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TABLA DE CONTENIDO
1.10.1 Manual de Convivencia Educación Formal Regular ........................................................ 1
1.10.1.1 Glosario De Términos ............................................................................................... 2
1.10.1.2 Identificación de la institución .................................................................................. 4
1.10.1.3 Reseña Histórica ...................................................................................................... 5
1.10.1.4 Modelo Pedagógico Social Desarrollista.................................................................... 8
1.10.1.5 Fundamentos........................................................................................................... 9
1.10.1.6 Visión ...................................................................................................................... 9
1.10.1.7 Misión ..................................................................................................................... 9
1.10.1.8 Fundamentos Legales ............................................................................................. 10
1.10.1.9 Perfil del Estudiante y del Bachiller ......................................................................... 10
1.10.1.10 Disposiciones Institucionales ................................................................................ 12
1.10.1.11 Asistencia y Deserción .......................................................................................... 12
1.10.1.12 Excusas Válidas por Inasistencia. .......................................................................... 13
1.10.1.13 Evaluación de los Educandos (Decreto Nacional 1290 De 2009) ............................ 13
1.10.1.13.8 Requisitos Para Obtener el Título de Bachiller (Académico O Técnico) ................ 19
1.10.1.13.9 Ceremonia de Graduación ................................................................................. 19
1.10.1.13.10 Gobierno Escolar y demás Estamentos de Participación .................................... 19
1.10.1.13.10.1 Consejo Directivo ............................................................................................................. 19
1.10.1.13.10.2 Consejo Académico ......................................................................................................... 22
1.10.1.13.10.3 El Personero de los Estudiantes ....................................................................................... 23
1.10.1.13.10.4Comité Académico por Nivel de Grado ............................................................................ 26
1.10.1.13.10.5Consejo y Asociación de Padres de Familia ...................................................................... 27
1.10.1.13.10.6Consejo de Estudiantes .................................................................................................... 30
1.10.1.13.10.7 Representante de Grupo y sus Funciones ....................................................................... 35
1.10.1.13.10.8 Estímulos y Motivaciones ................................................................................................ 35
1.10.1.13.10.9 Normas de Urbanidad y Reglamento............................................................................... 36
Bibliografía ............................................................................................................................................... 59
1.10 MANUAL DE CONVIVENCIA
1.10.1 Manual de Convivencia Educación Formal Regular
PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El GIMNASIO GUAYACANES, en uso de su autonomía responsable y legal,
presenta, como parte integral del Proyecto Educativo Institucional, su Manual de
Convivencia Escolar que es una elaboración comunitaria en donde se consignan
normas, funciones, derechos y deberes de nuestra comunidad para lograr una
convivencia justa, pacífica y democrática.
Teniendo presente la crisis de valores por la que atraviesa la sociedad, las
dificultades que se presentan en las relaciones interpersonales y la carencia de
normas con la que llegan nuestros estudiantes, la Institución ha tenido a bien, y
para cumplir con lo establecido en el Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, y los
artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, crear el Manual de Convivencia
Institucional; en él se contemplan las directrices comportamentales para sostener
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relaciones armónicas y de respeto entre todos los miembros de la comunidad
educativa.
En términos de la Secretaría de Educación de Medellín éste:
“Conjuga las reglas de juego que deben conocer, observar, acatar y promulgar
todos los integrantes de la comunidad educativa. Por ello, en el manual se
establece una normativa de orden constitucional, legal, ético, cultural y moral, que
se constituye como parte del proceso de integración cognitivo, conviviente,
humanístico, democrático, competente y social que debe cruzar a las
comunidades educativas…
Es la bitácora básica sobre la cual se construye el proceso de formación integral e
integrador de los estudiantes que participan en el proceso educativo, en aspectos
referidos a la orientación, formación y competencias en sus comunidades
académicas.”
Los OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR del Gimnasio
Guayacanes son para establecer los derechos y deberes que tiene toda la
comunidad educativa, así como para fijar los procedimientos legales e
institucionales en lo referente con el proceso de admisión, evaluación – promoción
y convivencia
El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR está dirigido a la comunidad educativa,
que comprende a los estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de
los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. (Art.
6, Ley 115/94)
En la difusión de este manual de convivencia escolar se comprometen los
directivos docentes, los docentes, padres de familia o acudientes, personero de
los estudiantes y el representante del consejo de estudiantes.
Muchos de los temas que trata este Manual de Convivencia Escolar pueden
ampliarse en el P.E.I. de nuestra institución, el cual está disponible a toda la
comunidad educativa.
1.10.1.1 Glosario De Términos
Acciones pedagógicas: conjunto de actividades tendientes a lograr óptimos
resultados en el desarrollo y potenciación de destrezas, aptitudes,
actitudes, valores y rectificación o refuerzo del comportamiento y
rendimiento académico en los estudiantes.
Acudiente: persona mayor de edad que representa al estudiante, diferente del padre de familia. Debe aportar poder o documento que lo autorice para estos efectos. Amonestación: llamado de atención que se hace a una persona por una
falta cometida o por su actitud comportamental, exhortándola para que
cumpla y respete las normas del Manual de Convivencia y actúe
consecuentemente con ellas.
Áreas: organización del conocimiento y de competencias que hacen parte
del plan de estudios. Se incluirán las áreas del conocimiento definidas como
obligatorias y fundamentales en los artículos 23 y 31 de la ley 115 de 1994.
Además incluirá grupos de asignaturas que adicionalmente podrá
seleccionar el establecimiento educativo para lograr los objetos del proyecto
educativo institucional. Para la media técnica se tendrán en cuenta el
artículo 33 de la Ley 115/94 y el artículo 41 del Decreto 1860/94.
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Cancelación de matrícula y su renovación: acto que realiza el padre de
familia y el rector donde ambos, y de común acuerdo, deciden poner fin al
servicio educativo. Una excepción a lo anterior es cuando, por Resolución
Rectoral, y previo a un debido proceso disciplinario, se cancela la matrícula
unilateralmente por la institución.
Contrato pedagógico: convenio escrito entre la Institución-Estudiantes-
Acudiente, mediante el cual el primero se obliga a presentar una asesoría y
seguimiento y el segundo a cambiar unas conductas no propias, por
aquellas que estén de acuerdo con el Manual de Convivencia y que son
beneficiosas para sí mismo y para la comunidad educativa en general.
Convivencia: conjunto amplio de relaciones interpersonales donde se busca
el beneficio común. La convivencia es la trasformación del conflicto humano
marginándolo del enfrentamiento directo y la violencia, situándolo en el
plano de lo humano, mediante el diálogo y la conciliación. La convivencia se
basa en el respeto mutuo.
Debido Proceso: Derecho constitucional fundamental que establece en
debida forma la defensa de la persona. Conjunto de garantías
procedimentales y probatorias qué tiene la comunidad educativa en general
para presentar su defensa, cuando quiera que se vea involucrado en un
proceso disciplinario que amerite una sanción.
Derecho a la Educación: “la educación en un derecho de la persona y un
servicio público que tiene una función social, con ella se busca el acceso al
conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la
cultura”… Art.67 Constitución Política de Colombia. El derecho a la
educación NO ES UN DERECHO ABSOLUTO, por lo tanto éste se podrá
condicionar, limitar, cancelar o negar, en defensa de derechos superiores
de la comunidad educativa y en prelación del interés colectivo, siempre
atendiendo el debido proceso establecido.
Desertor: quien deja de asistir injustificadamente a más del 50 % de las
actividades programadas en el año lectivo.
Desescolarizar: proceso de aprendizaje mediante el cual el estudiante no
asiste a la institución como estudiante regular, por determinado tiempo, ya
sea por enfermedad, incapacidad, calamidad o sanción disciplinaria,
encontrase en una situación disciplinaria que hace difícil su permanencia en
el plantel, o también, por casos especiales de enfermedad comprobada o
conflictos sociales.
Estímulo: estrategia educativa que reconoce los esfuerzos de los
educandos en proceso de crecimiento integral y valora su respuesta
positiva académicamente.
Matrícula: contrato bilateral donde el GIMNASIO GUAYACANES se
compromete a procurar los medios y recursos para que el educando
obtenga su formación adecuada y éste, a su vez, se obliga a cumplir los
objetivos y reglamentos de la institución. Se realiza por una sola vez al
ingreso a la Institución y se establece renovación cada año escolar.
Misión: razón de ser de la institución y que especifica el rol funcional que
esta va a desempeñar en su entorno. Esta declaración nos indica con
claridad el alcance y dirección de las actividades de la institución.
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Nivelaciones: son actividades académicas que asigna el Consejo Académico para estudiantes que no fueron promovidos o proclamados bachiller, provienen de calendario B, se matriculan o renuevan matrícula extemporáneamente, presentan informes de evaluación con omisión de áreas o no cumplen las intensidades horarias legales. Proyecto Educativo (P.E.I): es un proyecto que expresa la forma como se
ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por el artículo 5° de
la Ley 115 de 1994, teniendo en cuenta las condiciones sociales,
económicas y culturales de su medio. Éste se debe elaborar y poner en
práctica con la participación de la comunidad educativa.
Recurso de apelación: derecho a recurrir a una instancia de mayor jerarquía
en el orden de lo legal para que deje sin efecto una sanción aplicada por
una de las instancias de menor jerarquía. La instancia en apelación será el
Núcleo Educativo.
Recursos de reposición: derecho del afectado por una sanción para acudir
ante quien tomó tal decisión para solicitarle que la revise, la reconsidere, la
derogue o modifique. .
Recuperación: son actividades académicas que asigna el Comité Académico de Grado para superar debilidades cuando no se promueven los estudiantes de grado o no se gradúan como bachiller. Refuerzos: son actividades académicas que determina el docente en el
transcurso de un período académico para superar debilidades en la
consecución de logros asignados
Sanción: amonestación por un acto cometido, que atente contra la
estabilidad y la armonía de la comunidad educativa y que vaya en contra de
lo establecido en el Manual de Convivencia.
Servicio Social Estudiantil Obligatorio: cumplimiento obligatorio de 80 horas
por parte de los estudiantes de la educación media, en actividades sociales
que beneficien a la comunidad educativa o a otros sectores considerados
en el PEI. Es requisito para optar al título de bachiller.
Visión: es un conjunto de ideas generales que proveen el marco de
referencia de los que una institución educativa quiere y espera se dé en el
futuro.
1.10.1.2 Identificación de la institución
Nombre de la institución: GIMNASIO GUAYACANES.
Año de Fundación: 1975
Número de sedes: Cuatro
Licencias de Funcionamiento:
• Resolución N° 008601 del 7 de diciembre de 1993, otorgada por la
Secretaría de Educación Departamental.
• Legalización de estudios según Resolución N° 9443 del 09 de
noviembre de 2006.
Legalización de la Media Técnica en Informática, con especialidad en
Mantenimiento y Reparación de Computadores, cableado y Redes, sede El
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Playón, por Resolución N°10400 del 26 de noviembre de 2008, expedidas
por la Secretaría de Educación de Medellín
Legalización de la media técnica, especialidad en Sistemas Contables y
Administrativos Informatizados, según Resolución N° 04439 del 15 de junio
de 2007
Acuerdo Plan de estudio 001 del 12 de febrero de 2009
Código DANE – Sede Robledo – 30500100786, –Sede San Javier -
305001022569 – Sede Centro 305001022224/305001007861
Código DANE – Sede El Playón- 305001007861
Código ICFES – Sede San Javier – 145367, Sede Robledo – 082438, Sede
El Playón – 145359, Sede Centro 132605/082438
1.10.1.3 Reseña Histórica
Después de un diagnóstico de necesidades educativas de la comunidad, se
funda el que es hoy el GIMNASIO GUAYACANES en el año 1975, por una
sociedad integrada con tres socios, María Elena Franco de Quirzo,
SilbilGaines de Echeverry y Liliana Giraldo de Rodas, quienes fundan el
instituto de Educación de Rondinelas.
En 1993 teniendo en cuenta la calidad institucional y partiendo de las
necesidades de la comunidad se inicia la básica secundaria dándose la
primera promoción en el año de 1998. Es de anotar que en el año 1997 la
institución obtuvo el primer lugar a nivel departamental al mejor PEI,
fortaleza que ha permitido importantes logros instituciones.
En el año 2002 la Corporación CEDECO adquiere la licencia de
funcionamiento del establecimiento para darle continuidad al servicio
prestado a la comunidad en general.
Actualmente el GIMNASIO GUAYACANES presta el servicio educativo
desde preescolar hasta la educación media, académica y técnica.
SÍMBOLOS DEL COLEGIO. Son los distintivos que identifican la institución y hacen referencia a la bandera, el escudo, el himno, el logotipo, el lema, el uniforme y el carné.
LA BANDERA En ella sobresalen dos elementos, el sol como símbolo de la formación
elemental, el nacimiento de la sabiduría y verdad en la mente del niño,
igualmente un árbol de guayacán florecido, asimilando una antorcha que
ilumina los pasos, alimenta la hidalguía, la fortaleza y la virtud con su
imponencia. También resalta nuestro sentido de respeto por la naturaleza y
el medio ambiente, en síntesis nuestro emblema es signo de orgullo,
libertad y autonomía.
Está construida sobre tres franjas horizontales. La parte superior destaca el color amarillo, que se identifica con la luz, la riqueza, el entusiasmo y el alivio de nuestra comunidad. El color azul nos muestra el cielo y el mar infinito, la inteligencia, la verdad, la sabiduría, evocando la grandeza, la pureza y la paz. El color verde simboliza la esperanza, nos invita a seguir siempre adelante, ofrece tranquilidad, sosiego, equilibrio y ponderación, es juvenil, amistoso y buen compañero.
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EL ESCUDO Se define mediante los elementos y colores de
nuestra bandera, destacando su forma de diamante,
que simboliza los valores encaminados en nuestra
comunidad educativa, a través de la firmeza de
carácter, responsabilidad en sus actos, respeto y
tolerancia por sus congéneres y libertad para elegir
y decidir sobre su proyecto de vida. Fue fruto de una
convocatoria institucional orientada por el
departamento de artística y fue acogida la propuesta de la
joven: CAROLINA QUINTERO, DE GRADO OCTAVO, en el
año 1997.
EL LEMA: “EDUCANDO EN LA RESPONSABILIDAD, EDUCAMOS PARA LA LIBERTAD” EL HIMNO: CORO
! OH! Gimnasio Guayacanes Cán insigne tú serás Nos educas responsables Y para la libertad I Tu bandera regularmente Nos enseña la verdad Está la naturaleza Y un florido guayacán II Cual alegres golondrinas Siempre vamos a volar Cuando emigran de su nido Ya saben a dónde van Coro
III Creativos e inocentes En tu entorno natural Nacientes generaciones Con orgullo formarás IV Somos parte de la patria Que tú ayudas a surgir Nos preparas al futuro y a un glorioso porvenir Coro V No te olvidaremos nunca Templo de ciencias y amor Porque estarás esculpido Dentro de nuestro corazón.
UNIFORME INSTITUCIONAL El uniforme hace parte de la presentación personal del estudiante y debe ser llevado con dignidad y con orgullo. Su uso obliga a todo el personal, durante toda la semana. Mujeres: tela falda roja a cuadros. Blusa blanca manga corta, cuello sport. Medias blancas, zapatos rojos, de cordón Hombres: camiseta blanca. Jean clásico, color azul oscuro. Medias de color negro o azul oscuro. Zapatos o tenis completamente negros. Correa negra. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA (para hombres y mujeres). Buso verde. Camiseta blanca. Sudadera verde. Tenis completamente blanco. Medias de color blanco. Nota: de utilizar camisilla o camiseta por dentro, ésta deberá ser completamente blanca, sin ningún tipo de estampado. Tanto la camisa como camisilla o camisetas deben ser mantenidas por dentro de la falda, blue jean o sudadera.
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SEDES DEL GIMNASIO GUAYACANES
Sede Dirección Niveles que Ofrece Título que otorga
Calle 77 B B No.82-69 Medellín Teléfonos 234 11 11- 264 99 96 Núcleo Educativo 922 Calendario A Jornada Escolar Diaria: Mañana, Tarde
• Buen comienzo
• Transición
• Básica primaria
1° a 5°
• Básica
secundaria 6° a
9°
• Media
Académica 10° y
11°
• Media técnica
10° y 11°
ESPECIALIDAD en Sistemas Contables y Administrativos Informatizados
Bachiller Académico. Bachiller técnico en comercio con Especialidad en Sistemas Contables y Administrativos Informatizados.
Fundadores
Carrera 101 no. 47 c 85 Medellín teléfono: 493 22 03- 490 43 55 Núcleo Educativo 931 calendario: A Jornada escolar diaria: mañana, tarde
• Buen comienzo • Transición • Básica primaria 1°
a 5° • Básica secundaria
6° a 9° • Media académica
10° y 11° • Media técnica 10°
y 11°
ESPECIALIDAD en Sistemas Contables y Administrativos Informatizados
Bachiller Académico
Bachiller técnico en comercio con Especialidad en Sistemas Contables y Administrativos Informatizados
El Playón
Calle 125 no. 51 D 12 Medellín teléfono: 462 07 05 Núcleo Educativo 915 calendario: A jornada escolar : diaria:
• Básica secundaria 6°
a 9° • Media académica
10°y 11 ° • Media técnica 10° y
11°,
Especialidad en
Informática:
Mantenimiento y
Reparación de
Computadores, Cableado
y Redes
Bachiller Académico Bachiller Técnico en Informática, con Especialidad en Reparación y Mantenimiento de Computadores, Cableado y Redes
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mañana, tarde
La formación escolar en el Establecimiento Educativo se orienta por:
1.10.1.4 Modelo Pedagógico Social Desarrollista
Propone el desarrollo máximo y multifacético de las capacidades e intereses de los estudiantes. El desarrollo debe ser progresivo y secuencial pero impulsado por el aprendizaje de las ciencias. La meta debe ser el pleno desarrollo del individuo.
Dicho desarrollo está determinado por la sociedad, y por la colectividad en la cual el trabajo productivo y la educación están íntimamente unidos para garantizar el desarrollo del espíritu colectivo y el conocimiento pedagógico, polifacético y politécnico, y el fundamento de la práctica para la formación de las nuevas generaciones. Las transformaciones esperadas con el modelo pedagógico son:
a) Paso de la persona que dirime los conflictos mediante la fuerza y la agresión, a otra que los enfrenta con el diálogo y acude a la estructura estatal de justicia.
b) Pasa de un individuo sometido, a otro libre y practicante de la democracia
1.10.1.4.1 Principios pedagógicos
Cada estudiante aprende a diferentes ritmos.
El estudiante no sólo aprende para ser promovido de grado, sino para adquirir las habilidades para hacerse responsable de su educación y obtener conocimientos durante toda su vida.
