+ All Categories
Home > Documents > Carpeta Final Judicial UNLP

Carpeta Final Judicial UNLP

Date post: 06-Jul-2018
Category:
Upload: claudia
View: 220 times
Download: 0 times
Share this document with a friend

of 314

Transcript
  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    1/314

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    2/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;

    con respecto a una !etermina!a cate5or#a !e asuntos o !urante una !etermina!a etapa !el proceso.

    +a competencia pue!e clasi3icarse sobre la base !e < criterios 3un!amentales&1. Funcional&  toma en cuenta las 3unciones que !eben cumplir los ueces que inter7ienen en las

    !istintas instancias !e un mismo proceso, enten!ien!o por instancia las !istintas etapas. E/iste unaprimera !i7isin !e la competencia en or!inaria y 3e!eral.

    ;. Territorial& se 7incula con la circunscripcin territorial asi5na!a por la ley a la acti7i!a! !e ca!ar5ano uris!iccional. +a atribucin !e competencia territorial contempla 3un!amentalmente lapro/imi!a! !el r5ano u!icial con el lu5ar en que se =alla ubica!o al5uno !e los elementos !e lapretensin o peticin 2pue!e 3un!arse en el lu5ar !el !omicilio !el !eman!a!o, en el lu5ar !elcumplimiento !e la obli5acin, en el lu5ar !e celebracin !el contrato, etc.4.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    3/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - <

    se!e asiento !el %epartamento 2E.& 'la7arr#a  %epartamento !e A9ul4.En +a Plata =ay ;G u95a!os !e 1 instancia en lo ci7il y comercial.

    u95a!os en lo criminal y correccional& Enten!er@n en causas en lo criminal y correccional en que se u95uen !elitos cometi!os en el territorio !e la Pro7incia, con e/cepcin !e la competencia !e losTribunales !e Menores. En +a Plata e/isten .

    u95a!o notarial& Eerce su uris!iccin en to!o el territorio !e la Pro7incia. Entien!e en cuestionesrelati7as al eercicio !e la 3uncin !e notario, a las que a3ecten la !i5ni!a! o presti5io !e la misma, etc.

    Tribunal !e menores& Be trata !e tribunales unipersonales y su competencia lo es por ra9n !e persona,por 5irar en torno !e la !e los menores. Es competente& para enten!er en causas en que apare9cancomo autores o part#cipes !e un !elito, 3alta o contra7encin, menores !e 1 aos !e e!a!6 parainter7enir en cualquier otro caso en que un menor necesite proteccin, por estar comprometi!a susalu!, morali!a! o e!ucacin6 a pe!i!o !e los pa!res, tutores o cura!ores ante actos !e incon!ucta !elos menores !e e!a!6 en causas re3erentes al eercicio, suspensin o p8r!i!a !e la patria potesta! !elos menores ampara!os por el u95a!o, etc. En +a Plata =ay < Tribunales !e Menores.

    • Tribunales cole5ia!os !e instancia 0nica.Caracteri9a!os por una composicin cole5ia!a !e sus miembros, en los que se !esarrolla un procesopre!ominantemente oral, no sien!o susceptibles !e re7isin por la C@mara !e Apelaciones lasresoluciones que !icten, sino slo impu5nables me!iante los recursos e/traor!inarios ante la BupremaCorte !e usticia !e la Pro7incia.

    Tribunales !e trabao.Art. ;, +ey 11.: !el CPCCPA enumera las materias en las que enten!er@ el tribunal& separacin y !i7orcio6ine/istencia y nuli!a! !e matrimonio6 tenencia y r85imen !e 7isitas6 alimentos6 a!opcin6 patriapotesta!6 tutor#as6 etc.

    • C@maras !e apelaci-n.En los tribunales estructura!os en !oble instancia, se !an ueces !e Primera Instancia con competenciaori5inaria y C@maras !e Apelacin con competencia !e impu5nacin.En la ciu!a! !e +a Plata e/isten ; C@maras !e Apelacin en lo Ci7il y Comercial y 1 en lo Criminal y

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    4/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G

    Correccional. Hstas a su 7e9, se !i7i!en en salas inte5ra!as por !os ueces en lo Ci7il y Comercial y tresen lo Criminal y Correccional.Resultan ser Tribunal !e Al9a!a !e las resoluciones que !icten los respecti7os u95a!os !e PrimeraInstancia. A!em@s, las C@maras Ci7il y Comercial, entien!en respecto a los recursos plantea!os contralas resoluciones que !icten los ueces !e Pa9 +etra!os6 y las C@maras en lo Criminal y Correccionalrespecto a los recursos contra resoluciones !e los ueces !e Faltas.

    • Ministerio p0blico 2ley 1;.?14.+os 3uncionarios que inte5ran el Ministerio P0blico, tienen como misin esencial la !e3ensa !e losintereses 7incula!os al or!en p0blico y social. Es un r5ano e/trapo!erJ porque no se subor!ina alPo!er u!icial ni al Po!er Eecuti7o.Be50n el Art. 1D !e la Constitucin Pro7incial, ser@ !esempea!o por el Procura!or y Bubprocura!or(eneral !e la Buprema Corte !e usticia, por los Fiscales !e C@mara, A5entes Fiscales, Asesores !eMenores y %e3ensores !e Pobres y Ausentes.El Procura!or (eneral es el e3e !el Ministerio. Entre sus 3unciones se pue!e citar la !e !ictaminar en!eman!as y recursos !e inconstitucionali!a!6 !eci!ir sobre la proce!encia !el sobreseimiento cuan!o elFiscal no encuentre m8rito para acusar6 controla el cumplimiento !e los pla9os para la terminacin !elas causas u!iciales6 !e!uce accin !e o3icio o a pe!i!o !e parte contra cualquier ue9 incompetente.El Ministerio P0blico se !i7i!e en tres ramas&a4 A5entes Fiscales o Fiscales !e Primera Instancia & e/iste en el proceso ci7il !on!e primor!ialmente

    se !iscuten intereses pri7a!os, su papel se limita a inter7enir en ciertos casos en que la leyconsi!era necesario escuc=ar su opinin 2E.& aspectos !el uicio sucesorio, !i7orcio, con3lictos !ecompetencia, etc.4.

    b4 Asesores !e Menores e Incapaces& inte5ran el llama!o Ministerio P0blico Pupilar, inter7inien!o en!e3ensa !e los intereses y !erec=os !e aquellos.

    c4 %e3ensores !e Pobres y Ausentes& eercen 3unciones que compren!en la !e3ensa, representacin yasesoramiento 5ratuito !e personas que care9can !e recursos, cuan!o 8stas ten5an que actuar en

     uicio, e/i5i8n!oles al respecto el otor5amiento !el bene3icio !e liti5ar sin 5astos 2Carta !e Pobre9aen materia +aboral4.

    • Buprema Corte !e usticia.

    Composicin& Be compone !e D miembros y un Procura!or (eneral. Bon !esi5na!os por el Po!erEecuti7o con acuer!o !el Bena!o, otor5a!o en sesin publica por mayor#a absoluta !e 7otos !e susmiembros. En cambio, los ueces !e otras instancias y !em@s 3uncionarios ser@n ele5i!os por el Po!erEecuti7o !e una terna propuesta por el Conseo !e la Ma5istratura, con acuer!o !el Bena!o otor5a!oen sesin p0blica.+a presi!encia !e la Corte se eerce por 1 ao, en 3orma rotati7a, comen9an!o por el ma5istra!o !e

    mayor e!a!. +as sentencias se pronuncian por un n0mero !e 7otos que representen la mayor#a.

    Competencia& En ra9n !el territorio tienen competencia en to!a la Pro7incia. En ra9n !e la materia,ori5inariamente entien!en en las !eman!as !e inconstitucionali!a! relaciona!a con leyes, !ecretos,or!enan9as o re5lamentos que estatuyen sobre la materia re5i!a por la Constitucin Pro7incial6 causas!e competencia entre los Po!eres P0blicos !e la Pro7incia. Por ra9n !e 5ra!o, es competente paraenten!er en los recursos e/traor!inarios contra las sentencias !e ultima instancia6 los mismos son&Recurso !e Inconstitucionali!a!, R. !e Inaplicabili!a! !e la +ey, R. E/traor!inario !e "uli!a!. En5eneral, nombra y remue7e !irectamente los secretarios y emplea!os !e la corte, y a propuesta !e los

     ueces !e primera instancia, 3uncionarios !el ministerio p0blico y ueces !e pa9, al personal !e susrespecti7as !epen!encias6 !ispone !e la 3uer9a p0blica para el cumplimiento !e sus !ecisiones6con3ecciona su re5lamento6 representa al Po!er u!icial6 llama a cualquier ma5istra!o a 3in !epre7enirlo por 3altas u omisiones en el !esempeo !e sus 3unciones6 etc.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    5/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :

    Organización administrativa. Organismos !ue no imarten "usticia:

    • Becretar#as.%epen!en !irectamente !e la Buprema Corte !e usticia seis Becretar#as&

    1. Becretar#a (eneral& entien!e en las cuestiones relaciona!as con el 5obierno y a!ministracin !el

    Po!er u!icial y en la tramitacin !el enuiciamiento !e ma5istra!os y 3uncionarios. Tiene a sucar5o < subsecretar#as&a4 Bubsecretar#a !e (obierno& inte5ra!a por&

    • %A'B 2%ireccin (ral. !e Arquitectura, 'bras y Ber7icios4.• %ireccin. (ral. !e Asesor#as Periciales.• %ireccin. (ral. !e Receptor#as !e E/pe!ientes.• '3icina !e Arc=i7os.• '3icina !e Man!amientos y "oti3icaciones.• '3icina !e Re5istro P0blico !e Comercio.

    b4 Bubsecretar#a !e Personal.c4 Bubsecretar#a !e A!ministracin.

    ;. Becretar#a !e %eman!as 'ri5inarias& inter7iene en causas contencioso - a!ministrati7as, enacciones !e inconstitucionali!a!, y en causas en que se !iscuta la competencia ori5inaria !e laCorte.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    6/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

    Be lle7ar@ un remito por !uplica!o !e las causas remiti!as a los u95a!os y tribunales, el que !eber@conser7arse por !os aos.

    Re5istro !e uicios $ni7ersales y Capaci!a! !e las personas& Este re5istro se lle7a en 3orma !e 3ic=eroor!ena!o al3ab8ticamente, en el que consta la iniciacin !e& sucesiones, inscripciones !e !eclaratorias!e =ere!eros y testamentos, protocoli9acin !e testamentos, ausencias con presuncin !e

    3allecimiento, !eclaracin !e muerte, concursos y quiebras, etc.+os secretarios !e los u95a!os y tribunales !eber@n comunicar al Re5istro la iniciacin !e los uiciosin!ica!os anteriormente en 3ormularios especiales que ser@n llena!os a m@quina en !uplica!o otriplica!o. El Re5istro !ebe remitir el !uplica!o !e la comunicacin con el in3orme correspon!ientepara ser a5re5a!o a los autos. En este in3orme !etalla si e/isten causas relaciona!as, y en su caso antequ8 r5ano uris!iccional tramita o est@ tramitan!o.

