. Acaso tales necesidades no han sido percibidas por las

empresas durante la formulación de sus Instrumentos de Gestión Ambiental? O es que

habiéndolo sido, no fueron consideradas en sus planes de Relacionamiento Comunitario?

Decimos esto en tanto que si bien no corresponde a las empresas de las industrias extractivas,

una estrategia de intervención de su parte, orientada a la generación de alianzas con

stakeholders locales (autoridades, líderes locales, organizaciones sociales, comunidades,

población) con la finalidad de atender tales necesidades. También, pude generarse un canal de

información ante las entidades del Estado competentes para la atención de tales necesidades.

Esbozamos de esta manera una estrategia de colaboración, en sustitución de una estrategia

evasiva41 que puede ayudar a focalizar la intervención del Estado, principalmente de los

subniveles de gobierno.

41 Nos referimos a estrategia evasiva como aquella en la cual en la elaboración de los EIA y otros instrumentos de gestión ambiental, el énfasis, como resulta conveniente, radica en la identificación de las características del área de ejecución del proyecto desde el punto de vista de las necesidades de la empresa.

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No existe una identificación de las necesidades de la población por parte del Estado

Para atender la conflictividad social en el país y por lo tanto, como una estrategia preventiva

para la atención de los conflictos sociales se requiere por ejemplo de una adecuada

identificación de las necesidades de la población, en confluencia con las autoridades locales y

regionales que tienen un contacto más directo y cercano en comparación con el Gobierno

Nacional.

Nos referimos pues a la necesidad de implementar una planificación de proyectos y obras que

atiendan las necesidades básicas insatisfechas de la población, orientada precisamente a la

atención de las denominadas demandas sociales, que constituyen en buena cuenta aquellas

justas reclamaciones de la población que en ocasiones son instrumentalizadas durante el

desarrollo de conflictos sociales por diversos actores. Nos atrevemos a denominarle un Plan de

Intervención Social.

La verdad es que ya existe un listado diseminado y perdido entre los archivos de las unidades

formuladoras de los gobiernos locales, regionales y nacional, así como en el vasto banco de

proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). De lo que se adolece es una

priorización de tales proyectos, con particular énfasis en la determinación de prioridades en las

localidades y comunidades que se encuentran dentro del Área de Influencia Directa de los

proyectos de las industrias extractivas, para proceder a su aprobación y financiamiento

preferente.

Esta misma identificación de las carencias de tales poblaciones se encuentra en los Estudios de

Impacto Ambiental y Social (EIA) que elaboran las empresas dedicadas a la Minería e

Hidrocarburos, así como en sus correspondientes Planes de Relacionamiento Comunitario,

aunque con un propósito descriptivo más que como una estrategia de articulación local/regional

o de atención de tales necesidades, es decir, considerados como un mero componente de un

instrumento que se requiere para el cumplimiento de un procedimiento administrativo.

Por supuesto que es responsabilidad del Estado afrontar estas carencias estructurales de la

población, y sin embargo, la intervención de las empresas mineras y de hidrocarburos en el

financiamiento de proyectos que atiendan esas necesidades básicas es también un ejemplo de

adecuadas prácticas de relacionamiento comunitario, y de mejora en la percepción de su

responsabilidad social empresarial por parte de la población involucrada, y también, puede

significar ciertos beneficios económicos y tributarios.

No es menos importante hacer énfasis en la posibilidad de financiar dichos proyectos a través

de Asociaciones Público Privadas (APP) al amparo del Decreto Legislativo Nº1012, y/o a través

del sistema Obras por Impuestos (OxI) establecido en la Ley Nº2930 (y sus modificatorias).

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Se trata pues de una priorización de proyectos de inversión -con énfasis preventivo de conflictos

- para la atención/satisfacción de desarrollo humano de la población en mayor situación de

pobreza y exclusión en cuyas inmediaciones se han identificado proyectos extractivos, a través

de la coordinación intersectorial, principalmente entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el

Ministerio de Energía y Minas, lo que de la mano con una adecuada articulación con

gobernadores/alcaldes puede devenir en una estrategia comprehensiva de parte del Estado, es

decir, un Programa de Inversión Social Rápida (PIR) preferentemente en Educación, Salud y

Saneamiento.