Buenas relaciones entre los estudiantes que saben cómo aprender, y los docentes que facilitan el estudio.
1.10.1.4.2Modelo Curricular
Se estructura en torno a funciones o competencias determinadas, entendiendo por competencia la capacidad de usar el conocimiento y las destrezas relacionadas con productos y procesos para alcanzar el objetivo. Las competencias son definibles en la acción, o sea, que se adquieren.
1.10.1.4.3 Características de nuestro modelo didáctico curricular
Se basa en procesos de análisis de tareas en una secuencia jerarquizada de conocimientos y actitudes.
El proceso de enseñanza – aprendizaje está focalizado en el terreno de las competencias.
Se hace énfasis en la especificación de objetivos procedimentales y actitudinales en la evaluación de desempeños y la programación sistemática de métodos, medios y materiales de formación.
Las experiencias de aprendizaje son guiadas por una retroalimentación sistemática.
Se enfatiza en el trabajo cooperativo.
1.10.1.4.4 Modelo didáctico operativo
Está basado en el aprendizaje humano, es un método para diseñar y desarrollar experiencias de aprendizaje, ambientes educativos y procesos de enseñanza y de aprendizaje comprometidos con la producción y aplicación del conocimiento técnico, científico y cultural de quien aprende y de quien enseña. En el modelo Didáctico Operativo tenemos en cuenta:
Experiencias vivenciales: situaciones reales, simulación, observación, dramatización, cuentos, canciones, rondas, afiches, etc.
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Conceptualización: es aquí donde los estudiantes, después de las experiencias vivenciales, pueden construir conceptos o explicaciones acerca del fenómeno que se estudia.
Documentación: es recuperar el saber ya elaborado durante años y confrontarlo con el saber elaborado en estos momentos por el docente y los estudiantes.
Ampliación interdisciplinaria: se busca que el estudiante ubique históricamente el desarrollo del conocimiento técnico, científico o cultural adquirido, y los integre con los saberes de otras áreas o disciplinas.
Aplicación: se busca que el estudiante tome conciencia de la necesidad del conocimiento y se interese por adquirirlo. Que lo aplique con responsabilidad, voluntad y seguridad, a través de proyectos, tareas, demostraciones y exposiciones, entre otros.
1.10.1.5 Fundamentos
El Gimnasio Guayacanes orienta su formación en los siguientes fundamentos: Filosóficos: en nuestra institución procuramos dar una formación integral basada en principios culturales que orienten el quehacer y contribuyan a la evolución de la cultura misma y a la vida de cada uno de nuestros educandos. Hemos adecuado la actividad educativa a las características culturales de la sociedad en la cual se desarrolla nuestra comunidad educativa sin dejar de lado la adquisición de saberes. Epistemológicos: nuestra comunidad educativa busca formar personas cada vez más autónomas y auténticas. Para esto requiere que nuestros docentes y la comunidad educativa en general, tengan clara la noción de “hombre” “sociedad”, “escuela”, “sujeto”. Pedagógicos: nos proponemos llegar a la calidad de la educación por medio de la actitud del cambio, para poder asumir consideraciones que permitan crear, impulsar y fortalecer las relaciones pedagógicas en las que se tenga un educador como aquel que ubica los saberes en el contexto de la institución
Sociológicos: la institución tiene unos roles definidos para proporcionar las bases que permitan la creación de conocimiento, la construcción y conservación de pautas de interacción, entre otros.
Psicológicos: las facultades del hombre maduran; sus experiencias se amplían y cambian. Piaget considera este desarrollo como una adquisición de las estructuras psicológicas necesarias para razonar en forma abstracta y para tener pensamientos con lógica, acerca de situaciones reales o hipotéticas, organizando acciones mentales de orden superior.
1.10.1.6 Visión
La I.E. GIMNASIO GUAYACANES, será en el año 2015 una institución líder en la
ciudad de Medellín en la formación integral de los educandos , a través de su
modelo pedagógico, promocionando estudiantes, con altos estándares
académicos, creativos, de gran calidad humana, lideres, honestos, responsables
y aptos para realizar su proyecto de vida en bien de sus familias y su entorno.
1.10.1.7 Misión
La I.E. GIMNASIO GUAYACANES es una Institución de carácter privado mixto,
que brinda formación integral a niños, niñas, jóvenes y adultos, con estándares
de calidad académica, innovación pedagógica, tecnológica; desarrollando
competencias financieras, tecnológicas, administrativas. Con responsabilidad
social y teniendo siempre como base los principios y valores institucionales.
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1.10.1.8 Fundamentos Legales
Constitución Política, especialmente en los artículos 1° Colombia es un Estado
Social de Derecho –democracia, participación y pluralismo, así como la dignidad
humana, la solidaridad y la prevalencia del interés general.2°, 4°. 12, 13, 15, 16,
18, 23, 29, 33, 44,67,74, 83.
Ley 1098 / 06 por la cual se expide el código de infancia y adolescencia, enfatizando en estos artículos: Art. 18… Se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño. También muy importantes los artículos 26, 42, 44, 45. Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación que consagra aspectos relativos a la educación formal. Ley 715 de 2001 donde se dictan disposiciones para organizar la prestación del
servicio educativo.
Ley 107 DE 1994, que señala el cumplimiento de las 50 horas obligatorias de estudio constitucional, requisito para graduarse. Decreto 1860/94. Entre otros aspectos define el contenido de los manuales de convivencia y la conformación del gobierno escolar. Código contencioso administrativo. Señala los términos en días hábiles para responder un derecho de petición, cuya inobservancia conlleva a una falta disciplinaria por parte del rector. El Rector estará en la obligación de responder derechos de petición en estos términos:
COPIA QUEJA / PETICIÓN / RECLAMO
CONSULTA
3 días 15 días 30 días
Decreto 1290 de 2009, que reglamenta el sistema de evaluación y promoción para ser definido por las instituciones educativas formales.
Resolución 4210 de 1996, que define las 80 horas del servicio social del estudiantado, requisito para graduarse.
Publicaciones de la Secretaría de Educación de Medellín con respecto a los manuales de convivencia escolar
1.10.1.9 Perfil del Estudiante y del Bachiller
Perfil deseado para el Bachiller. El estudiante es el centro del proceso educativo.
La Institución Educativa en su labor formativa se propone educarlos para que en
su desempeño futuro lleguen a ser ciudadanos con el siguiente perfil, por
intermedio de las áreas obligatorias y fundamentales y con los proyectos
adelantados:
Competencia General
Competencias Específicas
Lenguaje
Composición oral y escrita. Producción de textos, utilizando lenguaje verbal y no verbal para exponer críticamente las ideas o recrear realidades. Lectura, análisis, síntesis y redacción de informes y textos. Vocabulario básico y técnico
Matemáticas
• Aritmética, geometría, sistemas numéricos, sistemas de medidas.
• Costos y presupuestos. Interpretar datos de información
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(de población, muestras, variables, estadígrafos y parámetros)
Ciencias
Disposición investigativa y experimental. Sentido de la observación. Que el resultado de su trabajo no perjudique el Medio Ambiente y la sensibilidad ecológica. Reconocimiento y clasificación de materiales, equipos, máquinas, herramientas
Laborales Generales
Iniciativa y creatividad. Que trabaje bajo un ambiente que le permita mantener en orden el funcionamiento óptimo de los equipos. Puntualidad y cumplimiento, solidaridad y liderazgo ante sus compañeros. Que el trabajo lo realice con ética. Gestión empresarial. Con capacidad `para trabajar en equipo.
Ciudadanas
Aprovechamiento del tiempo libre en deportes y recreación, con una afinidad o interés por las artes. Con capacidad para la negociación. Orientado hacia el servicio, ética profesional, autonomía, control emocional, responsabilidad, autenticidad, autoestima, compromiso, participación, honestidad, reflexión, sensibilidad social, habilidad y destreza para gestionar procesos sociales. Respeto por la individualidad e ideas de los demás. Afectividad. Disposición personal hacia la cooperación. Capacidad para trabajar en equipo. Capacidad de convocatoria para realización de obras comunitarias. Formación básica en principios éticos y morales. Sentido de pertenencia. Y Relaciones interpersonales.
Además de la formación en competencias generales, los educandos, en la media
técnica, desarrollarán las siguientes competencias:
Media Técnica Competencias Específicas
Contabilidad con especialidad en sistemas contables y administrativos informatizados El Estudiante estará en capacidad de:
Formar su propia micro – empresa o
continuar estudios en auxiliar de
secretariado, auxiliar contable,
secretariado, administración de
empresas, contabilidad, mercadeo,
sistemas.
El Estudiante podrá desempeñarse
como:
auxiliar contable de microempresas,
recepcionista, secretario, auxiliar
contable, oficina de archivo, auxiliar en
digitación y manejo de software
• Habilidades y destrezas motoras: motricidad fina, destreza y precisión digital, destreza y precisión manual.
• Iniciativa y creatividad. • Conocimiento de paquetes
contables en distintos software. • Estructuras • Elaboración de presupuestos. • Evaluación de argumentos y
realización de cálculos
Informática con especialidad en mantenimiento y reparación de computadores, cableado y redes El Estudiante estará en capacidad de: Formar su propia micro – empresa, continuar sus estudios en sistemas,
• Que reconozca los diferentes elementos que conforman los computadores
• • Que diagnostique y repare los
daños que impiden el correcto funcionamiento de los equipos
• • Que instale y configure el software
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ingeniería afines a la especialidad. El Estudiante podrá desempeñarse como: Auxiliar en digitación, auxiliar en reparación de computadores, cableado y redes de sistemas, entre otros.
que los equipos requieren para su óptimo funcionamiento
• • Que trabaje bajo un ambiente que
le permita mantener en orden el funcionamiento óptimo de los equipos.
1.10.1.10 Disposiciones Institucionales
1.10.1.10.1 Matrícula
Dada la particularidad de los estudiantes que atienden nuestras instituciones, se acuerda que éstos pueden matricularse, o renovar matrícula, así: a. Al inicio del año escolar b. Al inicio de los contratos celebrados con el Estado c. En cualquier momento, por traslado del estudiante d. Hasta el inicio del tercer período académico
1.10.1.10.2 Requisitos para la matrícula
a. 4 fotos b. Fotocopia del documento de identidad c. Certificados de estudio de años anteriores d. Copia de la E.P.S., SISBEN o seguro e. Recibo de pago o su equivalente f. Ficho de matrícula
1.10.1.10.3 Renovación de matrícula
a. 4 fotos b. Recibo de pago o su equivalente c. Fotocopia de EPS, Sisben vigentes o seguro de accidentes d. Fotocopia de la T.I. o C.C. (Cuando haya sido expedida en el transcurso del
año) e. Ficho de inscripción de estudiantes antiguos Nota: los requisitos se presentarán al momento de la renovación de matrícula. Si usted no devuelve el ficho estará notificando al plantel que no continuará sus estudios en él, y, por tanto, podrá disponer de su cupo.
1.10.1.10.4 Aspirantes nuevos
Los estudiantes deben presentarse con el papá, la mamá o un acudiente responsable. Si están dispuestos a cumplir fielmente con lo estipulado en el Manual de Convivencia el estudiante y el acudiente podrán firmar el ficho y la matrícula. a. Si el cupo es para preescolar, debe tener 05 años cumplidos al momento de
la matrícula. b. Cuando se trate de población desplazada, la Institución lo recibirá con la
certificación vigente de la Red de Solidaridad de Medellín, y el Consejo Académico, a través del Comité Académico, realizará los trámites necesarios para ubicarlo en el grado correspondiente.
c. Cuando se trate de alzados en armas, o de reinsertados, se procederá de la forma anteriormente descrita.
1.10.1.11 Asistencia y Deserción
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Los estudiantes conservarán el cupo escolar hasta con un 30 % de inasistencia a la institución educativa, previo análisis del Consejo Directivo. La institución educativa no podrá cancelar su matrícula sino con el consentimiento de los padres de familia o acudientes.
1.10.1.12 Excusas Válidas por Inasistencia.
Se considerarán excusas válidas por inasistencia las que cumplan estos requisitos: Presentadas por escrito. Que tengan origen en una E.P.S., médico particular, padre de familia o acudiente, autoridad judicial o administrativa, entidad privada, siempre y cuando se justifique su ausencia y se acepte por parte de la Institución Educativa. Se entregan máximo a los tres días de ocurrida la ausencia. Se presenta ante el coordinador, quien debe gestionar con el docente para que permita la presentación de la evaluación.
1.10.1.13 Evaluación de los Educandos (Decreto Nacional 1290 De 2009)
En la Institución Educativa GIMNASIO GUAYACANES existirán cuatro
estrategias básicas:
a. La autoevaluación: el estudiante evalúa sus propias acciones, aumentando así su autoestima, responsabilidad y autonomía.
b. La Coevaluación: es la evaluación mutua que se hacen los integrantes de un grupo, con el fin de determinar logros y avances y programar nuevas actividades.
c. La heteroevaluación: es la evaluación que hace un sujeto del desempeño de otros sujetos, de manera unilateral.
d. Evaluación en desescolarización: es la evaluación que se le practica a los
estudiantes que por motivos como los de seguridad, salud, laborales, disciplinarios, deben continuar, finalizar el año lectivo o ser promovidos, con la estrategia de talleres y tareas pertinentes con su situación. Este estudiante no es desertor ni ha cancelado matrícula.
1.10.1.13.1 Nivelaciones
Dirigidas a estudiantes que:
Vienen de otra institución, por traslado Provienen de una institución con calendario B Han dejado de asistir a la institución educativa Se matriculó o hizo renovación extemporánea Le faltan, en el certificado de estudio, áreas obligatorias y fundamentales,
o su intensidad horaria no es la legal Otro motivo, a consideración del Consejo Académico
Para los otros conceptos donde sea necesaria la nivelación, el Consejo Académico, en el momento que se requiera, entregará -por intermedio de la Coordinación Académica- a los estudiantes o padres de familia un taller pertinente con lo que se necesite nivelar: áreas, intensidades académicas, períodos académicos entre otros, se conservará la firma de recibido por parte del estudiante en el observador del estudiante.
La recepción del taller será a través del coordinación académica, que se registrara en la el observador del estudiante para la evaluación posterior de los docentes respectivos y ser avalado luego por el consejo académico
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En cada institución existirá un libro reglamentario que se denominará libro de nivelaciones.
1.10.1.13.2 Períodos Académicos y la Escala de Valoración
Períodos académicos
Escala de valoración institucional
Aprobación de las Áreas
Equivalencia con la escala nacional
Áreas con dos asignaturas
Cuatro (4) períodos académicos Se entregarán a los padres de familia o acudientes. Su inasistencia podrá generar un debido proceso disciplinario a los padres de familia o acudientes con respecto a la renovación de matrícula de sus representados
Cuantitativa – Numérica
De uno (1.0) a cinco (5.0)
Se aprueba con una valoración mínima de tres (3.0). Se reprueba con valoraciones inferiores a tres (3.0)
Desempeño superior 4.6 - 5.0 Desempeño alto 3.6 - 4.5 Desempeño básico 3.0 - 3.5 Desempeño bajo 1.0 – 2.9
En ciencias naturales y educación ambiental (química y física), y humanidades, (lengua castellana e idiomas extranjeros), Se promediarán las notas de las asignaturas que la conforman, tanto en los períodos como en las notas definitivas, y se registrará su nota valorativa, según la escala valorativa institucional.
Desempeño superior. Corresponde al estudiante que:
• Alcanza todos los logros propuestos y realiza las actividades complementarias
• Asiste puntualmente a todas las actividades programadas por la institución, y, cuando falta, presenta excusas válidas, y sus procesos de aprendizaje no se ven disminuidos.
• Su comportamiento es excelente al igual que sus relaciones con la comunidad educativa.
• Desarrolla actividades curriculares y cocurriculares que exceden las exigencias esperadas Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
• Valora y promueve su propio desarrollo social y humano
Desempeño alto. Comprende al estudiante que:
• Alcanza todos los logros propuestos, pero debe desarrollar algunas actividades complementarias, como la recuperación.
• Tiene faltas de asistencia, tanto justificadas como in justificadas. • Reconoce y supera algunas fallas en el aprendizaje, y algunas dificultades
comportamentales. • Manifiesta tener sentido de pertenencia institucional • Desarrolla actividades curriculares y cocurriculares • Tiene un ritmo de trabajo responsable, de acuerdo con sus capacidades.
Desempeño básico. Corresponde al estudiante que:
• Supera los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales,
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• Alcanza los logros básicos propuestos, pero con actividades complementarias, como la recuperación.
• Presenta faltas de asistencias justificadas e injustificadas. • Presenta dificultades comportamentales que no le permiten concentrarse
en la adquisición de saberes. • Desarrolla un mínimo de actividades curriculares y cocurriculares. • Tiene algunas dificultades que supera pero no en su totalidad.
Desempeño bajo. Corresponde al estudiante que:
• No supera los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales.
• En las actividades de superación no alcanza los logros previstos. • Presenta continuas faltas de asistencia injustificadas. • Presenta dificultades comportamentales que no le permiten alcanzar los
logros. • No desarrolla el mínimo de actividades curriculares y cocurriculares
requeridas. • Es poco el sentido de pertenencia a la institución • Requirió atención especializada, la institución se la brindó y él no la
aprovechó • Puede tener dificultades asociadas con alguna privación que afecta sus
aprendizajes.
1.10.1.13.3 Comité Académico de Grado
Conformación (cada año escolar)
Reuniones
Funciones
Estrategias
• Rector o su delegado. • Dos representantes de los docentes.
• El coordinador • Psicólogo (a), si se cuenta con este profesional
Al iniciar el año lectivo escolar; terminada las recuperaciones (planes de apoyo) del año anterior
Al finalizar cada período académico.
Al conocer el informe final de los estudiantes.
Cuando sea requerido por alguna instancia de la comunidad educativa, o de los entes de control. .
Analizar periódicamente los informes de evaluación.
Identificar prácticas escolares que afecten el desempeño de los estudiantes,
Introducir las modificaciones necesarias para mejorar el nivel académico
Atender las reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
Con los padres de familia o estudiantes se programará un plan de actividades de apoyo para la superación de debilidades académicas denominado
RECUPERACIÓN
y se firmará un compromiso para su cumplimiento
1.10.1.13.4 Estrategias y Plan de Actividades de Apoyo para Resolver Situaciones Académicas
Refuerzos Recuperaciones Nivelaciones • Corresponde • Acordadas en el • Corresponde al
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a cada profesor de área.
• Se presentarán en el desarrollo de cada período académico.