    Arc=i7o !el Po!er u!icial&  Est@ 3orma!o por una %ireccin (eneral en la capital 2+a Plata4 sobre lacual eerce superinten!encia la Buprema Corte !e usticia, y por secciones locales en ca!a%epartamento u!icial, sobre las cuales eerce superinten!encia la C@mara !e Apelacin por !ele5acin!e la Buprema Corte !e usticia.El material que se arc=i7a se compone !e !os tipos !e e/pe!ientes& los e/pe!ientes arc=i7a!os, que sonlos que se encuentran 3inali9a!os o tienen sobreseimiento !e3initi7o 3irme o por causa !e muerte !euna !e las partes6 y los e/pe!ientes parali9a!os, que son los que se =a !ecreta!o la ca!uci!a! !e lainstancia, son los parali9a!os por m@s !e un ao.Ca!a u95a!o o tribunal en7iar@ los e/pe!ientes que se !epositar@n en el arc=i7o, y para ello !eber@pre7iamente solicitar 3ec=a para la remisin y a!untar un lista!o por triplica!o con el !etalle !e lascausas, el que una 7e9 7olca!o en los 3ic=eros respecti7os, se remitir@ al r5ano uris!iccional !e ori5en.El material arc=i7a!o slo po!r@ salir !el Arc=i7o pre7ia autori9acin u!icial escrita.+os e/pe!ientes se !estruyen a los 1? aos en materia ci7il y comercial, y e/cepcionalmente en materia!e uris!iccin 7oluntaria a los : aos. "o se !estruyen los concursos y quiebras, !eclaraciones !e

    muerte, etc.Asesor#a Pericial !el Po!er u!icial& En la ciu!a! !e +a Plata 3unciona la %ireccin !e Asesor#a Pericial.En ca!a %epartamento u!icial 3unciona una o3icina que !epen!e !e la %ireccin. +os requisitos que se!eben tener para 3ormar parte !el cuerpo pericial son&

    • T#tulo =abilitante para la especiali!a!.• : aos !e anti5Ke!a! en la matr#cula.• %omicilio real en el lu5ar !e asiento.• Prestar uramento ante la Buprema Corte !e usticia.+a %ireccin est@ !i7i!i!a en secciones que correspon!en a las !istintas especiali!a!es t8cnicas. Bepue!en crear nue7as secciones se50n que las necesi!a!es !el ser7icio lo requieran. Estas seccionescuentan con el personal !e ayu!antes t8cnicos que sean necesarios y tienen un superior er@rquico!esi5na!o por la %ireccin.+as 3unciones !e los inte5rantes !e estas secciones son pro!ucir los in3ormes t8cnicos periciales que lesean requeri!os u!icialmente. +os pro3esionales que 3orman el cuerpo ten!r@n la obli5acin !e au/iliara la a!ministracin !e usticia en to!os los casos en que sea necesaria su inter7encin, !an!o su!ictamen ante las autori!a!es u!iciales.+as actuaciones !e los peritos !e7en5an =onorarios. +as sumas resultantes se !epositan en una cuenta!el anco !e la Pro7incia y se !estinan a la a!quisicin y meora !e instrumental, compra !e materialbiblio5r@3ico, concesin !e becas, etc.

    +a %ireccin !eber@ lle7ar un libro !e entra!as y sali!as, un libro !e a!u!icacin por 3ueros !on!econstan los peritos !esi5na!os, y un libro !e recibos por seccin.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    7/314

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    8/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

    +a competencia 5eneral !e la usticia nacional se inte5ra !e la si5uiente manera&

    • Corte Buprema !e la usticia.• C@maras !e apelacin& nacionales y 3e!erales.• ueces unipersonales !e primera instancia& nacionales y 3e!erales.

    %i3erencia entre la usticia Pro7incial y "acional& en Pro7incia no e/iste apelacin en el 3uero laboral yen el nacional s#.

    *l "uez, conceto y caracteres.

    &onceto& Es el r5ano uris!iccional que se encar5a !e impartir usticia, o sea !eci!ir sobre el obeto!el proceso que no es otra cosa que la causa.

    &aracteres& Para po!er eercer las 3unciones uris!iccionales se in!ica 5eneralmente que su potesta!se inte5ra con : elementos&1. "otio 2competencia4& Aptitu! !el ue9 !e conocer en el asunto 2causa4 que se trate. +a causa es la

    =iptesis !e !erec=o material que moti7a el proceso. Es imprescin!ible, pues el ue9 !ebe actuarcon pleno conocimiento !e la causa. Por ello el ue9 recibe y e7al0a las pruebas que las parteso3recen 2Art.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    9/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - D

    #e-eres y facultades .

    #e-eres: Be50n el Art.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    10/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1?

    Art.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    11/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 11

    2emoción.

    El r85imen !e sanciones en que pue!e 7erse inmerso un ue9, son !e G cate5or#as&

    • Polticas: !estitucin me!iante uicio pol#tico, que lo reali9a el con5reso, por las si5uientes ra9ones&• Mal !esempeo& actitu!es o =ec=os incompatibles con el a!ecua!o eercicio !e la 3uncin u!icial, que no constituyen !elito 2morosi!a!, ne5li5encia, in=abili!a! 3#sica o mental, etc.4.• %elito en el eercicio !e sus 3unciones.• Cr#menes comunes.

    • Administrativas& por 3altas que pue!en cometer, las cuales incluyen pre7encin, apercibimiento ymulta. Estas las aplica la autori!a! a!ministrati7a superior.

    • Penales.• &iviles: est@n obli5a!os a in!emni9ar el !ao causa!o por el mal !esempeo !e sus 3unciones, ya sea

    por !elitos yo por el irre5ular !esempeo.

    2ecusación y e+cusación.

    2ecusación.

    +a recusacin es un reme!io le5al !el que los liti5antes pue!en 7alerse para e/cluir al ue9 !elconocimiento en la causa en el supuesto que las relaciones o actitu!es !e aquel con al5una !e las parteso con la materia !el proceso sean susceptibles !e poner en !u!a la imparciali!a! !e sus !ecisiones.

    +a recusacin y e/cusacin esta !a!a en los si5uientes art#culos !el CPCCPA&

    • Recusaci-n sin e/presi-n !e causa& Art. 1G. Recusacin sin e/presin !e causa& +os ueces !e primera instancia po!r@n ser recusa!os sin

    e/presin !e causa, en cambio los ueces !e la Buprema Corte !e usticia y !e las c@maras !e apelacinno po!r@n ser recusa!os sin e/presin !e causa.El actor po!r@ eercer esta 3aculta! al entablar la !eman!a o en su primera presentacin. El!eman!a!o, en su primera presentacin, antes o al tiempo !e contestar la !eman!a, o !e oponere/cepciones en el uicio eecuti7o, o !e comparecer a la au!iencia seala!a como primer acto procesal.Be busca !ar 5arant#a a la parte en especial cuan!o si bien e/iste causa le5al !e recusacin, 8sta es!i3#cil o imposible !e probar.Art. 1:. +#mites& +a 3aculta! !e recusar sin e/presin !e causa po!r@ usarse una 7e9 en ca!a caso.Cuan!o sean 7arios los actores o los !eman!a!os, slo uno !e ellos po!r@ eercerla.Art. 1. Consecuencias& %e!uci!a este tipo !e recusacin, el ue9 recusa!o se in=ibir@ pasan!o lasactuaciones, !entro !e las ;G =oras, al que le si5ue en el or!en !el turno, sin que por ello se suspen!anel tr@mite, los pla9os, ni el cumplimiento !e las !ili5encias ya or!ena!as.

    El ue9 pue!e !esestimar la recusacin cuan!o se presenta 3uera !e oportuni!a! o es presenta!a poral5uien que no es parte !el proceso. "o pue!e recusarse sin e/presin !e causa en&- Proceso sumar#simo.- Tercer#as.

    • Recusaci-n con e/presi-n !e causa.Art. 1>. Recusacin con e/presin !e causa& Ber@n causas le5ales !e recusacin&14 El parentesco por consan5uini!a! !entro !el cuarto 5ra!o y se5un!o !e a3ini!a! con al5una !e las

    partes, sus man!atarios o letra!os.;4 Tener el ue9 o sus consan5u#neos o a3ines !entro !el 5ra!o e/presa!o en el inciso anterior, inter8sen el pleito o en otro semeante, o socie!a! o comuni!a! con al5unos !e los liti5antes, procura!ores

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    12/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1;

    o abo5a!os, sal7o B.A.4 Naber si!o el ue9 !e3ensor !e al5uno !e los liti5antes o emiti!o opinin o !ictamen o !a!orecomen!aciones acerca !el pleito, antes o !espu8s !e comen9a!o.

    4 Naber recibi!o el ue9 bene3icios !e importancia !e al5una !e las partes.D4 Tener el ue9 con al5uno !e los liti5antes amista! que se mani3ieste con 5ran 3amiliari!a! o

    3recuencia !e trato.1?4 Tener contra el recusante enemista!, o!io o resentimiento, que se mani3ieste por =ec=os conoci!os.

    En nin50n caso proce!er@ la recusacin por ataques u o3ensas in3eri!as al ue9 !espu8s que =ubiesecomen9a!o a conocer !el asunto.

    Art. 1. 'portuni!a!& +a oportuni!a! para que cualquiera !e las partes !e!u9can la recusacin es i5ualque la recusacin sin e/presin !e causa. Bi la causa !e recusacin 3uere sobre7iniente, slo po!r@=acerse 7aler !entro !el : !#a !e =aber lle5a!o a conocimiento !el recusante y antes !e que!ar ele/pe!iente en esta!o !e sentencia.

    *+cusación.

    Tiene lu5ar cuan!o el ue9 se in=ibe espont@neamente !e conocer !el uicio !ebi!o a que sus relacioneso actitu!es con al5una !e las partes o con la materia !el proceso sean susceptibles !e tornarimparciales sus !ecisiones.Art.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    13/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1<

    • 'r!enatorias.• %ecisorias.

    '+I++A ;.

    Au+iliares de la administración de la "usticia. +a a!ministracin !e usticia se =alla con3ia!a a !etermina!os r5anos !el Esta!o, inte5ra!os por unconunto !e personas cuyas acti7i!a!es concurren al cumplimiento !e la 3uncin u!icial.+as acti7i!a!es m@s trascen!entes 2instructorias, or!enatorias y !ecisorias4 incumben al ue9 o ueces.+as restantes acti7i!a!es 2custo!ia !e e/pe!ientes, noti3icaciones, etc.4 re7isten un car@ctersecun!ario y son encomen!a!as a los au/iliares !e los ueces.+os au/iliares son aquellos que colaboran con los ueces y tribunales en la 3uncin !e a!ministrar

     usticia, reali9an!o acti7i!a!es secun!arias. +os au/iliares pue!en ser&• Funcionarios& son los Becretarios !e 1 y ; instancia y los !em@s emplea!os que perciben i5ual o

    mayor suel!o.• Emplea!os& el resto !el personal.

    +a Corte y las C@maras !esi5nan al personal que !epen!e respecti7amente !e ellas. +a !esi5nacin !elpersonal !e los u95a!os y ministerio p0blico se practica por las C@maras respecti7as a propuesta !e los

     ueces y 3uncionarios titulares.+os 3uncionarios y emplea!os !e la usticia no pue!en ser remo7i!os sino por causa !e ineptitu! o malacon!ucta, pre7io sumario a!ministrati7o con presencia !el interesa!o.

    'ecretaras.

    El Becretario es la persona que inter7iene en to!as los que=aceres !el ue9, en to!as las instancias ytanto en materia pri7a!a 2ci7il4 como en materia p0blica 2penal4.

    unciones.Bus 3unciones principalmente son&• El le7antamiento !e actas.• 'r5ani9acin, 5uar!a y conser7acin !e e/pe!ientes y !ocumentacin a su car5o, sien!o

    responsable !e sus p8r!i!as.• +le7ar los libros !e conocimiento y !em@s re5lamentarios.• Aten!er el !espac=o !iariamente y !istribuir el trabao !iario entre la atencin al p0blico y la

    tramitacin !e las resoluciones a!opta!as por el ue9.

    #e-eres.+os !eberes se50n el CPCCPA son&• Firmar pro7i!encias simples que !ispon5an&

    - A5re5ar !ocumentos y actuaciones como e/=ortos, pericias, tasaciones, in7entarios.- Remitir la causa a ministerios p0blicos, 3isco y !em@s 3uncionarios que inter7en5an como parte.- %e7ol7er escritos presenta!os 3uera !e pla9o o sin copias.- %ar 7ista !e liqui!aciones.%entro !e < !#as las partes po!r@n pe!ir al ue9 que !ee sin e3ecto lo !ispuesto por el Becretario.

    • Buscribir certi3ica!os y testimonios . Buscribir o3icios or!ena!os por el ue9, e/cepto que se!irian al (oberna!or, Ministros y Bubsecretarios !el Po!er Eecuti7o, 3uncionarios !e i5ual

     erarqu#a y ueces.

    +os secretarios, pue!en ser&

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    14/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1G

    • %e primera instancia, los cuales pue!en ser recusa!os y e/cusa!os por las mismas causas que los ueces.

    • %e las C@maras, los cuales no pue!en ser e/cusa!os.- %e la Buprema Corte !e usticia.

    Oficiales de "usticia.

    Bon los encar5a!os !e cumplir con las !ili5encias or!ena!as por los ueces. %epen!en !e la '3icina !eMan!amientos y "oti3icaciones.+os uieres son los emplea!os que en la Buprema Corte !e usticia y C@maras !e Apelaciones tienen asu car5o el cumplimiento !e las noti3icaciones, embar5os y !em@s !ili5encias que les encomien!e elrespecti7o tribunal o su presi!ente.

    3os au+iliares de las artes.

