+ All Categories
Home > Documents > REGIMEN ESPECIALES.doc

REGIMEN ESPECIALES.doc

Date post: 06-Jul-2018
Category:
Upload: jhonvalero22
View: 219 times
Download: 0 times
Share this document with a friend

of 17

Transcript
  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    1/17

    REGIMEN ESPECIALES

    1. Normativa jurídica sobre el réime!.Decreto N° 3.112, de fecha 16 de diciembre de 1998, mediante el cual se dicta el Reglamento delRégimen de uerto !ibre de "anta #lena de $airén, %ublicado en la &aceta 'ficial de la Re%(blicade )ene*uela N° +.288 #traordinario, de fecha 13 de enero de 1999.

    ". #E! $ué co!siste el réime!%-onsiste en un régimen tributario %referencial %ara estimular fa/orecer el desarrollosocioecon0mico de la regi0n dicho régimen liberatorio com%rende las acti/idades ue se realicendentro del territorio del %uerto libre debidamente delimitado.!as mercancas ue ingresen ba4o el régimen de %uerto libre no causar5n el %ago de im%uestos deim%ortaci0n, %ero estar5n su4etas al %ago de la tasa %or ser/icios de aduana 17 ad valorem ascomo tam%oco estar5n su4etas al %ago de im%uestos internos, siem%re ue sean des%achadas aconsumo en el %uerto libre.

    &. '(eracio!es ) reíme!es a(licables."e %ueden efectuar todas las o%eraciones aduaneras contem%ladas en la !e 'rg5nica de

     duanas sus reglamentos. :gualmente en ese territorio, las mercancas %ueden someterse atodos los regmenes aduaneros es%eciales %re/istos en los mismos instrumentos normati/os.

    *. Merca!cías $ue (uede! i!resar.

    ;odas las mercancas comerciali*ables, indistintamente de su origen %rocedencia, con ece%ci0nde los /ehculos, na/es aerona/es, de auellas ue, %or ra*ones de sanidad, salubridad,defensa seguridad social, estable*ca el rancel de duanas.!as mercancas ue ingresen ba4o al %uerto libre, %odr5n ser<a+ #%ortadas, ree%ortadas, ree%edidas o reembarcadas al resto del territorio aduanero nacionalo al eterior, %re/io cum%limiento de todos los reuisitos ordinarios eigibles ,b+ #%ortadas, ree%ortadas, ree%edidas o reembarcadas a otros %uertos libres, *onas francas,de%0sitos aduaneros o almacenes libres de im%uesto, en general, a *onas donde eistantratamientos im%ositi/os %referenciales, sin ning(n ti%o de restricciones.

    ,. E$ui(aje de (asajeros."e entender5 %or eui%a4e de %asa4ero las mercancas ue se aduieran en el %uerto libre %ara uso%ersonal o consumo del %asa4ero su gru%o familiar. #l %asa4ero har5 la declaraci0n de aduanas

    ante los funcionarios del "#N:;, aneando las facturas de com%ra de los efectos nue/os.!os %asa4eros ue %artan del uerto !ibre hacia el eterior, %resentar5n la declaraci0n de aduanascuando lle/en consigo bienes es%ecificados en la !e de rotecci0n a la =lora =auna, la !e derotecci0n -onser/aci0n de ntig>edades, 'bras rtsticas o del cer/o ?ist0rico de la Naci0n.

    @ona !ibre

     1. Normativa jurídica sobre el réime!.

    http://2.bp.blogspot.com/-zpb_RB1dYPI/Te-zceqQcGI/AAAAAAAAAAU/kIsj8sSXt4g/s1600/zona_libre_colon.jpg

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    2/17

    !e "obre la @ona !ibre -ultural, -ientfica ;ecnol0gica del #stado Aérida, de fecha 1B de 4uliode 199+, %ublicada en la &aceta 'ficial de la Re%(blica de )ene*uela N° B.93C #traordinario, defecha 1B de 4ulio de 199+ el Reglamento la @ona !ibre -ultural, -ientfica ;ecnol0gica del#stado Aérida de fecha 9 de se%tiembre de 1998, %ublicado en la &aceta 'ficial de la Re%(blicade )ene*uela N° 36.611, de fecha 29 de diciembre de 1998.

    ". #E! $ué co!siste el réime!%-onsiste en un régimen fiscal es%ecial de car5cter %referencial, establecido con el ob4eto deestimular la %roducci0n, la di/ulgaci0n la distribuci0n de bienes acti/idades culturales,cientficas tecnol0gicas en la regi0n.!os bienes ser/icios culturales, cientficos tecnol0gicos, ue se %rodu*can en el %as, as comolos bienes sus %artes %rocedentes del eterior, ue ingresen a )ene*uela con destino a la@'!--E;, estar5n su4etos al siguiente régimen %referencial<a+ No causar5n derechos arancelariosb+ #star5n eentos del :m%uesto al )alor gregado, as como de cualuier otro im%uesto nacionalue de forma directa o indirecta, gra/e su im%ortaci0n o /entac+ No causar5n tasas %or ser/icios de aduana d+ No estar5n su4etos a tasas arancelarias %araFarancelarias, con ece%ci0n de las de car5cter sanitario.!as acti/idades de %roducci0n, distribuci0n, comerciali*aci0n %romoci0n de bienes ser/iciosculturales, cientficos tecnol0gicos su4etos al régimen, reali*ados %or %ersonas autori*adas %arao%erarlo residentes en la @'!--E;, estar5n eentas del im%uesto sobre la renta, s0lo cuando sedediuen eclusi/amente al uehacer cultural, cientfico o tecnol0gico.