• Antes de asignar la valoración de período se deben haber realizado, mínimo, dos refuerzos
• Serán diferentes a las que originaron la debilidad académica
• Se conocerán con anticipación las fechas y las actividades de refuerzo
Comité Académico dentro de los cinco días hábiles, después de entregado el respectivo informe
• Dirigidas a estudiantes que en el informe de evaluación obtuvieron desempeño bajo
• Los padres de familia
y estudiantes firmarán un compromiso para su cumplimiento.
• El término para
presentarlas será de diez (10) días hábiles. Pasado este tiempo se recibirán en el próximo período.
• Podrán presentarse
ante el docente del área o ante uno diferente al titular, pero que sirva el área en otro grado
• Si de un período
académico a otro el estudiante demuestra que superó las debilidades académicas, se entenderá que recuperó, sin necesidad de actividades específicas
• En el informe de
evaluación de cada período se dejará constancia en el área respectiva de “Sí recuperó”, o de, “No recuperó”.
Consejo Académico y se dirige a estudiantes que:
• Vienen de otra
institución, por traslado
• Provienen de una
institución con calendario B
• Han dejado de asistir
a la institución educativa
• Se matriculó o hizo
renovación extemporánea
• Le faltan, en el
certificado de estudio, áreas obligatorias y fundamentales, o su intensidad horaria no es la legal
• Otro motivo, a
consideración del Consejo Académico
1.10.1.13.5 Conducto Regular para atender Reclamos y Trámites Pertinentes
Cuando se presente un reclamo el estudiante o padre de familia o acudiente debe dirigirse en su orden a las siguientes instancias, siempre con el respeto que se merece toda persona.
1. Profesor del área. 2. Profesor director de grupo. 3. Coordinación Académica. 4. Comité Académico. 5. Rector. 6. Consejo Directivo.
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7. Director (a) de Núcleo Educativo. 8. Secretaría de Educación Municipal.
1.10.1.13.5.1 Procedimientos para las reclamaciones sobre evaluación en el período, en los informes de evaluación y en el informe final
Docente: recibe el reclamo verbal o escrito –se sugiere siempre por escrito-, cuenta con dos días para responder. Coordinador. Recibe solicitud escrita sobre el reclamo, respuesta escrita del docente donde explica los motivos de su respuesta y en dos días responde. Comité Académico. Igual procedimiento que el anterior, más la explicación escrita del Coordinador, y en tres días responde. Consejo Directivo: Recibe todo el proceso con el cual decidirá en dos días. El proceso de esta instancia se surte como se indica más adelante. Núcleo Educativo y Secretaría de Educación. El tiempo para reclamar será de tres días después de entregada la evaluación, cinco días después de recibido el informe de evaluación de período y 15 (quince) para el informe final. Los términos se interrumpen por vacaciones y por casos especiales.
1.10.1.13.5.2 Reclamaciones sobre la promoción de los estudiantes
Se surtirán así: • Igual procedimiento al anterior, excepto que no interviene el docente en
primera instancia, sino que se inicia con el coordinador académico. • Si se requiere la instancia del Consejo Directivo, se tramitará y se
obtendrá respuesta con el siguiente proceso: • Se recibirá la carta del estudiante, padre de familia o acudiente en la
secretaría o en la coordinación académica. • Se convocará a reunión del Consejo Directivo en un tiempo nunca
mayor a cinco (5) días. • Por medio de la secretaria académica se solicitarán las evidencias
necesarias para la reunión, estas deben ser: Acta de la comisión de evaluación y promoción.
Informe, por escrito, del, o de los docentes que sirven las áreas sobre las cuales se exponen las reclamaciones. Planilla de notas y de asistencia, del, o de los docentes que sirven las áreas sobre las cuales se exponen las reclamaciones. Evaluaciones o trabajos que permitieron la evaluación, si los hay.
• Reunión del Consejo Directivo: El Consejo Directivo en su sesión debe: Analizar la carta del estudiante, padre de familia o acudiente y confrontarla con el Acta del Comité Académico de Grado, y con las demás evidencias que se hayan presentado en el momento de la reunión. Tomar una decisión justa y objetiva sobre la reclamación.
• Elaborar un acto administrativo (Acuerdo del Consejo Directivo), en el cual quede clara la decisión tomada y que el estudiante tiene derecho a proceder con los recursos de ley siguientes: recurso de reposición y recurso de apelación, si lo considera necesario. De ser así, el Consejo Académico citará al estudiante y al, o los docentes en cuestión, para las aclaraciones necesarias.
• Publicación de la determinación: por medio de la secretaria académica se debe:
• En un lapso nunca superior a dos (2) días se entregará por escrito la respuesta al estudiante, padre de familia o acudiente que haya solicitado el análisis de la situación.
• Enviar copia de la decisión al Comité Académico de Grado y al Consejo Académico.
• Consignar la determinación en los libros correspondientes
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1.10.1.13.6 Obtención de la Valoración
Al Finalizar el Período
Analizando el cumplimiento de los criterios de evaluación institucional
Comparando la calificación numérica con otros criterios de evaluación institucional
Al final del grado
Computando las notas obtenidas en todos los períodos.
Comparando la calificación numérica con otros criterios de evaluación institucional.
1.10.1.13.7 Promoción de los Estudiantes
La siguiente política de promoción es válida para educación formal regular y de
adultos, ya que en preescolar no se reprueban ni actividades ni grados (Art. 10,
Decreto. 2247/97)
En la Media Técnica: el estudiante podrá pasarse a la educación media
académica en la renovación de matrícula del grado once, o después del primer
período académico en uno de los grados de la educación media, diez u once. La
promoción anticipada se concede si cumple con los requisitos académicos y se
promoverá para el grado once de educación media académica.
Para concederse en la EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA y ser promovido en su
especialidad, podrá solicitarse en cualquier período académico. Se graduará en
su especialidad si se promueve en el tercer período académico, siempre y
cuando haya cumplido con más del 70 % de la práctica. Las excepciones serán
motivadas y demostradas, y quedarán sujetas a juicio del Consejo Académico
PROMOCIÓN ESCOLAR.
Responsable de la
promoción
Tipos de promoción
Promoción Regular
Promoción Regular en la media técnica
Promoción Anticipada de grado
Promoción Extemporánea o
Especial
El Comité académico de grado, excepto: La promoción anticipada y La extemporánea o especial Que serán decididas por el Consejo Directivo, previa solicitud del Consejo Académico. Se contará con el autorización de los padres de familia o acudientes
PROMOCIÓN REGULAR: se presenta al finalizar el año lectivo PROMOCIÓN ANTICIPADA: se da en el primer período del año escolar
PROMOCIÓN EXTEMPORÁNEA O ESPECIAL: ocurre entre el segundo y cuarto período escolar, antes de finalizar el año lectivo.
Será decidida por el Comité Académico.
Se promocionarán de grado, o se graduarán como bachiller, aquellos estudiantes que: • presenten hasta
dos (2) áreas con desempeño bajo
• no acumule
faltas de asistencia injustificadas por más de 50 por ciento a las actividades académicas de la institución
Se reprueba con tres (3) o más áreas de desempeño bajo
Obtener un desempeño básico en todas las áreas o asignaturas de la respectiva especialidad. Cuando no alcance los logros de las áreas o asignaturas propias de la especialidad, se podrá promover y graduar como bachiller académico
El Consejo Académico, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente. El estudiante demostrará un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.
Dirigida a estudiantes que por una razón válida y previa demostración de la justificación, se promueven de grado o graduar como bachiller sin finalizar el año escolar. Se considerarán razones válidas, entre otras: • Viajes al exterior • incapacidades médicas prolongadas, • motivos de seguridad, • suficiencia académica, • recuperación de las áreas que no aconsejaron la promoción el año escolar anterior y que no ocurrió durante el primer periodo académico.
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1.10.1.13.8 Requisitos Para Obtener el Título de Bachiller (Académico O Técnico)
TÍTULO DE BACHILLER: se otorga a quienes cumplan con los siguientes
requisitos:
1. No presentar áreas con desempeño bajo o presentar hasta dos (2) áreas con desempeño bajo
2. No acumular faltas de asistencia injustificadas por más de 30 por ciento a las actividades académicas de la institución
3. Haber cumplido con 80 horas de Servicio Social Estudiantil Obligatorio 4. Certificar 50 horas de estudio y análisis de la Constitución Política de
Colombia. 5. Presentar las pruebas de Estado o ICFES
Cumplidos los requisitos anteriores, para la entrega del diploma y acta de grado
el estudiante debe:
• Contar con tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía
• Tener los certificados de estudio desde quinto de educación básica
primaria hasta la educación media.
1.10.1.13.9 Ceremonia de Graduación
La institución nunca ha analizado ni contemplado posibles casos que ameriten
para que un graduando no asista a la proclamación de bachilleres; en caso de
presentarse casos excepcionales sería el Consejo Directivo el encargado de
analizar la falta y tomar la determinación necesaria, consistente en la no
asistencia del estudiante a la ceremonia de proclamación de bachilleres.
1.10.1.13.10 Gobierno Escolar y demás Estamentos de Participación
El Gobierno Escolar de la Institución Educativa GIMNASIO GUAYACANES
Fundadores, se basa en: La Constitución Política de Colombia de 1991, el
Capítulo II de la Ley 115 de 1994 y el Capítulo IV del Decreto 1860 de 1994. Por tanto, la institución deberá conformarlo de la siguiente manera:
1.10.1.13.10.1 Consejo Directivo
De acuerdo con el artículo 143 de la Ley 115 de 1.994, y basándose en el artículo 22 del decreto 1860 del 3 de agosto de 1.994, en cada establecimiento educativo existirá un Consejo Directivo integrado por: a. El Rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá. b. Dos representantes de los docentes de la Institución. c. Dos representantes de los Padres de Familia. d. Un representante de los estudiantes que deben estar cursando el último
grado de educación que ofrezca la Institución. e. Un representante de los ex- educandos (egresados) de la Institución. f. Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector
productivo.
1.10.1.13.10.1.1 Funciones del Consejo Directivo
Las funciones del Consejo Directivo serán las siguientes: a. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la Institución,
excepto las que sean competencia de la Corporación Educativa de Desarrollo Colombiano- CEDECO.
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los educandos del establecimiento
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educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia;
c. Adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia; d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión
de nuevos educandos; e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad
educativa, cuando alguno de sus miembros, se sienta lesionado, f. Presentar a CEDECO, el plan anual de actualización académica del
personal docente. g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa; i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y
social del estudiante que han de incorporarse al Reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;
j. Participar en la evaluación de los docentes, directivos, docentes y personal administrativo de la Institución.
k. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
l. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;
n. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
o. Reglamentar los procesos de elección para la escogencia democrática de quienes harán parte del gobierno escolar.
p. Aprobar el presupuesto para el cobro de los derechos académicos de los educandos, tales como: expedición de certificados y de constancias, duplicados de diplomas, etc.
q. Darse su propio reglamento.
1.10.1.13.10.1.2Requisitos para la Elección del Representante
Para la elección de representantes al Consejo Directivo, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a. LOS DOCENTES: Estos deberán demostrar liderazgo, responsabilidad en las actividades que se desarrollan en la Institución, y ser autónomos y justos en sus decisiones. Serán nombrados por mayoría de votos y en reunión general de docentes.
b. EL ESTUDIANTE: Este debe demostrar madurez, poseer una hoja de vida intachable en su conducta y disciplina, y capacidad de liderazgo. Será seleccionado entre los educandos del grado 11°, nombrado por mayoría de votos. Lo elige el Consejo de Estudiantes en pleno.
c. EL EGRESADO: Elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
d. REPRESENTANTE DEL SECTOR PRODUCTIVO: Poseer una hoja de vida intachable, demostrar interés por la Institución y tener capacidad de liderazgo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
e. REPRESENTANTE DE PADRES DE FAMILIA: Estos deberán demostrar
liderazgo, responsabilidad en las actividades que se desarrollan en la
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Institución, y ser autónomos y justos en sus decisiones. Serán nombrados por mayoría de votos y en reunión general de padres de familia.
1.10.1.13.10.1.3Reglamento del Consejo Directivo
a. Primero: El Consejo Directivo estará integrado conforme al artículo 143 de la Ley 115 y su Decreto Reglamentario 1860 del mismo año.
b. Segundo: REUNIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: se llevarán a cabo cada mes, en la fecha y hora que el presidente debe haber definido y comunicado con tres días de anticipación. También se podrá reunir en forma extraordinaria cuando sea citado por el presidente o, por decisión de la mayoría de sus miembros. En el escrito que se haga de la convocatoria, se debe precisar el orden del día de la reunión que se está citando.
c. Tercero: Para que haya quórum decisorio debe estar la mitad más uno de sus miembros. Las decisiones se tomarán por la mayoría de votos de los asistentes.
Cuando se trate de una decisión para fijar matrículas y pensiones, debe haber asistencia del representante de los padres de familia.
Los invitados especiales a las sesiones deliberadoras tendrán voz, pero no voto, en la toma de decisiones.
d. Cuarto: Remoción. Quienes dejen de asistir a tres reuniones en el año, sin causa justa, serán removidos del cargo, por quienes los hayan nombrado, a solicitud del Consejo Directivo.
e. Quinto: El Secretario (a) del Consejo Directivo será la misma persona que cumpla dicha función en la Institución.
f. Sexto: Para asentar lo tratado en las reuniones del Consejo Directivo, se llevará un libro de actas, el cual deberá reposar en la secretaría del establecimiento.
g. Séptimo: Funciones del secretario (a):
Llevar el libro de actas;
Preparar actos administrativos;
Comunicar decisiones;
Organizar el archivo;
Recibir y organizar la papelería en el archivo;
Los de más que le sean asignadas. h. Octavo: Las decisiones se plasmarán en acuerdos, los cuales serán firmados
por todos los integrantes del Consejo Directivo. i. Noveno: Los actos del Consejo Directivo deberán ser aprobados por el
mismo. En ellos se hará un resumen de las deliberaciones y el total de decisiones, con las respectivas votaciones. De ellas se entregará copia a los miembros del Consejo Directivo, cuando se efectué la citación a la reunión siguiente.
j. Décimo: Comisiones. Podrán conformarse las comisiones accidentales que se consideren necesarias para tratar asuntos urgentes, para lo cual el Presidente del Consejo Directivo hará las respectivas designaciones.
Los integrantes de estas comisiones analizarán los asuntos de su competencia y prepararán el respectivo informe para el Consejo Directivo. Para realizar lo anterior, los consejeros comisionados podrán solicitar la colaboración de personas y funcionarios del plantel, que les faciliten el cumplimiento de sus objetivos. k. Once: Deberes. Serán deberes de los miembros del Consejo Directivo:
Asistir puntualmente a las reuniones.
Cumplir con las comisiones y presentar informes.
Rendir informes a la Institución o entidad que lo designó.
Ser responsable y leal.
Reglamentar y estimular todos los procesos electorales de tipo democrático al interior de la Institución.
l. Doce: Prohibiciones. El miembro del Consejo Directivo no podrá emitir informaciones tendenciosas, ni realizar actuaciones que vayan en contra del buen nombre de la Institución.
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1.10.1.13.10.2Consejo Académico
Según el artículo 24 del Decreto 1860 del 03 de agosto de 1.994, el Consejo Académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios “Jefes de área”.
1.10.1.13.10.2.1Funciones del Consejo Académico
Serán funciones del CONSEJO ACADÉMICO, de acuerdo con el Artículo 145 de la Ley 115 de 1.994, y del Artículo 24 del Decreto 1860 de 1.994, Decreto 1290 de 16 de abril de 2009, las siguientes: a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la
propuesta del Proyecto Educativo Institucional; b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto;
c. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución; d. Participar en la evaluación Institucional anual. e. Integrar los consejos docentes para la evaluación periódica del rendimiento
de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;
f. Recibir y decidir los reclamos de los educandos sobre la evaluación educativa, y,
g. Las demás funciones afines y complementarias con las anteriores que le atribuyen el proyecto educativo Institucional.
1.10.1.13.10.2.2Representantes al Consejo Académico
Teniendo en cuenta que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA GIMNASIO GUAYACANES, es una Institución que promueve académicamente de acuerdo con la Resolución 2343 y el Decreto 1860, y que funciona en tres jornadas, el CONSEJO ACADÉMICO estará conformado por: a. Los profesores jefes de área. b. Coordinadores. c. Rector.
1.10.1.13.10.2.3Reglamento del Consejo Académico
Se reunirá en la fecha y hora que determine el Rector, o, en forma extraordinaria, cuando las circunstancias así lo ameriten. Las reuniones del CONSEJO ACADÉMICO se denominarán TALLERES PEDAGÓGICOS, y la inasistencia de alguno de sus integrantes deberá ser justificada ante el Rector. El Rector conformará COMITÉ ACADÉMICO POR DE GRADO integradas por un número plural de docentes, con el fin de analizar el desempeño académico de los estudiantes. La Secretaria académica de la Institución será la misma para el CONSEJO ACADÉMICO, llevará un libro donde asentará las actas las cuales deberán ser leídas, consideradas y aprobadas en cada sesión.
Funciones de la Secretaría:
Llevar el libro de actas,
Organizar el archivo;
Recibir, organizar y entregar la papelería necesaria para cada sesión
Las de más que le sean asignadas.
Las decisiones tomadas por las COMITÉ ACADÉMICO DE GRADO, serán presentados al CONSEJO ACADÉMICO, quien las analizará y emitirá un fallo, que deberá ser sometido a consideración del CONSEJO DIRECTIVO, el cual tomará una determinación que, luego, plasmará en acuerdo.
Las determinaciones tomadas por el CONSEJO DIRECTIVO, basadas en las decisiones del CONSEJO ACADÉMICO, deberán ser acatadas por aquellos
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docentes o discentes que de una u otra forma se encuentren involucrados en tal determinación.
Los Deberes del CONSEJO ACADÉMICO
Asistir puntualmente a los talleres pedagógicos.
Cumplir con las comisiones que se les asignen y rendir los informes respectivos.
Ser persona responsable y leal en el desempeño de sus funciones. Por consiguiente no podrá emitir informaciones tendenciosas, ni particularizar actuaciones que vayan en contra del buen nombre del CONSEJO que representa, ni de la Institución.
1.10.1.13.10.3El Personero de los Estudiantes
En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en
cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un estudiante del último grado que
ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y
promotor de sus derechos y deberes (Art. 94, ley 115/94).
Será elegido para un periodo de un (1) año escolar; elegido por votación
democrática, se celebrará cada año, en la fecha estipulada por la secretaria de
Educación Municipal de Medellín.