    E/isten !os clases !e au/iliares&

    • A-ogados:  los cuales asisten ur#!icamente a las partes !urante el proceso. A !i3erencia !elprocura!or que act0a en lu5ar !e la parte a quien representa 2o !el representante le5al4, el abo5a!o!esempea su 3uncin unto a aquella 2o a su representante le5al o con7encional4, prest@n!ole au/iliot8cnico ur#!ico. El abo5a!o patrocina a su cliente, sin peruicio !e que al mismo tiempo eer9a surepresentacin pues como 7emos no e/iste incompatibili!a! entre ambas 3unciones.

    Patrocinio letrado o-ligatorio Art. 5( a 5%: +os ueces no pro7eer@n nin50n escrito !e !eman!a,e/cepciones, sus contestaciones, etc., si no lle7an 3irma !el letra!o. En ese caso se los ten!r@ por nopresenta!os y se los !e7ol7er@ al 3irmante sin m@s tr@mite ni recursos, siempre que lue5o !e ;G =oras!e noti3ica!a la pro7i!encia que e/i5e el cumplimiento !e ese requisito no 3uese supli!a la omisin2suscribir un abo5a!o en el mismo escrito ante secretario u o3icial primero4.

    • Procuradores& son los que tenien!o el t#tulo !e abo5a!o, escribano o procura!or y =abien!ocumpli!o los requisitos le5ales que lo =abilitan para eercitarlo, representan a las partes ante lostribunales.

    2eresentación rocesal.Art. 4(6: Justificación de la ersonera.  +a persona que se presente en uicio por un !erec=o que no sea propio, aunque lecompeta eercerlo en 7irtu! !e una representacin le5al, !eber@ acompaar con su primer escrito los !ocumentos que acre!itenel car@cter que in7iste. Bin embar5o, los pa!res que compare9can en representacin !e sus =ios y el mari!o que lo =a5a ennombre !e su muer, no ten!r@n obli5acin !e presentar las parti!as correspon!ientes, sal7o que el ue9, a peticin !e parte o !eo3icio los empla9are a presentarlas.Art. 4)6: Presentación de oderes. +os procura!ores o apo!era!os acre!itar@n su personali!a! !es!e la primera 5estin que=a5an en nombre !e sus po!er!antes, con la pertinente escritura !e po!er. Bin embar5o, cuan!o se in7oque un po!er 5eneral oespecial para 7arios actos, se lo acre!itar@ con la a5re5acin !e una copia #nte5ra 3irma!a por el letra!o patrocinante o por elapo!era!o. %e o3icio o a peticin !e parte, po!r@ intimarse la presentacin !el testimonio ori5inal.Art. 4%6:  0estor. En casos ur5entes po!r@ a!mitirse la comparecencia en uicio sin los instrumentos que acre!iten lapersonali!a!, pero sino 3ueren presenta!os o no se rati3icase la 5estin !entro !el pla9o !e ? !#as, ser@ nulo to!o lo actua!o porel 5estor y 8ste pa5ar@ las costas causa!as, sin peruicio !e la responsabili!a! por los !aos ocasiona!os.Art. 476: *fectos de la resentación del oder y admisión de la ersonera. Presenta!o el po!er y a!miti!a su personer#a,el apo!era!o asume to!as las responsabili!a!es que las leyes le imponen y sus actos obli5an al po!er!ante como si 8lpersonalmente lo practicare.Art. 5$6: O-ligaciones del aoderado. El apo!era!o estar@ obli5a!o a se5uir el uicio mientras no =aya cesa!o le5almente en elcar5o.Art. 516: Alcance del Poder. El po!er con3eri!o para un pleito !etermina!o, compren!e la 3aculta! !e interponer los recursosle5ales y se5uir to!as las instancias !el pleito. Tambi8n compren!e la 3aculta! !e inter7enir en los inci!entes.Art. 586: 2esonsa-ilidad or las costas. Bin peruicio !e la responsabili!a! ci7il o criminal por el eercicio !el man!ato, el

    man!atario !eber@ abonar a su po!er!ante las costas causa!as por su e/clusi7a culpa o ne5li5encia, cuan!o estas 3ueren!eclara!as u!icialmente.Art. 596: &esación de la reresentación. +a representacin !e los apo!era!os cesar@&14 Por re7ocacin e/presa !el man!ato en el e/pe!iente.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    15/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1:

    ;4 Por renuncia.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    16/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1

     u!icial, con citacin !e parte, si la =ubiere, o !el Ministerio Fiscal en su !e3ecto.Art. 11& El Re5istro ser@ P0blico para los que ten5an inter8s usti3ica!o en conocer los actos ycontratos inscriptos.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    17/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1>

    +EO :&Art. 1?:& En ca!a uno !e los %epartamentos u!iciales e/istir@n !epsitos a!ecua!os y en lo posible!entro !el recinto !el lu5ar en que 3uncionen los Tribunales, !estina!os a la 5uar!a !e to!os los!ocumentos, protocolos y e/pe!ientes que por imperio !e la ley !eban que!ar en el Arc=i7o (eneral !elPo!er u!icial.Art. 1?& +os Arc=i7os %epartamentales !el Arc=i7o (eneral !el Po!er u!icial se 3ormar@n&

    1. Con los e/pe!ientes tramita!os en los Tribunales letra!os !e usticia !el respecti7o !epartamentoque se encuentren en esta!o !e arc=i7o6 por esta!o !e arc=i7o se entien!e aquel en que la causa,actuacin o proceso est8 !etermina!o, que!e 3irme el sobreseimiento !icta!o, se suspen!iese laactuacin o se parali9ase el e/pe!iente por ; aos.

    ;. Con los protocolos !e escrituras que =ayan lle7a!o los Becretarios Municipales y con las escriturasotor5a!as ante los ueces !e Pa9.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    18/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1

    • #erec>o =aterial o 'ustancial: Es aquel que ase5ura los llama!os bienes !e la 7i!a 2=onor,propie!a!, liberta!, etc.4. Componen su conteni!o !i7ersas normas ur#!icas 2!erec=o ci7il,comercial, penal, laboral4. "o lle5a a po!er cumplir con su propia aplicacin.

    • #erec>o Procesal: Es el conunto !e normas ur#!icas 2normas procesales4, que tienen por obetolle5ar a reali9ar el !erec=o sustancial, es !ecir es la 3orma en que se !ebe proce!er para que el

     ue9 lle5ue a la aplicacin !el !erec=o material. Es el conunto !e normas que re5ulan la acti7i!a!

     uris!iccional !el Esta!o, o sea los r5anos y las 3ormas !e aplicacin !e las leyes. Bu conteni!oest@ plasma!o en los C!i5os !e Proce!imiento, y es propio !e ca!a Esta!o.

    3a función "udicial.

    Biempre que me!ie un con3licto entre particulares o entre partes y el Esta!o re3erente a !erec=ossubeti7os pri7a!os !e aquellos o se encuentre en tela !e uicio la aplicacin !e al5una sancin !enaturale9a penal, la inter7encin !e un r5ano u!icial es constitucionalmente inelu!ible.

    Jurisdicción y cometencia.

    Jurisdicción.

    Es la potesta! que tienen los ueces y tribunales !el pa#s !e po!er eercer sus 3aculta!es !entro !e unterritorio !etermina!o. Es la 3aculta! y !eber !e un r5ano u!icial !e a!ministrar usticia cuan!ome!ie un con3licto entre particulares, o entre un particular y el Esta!o, o se encuentre en tela !e uiciola aplicacin !e una sancin penal.

    Clasi3icaci-n.

    Be50n !istintos puntos !e 7ista&-

    Contenciosa& cuan!o =ay con3licto !e intereses entre las partes.- Loluntaria& cuan!o no e/iste con3licto !e intereses. Be50n el r5ano !el po!er !e !on!e emana&- A!ministrati7a& la que reali9a el Po!er Eecuti7o.- +e5i3erante& pro7iene !el Po!er +e5islati7o 2uicio pol#tico4.- u!iciaria& la reali9a!a por el Po!er u!icial.

    Be50n la 3orma !e nuestro 5obierno&- Fe!eral o "acional& la eerci!a por el Po!er u!icial !e la "acin.- Pro7incial& la eerci!a por los tribunales crea!os por las pro7incias.

    &ometencia. +a competencia es el l#mite !e la uris!iccin. Es la capaci!a! o aptitu! que la ley le otor5a a un ue9 otribunal para eercer sus 3unciones con respecto a una !etermina!a cate5or#a !e asuntos o !urante una!etermina!a etapa !el proceso. To!o ue9 tiene siempre su uris!iccin pero no siempre competencia.

    Para establecer la competencia&1. Be !ebe !eterminar si es 3e!eral u or!inaria.;. Be !ebe !eterminar la circunscripcin territorial en que =a !e ra!icarse.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    19/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1D

    prorro5ar o renunciar por las partes.- Es in!ele5able- Alcan9a a to!a la 3uncin u!icial.

    &ometencia ordinaria y federal.

    +a competencia pue!e clasi3icarse en&• Competencia 'r!inaria.• Competencia Fe!eral.• Por 3ueros.

    &ometencia Ordinaria.

    - "acional, para Capital Fe!eral y Territorios "acionales.- Pro7incial, usticia propia !e ca!a pro7incia.

    Por ra9n !el territorio, contempla 3un!amentalmente la pro/imi!a! !el r5ano u!icial con el lu5ar enque se =alla ubica!o al5unos !e los elementos !e la pretensin o peticin que constituye el obeto !elproceso.Por ra9n !e la materia, se !i7i!e en ci7il, comercial, penal, laboral.Por ra9n !el 7alor, se clasi3ica !e acuer!o al monto !e la !eman!a.Por ra9n !el 5ra!o, e/isten !istintas instancias.Por ra9n !e turno, en el ci7il y comercial, se consi!era la 3ec=a !e presentacin !e la !eman!a, en lopenal el ue9 !e turno es competente !e acuer!o a la 3ec=a en que ocurri el !elito.

    &ometencia ederal.

    Be aplica en 3uncin !e&• +a materia 2E.& contraban!o4.• +as personas 2E.& el Esta!o4.• El lu5ar !on!e se pro!uo el =ec=o 2E.& $"+P, A!uanas4.+a competencia 3e!eral es la 3aculta! reconoci!a a los r5anos que inte5ran el Po!er u!icial !e la"acin para eercer sus 3unciones en los casos con respecto a las personas y en los lu5aresespecialmente !etermina!os por la Constitucin "acional.

    Caracteres.

    • +imitati7a& no pue!e eercerse 3uera !e los casos e/presamente enumera!os en las !isposiciones

    constitucionales.• Pri7ati7a& es e/cluyente !e la !e los tribunales !e pro7incia.• Improrro5able& en el supuesto !e ser proce!ente por ra9n !e la materia.

    Por ueros.Pue!e ser&• Ci7il y Comercial.• Penal.• +aboral.• Contencioso Q A!ministrati7a.

    *l roceso. &onceto.

    Es el conunto !e actuaciones !iri5i!as a la aplicacin y eecucin !e la ley me!iante los r5anos

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    20/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;?

     uris!iccionales.Es el conunto !e actos que son necesarios para la obtencin !e una norma in!i7i!ual, !estina!a a re5irun !etermina!o aspecto !e la con!ucta !el sueto que =a requeri!o la inter7encin !el r5ano u!icialen un caso concreto y !e los suetos 3rente a los que se =a requeri!o esa inter7encin.Pro!uce en el ue9 el conocimiento !e la causaJ y cuya 3inali!a! 3un!amental es la !e reali9ar el!erec=o material.

    El proce!imiento ser#a ca!a una !e las 3ases y etapas que compren!e el proceso.

    %i3erencia entre Proceso y uicio& en el proceso no siempre e/iste contro7ersia, en cambio en el uicioe/iste la contro7ersia o con3licto entre las partes.

    &lasificación.

    'eg;n la "urisdicción:• Proceso +e5islati7o.• Proceso u!icial.• Proceso A!ministrati7o.• Proceso Arbitral 2por 7olunta! !e las partes4.

    'eg;n la naturaleza del derec>o material:• Proceso Ci7il.• Proceso Comercial.• Proceso Penal.• Proceso +aboral.

    'eg;n las retensiones !ue se -us!uen con el derec>o material:• Proceso !e Conocimiento& se preten!e =allar el reconocimiento !e un !erec=o, pue!e ser !e

    Con!ena o %eclarati7o.• Proceso Ase5urati7o& se preten!e ase5urar al50n !erec=o.• Proceso Eecuti7o& preten!e su eecucin.