Ausencia de preparación del Estado

Hemos mencionado anteriormente la carencia que tiene el Estado de cuadros técnicos y

profesionales especializados en prevención y atención de conflictos, así como la ausencia de

una política articuladora de las estrategias sectoriales adoptadas para su atención.

Pero además es evidente la falta de preparación, capacitación y de adecuada implementación

de la Policía Nacional, que en cumplimiento de su mandato constitucional de mantenimiento y

restauración del orden público interviene, especialmente, durante el acaecimiento de sucesos de

violencia.

A ello debe sumarse, los alcances del D.Leg 1095, así como las modificaciones a la legislación

penal respecto de la tipificación de los ilícitos cometidos en un contexto de violencia social.

Por ello, queremos reiterar la necesidad de una mejor planificación y ejecución de los proyectos

y presupuesto involucrados para mejorar la intervención de una PNP respetuosa de los

derechos fundamentales y fiel cumplidora de su mandato constitucional, en el marco de una

reforma institucional de cara al siglo XXI y para la atención de las necesidades de una población

distinta en número y necesidades a su diseño concebido con la dación de la Ley 24949 del 6 de

diciembre de 1988.

El rol de los Medios de Comunicación

Como hemos manifestado anteriormente, casi la totalidad de los medios de comunicación dan

cobertura a los hechos violentos que ocurren durante el desarrollo de los conflictos sociales, y

en reiteradas oportunidades confunde a la violencia acaecida con el conflicto social dentro de

cuya dinámica aquella se produce, de modo tal que se genera desinformación en la opinión

pública. A ello se suma también la confusión que respecto de ambos teman tienen muchos de

los actores.

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Lamentablemente, la cobertura que realizan los medios de comunicación (TV, Radio, impresa y

virtual) está orientada a concitar el rating de audiencia apelando a la emotividad de las

personas, presentando en un primer lugar los hechos violentos (bloqueo de carreteras, toma de

locales, secuestro de personas) así como exponiendo imágenes de las primeras reacciones de

familiares de las víctimas (muertos y heridos) producto del enfrentamiento con las fuerzas del

orden (generalmente PNP) durante aquellos sucesos violentos, haciendo hincapié en los

muertos o heridos “civiles” obviando referencias a los “policías” heridos, lo que contribuye

también al distanciamiento de estos estamentos percibidos así como antagónicos. Las causas

del episodio de violencia, o pero aún las causas de los conflictos aparecen sino desapercibidas,

efímeramente referidas.

En muchas ocasiones, la cobertura periodística de los conflictos sociales se limita al análisis o

exposición de los hechos violentos acaecidos, mientras que subyace oculto, en la vasta mayoría

de los casos, el análisis las causas y de las propuestas de solución de los conflictos sociales.

Si bien, la inmediatez de la noticia hace que la cobertura de las noticias por parte de Radio, TV e

Internet (Redes Sociales, Blogs, etc.), se focalice en la violencia presentada en los conflictos

sociales, el análisis profundo de ellos constituye una oportunidad para la cobertura que puedan

realizar algunos medios de comunicación escrita y de internet, así como para el análisis que

sirva de discusión para lograr superar las deficiencias advertidas.

Proponemos aquí mejorar la interacción entre las entidades del estado que abordan los

conflictos sociales (ONDS y Defensoría del Pueblo), involucrando especialmente al MINEM por

tratarse del sector que más conflictos registra y los gremios que agrupan a los medios de

comunicación, Colegios Profesionales y Asociaciones de Periodistas y Comunicadores sociales,

Facultades de Comunicación Social, entre otros, con el propósito de generar la adecuada

comprensión de estos fenómenos sociales.

Las estrategias de comunicación empresarial

Las empresas deben difundir de manera adecuada los beneficios sociales y económicos de las

actividades extractivas, como también mejorar su comunicación e información sobre la

complementaridad de las actividades económicas. El Estado está llamado a intervenir frente a la

vulneración de derechos, pero no puede seguir apareciendo como un defensor de la inversión

privada y débil protector de los derechos de la ciudadanía.