1.10.1.13.10.3.1Funciones del Personero
Las funciones del Personero Estudiantil serán las siguientes: a. Presentar ante el Rector del establecimiento las solicitudes que consideren
necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.
b. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como
miembros de la comunidad educativa.
c. Defender y velar porque el estudiante actúe con libertad y respeto de
conciencia.
d. Instruir debidamente a los estudiantes que manifiesten la intención de
formular alguna petición o queja.
e. Promover ante las autoridades que conforman el gobierno escolar, las
peticiones que estime convenientes para la mejora y prosperidad del plantel
educativo.
f. Estar atento al correcto funcionamiento desarrollo de las actividades que
deben cumplir las autoridades del gobierno escolar
g. Intervenir como conciliador estudiantil entre directores de grupo, profesores y
estudiantes, cuando se presente algún conflicto, agotando siempre el
conducto regular, en proceso de concretar soluciones adecuadas.
h. Presentar ante las instancias correspondientes, propuestas, proyectos y
programas de los estudiantes.
i. Presentar ante el Consejo Directivo de la Institución Educativa, propuestas de
participación ciudadana (Ley 134/94), la Constitución Política de Colombia
(1991) y la Ley 375 de 1997, la cual avala la participación de la juventud para
la modificación del Manual de Convivencia.
j. Presenta, conjuntamente con los miembros del Consejo de Estudiantes,
propuestas que apunten al mejoramiento de la Institución Educativa.
k. Velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes y en
general del Manual de convivencia de la Institución.
l. Demás de los que señala la Ley General de Educación y su decreto
reglamentario.
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Parágrafo: las decisiones respecto a las situaciones de indisciplina en la cual
incurra el personero de la institución, serán resueltas, en primera instancia por el
rector, y en segunda instancia, por el Consejo Directivo.
Los personeros de los estudiantes no son: funcionarios del plantel educativo,
Jefes de disciplina, Mensajeros o mandaderos de los directivos o docentes de la
institución, Prometeros de acciones o actividades que no están contemplados
como parte de sus funciones.
1.10.1.13.10.3.2 Requisitos para la Elección del Personero Estudiantil
Para la elección del Personero Estudiantil, se tendrá en cuenta los siguientes
aspectos:
a. Tener gran compromiso con toda la comunidad educativa, ser un verdadero líder, comprometido con los derechos humanos y con el buen funcionamiento del plantel,
b. Debe tener buenas relaciones con los estudiantes y demás estamentos de la comunidad educativa,
c. Debe ser responsable, honesto y cumplidor de sus deberes, d. Debe tener buen rendimiento académico, no estar repitiendo el grado, ni tener
áreas en proceso de nivelación, e. No haber sufrido sanción disciplinaria de suspensión de uno (1) o más días,
en los dos años anteriores. f. Estar matriculado en el último grado que ofrezca la institución. g. Presentar un programa explicando las actividades que se desarrollarán
durante el año para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los estudiantes, de la educación y de la institución en general.
h. Presentar un lema que resuma la filosofía de su programa. i. No tener faltas disciplinarias. j. Traer una carta de presentación y apoyo de sus padres o acudientes. k. Incompatibilidades. No podrá ser elegido personero de los estudiantes: El hijo
del educador, secretaria, rector, o miembro del Consejo Directivo de la Institución.
1.10.1.13.10.3.3 Reglamento del Personero
a. El personero de los estudiantes no podrá crear organización administrativa
alguna; deberá unirse ordinariamente, una vez al mes con los representantes
o delegados de los grupos que conforman la institución y,
extraordinariamente, cuando él y la mitad más uno, así lo decidan.
b. En este evento los estudiantes podrán ocuparse sino de aquellos asuntos
expresamente señalados en la decisión.
c. El personero de los estudiantes, y los representantes de grupo, podrán ser
invitados a las reuniones del Consejo Directivo, con derecho a voz pero no a
voto. La citación deberá hacerse con cinco (5) días de antelación.
d. Las decisiones del personero de los estudiantes y de los representantes de
grupo se denominarán circulares, se enumerarán consecutivamente y se
adoptarán por mayoría absoluta de votos de los asistentes, siempre y cuando,
verificado el Quórum, se halle la mitad más uno.
e. Representará a la institución educativa; en eventos externos propios de su
cargo, previa autorización de la rectoría.
f. En caso de ausencia (incapacidad médica, cancelación de matrícula, o retiro
de la institución) del personero estudiantil, lo remplazará el estudiante que
haya obtenido el segundo puesto en votación.
1.10.1.13.10.3.4Proceso Electoral
a. La elección se realizará de conformidad con la reglamentación que expida el
Consejo Directivo de la Institución.
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25
b. Para organizar todos los procedimientos, y la mecánica de elección del
personero de los estudiantes, se tendrán en cuenta las disposiciones legales
del código electoral colombiano y la ley 130 de 1994.
c. La campaña electoral se iniciará a los 20 días de iniciadas las actividades
académicas en la Institución.
d. Conformación del Consejo Electoral.
Estará integrado por las siguientes personas, así:
o Rector (coordinador electoral). o Coordinadores de disciplina y académico. o El Consejo Directivo (se elegirá un padre de familia y un profesor) o Cuatro profesores del área de sociales.
1.10.1.13.10.3.5Inscripción de Candidatos
Quien aspire a ser personero de los estudiantes deberá inscribirse con quince
(15) días de anticipación a la fecha de la elección, hasta las 11:00 a.m. en la
coordinación electoral (rectoría).
Parágrafo: debe cumplir los requisitos del artículo 9 del presente acuerdo y
además los que figuren en el este artículo:
Dos fotos del estudiante que encabeza la lista.
Que dicha inscripción se haga a nombre de la Institución.
Fotocopia del carné estudiantil.
1.10.1.13.10.3.6Jurados de Votación y Elecciones
a. Para garantizar el normal funcionamiento de las elecciones y la pureza de las
mismas, en cada mesa de votación habrá un jurado, compuesto por tres (3)
ciudadanos (educador, padre de familia y estudiante).
b. Las personas escogidas para actuar como jurados de mesa serán
nombrados por el Consejo electoral, mediante circular.
c. En las elecciones del personero de los estudiantes, el estudiante votará a
través de “tarjetón” o “sistemáticamente”, donde irá el nombre de los
candidatos, sus fotografías, su numeración.
Parágrafo: El Consejo Electoral citará a los candidatos para el sorteo de la
numeración que va a tener en el tarjetón o sistemáticamente.
d. Tarjetón: Se marcará el tarjetón del candidato de su gusto o se dará clic a la
foto del candidato de su gusto y se validará la votación.
e. Resultados: los resultados del cómputo del sufragio que realice la comisión o
comité de escrutinio, se hará constar en un acta, con dos (2) ejemplares
iguales por cada mesa o por cada monitor, y será firmada por el respectivo
jurado de votación. Luego serán pasados al consejo electoral para su
respectivo informe final.
f. Las actas de cada mes o monitor se registraran los siguientes datos:
Lugar, fecha, hora de iniciación y terminación de la votación.
total de votos obtenidos por cada candidato, expresado con números y letras.
Total de votos en blanco, total de votos nulos.
Las observaciones y notas aclaratorias que sean necesarias.
La firma del jurado y miembros de la comisión escrutadora de cada mesa de votación y en general.
g. Será electo como personero de los estudiantes quien saque la mayor
votación, y su posesión será a los ocho (8) días siguientes.
h. De esta elección se levantará un acta suscrita por el consejo electoral, en la
cual comunicará los resultados.
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i. Reclamos: Los reclamos en contra de la elección, se harán en un término de
cinco (5) días hábiles, debidamente fundados, ante el Consejo Electoral,
quien dispondrá lo pertinente en un término de quince (15) días hábiles.
j. En el evento en que se viole alguna de las exigencias o procedimientos de
este acuerdo, el Consejo electoral, anulará la elección y convocará a nuevos
comicios.
k. El Consejo Directivo, adoptará la logística, presupuesto y apoyará este
proceso participativo.
1.10.1.13.10.3.7 Disposiciones Finales
a. En caso de muerte, pérdida de derechos políticos, renuncia o no aceptación
de alguno o algunos de los candidatos, podrán modificarse las listas a más
tardar cinco (5) días antes de la fecha de elección.
b. Capacitación: En los primeros veinte (20) días calendario escolar, la
Institución Educativa pondrá a disposición de los estudiantes del grado 11º y
CLEI VI, una capacitación, para que se preparen, eduquen y proyecten a la
comunidad.
c. Compañeros: Los compañeros de los candidatos realizarán sus campañas
durante quince (15) días, utilizando para ello, carteles, avisos, volantes, y
realizando visitas a los grupos. Para acompañar este proceso democrático, el
rector nombrará dos (2) profesores, que orientarán, en todo momento a los
candidatos.
d. Al personero de los estudiantes, se le podrá revocar su mandato por el
incumplimiento de sus funciones, por faltas graves de conducta y gravísimas
de disciplina o comportamientos que desprestigien su investidura y estén
reñidos con el manual de convivencia de la Institución.
e. Revocatoria del mandato: Firmar un contrato pedagógico, por razones
académicas y disciplinarias, Sufrir sanción de desescolarización por uno (1)
o más días, Desarrollar funciones diferentes a las estipuladas para su caro,
Incumplir con los compromisos para los cuales fue nombrado, Por solicitud
escrita y firmada por al menos, del 51% de número de votos depositados
para su elección 8anexando pruebas), al consejo Directivo de la Institución.
Parágrafo: El personero de los estudiantes, que ha sido removido de su cargo, será remplazado por el estudiante (a), que haya obtenido la segunda votación en la elección realizada. f. El Consejo Directivo, tendrá autonomía para determinar si las votaciones
para elegir el personero estudiantil serán a través de tarjetón “urna” o virtual
“sistemáticamente”, estos serán los que estudiaran la mejor opción. y toda su
logística será comunicada a toda la comunidad estudiantil, a través de un
acuerdo directivo.
Nota: los profesores del área de Sociales estarán prestos a resolver cualquier duda sobre el proceso electoral.
1.10.1.13.10.4Comité Académico por Nivel de Grado
1.10.1.13.10.4.1 Integrantes
El COMITÉ ACADÉMICO DE GRADO será conformado al principio de cada año
escolar por:
a. Rector o su delegado1 b. Dos representantes de los docentes
1Estas delegaciones se conservarán por un año lectivo en una carpeta denominada “Varios: delegaciones
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c. El Coordinador d. Psicólogo (a), si se cuenta con este profesional
Toda delegación procederá por escrito, donde conste la siguiente información:
a. Fechas de delegación b. Qué se delega c. Quién delega y a quién se delega d. Firmas de los intervinientes.
1.10.1.13.10.4.2 Conformación del Comité Académico
a. El rector o su delegado quien lo convocará y presidirá. b. Dos representantes de los docentes (Dos docentes de básica primaria para
estudiar el rendimiento académico de este nivel, Dos docentes, uno de básica secundaria y otro de educación media para los mismos propósitos, en este nivel).
Estos representantes son elegidos por los mismos docentes, en reunión que
convocará el rector, para este fin, al inicio de cada año escolar en reunión que
convocará el rector / a para este fin, y donde se elegirá el suplente para cuando
sea pertinente. Los profesores concurrirán a las reuniones de sus respectivos
niveles, con la participación de:
a. El coordinador académico. b. Psicóloga.
1.10.1.13.10.4.3 Funciones del Comité Académico de Grado
a. Analizar periódicamente los informes de evaluación. b. Identificar, a través de estos informes, prácticas escolares que puedan estar
afectando el desempeño de los estudiantes, como:
Manejo de grupo
Método empleado
Técnicas de estudio
Conveniencia de las tareas y su cumplimiento
Pertinencia del plan de estudio.
Introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar el nivel académico del estudiante y de la institución. Las modificaciones se dirigirán a los padres de familia, estudiantes, docentes o a la institución, según proceda.
Atender las reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
1.10.1.13.10.5Consejo y Asociación de Padres de Familia
El decreto 1860 de 1994, en su artículo 30 y el Ministerio de Educación Nacional
a través del Decreto Nº 1286 de 2005, del 27 de abril 2005; Por el cual se
establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el
mejoramiento de los procesos educativos de los establecidos oficiales y privados
y se adoptan otras disposiciones, que se detallan a continuación:
a. La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad
de padres de familia del establecimiento educativo, quienes son los
responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el
proceso educativo de sus hijos.
b. Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del
Rector o Director del establecimiento educativo.
c. El Consejo de padres de Familia es un órgano de participación de los padres
de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua
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participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del
servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de
familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento, de
conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional, PEI.
d. Durante el transcurso del primer mes del año escolar contando desde la fecha
de iniciación de las actividades académicas, el Rector o Director del
establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a
sus representantes en el Consejo de padres de Familia.
e. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año
lectivo se efectuará en reunión por los grados, por mayoría, con la presencia
de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres
representantes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.
f. La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse
en el Manual de Convivencia.
g. Estructura y funcionamiento del Consejo de Padres de Familia. El Consejo de
Padres de Familia deberá conformarse en todos los establecimientos
educativos. Podrá organizar los comités de Trabajo que guarden afinidad con
el proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del
establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que
acuerde con el rector o director. Los comités podrán contar con la
participación de un directivo o docente del establecimiento educativo
designado por el rector o director para tal fin.
h. El consejo de padres no requiere registro ante ninguna autoridad y para
pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución
económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año
por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. Las sesiones del
consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos
mismos.
i. Las secretarías de educación apoyarán a los establecimientos educativos para
que se conformen los consejos de padres de familia y solicitarán informes
periódicos sobre su funcionamiento.
1.10.1.13.10.5.1 Funciones del Consejo de Padres
a. Contribuir con el rector o director b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las
pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior, ICFES.
c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento. e. Promover actividades de formación de los padres de familia. f. Proporcionar un clima de confianza g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el
marco de la Constitución y la ley. h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción. i. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional
que surjan de los padres de familia de conformidad con loa previsto en los artículos 14,15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
j. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.
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Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá
estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá
de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al
establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
1.10.1.13.10.5.2 Elección del Representante de los Padres de Familia
Elección de los representantes de los padres de familia del consejo directivo. El
consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector
o, director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta
días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el
consejo directivo del establecimiento educativo.
a. En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo deben
ser padres de estudiantes del establecimiento educativo.
b. Asociación de padres de familia. Para todos los efectos legales, la asociación
de padres de familia es sin ánimo de lucro, decisión libre y voluntaria de los
padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento
educativo. Sólo existirá una asociación de padres de familia por
establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está
previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia
legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la
Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente
separados de los del establecimiento educativo. No habrá espacio para la
oficina dentro de la institución.
c. La asamblea general de la asociación de padres es diferente de la asamblea
general de padres de familia.
Parágrafo 2º. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance
la mitad la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de
los padres ante el consejo directivo, el consejo de padres elegirá.
1.10.1.13.10.5.3 Las Finalidades de la Asociación de Padres de Familia
a. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento.
b. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
c. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. d. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones
necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. e. Promover convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromisos con
la legalidad. f. El Manejo de los recursos de la asociación de padres. El patrimonio de la
asociación de padres de familia y su gestión deben estar claramente
separado del establecimiento educativo, En ningún caso, podrá ser un
directivo, administrativo o docente del establecimiento educativo. La junta
directiva deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre
su gestión académica, administrativa financiera. El responsable de los
aspectos financieros de la asociación deberá tener póliza de manejo.
Parágrafo. Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solos
podrán exigirse si son aprobadas por la tres cuartas (3/4) partes de los asistentes
a la asamblea general de asociados, convocada con la debida anticipación. En
ningún caso, la asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en
un plan de desarrollo y plan anual de caja.
P.E.I Institución Educativa Gimnasio Guayacanes
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1.10.1.13.10.5.4 Prohibiciones para las Asociaciones de Padres de Familia
a. Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de estos, con destino al establecimiento educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios o cualquier forma de aporte en dinero.
b. Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la asociación o de los miembros de esta, o en aquellos con los que establezca convenios.
c. Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos colectivos del establecimiento educativo, o en aquellas propias de los organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección, y vigilancia del sector educativo.
d. Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se practiquen juegos de azar.
El rector o director promoverá la organización de la asociación de padres de
familia en el establecimiento educativo como un medio de fortalecimiento de la
democracia participativa.
1.10.1.13.10.5.5 Prohibiciones para la Institución Educativa.
a. Exigir a los padres de familia o estudiantes constancias de afiliación o paz y salvo con la asociación de padres de familia.
b. Imponer a los padres la obligación de afiliación. c. Recaudar dineros o especies con destino a la asociación de padres de familia
o cuyo cobro corresponda a esta. d. Imponer a los padres o estudiantes la obligación de participar en eventos o
actividades propias de la asociación de padres de familia. e. Limpiar o impedir por cualquier medio y bajo ningún pretexto, el ejercicio del
derecho de asociación que tienen los padres de familia. f. Imponer costos diferentes de los legalmente establecidos por las respectivas
autoridades educativas, o exigir algún pago a través de está, para el establecimiento.
g. Solicitar a las asociaciones contribuciones financieras con destino al
establecimiento educativo o para sufragar gastos de viaje de directivos,
docentes o administrativos del establecimiento.
La secretarias de educación de los municipios, certificados ejercerán la
inspección la inspección y vigilancia sobre las asociaciones de padres de familia
de su jurisdicción, con el fin de que cumplan la Constitución, la ley y sus propios
estatutos, y con tal fin deberán mantener información actualizada sobre la
existencia de estas organizaciones.
1.10.1.13.10.6Consejo de Estudiantes
Es el máximo organismo colegiado de participación de los estudiantes. Estaría
integrado por los representantes de cada uno de los grados en la básica, media y
Técnica y en primaria con un representante de cada uno de los ciclos. Par a tal
designación, el rector deberá convocar dentro de los 30 días del calendario
académico, a sendas asambleas, integradas para los estudiantes de cada grupo,
con el fin de que elijan de su seno, y mediante votación secreta, su representante
para el año lectivo en curso en el Consejo Directivo de la Institución.
1.10.1.13.10.6.1 Conformación del Consejo de Estudiantes
Para elegir al estudiante que conforma el Consejo de Estudiantes, será de la
siguiente forma:
a. Elección del estudiante representante de cada grupo, para los estudiantes del
nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán
P.E.I Institución Educativa Gimnasio Guayacanes
31
convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre
estudiantes que cursan el tercer grado.
b. Reunión de los representantes de grupo de cada grupo.
c. Presentación de propuesta de trabajo; de cada uno de los representantes de
grupo a su compañero de grado.
d. Elección del representante de grado al Consejo de Estudiantes y suplente.
Por voto secreto, conciliación o acuerdo entre ellos.
e. Elaboración de acta, con nombre de cada uno de los integrantes de los
estudiantes elegidos al Consejo de Estudiantes y sus respectivos suplentes,
con la información básica de estos. Además de las respectivas firmas.