    *n función del alcance y las cuestiones !ue los comonen:• Proceso Bin5ular& se sustancian en una o m@s cuestiones particulares.• Proceso $ni7ersal& 7ersan sobre la totali!a! !el patrimonio 2sucesiones, quiebras, concursos4.

    'eg;n su contenido:• Contenciosos& me!ia un con3licto !e intereses, e/iste liti5io.• Loluntario& no e/iste con3licto, buscan consoli!ar un esta!o ur#!ico 2curatela, tutela, matrimonio,

    etc.4. Pue!en trans3ormarse en contenciosos.

    'eg;n su *structura:• Proceso 'r!inario& se plantean y !eci!en en 3orma !e3initi7a la totali!a! !e las cuestiones ur#!icas

    !e un con3licto, consta 3un!amentalmente !e tres partes& Intro!uctoria, Probatoria, y %ecisoria.• Proceso Especial& son to!os los procesos u!iciales contenciosos que se =allan someti!os a tr@mites

    espec#3icos !i3erentes a los !el proceso or!inario. Be caracteri9a por la simplici!a! !e sus 3ormas y por su mayor celeri!a! 2proceso sumario y sumar#simo4.

    Por la orma de su ?ramitación:•

    %e Conocimiento&- 'r!inario & 5o9a !e pla9os procesales m@s amplios, son !e pleno conocimiento, uicios que notienen pre7isto una re5ulacin especial en el c!i5o.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    21/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;1

    - Bumario & !e me!iano conocimiento, e/presamente pre7istos en la ley procesal, son m@s simples ybre7es.

    - Bumar#simos& !e re!uci!o conocimiento, uicios !e tr@mites r@pi!os.• Especiales& uicios que tienen ase5ura!o en el c!i5o una 3orma especial y !istinta !e tramitacin

    2!esaloo4.• Eecuti7os& procesos en que el ue9 aplica el !erec=o, con!enan!o a =acer, no =acer o !ar. usca

    =acer e3ecti7a la sancin impuesta por una sentencia anterior.

    *taas.

    Proceso Ordinario.

    1. Intro!uctoria.

    • %ili5encias preliminares.• %eman!a.• E/cepciones pre7ias 21? !#as4.• Contestacin !e la !eman!a 21: !#as4.• Contesta trasla!o o recon7encin.Be 7a a la se5un!a etapa cuan!o& se =ubieran ale5a!o =ec=os con!ucentes acerca !e los cuales noe/ista con3ormi!a! entre las partes6 o si el pleito 3uere !e puro !erec=o, !@n!ose nue7o trasla!o porsu or!en con lo que la causa que!ara conclusa para !e3initi7a.

    ;. Probatoria.

    • Be 3ia pla9o !e prueba 2m@/imo G? !#as4.• %entro !e los 1? primeros se o3recen las pruebas.

    • Lenci!o el pla9o y a5re5a!a la pro!uci!a, se presentan los ale5atos.• Presenta!os los ale5atos o 7enci!o el pla9o para =acerlo, el ue9 llama autos para sentencia.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    22/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;;

    uero &ivil y &omercial:• Intro!uctoria.• Probatoria.• Conclusional.• Impu5nati7a.• Cumplimiento.

    3as artes.

    Es parte quien reclama y tambi8n lo es 3rente a quien se reclama, la satis3accin !e una prestacin2actor y !eman!a!o4. "o es necesario tener la con!icin !e sueto le5itima!o, si la parte no seencuentra le5itima!a, su pretensin ser@ rec=a9a!a pero esto no la pri7a !e su cali!a! !e parte."o son parte los representantes le5ales y con7encionales, pero s# lo son los sustitutos procesales y eltercero que impulsa el proceso me!iante cualquiera !e las mo!ali!a!es !e inter7encin.Transitoriamente son parte quienes sien!o aenos a la relacin ur#!ica sustancial que se !ebate en elproceso, act0an en 8l !e3en!ien!o un !erec=o o inter8s propio 2E.& inci!ente promo7i!o por un peritocon moti7o !e su recusacin4. +as partes no pue!en ser m@s que !os& actora y !eman!a!a, pero pue!eactuar m@s !e un sueto en la misma posicin !e parte.El concepto !e parte se aplica al proceso contencioso. En el proceso 7oluntario no =ay partes sinopeticionantes, pero los principios aplica!os a las partes son aplicables a los peticionantes.

    Actor.

    Es la persona !e !erec=o pri7a!o que me!iante el proceso ci7il, pi!e a su propio nombre la actuacin !ela ley ci7il, ya sea a su propio 3a7or o !e otra persona a la que necesariamente represente."ormalmente el actor es el interesa!o en que se !eclare a su 3a7or pero, cuan!o !ic=o interesa!o notiene capaci!a! procesal el que !ispone !e las 3ormas procesales es su representante le5al. Para tener

    capaci!a! procesal es necesario contar con cinco con!iciones para el !esempeo !e la 3uncin actora&- Mayor#a !e e!a!.- Aptitu! Mental- Aptitu! !e comunicacin intelectual.- Presencia.- Ine/istencia !e con!ena por m@s !e < aos.

    #emandado.

    Es aquel que en su propio nombre resiste las pretensiones !el actor en su propia !e3ensa o a la quenecesariamente represente.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    23/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;<

    Art. 446: 'ustitución de arte. Bi !urante la tramitacin !el proceso una !e las partes enaenare el bien obeto !el liti5io oce!iere el !erec=o reclama!o, el a!quirente no po!r@ inter7enir en 8l como parte principal sin la con3ormi!a! e/presa !ela!7ersario.Art. 456:  ?emeridad y malicia.  Cuan!o se !eclarase maliciosa o temeraria la con!ucta asumi!a en el pleito por quien loper!iere total o parcialmente, el ue9 po!r@ imponer una multa a la parte 7enci!a o a su letra!o patrocinante o a ambosconuntamente. Bu importe se 3iar@ entre el

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    24/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;G

    menos uno !e ellos se !omiciliara 3uera !el %epartamento u!icial, o !e la Pro7incia, el pla9o !e la citacin se reputar@ 7enci!opara to!os, cuan!o 7en9a para el !omicilia!o a mayor !istancia, o para el noti3ica!o en el 0ltimo t8rmino.Art. 949@: &itación defectuosa. Bi la citacin se =iciere en contra7encin a lo prescripto en los art#culos que prece!en, ser@nula.&ontesta B demanda.

    Es el escrito que presenta el !eman!a!o, en !on!e e/pone sus !e3ensas. Be !eterminan los =ec=os

    sobre los cuales se 7a a pro!ucir la prueba, ya que ser@n contro7erti!os. Con la presentacin !elescrito !ebe acompaarse la prueba !ocumental.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    25/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;:

    se =ubiere presenta!o el !ocumento correspon!iente.;4 Bi la !e litispen!encia no 3uere acompaa!a !el testimonio !el escrito !e !eman!a !el uicio pen!iente.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    26/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;

    • El recon7eni!o no pue!e recon7enir.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    27/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;>

    nulo to!o lo actua!o por el 5estor y 8ste pa5ar@ las costas causa!as, sin peruicio !e la responsabili!a!por los !aos ocasiona!os.El man!ato pue!e ser 5eneral o especial. En este 0ltimo caso, para un !etermina!o uicio compren!e la3aculta! !e interponer los recursos le5ales y se5uir to!as las instancias !el pleito. Tambi8n compren!ela 3aculta! !e inter7enir en los inci!entes y !e eercitar to!os los actos que ocurran !urante la secuela!e los e/pe!ientes.

    El man!ato cesa por re7ocacin6 renuncia6 =aber cesa!o la personali!a! con que liti5aba el proce!ente6=aber conclui!o la causa para la cual se le otor5 el po!er6 muerte o incapaci!a! !el po!er!ante6muerte o in=abili!a! !el apo!era!o.Be pue!e !ar el caso !e la uni3icacin !e la personer#a en aquellas situaciones en que actuaren !i7ersosliti5antes con un inter8s com0n, para lo cual el ue9 !e o3icio o a pe!i!o !e parte y !espu8s !econtesta!a la !eman!a les intimara para que lle7en a cabo tal uni3icacin, siempre y cuan!o =aya unacierta compatibili!a!, el !erec=o o 3un!amento sean los mismos o e/ista la misma !e3ensa. To!o estose basa en ra9ones !e or!en y econom#a procesal.El ue9 3ia una au!iencia !entro !e los 1? !#as, y si los interesa!os no concurriesen o no lo5raran unacuer!o un@nime, el ue9 nombra un representante 0nico, eli5ien!o entre los que inter7ienen en elproceso. %ic=o man!ato se pue!e re7ocar por acuer!o un@nime !e las partes o por resolucin u!icialsolicita!a por al5uno !e los litisconsortes, acre!itan!o para ello usta causa. +a uni3icacin !ebe ser!ea!a sin e3ecto cuan!o !esaparecen las causas que la moti7aron.

    2eresentación Procesal.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    28/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;

    proceso !entro !el pla9o !e la citacin, o que lo aban!ona !espu8s !e =aber compareci!o. Implica laausencia total !e una parte."o !ebe con3un!irse con la omisin !e cumplimiento !e actos procesales particulares. Comparecer noes un !eber sino una car5a procesal cuyo incumplimiento no implica sancin al5una. El uicio se!esarrolla i5ual aunque est8 ausente una !e las partes.2e!uisitos.

    1. "oti3icacin !e la citacin en el !omicilio !el liti5ante.;. Incomparecencia !el liti5ante una 7e9 transcurri!o el pla9o !e la citacin, o aban!ono posterior !el

    proceso.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    29/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;D

    cesan!o el proce!imiento en rebel!#a, se enten!er@ con 8l la sustanciacin, sin que 8sta pue!a en nin50n caso retro5ra!ar.Art. (56: 'u-sistencia de las medidas recautorias. +as me!i!as precautorias continuar@n =asta la terminacin !el uicio, amenos que el interesa!o usti3icare =aber incurri!o en rebel!#a por causas que no =ayan esta!o a su alcance 7encer. Ber@naplicables las normas sobre ampliacin, sustitucin o re!uccin !e las me!i!as precautorias. +as peticiones sobre proce!encia oalcance !e las me!i!as precautorias tramitar@n por inci!ente, sin !etener el curso !el proceso principal.Art. ((6: Prue-a en segunda instancia. Bi el rebel!e =ubiese compareci!o !espu8s !el 7encimiento !el pla9o !el o3recimiento!e prueba y apelare !e la sentencia, a su pe!i!o se recibir@ la causa a prueba en se5un!a instancia.Art. ()6: /nimugna-ilidad de la sentencia. Eecutoria!a la sentencia pronuncia!a en rebel!#a, no se a!mitir@ recurso al5unocontra ella.

    &ostas.

    +as costas son ero5aciones que las partes se 7en obli5a!as a e3ectuar como consecuencia !irecta !e latramitacin !el proceso y !entro !e 8l.

    Princiio general.

    +a parte 7enci!a en el uicio !eber@ pa5ar to!os los 5astos !e la contraria, aun cuan!o 8sta no lo=ubiese solicita!o 2las costas !eben imponerse !e o3icio4. Be usti3ica en que la actuacin !e la ley no!ebe si5ni3icar una !isminucin patrimonial para la parte a 3a7or !e la cual se reali9a.

    *+imición.

    a4 Por m8rito& El ue9 po!r@ e/imir total o parcialmente !e esta responsabili!a! al liti5ante 7enci!o,siempre que encontrare m8rito para ello 2ra9n probable o 3un!a!a para liti5arJ4, e/pres@n!olo ensu pronunciamiento, bao pena !e nuli!a! si no tiene 3un!amento la e/imicin. Be lo e/ime !e pa5arlas costas !el 7ence!or, !ebe pa5ar las suyas y la mita! !e las comunes.

    b4 Por actitu!es& por actitu!es !e la parte 7enci!a para solucionar el con3licto y e7itar ero5aciones2Art. >?4. Para que proce!a la e/encin !e costas, el allanamiento !ebe ser real, incon!iciona!o,

    oportuno, total y e3ecti7o.

    Cencimiento arcial y mutuo.

    Bi el resulta!o !el pleito o inci!ente 3uere parcialmente 3a7orable a ambos liti5antes, las costas secompensar@n o se !istribuir@n pru!encialmente por el ue9 en proporcin al 8/ito obteni!o por ca!a uno!e ellos.

    Plusetición ine+cusa-le.