Es necesario por tanto el establecimiento de nueva normativa que exija mejores estándares de

información y comunicación a la empresas, como también la Acreditación de profesionales a

través de Universidades Nacionales, conforme a criterios que pueden ser consensuados con los

gremios empresariales, colegios profesionales y entidades del estado competentes. De esta

manera, se abre curso a una nueva generación de profesionales que puedan intervenir

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preventiva y efectivamente frente a los conflictos sociales, como también generar cuadros

técnicos que puedan laborar en instituciones públicas, como también en organizaciones

sociales, medios de comunicación que permitan el mejor análisis de la conflictividad en el país

Capítulo X. Conclusiones y Recomendaciones

Conclusiones

• No existe una Política Pública explícita dirigida a la atención, gestión y transformación

de los Conflictos Sociales. A la fecha

• Durante la suscripción del Acta del Acuerdo Nacional, la Gobernabilidad y el Diálogo

estaban orientado a la superación de las divergencias políticas originadas a la caída del

régimen de Alberto Fujimori (1990-2000), aunque la promoción de una cultura de

diálogo alcanza al día de hoy una acepción más amplia y se ejercita en un contexto

diferente al esbozado en el año 2002 asociado a los impactos de las industrias

extractivas.

• La adecuada atención de los conflictos sociales derivará en un beneficio general para el

Estado mejorando la gobernabilidad del país, el clima de inversión, la disminución de la

pobreza y el mejoramiento de las relaciones entre empresas y comunidades. Todo ello

repercutirá en la apreciación general del Poder Ejecutivo

• La mejora en la Gobernabilidad del País desincentivará la adopción de la violencia y/o

el resurgimiento de acciones violentistas.

• Son dos las instituciones que mayor desarrollo han tenido hacia la atención de los

conflictos sociales. La Defensoría del Pueblo y la Oficina Nacional de Diálogo y

Sostenibilidad.

• Se requiere la formulación e implementación de una Política Pública Explícita para la

atención de conflictos sociales

Recomendaciones

• Actualizar la Resolución Ministerial Nº161-2011-PCM que aprobó los lineamientos y

estrategias para la gestión de conflictos sociales, incorporando Proyectos, Actividades,

Acciones así como sus indicadores para convertir dicho antecedente normativo en una

Política Pública Explícita.

• Articular la actuación de la Defensoría del Pueblo y la Oficina Nacional de Diálogo y

Sostenibilidad

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• Dentro del marco de la Ley Nº29230, aprobar un Programa de Inversión Social Rápida

(PIR) preferentemente en Educación, Salud y Saneamiento, mediante el cual las

Empresas Extractivas puedan formular, así como financien y ejecuten Proyectos de

Inversión Pública en las comunidades del Área de Influencia Directa.

Bibliografía

• Constitución Política de 1993

• DEFENSORIA DEL PUEBLO Primer Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la República Lima, abril de 1998

• DEFENSORIA DEL PUEBLO “Informe Defensorial Nº 156” Violencia en los conflictos sociales, Lima Marzo 2012. http://www.defensoria.gob.pe/informes-publicaciones.php [último acceso 15.06.2015]

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• ONDS- Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad - Willaqniki Nº05. Informe de diferencias, controversias y conflictos sociales. Presidencia del Consejo de Ministros de la República del Perú. www.pcm.gob.pe/transparencia/willaqniki/willaqniki05.pdf [último acceso 15.06.2015]

Webigrafía

• Lampadia http://www.lampadia.com/clima-de-inversion/cuidemos-nuestros-avances-y-el-clima-de-inversion [último acceso 15.06.2015]

• DEFENSORIA DEL PUEBLO, Reporte de Monitoreo de Conflictos Sociales Nº 1354, mayo 2015

http://www.defensoria.gob.pe/conflictos-sociales/ [último acceso 15.06.2015] • PRODIALOGO

http://prodialogo.org.pe/blog/mesas-de-di%C3%A1logo-y-mesas-de-desarrollo-espacios-para-el-ejercicio-democr%C3%A1tico[último acceso 27.08.2014]

• MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS • http://www.minem.gob.pe/descripcion.php?idSector=1&idTitular=4388 [último

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