1.10.1.13.10.6.2 Funciones del Consejo de Estudiantes.
El Consejo de estudiantes le corresponde:
a. Darse su propia organización interna. b. Realizar actividades afines o complementarias que se le atribuyan. c. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del
establecimiento o en su defecto elección popular de este por todos los estudiantes de la institución, en elecciones conjuntas del personero escolar de la institución.
d. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y,
e. Representar a los estudiantes con procesos disciplinarios en el comité de convivencia escolar, con un miembro y de acuerdo al grado de la falta.
f. Las demás actividades afines o complementarias con los criterios que le atribuya el Manual de Convivencia.
1.10.1.13.10.6.3 Contralor Escolar
En el recinto del CONCEJO DE MEDELLÍN; se aprueba el ACUERDO MUNICIPAL Nº 41 DE 2010; En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y en especial las conferidas por el Artículo 313 de la Constitución Política de Colombia y la ley 136 de 1994.“Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”. La institución educativa Gimnasio Guayacanes cumplirá los siguientes requisitos de norma.
La institución tendrá una Contraloría Escolar. La Contraloría Escolar será la Encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos. Velará porque los programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurantes Escolares, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva institución educativa y de su entorno cumplan con el objetivo propuesto.
1.10.1.13.10.6.4Objetivos del Contralor Escolar
a. Incrementar las competencias de los estamentos estudiantiles en el ejercicio del control social sobre la gestión de recursos destinados a la educación.
b. Lograr el reconocimiento de los jóvenes como actores de la cultura política, cívica, social y en el ejercicio del control fiscal.
c. Contribuir a la eficacia de la transparencia en la gestión educativa en el manejo de los recursos públicos.
d. Generar una cultura participativa e incluyente no solo en la gestión educativa sino en los temas de control fiscal de la ciudad.
P.E.I Institución Educativa Gimnasio Guayacanes
32
1.10.1.13.10.6.5Funciones de la Contraloría Escolar
La Contraloría Escolar tendrá las siguientes funciones y atribuciones: “Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”
a. Contribuir a la creación de la cultura del Control Fiscal, del buen uso y manejo de los recursos públicos y bienes de la institución educativa y de los proyectos del Municipio de Medellín.
b. Vincular a los estudiantes en el desarrollo de las tareas que corresponde a la Contraloría Escolar, con el fin de generar una mayor cultura y conocimiento del ejercicio del Control Fiscal que compete a las contralorías, en el quehacer de cada Institución Educativa, para velar por la gestión y los resultados de la inversión pública en los proyectos de su Entidad.
c. Velar para que los proyectos ejecutados por las diferentes Secretarías del Municipio de Medellín y sus entidades descentralizadas en la institución educativa o en el entorno de ésta, satisfagan los objetivos inicialmente previstos.
d. Velar porque la disposición, administración y manejo del Fondo de Servicio Educativo, Restaurante Escolar, Tienda Escolar, Proyectos del Presupuesto Participativo, Proyectos del Municipio de Medellín en su respectiva institución educativa y su entorno tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades inicialmente establecidas.
e. Velar porque los procesos de contratación que realice la institución educativa, contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los educandos y educadores.
f. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.
g. Presentar a la Contraloría General de Medellín los resultados de las evaluaciones realizadas a los diferentes procesos y proyectos de la institución, para que ésta defina si es procedente o no determinar la existencia de un hecho fiscal.
h. Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión previa verificación de la Contraloría General de Medellín.
Parágrafo 1º. La Contraloría General de Medellín velará por el estricto cumplimiento de las funciones que corresponde a la Contraloría Escolar y en el evento de omisión o extralimitación en el ejercicio de las funciones, se informará de ello a la institución educativa para que tome las medidas pertinentes, según la competencia que en ese sentido se haya otorgado.
Parágrafo 2º. Las situaciones que se presenten relacionadas con el ejercicio del control fiscal, se darán a conocer a la Contraloría General de Medellín, entidad que será el único canal de comunicación de la Contraloría Escolar. Si se trata de otras situaciones que así lo ameriten, se darán a conocer a los organismos oficiales y competentes para ello. “Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”.
1.10.1.13.10.6.6Conformación de la Contraloría Escolar
a. La Contraloría Escolar estará compuesta por el Contralor Escolar y el Grupo
de Apoyo.
b. El contralor escolar será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo del nivel de Educación media, o de grado noveno o quinto en caso de que la institución educativa sólo ofrezca hasta el nivel de educación básica, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados. Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el Plan de Trabajo. Parágrafo: La responsabilidad del Contralor Escolar, es incompatible con la del Personero Estudiantil y con la del representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.
P.E.I Institución Educativa Gimnasio Guayacanes
33
1.10.1.13.10.6.7Funciones del Contralor
a. Liderar la Contraloría Escolar en la respectiva institución educativa. b. Ser vocero de la Contraloría Escolar ante la comunidad educativa. c. Convocar a los integrantes de la Contraloría Escolar a una reunión ordinaria
cada dos meses, o extraordinaria cuando sea necesario. d. Representar la Contraloría Escolar ante la Red de Contralores Escolares. e. Representar la Contraloría Escolar ante la Contraloría General de Medellín. f. Solicitar a la Contraloría General de Medellín que realice las verificaciones
que se consideren necesarias frente a las actuaciones de los gestores fiscales, a fin de que ésta determine si es procedente o no adelantar alguna acción de control fiscal.
g. Solicitar a la Contraloría General de Medellín las capacitaciones que estime necesarias para el adecuado desarrollo de las funciones que corresponden a la Contraloría Escolar.
h. Verificar la publicación en lugar visible los informes de ejecución presupuestal de ingresos y gastos de los FSE.
i. Verificar que el Rector o Director Rural publique semestralmente en cartelera las contrataciones que se haya celebrado con cargo a los Fondos de Servicios Educativos en la vigencia fiscal y la población beneficiada a través de los programas de gratuidad y derechos académicos y complementarios, restaurantes escolares, fondo de protección escolar, p.p y otros proyectos que tenga la Institución Educativa. “Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”
j. Promover la comunicación en la comunidad educativa de las obras físicas que se van a realizar y el seguimiento para que las mismas se entreguen con la calidad requerida y con las necesidades de la población escolar.
k. Solicitar al rector la publicación en lugar visible la Resolución del Ministerio de Educación Nacional, sobre la asignación de recursos de gratuidad provenientes para estudiantes SISBEN 1y 2, así como la destinación que se le da en el presupuesto de gastos según la aprobación del Consejo Directivo.
l. Solicitar al rector la publicación en lugar visible el Decreto de transferencia municipal de recursos por concepto de gratuidad para los niveles de sisben 1,2 y 3 y los recursos adicionales por concepto de estudiantes de media técnica. Parágrafo. En ausencia permanente del Contralor Escolar, corresponde al grupo de apoyo, designar entre ellos, un estudiante que reúna las calidades exigidas para el remplazo, hasta terminar el periodo para el cual fue elegido el Contralor saliente.
1.10.1.13.10.6.8Conformación de la Contraloría Escolar
Estará conformado por estudiantes matriculados en la institución educativa, que cursen los grados sexto a undécimo y los estudiantes que cursen el último grado en los Centros Educativos, según ofrezca la institución; se elegirá democráticamente un representante por cada grado, por votación interna que realizará el alumnado el mismo día de la elección del Contralor Escolar.
1.10.1.13.10.6.9Funciones del Grupo de Apoyo de la Contraloría Escolar
a. Elegir el Secretario (a) de la Contraloría Escolar para llevar el libro de actas. b. Apoyar el ejercicio del Control Fiscal en la institución educativa. c. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI). d. Conocer el presupuesto de la respectiva institución educativa y el plan de
compras y verificar el cumplimiento de los resultados previstos con los gastos que se ordenan.
e. Solicitar las actas del Consejo Directivo de la respectiva institución educativa relacionadas con presupuesto.
f. Estudiar y analizar la información que sea allegada a la Contraloría Escolar. g. Presentar propuestas al Contralor relacionadas con las funciones inherentes a
la Contraloría Escolar.
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34
h. Designar el remplazo del Contralor Escolar en ausencia definitiva del elegido por la comunidad educativa. “Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”.
1.10.1.13.10.6.10Red de Contralorías Escolares
Estará conformada por los Contralores Escolares de las diferentes instituciones educativas y serán coordinadas por la Contraloría General de Medellín.
1.10.1.13.10.6.11Elección y período
a. El Contralor será elegido por un período fijo de un año, el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. El aspirante no podrá tener sanciones disciplinarias dentro de los dos años anteriores a su postulación. Del proceso electoral realizado, se levantará un acta donde consten los candidatos que se postularon a la elección, número de votos obtenidos, la declaratoria de la elección de Contralor Escolar y el número de votos obtenidos, y deberá ser firmada por el Rector de la institución educativa. Copia de dicha acta deberá ser enviada al Contralor General de Medellín y a la Secretaría de Educación Municipal.
b. El Contralor Escolar electo tomará posesión de su cargo ante el Contralor General de Medellín en ceremonia especial que se programará para tal efecto.
Parágrafo 1º. El Contralor Escolar y su grupo de apoyo podrán ser reelegidos. Parágrafo 2º. La Contraloría Escolar y sus funciones serán incluidas en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Convivencia de cada institución educativa del Municipio de Medellín. Parágrafo 3º. El ejercicio del Contralor Escolar es incompatible con el de Personero y con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Estudiantil.
c. El Consejo Directivo, podrá también optar por una elección virtual, siempre y
cuando consideren que tienen toda la infraestructura para hacerlo. y toda su
logística será comunicada a toda la comunidad estudiantil, a través de un
acuerdo directivo.
1.10.1.13.10.6.12Incentivos a la participación.
El ejercicio del cargo de Contralor Escolar, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus funciones durante todo el período para el cual fueron elegidos. Parágrafo: cada institución acordará el mecanismo para extender este beneficio, a los estudiantes que participen en el Grupo de Apoyo del Contralor Escolar.
La Contraloría General de Medellín y la Secretaría de Educación del Municipio de Medellín, harán un acompañamiento y seguimiento permanente en las instituciones educativas, facilitando la capacitación y orientación de los procesos eleccionarios y en el ejercicio de sus funciones a las Contralorías Escolares. Se establecerá un mecanismo de atención y acompañamiento permanente por parte de cada una de estas instituciones. “Por el cual se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín”
La Contraloría General de Medellín estimulará el funcionamiento de la Red de Contralores Escolares, orientará su actividad y ejecutará los procesos de capacitación correspondientes a través de la Escuela de Investigación y Capacitación del Ente de Control Fiscal.
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1.10.1.13.10.7 Representante de Grupo y sus Funciones
Las funciones que tendrá el representante de los estudiantes del grupo son:
a. Asistir a todas la reuniones de los estudiantes que son representantes de grupo cuando sean convocadas para tratar asuntos de importancia a nivel institucional o grupal.
b. Fomentar en su grupo un ambiente de estudio agradable y buscar la manera de formar grupos de estudio para profundizar el los diferentes temas o áreas
c. Estimular a los compañeros para que logran una mejor unidad de grupo d. Programar con el grupo y su respectivo director actividades para logara un
mejor aprovechami9ento del tiempo extractase e. Ser intermediario positivo en las posibles discrepancias entre los docentes y
el grupo o un miembro de éste. f. Promover actividades de grupo que sirvan para mejorar las relaciones entre
los grupos del mismo nivel y de los otros niveles g. Mantener en adecuada información a sus compañeros sobre las principales
actividades sociales del grupo. h. Motivar en el grupo el entusiasmo por la participación de eventos culturales,
deportivos y científicos por los diferentes estamentos de la institución. i. Velar por que el salón de clases tenga una presentación física adecuada
(aseo, orden, ornamentación) j. Dar testimonio de responsabilidad, tanto en los procesos cognitivos como en
sus procesos socio – afectivos. k. Resaltar cada mes los valores de la institución l. Colaborar con el Director de grupo en la ejecución del proyecto Integral de
Aula o cualquier otra función que le sea asignada. m. Rendir informes escritos periódicamente sobre cualquier asunto en particular
al orientador de grupo n. Guardar absoluta reserva sobre todos los asuntos que sean de su
conocimiento por razón de su oficio o. Las demás que le sean asignadas por el Rector, Coordinador o Director de
Grupo. p. Elegir el representante de los estudiantes al Consejo de Estudiantes. q. El Representante de grupo; será elegido por un período fijo de un año, en la
segunda semana de iniciar el año académico escolar. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto, en cada uno de los grupos. El aspirante no podrá tener sanciones disciplinarias dentro de los dos años anteriores a su postulación. Del proceso electoral realizado, se levantará un acta donde consten los candidatos que se postularon a la elección, número de votos obtenidos, la declaratoria de la elección del representante del grupo y el número de votos obtenidos se consignará en el formato previamente diseñado GIR13.
1.10.1.13.10.8 Estímulos y Motivaciones
a. La felicitación privada: se hace personalmente al educando que se distinga en
sus logros personales. b. La felicitación pública: se hace ante al acudiente, ante el grupo o ante la
comunidad, a quienes lo merezcan por su comportamiento ejemplar a su rendimiento eficiente.
c. La izada de bandera: Distinción que se hace durante los actos cívicos, a los estudiantes elegidos por cada grupo.
d. Becas de estudio. Para los efectos de los estímulos anteriores, se consideran como “Mejores Estudiantes”, aquellos que tienen un buen rendimiento académico, una disciplina y conducta ampliamente satisfactorias.
e. Resolución rectoral, por medio de la cual se hace reconocimiento a:
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Los estudiantes que al finalizar el año escolar, obtengan el primer puesto por su rendimiento académico, sentido de pertenencia, solidaridad, disciplina, etc., en cada uno de los grupos del plantel.
Los estudiantes que se hayan distinguido en el ámbito zonal, municipal, nacional o internacional en cualquier modalidad deportiva, cultural o intelectual.
Al estudiante o estudiantes que ocupen el primer puesto en cada versión
de la feria de la Creatividad, la Tecnología y la Ciencia.
A aquellos estudiantes que el Rector considere necesario brindarles la oportunidad de ser becados, de acuerdo con el consenso del cuerpo de profesoras, de padres de familia y del Consejo Directivo
Los Directores de Grupo y los Profesores, podrán utilizar otras motivaciones o estímulos que conduzcan al mejoramiento estudiantil.
1.10.1.13.10.9 Normas de Urbanidad y Reglamento
1.10.1.13.10.9.1 Ingreso y Salida de los Estudiantes del salón de clase
A continuación se expide un listado de elementos formativos y normativos que ayudarán a los niños y niñas en el modo de ingresar y salir del salón de clase.
a. Conservar la distancia a la hora de ingresar al salón de clase al iniciar la jornada.
b. Conservar la distancia en el momento de salir del salón de clase para ir al descanso.
c. Conservar la distancia al momento de salir del salón de clase para salir de la institución al finalizar la jornada.
d. Mantener la puntualidad en el momento de iniciar la clase a primera hora. e. Mantener la puntualidad en el momento de iniciar la clase en el resto de la
jornada. f. Ingresar al salón de clase sin la acción del consumo de alimentos al iniciar la
clase y después de cada descanso. g. Mantener el orden sin salirse en momentos de cambio de clase. h. No salir del salón de clase al descanso sin haber tocado el timbre. i. Mantener el orden sin agredirse verbal y físicamente, sin afanes al salir del
salón para el descanso o al ingresar a él. j. Despejar las salidas y entradas en los momentos de salir e ingresar al salón
de clase, ya sea para el descanso ya se para el descanso o para comenzar la clase.
k. Salir con calma en el momento de la finalización de la jornada. l. Salir con calma en el momento de ir al descanso. m. Mantener el orden sin empujarse al iniciar la jornada de clase n. Mantener el orden sin empujarse al salir del salón en la culminación de la
jornada. o. Mantener la no acción del consumo de alimentos durante las clases. p. No arrojar basuras de los alimentos en el momento de la salida del salón de
clase. q. No ingresar a los baños en horas de clase a no ser por causas médicas y de
salud e higiene. r. Caminar despacio en el momento de salir y de ingresar al salón de clase. s. No gritar, no insultar, no pelear durante el desplazamiento al salón de clase o
en los descansos. t. No correr en las entradas y salidas del salón de clase cuando haya peligro de
humedad o calor.
1.10.1.13.10.9.2 Salidas Pedagógicas
a. Obtener permiso escrito de rectoría. b. La persona encargada de los estudiantes debe llevar consigo el permiso. c. Los estudiantes deben de traer el permiso escrito de autorización del
acudiente para participar de la salida pedagógica. Sin ésta; no participará el estudiante de la salida pedagógica.
d. Los estudiantes debe llevar su EPS, Sisben o Seguro de accidentes. e. Cumplir las normas del lugar o institución que va ha visitarse. f. Enaltecer la Institución con su comportamiento, urbanidad y buen trato. g. Llevar los comestibles y útiles necesarios para la realización de los objetivos
propuestos. h. Atender en todo momento a la persona encargada del grupo.
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i. No salirse de las rutas predestinadas ni alejarse del grupo sin previa indicación
j. Ubicar desde el inicio los horarios y puntos de encuentro. k. Estar a la hora indicada para cada una de las actividades propuestas l. Informar la salida oportunamente a la comunidad.
El no cumplimiento de lo anterior; el estudiante será sancionado, con la no participación de salidas pedagógicas futuras.
1.10.1.13.10.9.3 Zonas Verdes
a. No pisar las zonas verdes, utilizar espacios aledaños para transitar b. No arrojar basuras c. No tirarse en las zonas verdes d. No destruirlas e. No arrancarle hojas o ramas a los árboles f. No subirse a los árboles ni recostarse g. No coger los frutos de los árboles h. No arrojarle piedras a los árboles ni a los animales i. Asumir que las zonas verdes forman parte de la planta física de la institución
y que al igual que los demás espacios deben ser cuidados y respetados. j. Invitar a aquellas personas que suelen pisar despreocupadamente las zonas
verdes a que no lo hagan más y utilicen otros espacios para transitar. k. Persuadir sobre el valor ecológico de las zonas verdes fomentando el sentido
de la belleza de las mismas. l. Ubicar canecas estratégicamente para que ayuden en la labor de limpieza. m. Inculcar el principio de que “es mejor no arrojar que tener que recoger” n. A través de mensajes cortos, concretos e impactantes ubicados en lugares
visibles despertar el amor por las zonas verdes. o. Repartir en forma personalizada y con cierta frecuencia frases con contenido
ecológico que ayuden en la campaña. Aquellos estudiantes que incumplan las normas establecidas recibirán inicialmente una reconvención verbal, luego ante la reiteración de la falta vendrá la anotación por escrito en el observador del estudiante y reposición del daño natural, donando una planta a la institución.