    El liti5ante que incurriere en pluspeticin ine/cusable 2peticin notoriamente e/a5era!a4 ser@

    con!ena!o en costas, si la otra parte =ubiese a!miti!o el monto =asta el l#mite estableci!o en lasentencia. Bi ambas partes incurrieren en pluspeticin, re5ir@ lo !ispuesto en el 7encimiento mutuo.

    2eglas articulares.

    • Bi el uicio terminase por transaccin o conciliacin, las costas ser@n impuestas en el or!en causa!o.• Bi lo 3uese por !esistimiento, ser@n a car5o !e quien !esiste, sal7o cuan!o se !ebiese

    e/clusi7amente a cambios !e le5islacin o urispru!encia.• Bi el proce!imiento se anulare por causa imputable a una !e las partes, ser@n a su car5o las costas

    pro!uci!as !es!e el acto o la omisin que !io ori5en a la nuli!a!.•

    En los casos !e litisconsorcio las costas se !istribuir@n entre los litisconsortes, sal7o que por lanaturale9a !e la obli5acin correspon!iese la con!ena soli!aria. Cuan!o el inter8s que ca!a uno !eellos representase en el uicio o3reciere consi!erables !i3erencias, po!r@ el ue9 !istribuir las

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    30/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    31/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    32/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    33/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    34/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    35/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    36/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    37/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

    Es la !isposicin me!iante la cual se e/teriori9a el acto. El mo!o !e e/presin !ebe ser escrita eni!ioma nacional. Cuan!o este mo!o !e e/presin no 3uera conoci!o por la persona que !eba prestar!eclaracin, el ue9 o tribunal !esi5nar@ por sorteo un tra!uctor p0blico, correspon!ien!o la!esi5nacin !e int8rprete cuan!o !eba interro5arse a sor!os, mu!os, sor!omu!os que slo pue!an!arse a enten!er por len5uae especiali9a!o.

    ?Erminos tiemo de los actos rocesales.

    Para que un acto sea e3ica9 !ebe reali9arse en momento oportuno.+as actuaciones y !ili5encias u!iciales se practicar@n en !#as y =oras =@biles bao pena !e nuli!a!. +anuli!a! es relati7a porque el 7icio que!a con7ali!a!o si el liti5ante a quien a3ecta no la in7oca en tiempooportuno 2si la parte no reclama la nuli!a!, entonces no es nulo4.Bon !#as =@biles to!os los !el ao, con e/cepcin !e los !e 3iestas acepta!as por la "acin6 lospre7istos por la ley pro7incial6 los que especialmente !ecrete el Po!er Eecuti7o y los compren!i!os enla 3eria u!icial !e ca!a ao. +a Buprema Corte po!r@ cuan!o un acontecimiento e/traor!inario as# loe/ia, !isponer asuetos u!iciales, !urante los cuales no correr@n los pla9os.+a in=abili!a! !e un !#a pro!uce los si5uientes e3ectos& no corren los pla9os procesales, sal7o losestableci!os para la ca!uci!a! !e la instancia, y !urante su transcurso no se pue!en cumplir nin50n tipo!e acto procesal 0til.

    Bon =oras =@biles %entro !el u95a!o 2Actuaciones !entro !el e/pe!iente4&  !entro !el =orario estableci!o por la

    Buprema Corte para el 3uncionamiento !e los tribunales. Fuera !el u95a!o& pero respecto !e las !ili5encias que los ueces, 3uncionarios o emplea!os !eban

    practicar 3uera !e la o3icina, son =oras =@biles las que me!ian entre las > y las ;?. Au!iencias !e prueba& la Buprema Corte !e usticia po!r@ !eclarar =oras =@biles para tribunales y

    c@maras y cuan!o las circunstancias lo e/i5ieran, las que me!ien entre las > y 1>, o entre las D y las

    1D. Para el transcurso !e los pla9os procesales y a al5unas clases !e noti3icacin 2como la tele5r@3ica4,son =@biles to!as las =oras !e los !#as =@biles.

    a-ilitación e+resa.

    A peticin !e parte o !e o3icio, los ueces y tribunales !eber@n =abilitar !#as y =oras, cuan!o• "o 3uere posible sealar las au!iencias !entro !el pla9o estableci!o por el C!i5o.• Be tratase !e !ili5encias ur5entes cuya !emora pu!iera tornarlas ine3icaces y ori5inar peruicios

    e7i!entes a las partes.Bi se !enie5a, pue!e recurrirse por reposicin.

    a-ilitación tDcita.

    +a !ili5encia inicia!a en !#a y =ora =@bil, po!r@ lle7arse =asta su 3in en tiempo in=@bil, sin necesi!a! !eque se !ecrete la =abilitacin. Bi no pu!iere terminarse en el !#a, continuar@ en el si5uiente =@bil, a la=ora que en el mismo acto estable9ca el ue9 o tribunal. 

    Plazos.

    +apsos !entro !e los cuales es necesario cumplir ca!a acto procesal en particular.

    &arDcter.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    38/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - &?? y las ;?&??. Para la celebracin !e au!iencias !eprueba, la Buprema Corte !e usticia po!r@ !eclarar =oras =@biles para tribunales y c@maras y cuan!o las circunstancias loe/i5ieren, las que me!ian entre las >&?? y las 1>&??, o entre las D&?? y las 1D&??, se50n ria el =orario matutino o 7espertino.Art. 1596: a-ilitación e+resa. A peticin !e parte o !e o3icio, los ueces y tribunales !eber@n =abilitar !#as y =oras, cuan!ono 3uere posible sealar las au!iencias !entro !el pla9o estableci!o por este C!i5o, o se tratase !e !ili5encias ur5entes cuya!emora pu!iera tornarlas ine3icaces y ori5inar peruicios e7i!entes a las partes. %e la resolucin slo po!r@ recurrirse porreposicin, siempre que aqu8lla 3uere !ene5atoria.Art. 1546: a-ilitación tDcita. +a !ili5encia inicia!a en !#a y =ora =@bil, po!r@ lle7arse =asta su 3in en tiempo in=@bil, sinnecesi!a! !e que se !ecrete la =abilitacin. Bi no pu!iere terminarse en el !#a, continuar@ en el si5uiente =@bil, a la =ora que enel mismo acto estable9ca el ue9 o tribunal.Art. 1556: &arDcter. +os pla9os le5ales o u!iciales son perentorios, sal7o acuer!o !e las partes estableci!o por escrito en el

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    39/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. -

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    40/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G?

    ;. Cumplimentar los Requisitos !el Art. 11 CPCCPA.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    41/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G1

    • To!a !ocumentacin a!unta !ebe ser 3olia!a.

    PrEstamo.

    +os e/pe!ientes 0nicamente po!r@n ser retira!os !e la secretar#a, bao la responsabili!a! !e losabo5a!os apo!era!os, o patrocinantes, peritos o escribanos en los casos si5uientes&

    14 Para ale5ar !e bien proba!o.;4 Para e/presar a5ra7ios o contestar los mismos en los t8rminos !e los Arts. ;:G y ;?.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    42/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G;

    . +u5ar a !on!e en7iar la respuesta.D. Firma y aclaracin !el letra!o !e la parte6 ue96 secretario !el ue9.

    *+>ortos.

    Escrito que libra un ue9 a otro 2que no eerce 3unciones en su uris!iccin pro7incial4 para ro5arle que

    cumpla con un !etermina!o pe!i!o.

    El CPCCPA establece que se usa para comunicacin !e un ue9 a otro&• %e otra pro7incia.• "acional.• E/tranero.

    *+>ortos dirigidos a "ueces de la 2e;-lica.

    Entre5a&• Personalmente en la secretar#a.• Por correo.• Tele5r@3icamente 2en caso ur5ente4

    Copia& Be !ear@ copia 3iel en el e/pe!iente !e to!o e/=orto u o3icio que se libre.

    +ey ;;.1>;& Bi se comunica con un ue9 !e otra uris!iccin pero !e i5ual materia, !ebe usar un '3icio+ey ;;.1>;J, que es un e/=orto.

    *+>ortos dirigidos a "ueces e+tran"eros.

    Ri5en las normas !e !erec=o internacional.Notificaciones.

    Bon los actos me!iante los cuales se pone en conocimiento !e las partes o terceros el conteni!o !e unaresolucin u!icial o !e una pro7i!encia !icta!a por un ue9.

    El c!i5o contempla las si5uientes 3ormas !e noti3icacin&• "oti3icacin (eneral 2%#as !e nota o por Ministerio +ey4.• "oti3icacin t@cita.• "oti3icacin por c8!ula.• "oti3icacin personal.• "oti3icacin por tele5rama o carta !ocumenta!a.• "oti3icacin por e!ictos.• "oti3icacin por ra!io!i3usin.

    Notificación 0eneral #as de Nota o or =inisterio 3ey.

    +as resoluciones u!iciales que!ar@n noti3ica!as, en to!as las instancias, los !#as martes y 7iernes 2o elsi5uiente =@bil, si al5uno !e ellos 3uere 3eria!o4. E/cepto que el e/pe!iente no se encontrase ensecretar#a y se =iciera constar esta circunstancia en el libro !e asistencia. "o corre la noti3icacin por!#as !e nota en los casos en que proce!e la noti3icacin en el !omicilio.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    43/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G<

    Art. 1996: Princiio general. Bal7o los casos en que proce!e la noti3icacin en el !omicilio, las resoluciones u!iciales que!ar@nnoti3ica!as, en to!as las instancias, los !#as martes y 7iernes, o el si5uiente =@bil, si al5uno !e ellos 3uere 3eria!o. "o seconsi!erar@ cumpli!a la noti3icacin, si el e/pe!iente no se encontrase en secretar#a y se =iciera constar esta circunstancia en ellibro !e asistencia, que !eber@ lle7arse a ese e3ecto.

    Notificación ?Dcita.

    Be consi!era noti3ica!o cuan!o&• Be retira el e/pe!iente en pr8stamo.• Be presenta un escrito en 3ec=a posterior a la resolucin !el ue9.

    Art. 1946: Notificación tDcita. El retiro !el e/pe!iente importar@ la noti3icacin !e to!as las resoluciones.

    Notificación or cEdula.

    Es la que se practica en el !omicilio !e la parte o su representante. Blo ser@n noti3ica!aspersonalmente o por c8!ula las si5uientes resoluciones&14 +a que !ispone el trasla!o !e la !eman!a, !e la recon7encin y !e los !ocumentos que se acompaen

    con sus contestaciones.;4 +a que or!ena absolucin !e posiciones.4 +a primera pro7i!encia que se !icte !espu8s que un e/pe!iente =aya 7uelto !el arc=i7o !e los

    tribunales, o =aya esta!o parali9a!o o 3uera !e secretar#a m@s !e < meses.

    4 +as que !isponen trasla!os o 7istas !e in3ormes periciales o liqui!aciones.D4 +a que or!ena el trasla!o !e la prescripcin.1?4 +a que !ispone la citacin !e personas e/traas al proceso.114 +as que se !icten como consecuencia !e un acto procesal reali9a!o con anteriori!a! al pla9o que la

    ley seala para su cumplimiento.1;4 +as sentencias !e3initi7as y las interlocutorias con 3uer9a !e tales, con e/cepcin !e las que

    resuel7an ne5li5encias en la pro!uccin !e la prueba.1

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    44/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - GG

    preciso !e aqu8llas.

    Copias& Al menos una copia !ebe =acerse, para la persona que recibe la c8!ula. El ori5inal es 3irma!opor !ic=a persona y 7uel7e al e/pe!iente.

    Firma !e la c8!ula& +a c8!ula ser@ suscripta por el letra!o patrocinante o apo!era!o !e la parte que

    ten5a inter8s en la noti3icacin, o por el s#n!ico, tutor o cura!or a! litem, en su caso, quienes !eber@naclarar su 3irma con el sello correspon!iente. +a presentacin !e la c8!ula en la secretar#a, importar@la noti3icacin !e la parte patrocina!a o representa!a. %eber@n ser 3irma!as por el secretario lasc8!ulas que noti3iquen embar5os, me!i!as precautorias, entre5a !e bienes o mo!i3icaciones !e!erec=os, y las que por el obeto !e la pro7i!encia o por ra9ones !e ur5encia, el ue9 as# lo or!enare.

    %ili5enciamiento&a4 Cuan!o la !ili5encia !eba cumplirse en el parti!o asiento !el ue9 !e la causa& las c8!ulas se

    presentar@n en secretar#a en7i@n!ose !entro !e las ;G =oras a la o3icina !e man!amientos ynoti3icaciones.

    b4  Cuan!o la !ili5encia !eba cumplirse en otros parti!os& una 7e9 sella!as, se !e7ol7er@n en el acto ypre7ia constancia, en el e/pe!iente, al letra!o o apo!era!o, quien las !eber@ presentar en la o3icina!e man!amientos que correspon!a o, !on!e no la =ubiere, en los pertinentes u95a!os !e pa9 oalcal!#as.