1.10.1.13.10.9.4 Biblioteca
a. Solicitar los prestamos y dejar su debido registro b. Responder al final del año para el paz y salvo, por los libros registrados c. Solicitar mínimo con un día de anticipación las fotocopias d. Reservar el espacio, T. V, VHS, DVD con un día de anticipación e. Si los estudiantes requieren del servicio en horas de clase, deberán llevar
una autorización firmada por el docente. f. Es importante tener en cuenta que ocasionalmente puede variar la
programación de la biblioteca. Si esto pasa se comunicará oportunamente. g. El manejo de los equipos audiovisuales, debe ser exclusivamente por el
docente responsable. h. Los libros del GIMNASIO GUAYACANES, no se prestan a los estudiantes
para ser llevados para la casa. i. Los profesores no podrán autorizar a los estudiantes en tiempos de clase
para hacer llamadas telefónicas, solo lo hace la coordinadora.
1.10.1.13.10.9.4.1 Horario de Atención en Biblioteca
El servicio de la biblioteca se prestará de lunes a viernes en un horario de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 pm a 7:00 p.m. los Sábados de 6:30 am a 3:00 pm y los Domingos de 7:00 am a 3:00 pm
1.10.1.13.10.9.4.2 Reglamento de la Biblioteca
a. Hacer silencio o hablar en voz baja para, no interrumpir el trabajo de los demás.
b. Usar la biblioteca para fines de lectura, consultas y estudio. c. No ingresar a la biblioteca alimentos ni consumirlos. d. El material empleado debe dejarse sobre la mesa. e. Tratar con delicadeza y responsabilidad el material, pues este es de uso
común. f. Devolver el material, en excelentes condiciones.
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g. Mantener una actitud de respeto acatando las normas y el reglamento. h. Para el uso de la biblioteca en grupo deben ser acompañados por el profesor.
Aquellos estudiantes que incumplan las normas establecidas recibirán inicialmente una reconvención verbal, siempre y cuando no haya daños en la biblioteca, luego ante la reiteración de la falta vendrá la anotación por escrito en el observador del estudiante y reposición del daño si existiese.
1.10.1.13.10.9.4.3 Préstamos de libros a Docentes
a. El material en préstamo debe ser retirado y devuelto personalmente en la sección de circulación de circulación de préstamos.
b. Se puede retirar simultáneamente tres libros por docente. c. Se puede renovar el préstamo cuantas veces sea necesario, siempre
cuando se presente el material para revisión y no exista una revisión previa. d. No se prestan libros a estudiantes. e. Si el material que se necesita esta prestado se debe hacer su reserva para
suministro posterior, si no se reclama en la fecha indicada, se pierde el turno f. El tiempo de préstamos es el siguiente:
TEXTOS GENERALES: treinta días hábiles.
TEXTOS DE LECTURA: treinta días hábiles.
LIBROS DE REFERENCIA: no podrán salir de la biblioteca, ni podrán ser fotocopiados.
1.10.1.13.10.9.4.4 Sanciones
La no devolución oportuna del material acarreará la suspensión del servicio de préstamos así:
Primera vez: una semana
Segunda vez: dos semanas
Tercera vez: suspensión total por el año lectivo vigente
1.10.1.13.10.9.5 Sala de Sistemas
a. Está totalmente prohibido intercambiar periféricos de un computador a otro (Mouse, teclado, monitor, CPU). Si un dispositivo se daña, se hace el reporte en la planilla y el estudiante se cambia de computador.
b. Para ejercer un mayor control, a cada estudiante se le asigna un único computador según la lista o distribución del profesor; ese orden no debe cambiar. Si un computador falla, se ubica al estudiante en otro lugar, con autorización del profesor. Esto permite tener un registro organizado de los computadores.
c. Si encuentra problemas con su computador, debe informarlo de inmediato a su profesor.
d. Prohibido mover el computador de su sitio y mucho menos si está encendido. Esto podría ocasionar daños al disco o la memoria y el implicado deberá pagar por ello.
e. Vacunar las memorias USB antes de utilizarlas para evitar la activación e instalación de los virus en los equipos.
f. Deje correctamente prendido y funcionando el computador y el monitor, organice la silla y recoja la basura que haya producido.
g. El retiro de los equipos (computadores) debe hacerse a través de un formato y autorizado por la rectoría o la coordinación.
h. Todos los docentes que utilizan la sala de sistemas, deben responder por ella. i. Llevar un control de entrada de profesores a la sala de sistemas, con el fin de
estar pendiente del estado y uso de la misma al finalizar su estadía. j. Dotar a los docentes de las herramientas necesarias para el desarrollo de las
clases. k. Trabajar en silencio y en el sitio indicado. De no hacerlo se aplicará la
sanción correspondiente. l. El último grupo que ingrese a la sala de sistemas, en cada jornada, debe
dejar los equipos organizados y cerrar bien las puertas.
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1.10.1.13.10.9.6 Ingreso y Salida del salón de Clase
El salón de clases debe:
a. Tener las sillas ordenadas b. No tener sillas defectuosas que puedan ocasionar accidentes a los
estudiantes. c. Tener el piso limpio. d. Tener libre movimiento de la puerta, que no existan objetos (como escobas,
trapeadoras, sillas, etc.) impidiendo su trayectoria circular. e. Estar bien iluminado en las horas nocturnas f. El pasillo de acceso a la puerta de entrada del salón de clases debe:
Permanecer limpio, estar libre de objetos, estar bien iluminado.
1.10.1.13.10.9.7Comportamiento en los descansos
a. El docente espera que salgan todos los estudiantes de manera ordenada del salón de clases y luego cierra la puerta.
b. No se debe permitir la estadía de los estudiantes en el corredor de acceso a la puerta, excepto cuando este lloviendo.
1.10.1.13.10.9.8 Comportamiento en el Salón de Clase
a. Los estudiantes no deben comer en clases b. Deben dar buen trato a las sillas y enseres c. No deben salir del salón sin autorización del docente d. El docente es la persona encargada de garantizar la disciplina en el salón de
clases.
1.10.1.13.10.9.9 Escalas
Para que haya orden y disciplina es conveniente tener en cuenta:
a. Siempre que se suba se hará por el lado derecho y así se evitan desórdenes e indisciplina.
b. El estudiante siempre deberá andar por la derecha. c. Es importante subir y bajar las escalas siempre despacio, sin empujar ni
atropellar al compañero. d. En el momento de salir a los descansos se debe hacer en orden y esperar
que el docente indique la salida, la cual debe hacerse en orden y por grupos. e. Al sonar el timbre de entrada se debe hacer de igual forma conservando
hileras y orden de grupos. g. Es conveniente utilizar bien los pasamanos.
1.10.1.13.10.9.10 Laboratorio Integral Química / Física
a. Ingresar al laboratorio con delantal. b. Utilizar guantes para la manipulación de material biológico y reactivos
químicos, las sustancias químicas no deben tocarse con los dedos; utilizar siempre la espátula o una cuchilla para manejarlas. Así evitamos posibles quemaduras.
c. Cuando se utilizan productos químicos de origen aerosoles, se debe utilizar mascarilla.
d. Descartar en bolsa roja los desechos biológicos en la bolsa verde desechos reciclables.
e. Evitar arrojar a los lavaderos reactivos corrosivo. Si por accidente cae allí, dejar correr el agua. Las sustancias químicas arrojadas una tras otra o a las tuberías del desagüe, deben tener un espacio de tiempo y tras cada una dejar correr abundante agua; de otro modo pueden reaccionar entre si y producir daños y accidentes.
f. Dentro del laboratorio no se consumen alimentos ni chicle. g. Las llaves amarillas del gas, deben permanecer cerradas y sin manipulación. h. Solo se deben utilizar los materiales, equipos y reactivos autorizados por el
profesor. i. Realizar con seriedad los trabajos prácticos, sea en el laboratorio o en el
salón de clase.
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j. Solo se debe trabajar las experiencias indicadas por el profesor. El “probar a ver qué pasa”, pueda resultar peligroso.
k. Si se trabaja con mechero de gas, el dejar la llave de paso abierta cuando el mechero está apagado, puede producir intoxicantes e incluso explosiones.
l. Los Líquidos volátiles como alcohol o gasolina cerca de un mechero, pueden inflamarse y producir incendios y quemaduras.
m. Tener cuidado con el vidrio caliente; presente el mismo aspecto que cuando esta frío y pierde el calor muy lentamente.
n. Los Tubos de vidrio que tengan extremos sin pulir, no se deben utilizar, cuando algún objeto de cristal se rompe, se recogen cuidadosamente todos los trozos y se depositan el en cubo de desperdicios.
o. Cuando se manipulen productos químicos con espátula o con pipeta y se debe evitar introducir estos utensilios en otros frascos sin lavarlos previamente.
p. Si en algún momento cae acido u otra sustancia cáustica sobre la ropa o la piel, lavar inmediatamente esta parte con agua en abundancia.
q. Para evitar incendio a los basureros se debe evitar arrojar productos inflamables, estos pueden provocar incendios posteriormente.
r. Siempre que se conecte o se desconecte algún aparato electrónico, se debe hacer cuidadosamente.
s. Al terminar alguna experiencia, se debe guardar el material utilizado en el lugar correspondiente, se lava previamente. La cristalería a utilizar se debe lavar al iniciar la experiencia.
t. Si se produce algún accidente por pequeño que sea, comunicarlo inmediatamente al profesor.
1.10.1.13.10.9.11 Normativa de Convivencia y Disciplina
Artículo 1 Normativa de convivencia y disciplina. El Gimnasio Guayacanes se
regirá por la siguiente normativa de convivencia y disciplina, que contiene entre
otros: derechos, deberes, acciones pedagógicas y garantías de la comunidad
educativa, clasificación de la faltas, sanciones y procedimiento, debido proceso,
todo con el fin de regular las relaciones de los estudiantes
Parágrafo: Son derechos y deberes de los estudiantes:
SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES,
SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES,
Artículo 12 del Decreto1290 1º Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales. 2º Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación desde el inicio del año escolar. 3º Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. 4º Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. Además tendrá derecho a: • Ser escuchado, hacer uso de
los derechos de apelación,
Artículo 13 de Decreto 1290 1º Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo 2º Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. Además tendrá el deber de:
• Responsabilizarse de los daños y pérdidas ocasionados en las instalaciones, dotación y servicios a cuyo disfrute haya tenido acceso.
• Mantener una actitud positiva frente al conocimiento de su valoración académica.
• Portar en todo momento el carné estudiantil.
• Respetar la vida íntima de
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reposición y petición siguiendo el conducto regular, ya sea en el aspecto académico o comportamental.
• Recibir información y/o certificación respecto a su desempeño académico y comportamental.
• Recibir atención oportuna a las excusas por inasistencia a clase, diligenciados por los respectivos padres de familia o acudientes y a presentar las evaluaciones no realizadas en su ausencia.
• Propiciarle el descanso, el esparcimiento, el juego, participación, estética, cultural y científica de la institución y su entorno.
• Que se respeten sus bienes y pertenencias.
• Profesar libremente su credo religioso, ideológico y político.
• Conocer su estado académico y formativo antes de efectuar los registros legales.
• A presentar descargos frente a las situaciones que se le culpen
• A recibir estímulos por su participación activa en las diferentes actividades de la institución (feria de la ciencia, feria artística, entre otros).
• A ser evaluado comportamentalmente.
• A ser evaluado académicamente cuando presente una excusa legalmente justificada por su inasistencia.
• A recibir y socializar el manual de convivencia.
• A realizar las actividades académicas oportunamente.
• A conocer con anticipación el material necesario para sus labores escolares.
• A tratar y ser tratado con dignidad y respeto.
• A la permanencia en la institución siempre que cumpla con las labores académicas y comportamentales establecidas por la ley.
• A que sus padres los escuchen y contribuyan oportunamente con su formación como educandos.
• A que se le corrija oportunamente en sus faltas.
• A que los educandos, con
compañeros, docentes y de la institución.
• Abstenerse de portar armas de fuego y elementos corto punzantes; así como no acudir a la agresión física y/o verbal entre cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
• Asistir de una manera comprometida en la preparación de PREICFES, pruebas de avance y pruebas saber.
• Ajustar sus comportamientos a las normas morales, legales y reglamentarias de la institución.
• Privarse de consumir y portar drogas alucinógenas, alcohol o cualquier tipo de sustancias psicodepresivas dentro del establecimiento, en zonas aledañas, y siempre que porte el uniforme en cualquiera de las actividades pedagógicas complementarias que se desarrollan fuera de la Institución.
• Comportarse con dignidad dentro y fuera de la Institución.
• Asistir puntualmente a clase y cumplir con las actividades académicas y extra curriculares.
• Permanecer en el establecimiento durante la jornada escolar establecida.
• Recibir en forma cortés las sugerencias dadas por las directivas, educadores o cualquier miembro de la comunidad.
• Seguir el conducto regular cuando se presente una situación problemática tanto académica como comportamental.
• Conocer y cumplir el reglamento de los servicios de bienestar social que tiene la Institución Educativa.
• Exponer, con educación, los respectivos descargos e inquietudes que crea oportuno hacer en el momento más adecuado.
• Evitar la contaminación visual, auditiva o de cualquier otra índole que perturbe el buen desarrollo de las actividades.
• Abstenerse de escribir, rayar, pintar grafiti en los muros,
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necesidades educativas especiales, reciban una adecuada orientación pedagógica y profesional oportunamente.
• Al descanso y esparcimiento al cumplir con las actividades escolares.
baldosas y muebles de la institución.
• Cuidar los implementos materiales de enseñanza, libros, talleres, muebles y equipos que se asignen para el desarrollo de las actividades pedagógicas, culturales, cívicas, deportivas, artísticas, religiosas.
• Las relaciones de estudiantes de uno y otro sexo, al igual que los de estos con los docentes serán llevadas con suma prudencia.
• Ser solidario y respetuoso con sus compañeros.
• Brindar un trato amable y respetuoso a los educadores, empleados y otras personas de la institución.
• Dotarse del material solicitado para la ejecución de las actividades propuestas en clase como: Textos, útiles escolares, materiales didácticos, etc.
1.10.1.13.10.9.12 Acciones Pedagógicas
Artículo 2 Acciones Pedagógicas. El Gimnasio Guayacanes implementará las siguientes acciones pedagógicas, para fortalecer los principales aspectos de nuestro estudiante. Respeto por el ser humano
Concientizando hacia el valor de la vida.
Dando valor a la singularidad y al respeto por la diferencia.
Brindando los servicios de psicología.
Acompañamiento personal y grupal al estudiante en su comportamiento.
Educando para la autoestima
Creando relaciones familiares y respetuosas entre comunidad educativa y su entorno
Equidad y aceptación de la diferencia
Formando la capacidad de admiración.
Practicando con ejemplo los valores que la familia y el colegio les han inculcado.
Participando y formando democráticamente.
Favoreciendo el diálogo personal.
Explicando el Manual de Convivencia Escolar como medio de crecimiento personal y de la institución.
Organizando grupos de estudio
Fomentado el crecimiento en los valores de: igualdad, limpieza y sentido de pertenecía
Facilitando la formación en liderazgo juvenil.
Propiciando la participación en los diferentes eventos de liderazgo juvenil y democracia escolar formando personas aptas para gobernarse a sí mismas
Organizando mesas de trabajo con la participación del personero (a) y el consejo de estudiantes y demás representantes del Gobierno Escolar.
Tolerancia
Bienestar comunitario- higiene
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Ofreciendo un ambiente deportivo lúdico acorde con las urgencias juveniles del momento.
Disponiendo de los recursos tecnológicos, deportivos y didácticos durante el calendario escolar.
Ejecutando los proyectos de prevención de la drogadicción, alcoholismo y educación sexual.
Cuidado del ambiente, utilización y conservación de los bienes
Fortaleciendo el sentido ético: el respeto, la honestidad, el orden, la puntualidad y demás valores.
Reglamentando el uso de las diferentes dependencias materiales
Propiciando espacios adecuados para diferentes actividades.
Formación académica y científica
Estimulando anualmente con medalla, mención y otros.
Democratizando el estímulo, ajustado a lo estipulado en el Manual de Convivencia
Valorando, respetando y agradeciendo el trabajo de los docentes.
Manteniendo la lealtad y sinceridad con quienes han dado lo mejor de sí para su formación
Aplicando técnicas que permitan retroalimentar el acto consciente en el desarrollo intelectual del estudiante.
Orientando consultas de investigación y asesorando cuando el bajo rendimiento académico lo requiera
Desarrollando las habilidades desde cada área.
Motivando su aprendizaje en aplicaciones evaluativos de procesos: ICFES, pruebas saber, olimpiadas del conocimiento, entre otras.
Posibilitando actitudes de diálogo para que reine una ambiente de familia.
1.10.1.13.10.9.13 Garantías de los Estudiantes
Artículo 3 garantías de los estudiantes. Los estudiantes contarán entre otras con las garantías que se enuncian a continuación:
• Contar con un manual de convivencia escrito, comprensible, garantista, que no afecte derechos de orden superior, construido con la participación de la comunidad educativa y conocido por la comunidad educativa
• Acudir primero a las acciones pedagógicas descritas (si han transcurrido más de un período académico) y a los medios alternativos de solución de conflictos como el diálogo y la conciliación o acuerdos, siempre que la falta lo posibilite.
• No ser desescolarizado o sancionado hasta finalizar el debido proceso ante la segunda instancia –Núcleo Educativo –
• No procederá sanción sin antes haberse otorgado las acciones pedagógicas descritas.
• En cada actuación estará acompañado por el Padre de familia o acudiente, o el Personero.
• Se presumirá la inocencia antes de comprobarse su responsabilidad
• Legalidad: la falta y la sanción debe estar estipulada en el Manual de Convivencia.
• Se analizarán y tendrán en cuenta los argumentos del estudiante culpado.
• Razonabilidad: la sanción no puede transgredir otros derechos, como el reconocimiento al debido proceso, la dignidad, la imposición de sanciones crueles o humillantes
• Competencia: la solución de problemas debe llevarse con un conducto regular.
• Respetar las instancias: lugares a los cuales se apela en el debido proceso.
• Toda actuación deberá
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• Tener en cuenta el buen comportamiento, la comisión de la falta por primera vez, el arrepentimiento y la reparación del daño, para disminuir las sanción establecida
• Notificaciones, citaciones, Acuerdos y Resoluciones escritas
• Tener en cuenta la opinión de los involucrados
• Atender las instancias y términos establecidos
• Verificación de los acuerdos
• No ser disciplinado dos veces por una misma falta, excepto cuando esta sea repetitiva.
• Proporcionalidad: equilibrio entre falta y sanción
llevar las firmas de los intervinientes. De su negativa se dejará constancia por escrito y se firmará además por un tercero.
• Las citaciones deberán contar con la autorización de la coordinación.
• Toda desescolarización procederá por Acuerdo del Consejo Directivo y Resolución Rectoral. Toda anotación incluirá tiempo, modo y lugar de la comisión de la presunta falta. Además los compromisos de las partes si a esto hubiere lugar, detallando el término para su cumplimiento.
1.10.1.13.10.9.14 Debido Proceso
Artículo 4. Debido proceso. En las actuaciones disciplinarias se llevará a cabo el
debido proceso, reconociendo las garantías de los estudiantes anteriormente
descritos:
1. Notificación por escrito de la falta y de las pruebas al estudiante y al padre de familia o acudiente. El GIMNASIO GUAYACANES dispondrá de dos (2) días para la citación al padre de familia o acudiente y a la Comisaría de Familia o Policía de menores, siempre y cuando la falta amerite estas citaciones.
2. Estudio de las aclaraciones, solicitud de pruebas, consideraciones, excusas
que se presenten. Para esto la institución tendrá tres (3) días. 3. Acudir a un medio alternativo de solución de conflictos o al Comité de
Resolución de Conflictos, si la falta lo permite o amerita. 4. Imposición de la sanción o acuerdo pertinente
Parágrafo Primero.- Si la sanción está estipulada como desescolarización o cancelación de matrícula se requiere Acuerdo del Consejo Directivo y Resolución Rectoral otorgando la reposición y la apelación El estudiante contará con cinco (5) días para presentar la reposición y apelación, por escrito, ante el rector. Éste dispondrá de cinco (5) días para contestarla, previa consulta al Consejo Directivo. Si no repone la remitirá al Núcleo Educativo en vía de apelación, que se decidirá en diez (10) días.
Parágrafo Segundo.- Cada una de las actuaciones anteriores deberá constar por
escrito con fechas y firmas. Tanto la comunicación de los cargos como las
decisiones serán actos administrativos suscritos por el rector. Desde la
ocurrencia del hecho o acto disciplinable hasta la decisión final en firme, el
estudiante debe permanecer escolarizado, a menos que la falta sea considerada
gravísima y que previa valoración se concluya que sea necesaria e inevitable la
desescolarización en procura de proteger derechos fundamentales del estudiante
disciplinado, o de otros estudiantes, como es su integridad física o su vida.
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1.10.1.13.10.9.15 Faltas Leves, sanción y procedimiento
Artículo 5. FALTAS LEVES, sanción y procedimiento.
Se considerarán Faltas leves, entre otras, las siguientes:
Sanción / procedimiento
1. Negligencia o irresponsabilidad para trabajar en pro de su formación integral.
2. Realizar durante las actividades
pedagógicas o comunitarias asuntos diferentes a los asignados.
3. Impuntualidad para entrar al colegio, a clases o demás actividades programadas.
4. Evadir la asistencia a clases permaneciendo por fuera del aula.
5. Falta de comedimiento para atender
las observaciones y orientaciones dadas por directivas, educadores, y administrativos.
6. Tener una actitud de irrespeto y falta
de colaboración hacia los compañeros
elegidos como representantes de grupo,
al consejo directivo, o como personero
de los estudiantes.
7. Negligencia en la presentación de la
notificación o citación a los padres de familia o acudientes para asistir a un llamado de la institución.
8. Conversaciones o gritos
extemporáneos que interrumpen las actividades pedagógicas, y desórdenes en formaciones y actos generales de la comunidad.
9. Consumir alimentos en el aula de
clases, aula de audiovisuales, biblioteca, laboratorio, sala de sistemas, y consumir chicle dentro de la institución.
10. Presentarse sin el uniforme
respectivo a las actividades pedagógicas
11. Usar inadecuadamente los uniformes, dentro o fuera de la institución.
12. Incumplir con los turnos establecidos
para el aseo del aula.
13. Presentar las excusas de las
- Anotación, firmada por las partes en el observador del estudiante. -Su reincidencia: citación al padre de familia o acudiente, a quien se le explicará la negativa del hijo o acudido a corregirse. -Volver a incurrir en la falta se comunicará al director de grupo y luego el coordinador, quien tomará los correctivos necesarios, que pueden ser, entre otros, • Amonestación escrita al
estudiante • Remisión a psicólogo • Suspensión de
actividades extracurriculares o curriculares
• Entrevista con la Comisaría de Familia • Remisión al Comité
de Resolución de Conflictos,
• Desescolarización hasta por tres días, por parte del rector
Nota. Para que el estudiante vuelva a ingresar a las clases es necesario que el padre de familia o acudiente se haya hecho presente en la Institución y haya conocido el incidente, a la vez que se comprometa a colaborar con la formación de su hijo o acudido. La suspensión de actividades es función del rector.
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inasistencias a clase fuera del tiempo estipulado o en forma inadecuada
14. Irrespetar una actividad comunitaria
dentro y fuera de la institución, a través de actitudes o palabras que interfieran en la realización de la misma.
15. Usar en tiempo de clases, radios,
beepers, celulares y otros elementos que perturben el normal desarrollo de las actividades curriculares.
16. No presentarse en la fecha
establecida por la institución, a sustentar el programa de refuerzo acordado con el educador y el padre de familia para superar las dificultades en algunas de las áreas durante el año escolar, salvo en casos de fuerza mayor(enfermedad comprobada, calamidad doméstica o cambio de domicilio)
17. Desacatar las orientaciones dadas
por el docente o las directivas del plantel, y que tengan que ver con su formación integral.
18. Ingresar información no autorizada
de los integrantes de la comunidad educativa o realizar agresiones a éstos en las páginas sociales como “Facebook”, “Messenger”, “twitter”, correo electrónico o las que se llegaren a crear o existir.
19. Salir de la institución sin el debido permiso del rector o su representante
20. Comprar alimentos u objetos de cualquier índole a personas ajenas de la institución, en el horario escolar, sin previa autorización.
21. No devolver a tiempo y sin justificación válida el desprendible firmado de las comunicaciones, citaciones o informaciones enviadas a los padres de familia o acudientes.
22. Participar en juegos bruscos o de manos que ponen en riesgo la integridad física propia o de otros integrantes de la comunidad educativa en los espacios internos y alrededores de la institución.
23. Asumir actitudes de negligencia, indiferencia, expresiones gestuales
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de irrespeto o expresar palabras no respetuosas frente a un llamado de atención hecho por parte de un integrante de la comunidad educativa.
NOTAS:
1. El estudiante implicado en una falta leve podrá presentar sus descargos en forma escrita y veraz en el libro. Mentir en este libro ocasionará una falta grave.
2. La reincidencia por tercera vez en la misma falta, se convierte en falta grave.
1.10.1.13.10.9.16 Faltas Graves, sanción y procedimiento
Artículo 6 FALTAS GRAVES. Sanción y procedimiento
Se considerarán Faltas graves, entre otras, las siguientes:
Sanción / procedimiento
1. Botar o hacer mal uso de los alimentos brindados en el Restaurante Escolar, en el Refrigerio o en el Vaso de Leche
2. Agredir de hecho o de palabra a un compañero, a un superior o aun empleado de la institución.
3. Traer, guardar, exhibir o comercializar material pornográfico
4. Ausentarse del colegio sin previa autorización
5. Falsificar o traficar con el carné estudiantil, certificado de estudio o cualquier distintivo de la institución, con el ánimo de ridiculizar, ofender u obtener beneficios así como hacer fraude en las evaluaciones.
6. Reaccionar en forma agresiva al presentar un descargo.
7. Expresarse con un vocabulario descomedido y descortés ante los compañeros, superiores o cualquier persona de la comunidad.
8. Inducir a otros a quebrantes las normas estipuladas en el manual de convivencia
9. Hacer caso omiso al debido proceso, y desacatar los correctivos
10. Falsificar la firma del padre o acudiente, docentes, directivos docentes, administrativos en
Para la falta N° 1: • Anotación en el
observador, y citación al padre de familia o acudiente.
• Si reincide, se suspende tres días del servicio,
• Si vuelve a reincidir se le retira del servicio brindado y se remplaza por otro estudiante.
Para las faltas comprendidas en los numerales 2 al 17 :
• Por primera vez: Anotación en el observador y citación al padre de familia o acudiente a la institución.
• Si reincide, suspensión
por un día
• Si vuelve a reincidir, suspensión hasta por tres días
Para las faltas comprendidas en los numerales 18 a 20 • Por primera vez:
Anotación en el observador y citación al
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cualquier documento institucional
11. Modificar o destruir la información consignada en la ficha de seguimiento u hoja de vida o en cualquier registro institucional
12. Utilizar en chantaje ante una dificultad en la convivencia escolar.
13. Fumar cigarrillo dentro de la institución
14. Amenazar en forma verbal, escrita, personal o, telefónicamente ( o cualquier otro medio) a un miembro de la comunidad educativa
15. Actuar en contra de la dignidad de cualquier persona dentro de la Institución
16. Hacer uso indebido de los materiales tecnológicos de la institución (extraer, observar, grabar, o difundir material pornográfico en la sala de informática, des configurar o alterar el software o hardware).
17. Hacer mal uso de los servicios sanitarios
18. No respetar el ejercicio de la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o discriminar a cualquier miembro de la comunidad educativa por razones de raza, sexo, creencias, ideología o nacionalidad
19. Confianza entre estudiantes de uno u otro sexo, que desdigan de la formación brindada en la Institución
20. Irrespetar los símbolos patrios o institucionales
21. Atentar contra muebles, inmuebles o incitar a otras personas para que destruyan o deterioren cualquier material de enseñanza, enseres, equipos de dotación general o de la comunidad. Rayar, escribir o pintar grafitis en pupitre, sillas, paredes, puertas, etc.
22. Apropiarse de bienes, equipos, o cualquier objeto ajeno
23. Realizar amenazas a la comunidad
educativa en las páginas sociales como “Facebook”, “Messenger”, “twitter”, correo electrónico o las que
padre de familia o acudiente a la institución y la elaboración de una cartelera promoviendo los valores o derechos desconocidos. El estudiante dispondrá los materiales para la elaboración de la cartelera y será orientado por el director del grupo. Su incumplimiento será causal de suspensión por un día.
• Si reincide, Suspensión por un día
• Si vuelve a reincidir,
suspensión hasta por tres días
Para las faltas 21 a 27: igual a las faltas comprendidas en los numerales 2 a 17 Todo daño causado por el estudiante, debe ser reparado o reintegrado por él, o por su padre u acudiente. NOTA: si prevalece su comportamiento podrá incurrir en una de estas sanciones: • desescolarización hasta
por quince (15) días. Al regreso el estudiante estará en la obligación de ponerse al orden del día académicamente antes de finalizar el respectivo período académico.
• finalizar el año escolar en forma desescolarizada si está en la mitad del cuarto período académico o en el último que llegue a tener la institución
• Cancelación de la
matrícula
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se llegaren a crear o existir.
24. Promover o participar en juegos de azar donde esté de por medio el lucro económico personal.
25. Vender artículos, realizar rifas, organizar actividades de lucro personal.
26. Indisponer a terceras personas con informaciones tergiversadas y/o falsas acusaciones contra la institución o cualquier miembro de la comunidad educativa o crear pánico y difundir falsas alarmas que pongan en riesgo la seguridad y la vida de los miembros de la comunidad educativa.
27. Promover desórdenes, riñas, peleas o intervenir en ellas dentro y fuera de la institución.
1.10.1.13.10.9.17 Faltas Gravísimas, sanción
Artículo 7 Faltas gravísimas y sanciones.
FALTAS GRAVÍSIMAS
• PORTAR VENDER U OCULTAR CUALQUIER TIPO DE ARMA CORTANTE, PUNZANTE O DE FUEGO EN LA INSTITUCIÓN
SANCIÓN: • Anotación en el observador y citación al padre de familia o acudiente a
quien se le hace entrega del hijo o acudido. Si es arma de fuego, se podrá informar a la Comisaría de familia o Inspección de policía, según el caso.
• Suspensión hasta por cinco (5) días.
• REALIZAR CUALQUIER ACTO DE EXTORSIÓN, AMENAZA, CHANTAJE, TERRORISMO.
SANCIÓN: • Anotación en el observador y citación al padre de familia o acudiente a
quien se le hace entrega del hijo o acudido. • Se informará a la Comisaría de Familia o a la Inspección de policía. • Suspensión hasta por cinco (5) días
• ACOSO SEXUAL, ESCOLAR O PSICOLÓGICO A CUALQUIER
INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA SANCIÓN:
• Anotación en el Observador y citación al padre de familia o acudiente
• Suspensión hasta por dos (2) días y asesoría obligatoria con la psicóloga de la institución después de la suspensión
• PORTAR, CONSUMIR O TRAFICAR CON DROGAS,
ALUCINÓGENOS Y BEBIDAS EMBRIAGANTES EN LA INSTITUCIÓN.
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SANCIÓN: • Anotación en el observador y citación al padre de familia o
acudiente, a quien se le entregará el hijo o acudido. Se informará a la Comisaría de Familia o a la Inspección de Policía, según el caso.
• Suspensión hasta por cinco (5) días y asesoría obligatoria con la psicóloga de la institución después de la suspensión
PROMOVER Y REALIZAR ACTOS DE REBELDÍA, IMPIDIENDO CON
ELLO LA REALIZACIÓN NORMAL DE LAS ACTIVIDADES.
SANCIÓN: • Anotación en el observador y citación al padre de familia o
acudiente, a quien se le entregará el hijo o acudido. • Suspensión hasta por cinco (5) días y asesoría obligatoria con la
psicóloga de la institución después de la suspensión
• REINCIDENCIA EN QUEBRANTAR LAS NORMAS. SANCIÓN: continuar con la misma conducta podrá incurrir en una de estas sanciones: • desescolarización hasta por quince (15) días
• finalizar el año escolar en forma desescolarizada si está en la mitad del
cuarto período académico o en el último que llegue a tener la institución
• no asistencia a la ceremonia de proclamación de bachilleres.
• cancelación de la matrícula
Parágrafo Primero.- la institución no responderá ante estudiantes, padres de
familia o acudientes, por la pérdida o daño de celulares, beepers, reproductores
de música y demás aparatos que no hagan parte de los útiles y materiales de
enseñanza solicitados por el plantel.
Parágrafo Segundo.- para cada una de las faltas se tendrá en cuenta, fuera de la
sanción aquí estipulada, lo contemplado en el Debido Proceso.
1.10.1.13.10.9.18 Reglamento Para Los Directivos Docentes, Docentes Y Personal Administrativo. Descripción De Cargos Y Manual De Funciones
1.10.1.13.10.9.18.1 Rector
Artículo 8. Rector. Depende administrativamente del representante legal de CEDECO, y, legalmente del Director del Núcleo. Es la primera autoridad administrativa y docente de la institución. Tiene la responsabilidad de lograr que la Institución ofrezca los servicios educativos adecuados para que el estudiante alcance los objetivos educativos propuestos. De él dependen los coordinadores y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar.
Parágrafo.- Funciones del rector. Remitirse al artículo 25 del Decreto 1860 de
1994
• Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplican las decisiones del gobierno escolar;
• Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto;
• Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento;
• Mantener activos las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local,
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para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria;
• Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa;
• Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico; • Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, los reglamentos y
el Manual de Convivencia; • Identifican las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizar a
favor del mejoramiento del P.E.I.A. • Promover actividades de beneficio social que vinculan al establecimiento con
la comunidad local; • Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la
prestación del servicio público educativo, y • Las demás funciones, afines o complementarias con las anteriores, que le
atribuyen el P.E.I.
1.10.1.13.10.9.18.2 Coordinador Académico y Disciplinario
Artículo 9 coordinador académico y disciplinario. Depende del Rector. Le corresponde la administración académica y disciplinaria de la Institución educativa asignada. Parágrafo.- Son funciones del Coordinador Académico y Disciplinario: • Participar en el Comité Académico, Curricular e Institucional y en los demás
que sea requerido. • Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación Institucional • Dirigir la planeación y programación académica y disciplinaria de acuerdo
con los objetivos y criterios curriculares. • Cumplir con las funciones asignadas al rector, en ausencia de este. • Presidir los órganos del Gobierno Escolar, excepto el Consejo Directivo • Organizar a los docentes por áreas de acuerdo con las normas vigentes y
coordinar sus acciones para el logro de los objetivos. • Mantener aseado su lugar de trabajo • Coordinar la acción académica con la administración del estudiante y
docentes. • Establecer canales y mecanismos de comunicación. • Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas y
disciplinarias. • Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario
general de clases del plantel en colaboración con los jefes de área y presentarlos al Rector para su aprobación.
• Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
• Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. • Rendir, periódicamente, informe al Rector de la institución educativa, sobre el
resultado de las actividades académicas. • Coordinar la acción educativa, con la colaboración del servicio de bienestar
estudiantil y demás estamentos de la comunidad educativa. • Llevar los registros y controles necesarios para la administración de docentes
y educandos. • Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza del cargo.
1.10.1.13.10.9.18.3 Jefe de Área
Artículo 10 Jefe de área. Depende del Coordinador Académico. Es responsable de lograr eficiencia en el desarrollo de los procesos curriculares de su área. Parágrafo.- Son funciones del Jefe de Área: • Dirigir y organizar las actividades conforme a los criterios establecidos en el
ámbito curricular y de área. • Mantener aseado su lugar de trabajo
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• Ser parte integral del Consejo académico y servir de interlocutor entre este y los docentes
• Revisar, en compañía del coordinador, el desarrollo de los planes de programa propuestos en el Plan de estudios
• Elaborar, con los docentes de su área, los aspectos relacionados con los proyectos de Pruebas Saber, pruebas de avance, Preicfes, y el proyecto de Calidad en la Educación
• Elaborar el cronograma para el uso adecuado de aulas anexas y presentarlo a coordinación para su aprobación y control.
• Establecer canales y mecanismos de comunicación. • Dirigir, supervisar y asesorar a los docentes en el desarrollo de las
actividades curriculares que ofrece el área y promover su actualización. • Ejecutar las acciones en coordinación con los demás jefes de área. • Colaborar con el coordinador académico y disciplinario en la distribución de
la asignación académica. • Desarrollar programas de investigación científica. • Analizar y evaluar la ejecución de los programas del área y el rendimiento de
los estudiantes. • Rendir, periódicamente, informe al Coordinador Académico y Disciplinario
sobre el desarrollo de los programas del área. • Colaborar con la administración del personal del área. • Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de los
muebles, equipo y materiales confiados a su manejo.
1.10.1.13.10.9.18.4 Docente
Artículo 11 Docente. Dependen del Rector, pero, por relación de autoridad funcional, del coordinador.