    Entre5a !e la c8!ula al interesa!o& Bi la noti3icacin se =iciere en el !omicilio, el 3uncionario oemplea!o encar5a!o !e practicarla !ear@ al interesa!o copia !e la c8!ula =acien!o constar, con su3irma, el !#a y la =ora !e la entre5a. El ori5inal se a5re5ar@ al e/pe!iente con nota !e lo actua!o, lu5ar,!#a y =ora !e la !ili5encia, suscripta por el noti3ica!or y el interesa!o, sal7o que 8ste se ne5are, o nopu!iere 3irmar, !e lo cual se !ear@ constancia.Cuan!o el noti3ica!or no encontrare a la persona a quien 7a a noti3icar, entre5ar@ la c8!ula a otra

    persona !e la casa, !epartamento u o3icina, o al encar5a!o !el e!i3icio y proce!er@ en la misma 3ormaque para la entre5a a la persona a noti3icar. Bi no pu!iere entre5arla, la 3iar@ en la puerta !e accesocorrespon!iente a esos lu5ares.Cuan!o el actor conoce el !omicilio !el !eman!a!o y 8ste se nie5a a recibir la c8!ula, se pue!e man!aruna c8!ula bao responsabili!a! !e la parte actora, que se !ea en el !omicilio aunque no =aya na!ie. +aparte actora asume la responsabili!a! !e que si !espu8s la !eman!a!a o3rece pruebas !e que no 7i7#aall#, el proceso es nulo.

    Copias !e conteni!o reser7a!o& Bon escritos cuyo conteni!o pue!e a3ectar al !ecoro !e quien =a !erecibirlos, por lo que se entre5an bao sobre cerra!o. I5ual requisito se obser7a respecto !e las copias!e los !ocumentos a5re5a!os a !ic=os escritos. El sobre, ser@ cerra!o por personal !e secretar#a con

    constancia !e su conteni!o, y en la c8!ula !eber@ !earse constancia !e la !ocumentacin que laacompaa.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    45/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G:

    D4 +a que or!ena el trasla!o !e la prescripcin.1?4 +a que !ispone la citacin !e personas e/traas al proceso.114 +as que se !icten como consecuencia !e un acto procesal reali9a!o con anteriori!a! al pla9o que la ley seala para su

    cumplimiento.1;4 +as sentencias !e3initi7as y las interlocutorias con 3uer9a !e tales, con e/cepcin !e las que resuel7an ne5li5encias en la

    pro!uccin !e la prueba.1

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    46/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G

    posiciones, y la sentencia 2las cuales se noti3ican por c8!ula solamente4.

    Conteni!o& +a noti3icacin que se practique por tele5rama, conten!r@ las enunciaciones esenciales !e lac8!ula. 

    Emisin !el tele5rama& El tele5rama colaciona!o o recomen!a!o se emitir@ en !oble eemplar, uno !e los

    cuales, bao atestacin, entre5ar@ el secretario para su en7#o y el otro, con su 3irma, se a5re5ar@ ale/pe!iente.

    Fec=a !e noti3icacin& +a 3ec=a !e noti3icacin ser@ la !e la constancia !e la entre5a !el tele5rama.

    (astos !e la noti3icacin por tele5rama& "o se incluir@n en la con!ena en costas.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    47/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G>

    lu5ares prece!entemente menciona!os, la publicacin se =ar@ en la locali!a! m@s pr/ima que los tu7iera y el e!icto se 3iar@a!em@s, en la tablilla !el u95a!o y en los sitios que ase5uren su mayor !i3usin.Art. 14)6: ormas de los edictos. +os e!ictos conten!r@n en 3orma sint8tica, las mismas enunciaciones !e las c8!ulas, contranscripcin sumaria !e la resolucin. El n0mero !e publicaciones ser@ el que en ca!a caso !etermine este C!i5o. +a resolucinse ten!r@ por noti3ica!a al !#a si5uiente !e la 0ltima publicacin.

    Notificación or 2adiodifusión.

    Be =ace a pe!i!o !e parte en reempla9o !e los e!ictos, en los mismos casos en que se autori9a lapublicacin !e e!ictos a pe!i!o !el interesa!o. +as transmisiones se =ar@n por una emisora o3icial y porlas que !etermine la re5lamentacin !e superinten!encia y su n0mero coinci!ir@ con el !e laspublicaciones que este C!i5o pre78 en ca!a caso con respecto a la noti3icacin por e!ictos.Conteni!o& +a !ili5encia se acre!itar@ a5re5an!o al e/pe!iente certi3icacin emana!a !e la empresara!io!i3usora, en la que constar@ el te/to !el anuncio, que !eber@ ser el mismo que el !e los e!ictos, ylos !#as y =oras en que se !i3un!i.

    Fec=a !e noti3icacin& +a resolucin se ten!r@ por noti3ica!a al !#a si5uiente !e la 0ltima transmisinra!io3nica.

    (astos& "o se incluyen en la con!ena en costas. Al ser un me!io caro, no se usa.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    48/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G

    ellos a5re5a!os, !eber@n acompaarse tantas copias 3irma!as como partes inter7en5an. Bi no secumple con esta car5a, se ten!r@ por no presenta!a el escrito o !ocumento, y se !ispon!r@ su!e7olucin al interesa!o !ean!o constancia en el e/pe!iente.Bi por ina!7ertencia !el u95a!o se corre trasla!o !e un escrito al cual no se =an a5re5a!o los copiaspertinentes, las partes a quien incumbe contestarlo !eber@n requerir e/presamente, !entro !el pla9oestableci!o para la contestacin, que se !ee sin e3ecto la pro7i!encia y se !ispon5a la !e7olucin !el

    escrito. En caso contrario, !ebe tenerse por consenti!a la pro7i!encia irre5ular y !ar por !eca#!o el!erec=o !e e7acuar el trasla!o, si este no =ubiera si!o contesta!o.Pue!e suce!er que si bien se acompaaron las copias, no 3ueron entre5a!as al interesa!o en el acto !ela noti3icacin. En este caso, correspon!e !isponer la suspensin !el pla9o para contestar =asta tantose =a5a e3ecti7a la entre5a.Cistas.

    Tienen la misma 3inali!a! que los trasla!os y en principio se las utili9a cuan!o la aprobacin !e un acto!e una !e las partes 2E.& presentacin !e una liqui!acin4 se =aya supe!ita!a a la con3ormi!a! !e laotra, o cuan!o ambas partes !eben ser o#!as respecto !e un acto eecuta!o por un tercero 2E.&tasacin4.

    2esoluciones "udiciales.

    +as resoluciones u!iciales se las pue!e clasi3icar en&

    Pro7i!encias Bimples.

    Bon aquellas resoluciones u!iciales que no requieren substanciacin, y atien!en al !esarrollo !elproceso u or!enan actos !e mera eecucin."o requieren otras 3ormali!a!es que su e/presin por escrito, in!icacin !e 3ec=a y lu5ar y la 3irma !el

     ue9 o presi!ente !el tribunal. +e !an !inamismo al proceso.Eemplos !e 8stas son el trasla!o !e la !eman!a y la apertura a prueba.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    49/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - GD

    Bon aquellas resoluciones u!iciales que se re3ieren al !esistimiento !el !erec=o, a la transaccin y a laconciliacin.Estas sentencias se !ictar@n en la 3orma estableci!a en• El art. 1? 2pro7i!encias simples4, =omolo5an el !esistimiento, transaccin o conciliacin.• El art. 11 2sentencias interlocutorias4, si no =omolo5an el !esistimiento, la transaccin o la

    conciliacin.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    50/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :?

    siempre que su e/istencia est8 le5almente comproba!a, aunque no resultare usti3ica!o su monto.Art. 1((@: Actuación del "uez osterior a la sentencia. Pronuncia!a la sentencia, concluir@ la competencia !el ue9 respecto!el obeto !el uicio y no po!r@ sustituirla o mo!i3icarla. +e correspon!er@, sin embar5o&14 Eercer !e o3icio, antes !e la noti3icacin !e la sentencia, la 3aculta! que le otor5a el art#culo

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    51/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :1

    !eclara!o nulo si la ley no pre78 e/presamente esa sancin. Bin embar5o, la nuli!a! proce!er@cuan!o el acto care9ca !e los requisitos in!ispensables para la obtencin !e su 3inali!a!. "o sepo!r@ !eclarar la nuli!a!, aun en los casos menciona!os en los p@rra3os prece!entes, si el acto, noobstante su irre5ulari!a!, =a lo5ra!o la 3inali!a! a que estaba !estina!o.

    ;. %emostracin !e• Peruicio concreto& !emostracin !e que tal 7iolacin =a impe!i!o que el interesa!o eer9a sus

    3aculta!es procesales 2aunque e/ista 7icio, si no 5enera un peruicio concreto, el acto no esanulable4. Bi es la parte la que promue7e la nuli!a!, !eber@ e/presar el peruicio su3ri!o y elinter8s que procura subsanar con la !eclaracin.

    • ue la nuli!a! no es imputable al interesa!o& la parte que =ubiere !a!o lu5ar a la nuli!a!, nopo!r@ pe!ir la in7ali!e9 !el acto reali9a!o.

    azo in limine.Be !esestimar@ sin m@s tr@mite el pe!i!o !e nuli!a! si&• Al proponer la parte la nuli!a! no e/presa el peruicio su3ri!o y el inter8s a subsanar.• Fuere mani3iestamente improce!ente.

    ?rDmite.

    Por inci!ente.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    52/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :;

    Bon to!as las cuestiones contenciosas que pue!en sur5ir !urante el !esarrollo !el proceso y que5uar!an al50n 5ra!o !e cone/i!a! con la pretensin o peticin que constituye el obeto !e aquel.

    &lases de /ncidentes.

    a4 Autnomos o 5en8ricos&

    1. Aut-nomos& to!as aquellas cuestiones que =an si!o obeto !e una espec#3ica re5lamentacinle5al en cuanto al mo!o en que !ebe sustanciarse. Bon aquellos someti!os a un proce!imientoespecial.

    ;. (en8ricos& aquellos que se encuentran suetos a un mismo tr@mite que la ley establece sinconsi!eracin a la materia sobre la cual 7ersan.

    b4 Buspensi7os o no suspensi7os& +a re5la 5eneral es que los inci!entes no suspen!en la prosecucin !elproceso principal, sal7o que aquel !ispon5a lo contrario o que as# lo resuel7a el ue9 cuan!o loconsi!ere in!ispensable por la naturale9a !e la cuestin plantea!a. Tal resolucin es irrecurrible.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    53/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :<

    Art. 1%86: Prórroga o susensión de la audiencia. +a au!iencia po!r@ poster5arse o suspen!erse una sola 7e9 por un pla9o nomayor !e 1? !#as, cuan!o =ubiere imposibili!a! material !e pro!ucir la prueba que !eba recibirse en ella.Art. 1%96: Prue-a ericial y testimonial. +a prueba pericial, cuan!o proce!iere se lle7ar@ a cabo por un solo perito !esi5na!o!e o3icio. "o se a!mitir@n m@s !e : testi5os por ca!a parte y las !eclaraciones no po!r@n recibirse 3uera !e la uris!iccin,cualquiera 3uere el !omicilio !e aquellos.Art. 1%56: 2esolución. Contesta!o el trasla!o o 7enci!o el pla9o, si nin5una !e las partes =ubiese o3reci!o prueba o no seor!enase !e o3icio, o recibi!a la prueba, en su caso, el ue9, sin m@s tr@mite !ictar@ resolucin.

    &ostas del incidente.

    +as costas son para la parte 7enci!a, pu!ien!o ser e/imi!a slo cuan!o se trate !e cuestiones !u!osas!e !erec=o. El con!ena!o al pa5o no po!r@ promo7er otro inci!ente mientras no =alla !eposita!o suimporte en cali!a! !e embar5o. To!a apelacin sobre imposicin !e costa y re5ulacin !e =onorarios seconce!e en e3ecto !i3eri!o.

    Acumulación de rocesos.

    Consiste en la reunin material !e !os o m@s procesos que en ra9n !e tener por obeto pretensiones

    cone/as, no pue!en ser substancia!os separa!amente sin ries5o !e con!ucir al pronunciamiento !e!ecisiones contra!ictorias, e incluso !e cumplimiento imposible por e3ecto !e la cosa u95a!a.