1.10.1.13.10.9.18.4.1 Funciones del docente
• Participar en la elaboración de la planeación y programación de actividades del área respectiva;
• Mantener aseado su lugar de trabajo • Todo documento elaborado con fines educativos asignados por la
Corporación Educativa de Desarrollo Colombiano CEDECO, serán propiedad de esta.
• Programar y organizar las actividades que faciliten los procesos de enseñanza y aprendizaje de las áreas y asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 115 de 1.994 y demás disposiciones reglamentarias;
• Dirigir y orientar las actividades de los educandos para lograr el desarrollo de su personalidad, dándoles un tratamiento y ejemplo formativos;
• Participar en las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales orientadas por pautas curriculares;
• Controlar y evaluar la ejecución de las actividades de los procesos del aprendizaje;
• Aplicar, oportunamente, en consenso con las comisiones de evaluación y promoción y con la orientación del Consejo Académico, las estrategias metodológicas requeridas;
• Presentar al jefe del área los informes acerca del rendimiento académico de los educandos a su cargo;
• Participar en la administración de los educandos conforme lo determine el Manual de Convivencia y las demás normas que expida la institución;
• Presentar informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo;
• Participar en los comités en los cuales sea requerido; • Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las
normas vigentes; • Cumplir los turnos de disciplina y acompañamiento que se le asignen; • Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas
por los directivos del plantel;
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• Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales asignados;
• Cumplir las funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo;
• Efectuar el programa de inducción y las orientaciones requeridas por los educandos confiados a su dirección;
• Efectuar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los educandos;
• Orientar a los educandos acerca de la toma de decisiones relacionadas con su comportamiento y el aprovechamiento académico;
• Establecer comunicación permanente con los profesores y directivos del establecimiento con el fin de coordinar la acción educativa;
• Rendir informe anticipado al rector, acerca de toda actividad que vaya a realizar con su grupo.
1.10.1.13.10.9.18.4.2 Faltas graves que afectan la conducta docente
Artículo 12 Faltas graves que afectan la conducta del docente • Todo acto que atente contra la moral social, la ética profesional, las leyes
colombianas, o la convivencia institucional • Todo acto que atente contra la vida humana o vulnere los derechos
humanos. • El agredir de hecho o de palabra a cualquier persona de la comunidad
educativa • El acoso sexual y la corrupción de menores. • El atraco, robo, hurto o cualquier otro acto contra la propiedad privada. • El alcoholismo, la drogadicción y el tráfico de narcóticos. • La alteración o falsificación de documentos del colegio, el tráfico de
calificaciones, constancias o certificados • La utilización de su cátedra para hacer proselitismo religioso, político o
laboral. • La incitación al desorden o la subversión • La deslealtad con la Institución Educativa GIMNASIO GUAYACANES y el
denigrar de la institución • La desobediencia reiterada a las órdenes superiores, o las normas
institucionales • El ser condenado por delito culposo
1.10.1.13.10.9.18.4.3 La disciplina de los educadores
Artículo 13. La disciplina de los educadores. El comportamiento común de los educadores de la Institución Educativa Gimnasio Guayacanes debe ceñirse a los dictados de la ética profesional, las disposiciones oficiales y la reglamentación de la Corporación contratante. Parágrafo.- Faltas que afectan la disciplina del docente
• La impuntualidad • La tolerancia de desórdenes en sus actividades • El mal trato a sus colegas, superiores o estudiantes • El desaseo personal • La presentación en traje inadecuado a su labor • Los gestos, palabras y modales indecorosos o maliciosos • El vocabulario obsceno o vulgar • El retiro de sus actividades sin previo permiso • La amenaza, la burla, el grito o el insulto a cualquier persona de la
comunidad educativa • El atentar contra el patrimonio físico y cultural del colegio • El atentar contra el patrimonio ecológico. • La crítica reiterada a las políticas, la filosofía o las disposiciones del plantel • Toda actitud que afecte la convivencia de la comunidad educativa
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1.10.1.13.10.9.18.4.4 Sanciones
Artículo 14 Sanciones. Al docente que incurra en las faltas consagradas en este reglamento, en su orden se le impondrá una de estas sanciones,
• La amonestación en privado: la hacen los directivos ante las fallas leves. • La amonestación oficial: con constancia escrita inserta en la hoja de vida,
ante las faltas que revistan alguna gravedad. Las hacen los directivos. • El descuento laboral: se hace ante las ausencias no justificadas, por la
tesorería, previo el visto bueno del rector. Si esta ausencia excede de un día, se pierde le derecho a al remuneración dominical.
• La suspensión laboral: ante las faltas reiteradas o especialmente graves, CEDECO tomará las medidas de acuerdo con el contrato laboral.
1.10.1.13.10.9.18.4.5Participación de los educadores en el gobierno escolar
Artículo 15 Participación de los educadores en el gobierno escolar • El cuerpo de Profesores: es la reunión de todos los docentes; define los
derechos y hace cumplir los deberes de los educadores. • Los representantes ante el Consejo Directivo: son dos. Deben ser tiempo
completo y ser elegidos por el consejo de profesores por mayoría de votos.
• Los jefes de área: los profesores de cada área del conocimiento, elegirán democráticamente un jefe que coordinará sus actividades.
• Representantes ante el Consejo Académico: cada área del conocimiento elegirá un representante ante el Consejo Académico de la institución
1.10.1.13.10.9.18.4.6 Derechos y Deberes
Artículo 16 CUADRO COMPARATIVO DE DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES
DERECHOS DEBERES
Elegir y ser elegido democráticamente como representante de los profesores ante los diferentes organismos y comités institucionales.
Participar en la elección de representante de los profesores antes los diferentes organismos y comités institucionales.
Recibir un trato respetuoso y cordial de cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa.
Tratar a los miembros de la comunidad educativa respetuosa y cordialmente.
Conocer previamente toda anotación que se consigne en su hoja de vida, así como la evaluación de su desempeño y los mecanismos utilizados para su control
Cumplir con la jornada laboral asignada y las funciones pertinentes a su cargo.
Recibir apoyo de la dirección para liderar proyectos en favor de la comunidad educativa.
Respetar y utilizar adecuadamente los conductos regulares.
Recibir capacitación tendiente a su mejoramiento académico y pedagógico.
Aplicar los conocimientos profesionales y personales en pro del progreso de sus estudiantes.
Recibir información oportuna de las diferentes dependencias administrativas sobre actividades que se desarrollan en la institución, relacionadas con su desempeño como Docente.
Participar activamente de las diferentes actividades programadas por la institución.
Obtener en forma oportuna los recursos didácticos necesarios para el desempeño de sus labores y
Utilizar de forma adecuada los recursos brindados por la institución, para el desempeño
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actividades encomendadas de su labor.
Hacer críticas constructivas y dar sugerencias para mejorar los procesos que brinden bienestar a la comunidad educativa.
Utilizar una comunicación asertiva y respetuosa en sus apreciaciones personales, con respecto a la institución y sus compañeros.
Participar en la celebración institucional del día del educador.
Asistir a la celebración institucional del día del maestro.
Exigir respeto a sus derechos de acuerdo a la Constitución y la ley.
Actuar dentro del marco de la constitución y la ley.
Asociarse, citar a asambleas informativas o deliberativas sobre asuntos de interés general, previa consulta con el Rector.
Participar activamente con propuestas pertinentes a las situaciones institucionales.
Participar en actividades deportivas, recreativas y culturales.
Formar parte de equipos deportivos y culturales de la institución.
Disponer de tiempo dentro de su jornada laboral para realizar las funciones inherentes a su cargo.
Entregar oportunamente a los estudiantes, los logros, pruebas, talleres y trabajos realizados.
Evaluar los procesos según lo logros establecidos en el PEI.
Reconocer y respetar las diferencias en el ritmo de aprendizaje de los estudiantes, brindándoles oportunidad de avanzar en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales.
Recibir una dotación oportuna y acorde a la ley para el desempeño de sus funciones.
Tener excelente presentación personal acorde con su rol de maestro.
Recibir un salario oportuno y justo acorde con la normatividad legal vigente.
Cumplir a cabalidad con las funciones asignadas a su cargo.
1.10.1.13.10.9.18.5 Director de Grupo
Artículo 17. Director de grupo. Son funciones del director de grupo.
• Participar en la elaboración de planeamiento y programación de los educandos; teniendo en cuenta sus condiciones socio- económicas y características personales.
• Ejecutar el programa de inducción de los educandos del grupo confiado a su dirección.
• Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
• Orientar a los educandos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico.
• Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los educandos y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.
• Establecer comunicación permanente con los profesores, Rector y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
• Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados. • Diligenciar las fichas observadoras del estudiante. • Mantener aseado su lugar de trabajo • Enterarse de los problemas e inquietudes de sus educandos y buscar
soluciones adecuadas.
Parágrafo.- Objetivos de la dirección de grupo
• Guiar y orientar a los educandos del grupo asignado. • Estimular el comportamiento social de los estudiantes acorde con los valores
psicodidácticos y de formación.
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• Promover el desarrollo de actividades sociales, culturales y didácticas con el fin de elevar el nivel académico del grupo a su cargo.
• Velar por la presentación y conservación del aula y sus enseres.
1.10.1.13.10.9.18.6 Psicólogo de la institución
Artículo 18. Psicólogo de la institución. Éste profesional depende del rector en la institución donde labore y como Psicólogo ocupacional del Jefe de Recursos Humanos Parágrafo. Funciones del psicólogo: • Realizar el proceso de evaluación y promoción del personal que aspira a
ingresar a la corporación (prueba Psicotécnica) • Asesoría Psicológica, estableciendo un contacto permanente con los padres
de familia o acudientes, para que conozca la evolución del tratamiento y cómo es la ayuda desde la casa.
• Acompañamiento a los docentes, estudiantes o personal en general en situaciones difíciles de comportamiento o académicas que se presenten en la Institución
• Servir a la superación de dificultades a los miembros de la comunidad educativa
• Promover y realizar la escuela de padres • Ayudar al proceso de selección de los estudiantes aspirantes a nuestra
institución • Acompañamiento o capacitación a docentes • Visitas domiciliarias, de ser necesarias • Guiar y orientar a los estudiantes del grado 11º en su proyección profesional • Acompañar a los grupos en temas de orientación cuando los directores de
grupo lo propongan y lo requieran • Orientar profesionalmente a los estudiantes y a la comunidad en general
sobre asuntos que ésta requiera • Atender profesionalmente a los estudiantes remitidos por asuntos
disciplinarios. • Liderar campañas de convivencia y de superación en la institución educativa • Participar en el Comité de Resolución de Conflictos. • Participar en el Comité Académico de todos los Grados.
1.10.1.13.10.9.18.7 Comité de Resolución de Conflictos
1.10.1.13.10.9.18.7.1 Objetivo General
Artículo 19. Objetivo general: intervenir en los conflictos con el fin de interiorizar en los sujetos implicados estrategias que promuevan la convivencia pacífica.
Se reúne mensual o extraordinariamente, de acuerdo con las necesidades del
momento, con el fin de revisar los casos que hayan sido intervenidos y mirar si el
conflicto ha desaparecido, o en su defecto ha disminuido.
1.10.1.13.10.9.18.7.2 Conformación del Comité de Resolución de Conflictos
Parágrafo.- conforma el comité de resolución de conflictos
- Rector o su delegado - Coordinadores - Psicóloga - Un docente de primaria - Dos docentes de secundaria, así: uno de básica y otro de media. - Personero de los Estudiantes - El Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo - 1 Representante del Consejo de Padres
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1.10.1.13.10.9.18.7.3 Procedimiento en la Actuación del Comité de Resolución de Conflictos
Artículo 20. Procedimiento en la actuación del comité de resolución de conflictos
Una vez categorizado el problema se actuará de la siguiente manera:
- Se escucharán los descargos de cada uno de los implicados (para no sesgar la información y para tener una idea del posible autor del conflicto)
- Se plantearán soluciones a corto, mediano y largo plazo y se cerciorará que éstas queden claras y entendibles
- Se firmarán los compromisos adquiridos, tanto verbales como escritos. Su incumplimiento generará la sanción aplicable según la falta cometida.
- Se sacará una conclusión, a manera de reflexión, fundamentada en valores, normas y convivencia.
1.10.1.13.10.9.18.7.4 Mecanismos de resolución de conflictos
Artículo 21. Mecanismos de resolución de conflictos
Los mecanismos para la resolución de conflictos son la negociación, la
mediación y la conciliación
- La negociación: dos o más personas que tienen un problema discuten ideas y propuestas, con el objetivo de lograr un acuerdo que beneficie a los involucrados. Deben quedar unos compromisos claros que deben ser concertados por las partes y definirán la forma en que dicho proceso se llevará a cabo.
- La mediación es la herramienta utilizada voluntariamente por las partes que
están inmersas en un conflicto, con el fin de lograr un acuerdo o compromiso
que reporte ganancias para ambos. Se diferencia de la negociación, en que
en la mediación aparece un tercero neutral e imparcial, quien cumple la
función básica de restablecer la comunicación cuando ésta se ha roto, o
establecerla cuando ésta no se ha dado aún.
- La conciliación es una forma de mediación, la diferencia es que la conciliación
tiene consagración expresa en la constitución política, en el artículo 116 y en
otras leyes como: ley 23 de 1991, decreto 2651 de 1991, decreto 800 de
1991.
1.10.1.13.10.9.18.8 Secretaria Académica
Artículo 22. Secretaria académica. La secretaria académica depende del Rector. Le corresponde llevar el registro y el control de los aspectos legales de la Institución. Parágrafo. Funciones de la secretaria académica
• Programar y organizar las actividades propias de su cargo. • Mantener aseado su lugar de trabajo • Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros reglamentarios • Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula. • Elaborar la lista de los educandos para efectos docentes y administrativos. • Mantener ordenada y actualizada la documentación de educandos,
personal docente y administrativo. • Llevar el registro del servicio de los funcionarios de la Institución. • Colaborar con el Rector en la elaboración de los informes estadísticos. • Gestionar ante la Secretaría de Educación el registro de los libros
reglamentarios, certificados de estudio y demás diligencias pertinentes. • Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones y
constancia que le sean solicitadas.
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• Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por el Rector del plantel.
• Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. • Atender al público en el horario establecido. • Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los
equipos materiales confiados a su manejo. • Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza del cargo.
1.10.1.13.10.9.18.9 Secretaria Auxiliar
Artículo 23. Secretaria(s) auxiliar(es). La secretaria auxiliar depende del Rector. Son sus funciones:
• Le corresponde llevar el registro y el control de los aspectos legales de la Institución.
• Programar y organizar las actividades propias de su cargo. • Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros reglamentarios. • Mantener aseado su lugar de trabajo • Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula. • Elaborar la lista de los educandos para efectos docentes y administrativos. • Mantener ordenada y actualizada la documentación de educandos,
personal docente y administrativo. • Llevar el registro del servicio de los funcionarios de la Institución. • Colaborar con el Rector en la elaboración de los informes estadísticos. • Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones y
constancia que le sean solicitadas. • Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. • Atender al público en el horario establecido. • Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los
equipos materiales confiados a su manejo. • Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza del cargo
1.10.1.13.10.9.18.10 Portero
Artículo 24. El portero. Depende del Rector. Le corresponde realizar las
siguientes tareas.
• Deberá portar la escarapela con los siguientes datos: CEDECO, año, institución, nombres y apellidos, cargo
• Llevar, en forma impecable, el uniforme asignado por la institución • Mantener buenas relaciones con los directivos, docentes y demás
autoridades o empleados del establecimiento • Mantener aseado su lugar de trabajo • No permitir la entrada de personas a la institución sin antes consultarle a
quién necesita, y haber hablado con la persona requerida • Ejercer la vigilancia en las áreas y zonas que se le asignen. • Controlar la entrada y salida, con los objetos del plantel. • Velar por el buen estado y conservación de los implementos y bienes a su
cuidado, e informar, oportunamente, de las anomalías detectadas. • Responder por la jornada laboral legalmente establecida. • No podrá abandonar el establecimiento, durante su jornada laboral, sin
autorización del superior inmediato. • Colaborar con actividades complementarias, como aseo, arreglo de sillas,
pintura, etc. Cada vez que las circunstancias lo exijan. • No debe inmiscuirse en las determinaciones tomadas por sus superiores,
ni tampoco en asuntos que no sean de su competencia. • Deberá guardar, en forma muy respetuosa y ética, la clave asignada para
brindar seguridad al establecimiento. • Lo que escuche de sus superiores, deberá reservarlo, y nunca llevarlo a la
opinión pública, sin la debida autorización.
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• Las relaciones con los educandos deberán estar ajustadas a las normas de convivencia pacífica, y llevarlas con suma prudencia.
• Por ser el último en salir del local, deberá revisar las llaves del agua, apagar ventiladores, cerrar puertas y ventanas y apagar la luz.
• Abstenerse de dar información que no sea propia de su cargo • Cumplir con las funciones que le asigne el superior inmediato.
1.10.1.13.10.9.18.11 Personal de Aseo
Artículo 25. Personal encargado del aseo. El personal del aseo depende directamente del Rector. Le corresponden las siguientes funciones:
• Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.
• Mantener aseado su lugar de trabajo • Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas. • Informar sobre cualquier novedad ocurrida a los equipos bajo su cuidado y
responsabilidad. • Cumplir la jornada de trabajo legalmente establecida. • Cumplir las demás funciones que le asigne el superior inmediato.
1.10.1.13.10.9.18.12 Bibliotecaria
Artículo 26. Bibliotecaria. Depende del Rector. Son deberes de la bibliotecaria: • Atender cordialmente a todas aquellas personas que requieren sus
servicios. • Hacerse cargo de la biblioteca, la que recibirá por inventario y organizar
de acuerdo a las orientaciones del Coordinador. • Recibir, catalogar, clasificar los libros, revistas periódicos y demás
publicaciones que lleguen a la biblioteca. • Mantener aseado su lugar de trabajo • Tener la biblioteca en servicio durante las horas señaladas por la Rectoría. • Cuidar de la buena conservación de los libros y demás elementos de su
dependencia. • Llevar los inventarios de la biblioteca. • Propender por el enriquecimiento de la biblioteca y estimular la lectura. • Hacerse cargo del material didáctico y científico y velar por su
mejoramiento y conservación. • Llevar el libro relacionado con el movimiento de la biblioteca. • Cumplir con las demás funciones que le asigne el Rector.
Bibliografía
• CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, LEY 115/94 • LEY 715/01 • LEY 1098/06 • LEY 107 DE 1994 • DECRETO 1860/94 • DECRETO 1290/09 • CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO • RESOLUCIÓN 4210 DE 1996 • PERSONERÍA DE MEDELLÍN, El gobierno Escolar • CARTILLA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MEDELLÍN,
mínimos que debe tener el manual de convivencia escolar.