    Procedencia.• Cuan!o =ubiese si!o a!misible la acumulacin subeti7a !e acciones !e con3ormi!a! con lo

    prescripto en el Art. 2litisconsorcio 3acultati7o4.• Biempre que la sentencia que =aya !e !ictarse en un proceso pu!iere pro!ucir e3ectos !e cosa

     u95a!a en otro u otros.

    2e!uisitos.

    14 ue los procesos se encuentren en la misma instancia.;4 ue el ue9 a quien correspon!a enten!er en los procesos acumula!os sea competente por ra9n !e

    la materia.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    54/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :G

    El inci!ente po!r@ plantearse ante• El ue9 que !ebe conocer en !e3initi7a . El ue9 con3erir@ 7ista a los otros liti5antes, y si

    consi!erare 3un!a!a la peticin solicitar@ el otro u otros e/pe!ientes, e/presan!o los 3un!amentos!e su pe!i!o. Recibi!os, !ictar@ sin m@s tr@mite resolucin, contra la cual no =abr@ recurso y la=ar@ conocer a los u95a!os !on!e tramitaban los procesos.

    • Ante el que !ebe remitir el e/pe!iente . El ue9 !ar@ 7ista a los otros liti5antes, y si consi!erareproce!ente la acumulacin remitir@ el e/pe!iente al otro ue9, o bien le pe!ir@ la remisin !el quetu7iere en tr@mite, si enten!iese que la acumulacin !ebe e3ectuarse sobre el que se sustancia antesu u95a!o, e/presan!o los moti7os en que se 3un!a. En ambos supuestos la resolucin ser@inapelable. Bi se !eclarase improce!ente el pe!i!o, la resolucin ser@ apelable.

    'usensión de trDmite.

    El curso !e to!os los procesos se suspen!er@, si tramitasen ante un mismo ue9, !es!e que sepromo7iere la cuestin. Bi tramitasen ante ueces !istintos, !es!e que se comunicare el pe!i!o !eacumulacin al ue9 respecti7o. E/cept0anse las me!i!as o !ili5encias !e cuya omisin pu!iere resultarperuicio.

    'entencia ;nica.

    +os procesos acumula!os se substanciar@n y 3allar@n conuntamente, pero si el tr@mite resultare!i3icultoso por la naturale9a !e las cuestiones plantea!as, po!r@ el ue9 !isponer sin recurso, que ca!aproceso se substancie por separa!o, !ictan!o una sola sentencia.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    55/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ::

    =edidas cautelares.

    Bon me!i!as que tien!en a impe!ir que el !erec=o cuyo reconocimiento o actuacin se preten!eobtener a tra78s !el uicio pier!a su e3icacia o 7irtuali!a! !urante el tiempo que transcurre =asta lasentencia.

    El proceso cautelar carece !e autonom#a, pues su 3inali!a! consiste en ase5urar el resulta!o pr@ctico!e la sentencia !e otro proceso.+os presupuestos !e las me!i!as cautelares son tres&1. +a 7erosimilitu! !el !erec=o in7oca!o.;. El temor !e que ese !erec=o se 3rustre !urante el proceso.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    56/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :

    Bi el a3ecta!o no =ubiese toma!o conocimiento !e las me!i!as con moti7o !e su eecucin, se lenoti3icar@n personalmente o por c8!ula !entro !e los < !#as. uien =ubiese obteni!o la me!i!a ser@responsable !e los peruicios que irro5are la !emora.+a pro7i!encia que a!mitiere o no =iciere lu5ar a una me!i!a precautoria ser@ apelable. Bi laconce!iese, lo ser@ en e3ecto !e7oluti7o.

    &ontracautela.

    +a me!i!a precautoria slo po!r@ !ecretarse bao la responsabili!a! !e la parte que la solicitare, quien!eber@ !ar caucin por to!as las costas y !aos y peruicios que pu!iere ocasionar en caso !e =aberlape!i!o sin !erec=o.El ue9 5ra!uar@ la cali!a! y monto !e la caucin !e acuer!o con la mayor o menor 7erosimilitu! !el!erec=o y las circunstancias !el caso. Po!r@ o3recerse la 5arant#a !e instituciones bancarias o !epersonas !e acre!ita!a responsabili!a! econmica. "o se e/i5ir@ caucin si quien obtu7o la me!i!a&14 Fuere la pro7incia, al5una !e sus reparticiones, una municipali!a! o persona que usti3ique ser

    reconoci!amente abona!a.;4 Actuare con bene3icio !e liti5ar sin 5astos.En cualquier esta!o !el proceso, la parte contra quien se =ubiere =ec=o e3ecti7a una me!i!a cautelar,po!r@ pe!ir que se meore la caucin proban!o sumariamente que es insu3iciente. El ue9 resol7er@pre7io trasla!o a la otra parte.Bal7o en el caso !e los art#culos ;?D, inciso 1, y ;1;, cuan!o se !ispusiere le7antar una me!i!a cautelarpor cualquier moti7o que !emuestre que el requirente abus o se e/ce!i en el !erec=o que la leyotor5a para obtenerla, la resolucin lo con!enar@ a pa5ar los !aos y peruicios si la otra parte lo=ubiera solicita!o.+a !eterminacin !el monto se substanciar@ por el tr@mite !e los inci!entes o por uicio sumario, se50nque las circunstancias =icieren pre3erible uno u otro proce!imiento a criterio !el ue9, cuya !ecisinsobre este punto ser@ irrecurrible.

    Peligro de Erdida o desvalorización.

    Bi =ubiere peli5ro !e p8r!i!a o !es7alori9acin !e los bienes a3ecta!os o si su conser7acin 3uere5ra7osa o !i3#cil, a pe!i!o !e parte y pre7ia 7ista a la otra por un pla9o bre7e que 3iar@ se50n laur5encia !el caso, el ue9 po!r@ or!enar la 7enta en la 3orma m@s con7eniente, abre7ian!o los tr@mites

     y =abilitan!o !#as y =oras.Cuan!o la me!i!a se trabare sobre bienes muebles, merca!er#as o materias primas, pertenecientes aestablecimientos comerciales, 3abriles o a3ines, que los necesitaren para su 3uncionamiento, el ue9po!r@ autori9ar la reali9acin !e los actos necesarios para no comprometer el proceso !e 3abricacin ocomerciali9acin.

    &aducidad.

    Be pro!ucir@ la ca!uci!a! !e pleno !erec=o !e las me!i!as cautelares que se =ubieren or!ena!o y=ec=o e3ecti7as antes !el proceso, si trat@n!ose !e obli5acin e/i5ible no se interpusiere la !eman!a!entro !e los 1? !#as si5uientes al !e su traba. +as costas y los !aos y peruicios causa!os ser@n acar5o !e quien =ubiese obteni!o la me!i!a, y 8sta no po!r@ proponerse nue7amente por la misma causa.+as in=ibiciones y embar5os se e/tin5uir@n a los : aos !e la 3ec=a !e su anotacin en el Re5istro !e laPropie!a!, sal7o que a peticin !e parte se reinscribieren antes !el 7encimiento !el pla9o, por or!en !el

     ue9 que enten!i en el proceso.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    57/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :>

    particular, a la me!i!a requeri!a.Art. 17(6: =edida decretada or "uez incometente. +os ueces !eber@n abstenerse !e !ecretar me!i!as precautorias,cuan!o el conocimiento !e la causa no 3uese !e su competencia. Bin embar5o, la me!i!a or!ena!a por un ue9 incompetente ser@7@li!a siempre que =aya si!o !ispuesta !e con3ormi!a! con las prescripciones !e este cap#tulo, pero no prorro5ar@ sucompetencia. El ue9 que !ecret la me!i!a, inme!iatamente !espu8s !e requeri!o remitir@ las actuaciones al que seacompetente.Art. 17)6: ?rDmites revios. +as in3ormaciones para obtener me!i!as precautorias po!r@n o3recerse 3irman!o los testi5os elescrito en que se solicitaren, quienes !eber@n rati3icarse en el acto !e ser presenta!o aqu8l, o en primera au!iencia. Bea!mitir@n sin m@s tr@mite, pu!ien!o el ue9 encomen!arlas a los secretarios. +as actuaciones permanecer@n reser7a!as =astatanto se eecuten las me!i!as. Tramitar@n por e/pe!iente separa!o al cu@l se a5re5ar@n, en su caso, las copias !e las pertinentesactuaciones !el principal.Art. 17%6: &umlimiento y recurso. +as me!i!as precautorias se !ecretar@n y cumplir@n sin au!iencia !e la otra parte. "in50ninci!ente plantea!o por el !estinatario !e la me!i!a po!r@ !etener su cumplimiento. Bi el a3ecta!o no =ubiese toma!oconocimiento !e las me!i!as con moti7o !e su eecucin, se le noti3icar@n personalmente o por c8!ula !entro !e los < !#as. uien=ubiese obteni!o la me!i!a ser@ responsable !e los peruicios que irro5ue la !emora. +a pro7i!encia que a!mitiere o no =icierelu5ar a una me!i!a precautoria ser@ apelable. Bi la conce!iese, lo ser@ en e3ecto !e7oluti7o.Art. 1776: &ontra cautela. +a me!i!a precautoria slo po!r@ !ecretarse bao responsabili!a! !e la parte que la solicitare,quien !eber@ !ar caucin por to!as las costas y !aos y peruicios que pu!iere ocasionar en caso !e =aberla pe!i!o sin !erec=o.El ue9 5ra!uar@ la cali!a! y monto !e la caucin !e acuer!o con la mayor o menor 7erosimilitu! !el !erec=o y las circunstancias!el caso. Po!r@ o3recerse la 5arant#a !e instituciones bancarias o !e personas !e acre!ita!a responsabili!a! econmica.Art. 8$$6: *+ención de la contra cautela. "o se e/i5ir@ caucin si quien obtu7o la me!i!a&

    14 Fuere la pro7incia, al5una !e sus reparticiones, una municipali!a! o persona que usti3ique ser reconoci!amente abona!a.;4 Actuare con bene3icio !e liti5ar sin 5astos.Art. 8$16: =e"ora de la contra cautela. En cualquier esta!o !el proceso, la parte contra quien se =ubiere =ec=o e3ecti7a uname!i!a cautelar po!r@ pe!ir que se meore la caucin proban!o sumariamente que es insu3iciente. El ue9 resol7er@ pre7iotrasla!o a la otra parte.Art. 8$86: &arDcter rovisional. +as me!i!as cautelares subsistir@n mientras !uren las circunstancias que las !eterminaron.En cualquier momento en que estas cesaren se po!r@ requerir su le7antamiento.Art. 8$96:  =odificación. El acree!or po!r@ pe!ir la ampliacin, meora o sustitucin !e la me!i!a cautelar !ecreta!a, usti3ican!o que 8sta no cumple a!ecua!amente la 3uncin !e 5arant#a a que est@ !estina!a. El !eu!or po!r@ requerir lasustitucin !e una me!i!a cautelar por otra que le resulte menos peru!icial, siempre que 8sta 5arantice su3icientemente el!erec=o !el acree!or. Po!r@, asimismo, pe!ir la sustitucin por otros bienes !el mismo 7alor, o la re!uccin !el monto por el cu@lla me!i!a precautoria =a si!o traba!a, si correspon!iere. +a resolucin se !ictar@ pre7io trasla!o a la otra parte por el pla9o !e: !#as, que el ue9 po!r@ abre7iar se50n las circunstancias.

    Art. 8$46:  acultades del "uez. El ue9, para e7itar peruicios o 5ra7@menes innecesarios al titular !e los bienes, po!r@!isponer una me!i!a precautoria !istinta !e la solicita!a, o limitarla, tenien!o en cuenta la importancia !el !erec=o que seintentare prote5er.Art. 8$56: Peligro de Erdida o desvalorización. Bi =ubiere peli5ro !e p8r!i!a o !es7alori9acin !e los bienes a3ecta!os o sisu conser7acin 3uere 5ra7osa o !i3#cil, a pe!i!o !e parte y pre7ia 7ista a la otra por un pla9o bre7e que 3iar@ se50n la ur5encia!el caso, el ue9 po!r@ or!enar la 7enta en la 3orma m@s con7eniente, abre7ian!o los tr@mites y =abilitan!o !#as y =oras.Art. 8$(6: *sta-lecimientos industriales o comerciales. Cuan!o la me!i!a se trabare sobre bienes muebles, merca!er#as omaterias primas, pertenecientes a establecimientos comerciales, 3abriles o a3ines, que los necesitaren para su 3uncionamiento, el ue9 po!r@ autori9ar la reali9acin !e los actos necesarios para no comprometer el proceso !e 3abricacin o comerciali9acin.Art. 8$)6: &aducidad. Be pro!ucir@ la ca!uci!a! !e pleno !erec=o !e las me!i!as cautelares que se =ubieren or!ena!o y =ec=oe3ecti7as antes !el proceso, si trat@n!ose !e obli5acin e/i5ible no se interpusiere la !eman!a !entro !e los 1? !#as si5uientes al!e su traba. +as costas y los !aos y peruicios causa!os ser@n a car5o !e quien =ubiese obteni!o la me!i!a, y 8sta no po!r@proponerse nue7amente por la misma causa. +as in=ibiciones y embar5os se e/tin5uir@n a los : aos !e la 3ec=a !e su anotacinen el Re5istro !e la Propie!a!, sal7o que a peticin !e parte se reinscribieran antes !el 7encimiento !el pla9o, por or!en !el ue9que enten!i en el proceso.Art. 8$%6: 2esonsa-ilidad. Bal7o en el caso !e los art#culos ;?D, inciso 14 y ;1;, cuan!o se !ispusiera le7antar una me!i!acautelar por cualquier moti7o que !emuestre que el requirente abus o se e/ce!i en el !erec=o que la ley otor5a para obtenerla,la resolucin lo con!enar@ a pa5ar los !aos y peruicios si la otra parte lo =ubiera solicita!o. +a !eterminacin !el monto sesustanciar@ por el tr@mite !e los inci!entes o por uicio sumario, se50n que las circunstancias =icieren pre3erible uno u otroproce!imiento a criterio !el ue9, cuya !ecisin sobre este punto ser@ irrecurrible.

    &lasificación de medidas cautelares.

    A. Me!i!as para ase5urar bienes&

    • Ten!ientes a ase5urar la eecucin 3or9osa&- Embar5o pre7enti7o.- Inter7encin sustituti7a !el embar5o.- Becuestro.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    58/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :

    • Ten!ientes a mantener el status quo !e bienes o cosas&- Pro=ibicin !e contratar.- Pro=ibicin !e inno7ar.- Anotacin !e litis.- Inter7encin !e mera 7i5ilancia.

    - A!ministracin u!icial.

    . Me!i!as para ase5urar elementos probatorios&  los que sean o 7ayan a ser parte !e un proceso !econocimiento y tu7ieren moti7os usti3ica!os para temer que la pro!uccin !e sus pruebas po!r#aresultar imposible o muy !i3icultosa, po!r@n solicitar que se pro!u9can anticipa!amente lassi5uientes&• %eclaracin !e al50n testi5o !e muy a7an9a!a e!a! o que este 5ra7emente en3ermo o pr/imo a

    ausentarse !el pa#s.• Reconocimiento u!icial o !ictamen pericial para =acer constar la e/istencia !e !ocumentos o el

    esta!o, cali!a! o con!icin !e cosas o lu5ares.• Pe!i!o !e in3ormes.

    C. Me!i!as para ase5urar personas& pue!en tener por obeto la 5uar!a pro7isional !e aquellas o lasatis3accin !e sus necesi!a!es ur5entes.

    &lases de =edidas &autelares.

    A4 Embar5o Pre7enti7o.

    Es la me!i!a cautelar por la cual se a3ectan e inmo7ili9an uno o 7arios bienes !e quien es o =a !e ser!eman!a!o, a 3in !e ase5urar la e3icacia pr@ctica !e la sentencia.

    Proce!encia& a4 Po!r@ pe!ir embar5o pre7enti7o el acree!or !e !eu!a en !inero o en especie que se =allare en

    al5una !e las con!iciones si5uientes&14 ue el !eu!or no ten5a !omicilio en la Rep0blica.;4 ue la e/istencia !el cr8!ito est8 !emostra!a con instrumento p0blico o pri7a!o atribui!o al

    !eu!or, abona!a la 3irma por in3ormacin sumaria !e !os testi5os.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    59/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - :D

    para que 3ormule pre7iamente las mani3estaciones necesarias.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    60/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ?

    Art. 8$76: Procedencia. Po!r@ pe!ir embar5o pre7enti7o el acree!or !e !eu!a en !inero o en especie que se =allare en al5una!e las con!iciones si5uientes&14 ue el !eu!or no ten5a !omicilio en la Rep0blica.;4 ue la e/istencia !el cr8!ito est8 !emostra!a con instrumento p0blico o pri7a!o atribui!o al !eu!or, abona!a la 3irma por

    in3ormacin sumaria !e !os testi5os.

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    61/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - 1

    Es la me!i!a cautelar por la cual se !esapo!era a una persona !e un bien sobre el cual se liti5a o se =a!e liti5ar, o !e un !ocumento necesario para !e!ucir una pretensin procesal.

    Proce!encia& El secuestro pue!e solicitarse como me!i!a subsi!iaria !el embar5o o en 3orma autnoma.1. Proce!er@ el secuestro !e los bienes muebles o semo7ientes obeto !el uicio, cuan!o el embar5o no

    ase5urare por s# solo el !erec=o in7oca!o por el solicitante, siempre que se presenten instrumentosque =a5an 7eros#mil el !erec=o cuya e3ecti7i!a! se quiere 5aranti9ar.;. Proce!er@, asimismo, con i5ual con!icin, to!a 7e9 que sea in!ispensable pro7eer a la 5uar!a o

    conser7acin !e cosas para ase5urar el resulta!o !e la sentencia !e3initi7a.

    Proce!imiento& El ue9 !esi5nar@ !epositario a la institucin o3icial o persona que meor con7en5a6 3iar@ suremuneracin y or!enar@ el in7entario, si 3uese in!ispensable.

    %i3erencia entre secuestro y embar5o pre7enti7o& El secuestro recae sobre cosas ciertas y!etermina!as acerca !e las cuales e/iste o =a !e promo7erse una contro7ersia u!icial, mientras que elembar5o pre7enti7o 7ersa sobre cualquier bien que se encuentre en el patrimonio !el !eu!or, y cuyae7entual reali9acin permitir@ satis3acer el cr8!ito por el cual se proce!e.En el embar5o pre7enti7o los bienes embar5a!os pue!en ser usa!os por el !eu!or si 8ste =a si!onombra!o !epositario, tal 3aculta! no e/iste en el caso !e secuestro ya que las cosas obeto !elsecuestro son puestas en manos !e un tercero.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    62/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - ;

    inme!iatamente noticia al u95a!o.Art. 88(6: onorarios. +os inter7entores o a!ministra!ores no po!r@n percibir =onorarios con car@cter !e3initi7o =asta que la5estin total =aya si!o u!icialmente aproba!a. Bi su actuacin e/ce!iere !e meses, pre7io trasla!o a las partes po!r@n serautori9a!os a percibir peri!icamente sumas con car@cter !e anticipos pro7isionales, en a!ecua!a proporcin con el =onorariototal y los in5resos !e la socie!a! o asociacin.Art. 88)6: Ceedor. %e o3icio o a peticin !e parte, el ue9 po!r@ !esi5nar un 7ee!or para que practique un reconocimiento !elesta!o !e los bienes obeto !el uicio o 7i5ile las operaciones o acti7i!a!es que se eer9an respecto !e ellos e in3orme al u95a!osobre los puntos que en la pro7i!encia se estable9ca.

    %4 In=ibicin 5eneral !e bienes.

    Es una me!i!a cautelar que impi!e al !eu!or 7en!er o 5ra7ar cualquier bien inmueble yo mueble queposea al momento !e anotarse la me!i!a o que a!quiera en lo sucesi7o.Es una me!i!a suce!@nea al embar5o.

    Proce!encia& • usti3icacin !el cr8!ito en al5una !e las 3ormas pre7istas para el embar5o.• ue el embar5o no pue!a =acerse e3ecti7o por&

    -

    "o conocer los bienes !el !eu!or.- Ber los bienes !el !eu!or insu3icientes para cubrir el cr8!ito.

    Proce!imiento& +a in=ibicin se !ecreta sin au!iencia pre7ia !el presunto !eu!or6 tampoco es necesaria la pre7iaintimacin al pa5o. El que pi!e la in=ibicin !ebe !ar contracautela. El que solicitare la in=ibicin!eber@ e/presar el nombre, apelli!o y !omicilio !el !eu!or6 as# como to!o otro !ato que pue!ain!i7i!uali9ar al in=ibi!o, sin peruicio !e los !em@s requisitos que impon5an las leyes. Estos !atos!eber@n 3i5urar en los o3icios que libren los tribunales para la anotacin !e in=ibiciones.

    E3ectos& • Impi!e que el !eu!or enaene o 5ra7e bienes re5istrables.• +a in=ibicin slo surtir@ e3ecto !es!e la 3ec=a !e su anotacin, sal7o para los casos en que el

    !ominio se =ubiere transmiti!o con anteriori!a!, !e acuer!o con lo !ispuesto en la le5islacin5eneral.

    • "o conce!er@ pre3erencia sobre las anota!as con posteriori!a!, o sea que no e/iste pre3erenciacon respecto a otra in=ibicin posterior =ec=a por otro.

    • El embar5ante tiene priori!a! para cobrar su cr8!ito sobre el in=ibiente.• +a in=ibicin se !eber@ !ear sin e3ecto siempre que el !eu!or presentase a embar5o bienes

    su3icientes o !iere caucin bastante.

    E/tinci-n& A los : aos !e su anotacin en el Re5istro que correspon!a, e/cepto que el ue9 or!ene sureinscripcin antes !el 7encimiento !el pla9o, a peticin !e parte.

    &P&&Pi-ición general de -ienes. En to!os los casos en que =abien!o lu5ar a embar5o 8ste no pu!iere =acerse e3ecti7opor no conocerse bienes !el !eu!or, o por no cubrir 8stos el importe !el cr8!ito reclama!o, po!r@ solicitarse contra aqu8l lain=ibicin 5eneral !e 7en!er o 5ra7ar sus bienes, la que se !eber@ !ear sin e3ecto siempre que presentase a embar5o bienessu3icientes o se !iere caucin bastante. El que solicitare la in=ibicin !eber@ e/presar el nombre, apelli!o y !omicilio !el !eu!or6as# como to!o otro !ato que pue!a in!i7i!uali9ar al in=ibi!o, sin peruicio !e los !em@s requisitos que impon5an las leyes. +ain=ibicin slo surtir@ e3ecto !es!e la 3ec=a !e su anotacin, sal7o para los casos en que el !ominio se =ubiere trasmiti!o conanteriori!a!, !e acuer!o con lo !ispuesto en la le5islacin 5eneral. "o conce!er@ pre3erencia sobre las anota!as conposteriori!a!.

    E4 Anotacin !e +itis.

     

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    63/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - <

    Es una me!i!a que !a a conocer un liti5io sobre un bien inmueble, para que se enteren los terceros quequieran comprarlo o a cuyo 3a7or se constituya un !erec=o real 25ra7ar el bien4, ya que la anotacin !elitis no impi!e la libre !isposicin !el bien, que pue!e ser enaena!o o 5ra7a!o por el !eu!or.

    Proce!encia& • Cuan!o se !e!uere una pretensin que pu!iere tener como consecuencia la mo!i3icacin !e una

    inscripcin en el re5istro !e la propie!a! 2cuan!o el resulta!o !el uicio pue!a con!ucir a unamo!i3icacin !e la situacin ur#!ica !el inmueble4, y el !erec=o 3uere 7eros#mil.

    E/tinci-n& • Cuan!o la !eman!a =ubiere si!o !esestima!a, esta me!i!a se e/tin5uir@ con la terminacin !el

     uicio.• Bi la !eman!a =ubiese si!o a!miti!a, se manten!r@ =asta que la sentencia =aya si!o cumpli!a.

    &P&&P

  • 8/18/2019 Carpeta Final Judicial UNLP

    64/314

    Resumen Carpeta Final Franquito. - G

    proce!iese la pro=ibicin !e contratar sobre !etermina!os bienes, el ue9 or!enar@ la me!i!a.In!i7i!uali9ar@ lo que sea obeto !e la pro=ibicin, !isponien!o se inscriba en los re5istroscorrespon!ientes y se noti3ique a los interesa!os y a los terceros que mencione el solicitante. +ame!i!a que!ar@ sin e3ecto si quien la obtu7o no !e


Recommended