    &. '(eracio!es ) Reíme!es a(licables.!os bienes originarios %rocedentes de la @ona !ibre ue haan sido aduiridos legalmente en lamisma, %odr5n ser internados al resto del territorio nacional cancelando el gra/amen uecorres%onda, de acuerdo a la clasificaci0n arancelaria del bien final seg(n el /alor establecido en lafactura as mismo %odr5n ser e%ortados libremente estando afectos a beneficiarse de cualuier acuerdo internacional suscrito %or el e4ecuti/o nacional.!os bienes %roducidos los im%ortados a la @ona !ibre, ba4o el régimen es%ecial, %odr5n ser e%ortados libremente, sin ning(n ti%o de restricciones %udiendo acogerse a los regmenesestablecidos en la !e 'rg5nica de duanas sus reglamentos.

    *. Merca!cías $ue (uede! i!resar.  los efectos de este régimen, los bienes ser/icios culturales, cientficos tecnol0gicos, son

    auellos destinados de manera eclusi/a a la %roducci0n di/ulgaci0n de %roductos acti/idadesartsticas, cientficas humansticas, as como los de tecnologas a/an*adas orientadas hacia la%roducci0n o la in/estigaci0n cientfica. #l reglamento contiene algunas definiciones, entre lascuales, se destacan<a+ Gien cultural es auél destinado a generar di/ulgar %roductos o acti/idades artsticas,humansticas, como la m(sica, la literatura, las artes escénicas, artes /isuales, etc. también se%uede catalogar a una acti/idad como artstica o humanstica, si su tutela es una atribuci0n legaldel -'N- -onse4o Nacional de la -ultura o el :D- :nstituto de cci0n -ultural del #stadoAérida.b+ !as acti/idades cientficas son auellas destinadas a crear bienes conocimientos en loscam%os formal, natural social, a tra/és de una metodologa rigurosa, cuos resultados see%resen en %ro%osiciones uni/ersales /erificables.c+ !as acti/idades tecnol0gicas son las ue em%lean conocimientos creati/idad intelectual %araresol/er %roblemas es%ecficos de car5cter natural, econ0mico, social, cientfico cultural.d+ !as tecnologas a/an*adas incluen a la tecnologa de %unta, como la biotecnologa, umicafina, electr0nica, teleinform5tica, etc. as como las dem5s tecnologas ue constituan a/ancestecnol0gicos notables, desde la %ers%ecti/a del desarrollo nacional.e+ !as acti/idades cientficas o tecnol0gicas son auellas cua tutela est5 a cargo del -'N:-:;, o-onse4o Nacional de la -iencia ;ecnologa.&o*ar5n de la %rotecci0n del régimen es%ecial, eclusi/amente los bienes ser/icios culturales,cientficos tecnol0gicos %roducidos dentro del territorio de la @'!--E; los im%ortados uecum%lan con las siguientes condiciones

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    3/17

    a+ Hue estén am%arados %or la documentaci0n aduanera de trans%orte res%ecti/as cum%lir conlos tr5mites aduaneros de internaci0n a la @ona !ibreb+ -um%lir con las dis%osiciones sanitarias /igentes en el %as ,c+ Hue sus %atrocinantes estén domiciliados en la 4urisdicci0n de la @'!--E; autori*ados %arao%erar ba4o el régimen es%ecial as como ue eista corres%ondencia entre los bienes im%ortados los %rocesos acti/idades de sus consignatarios o%erantes.

    ,. E$ui(aje de Pasajerosodr5n ser trasladados al resto del territorio nacional como eui%a4e acom%aIado, los bienesnue/os %roducidos en la @ona !ibre, ue cum%lan con alguno de los criterios de transformaci0nsuficiente, ue se mencionan a continuaci0n<a+ !os elaborados ntegramente en la *ona !ibre a %artir de materias %rimas %ro%ias de la @ona odel resto del territorio nacionalb+ !os %roducidos con materias o insumos im%ortados, ue resulten de un %roceso de %roducci0n otransformaci0n reali*ado dentro de la @ona !ibre, cuando dicho %roceso les confiera una nue/aindi/idualidad caracteri*ada %or el hecho de estar clasificados en la nomenclatura arancelarianacional en %artidas diferentes a la de los insumos im%ortados ue la conformenc+ !os ue resulten de un %roceso de ensambla4e o monta4e, siem%re ue en su elaboraci0n seutilicen materiales originarios del territorio nacional o de la subregi0n andina el /alor -:= de losinsumos im%ortados de los terceros %ases no eceda del +7 del /alor #JF=Gd+ !os %roducidos con materiales im%ortados ue no resulten de un %roceso de ensambla4e omonta4e, siem%re ue el bien final contenga materiales originarios de la subregi0n andina el /alor -:= de los insumos im%ortados de terceros %ases no eceda del +7 del /alor #JF=G

    :gualmente, los bienes terminados no %roducidos en la @ona !ibre, %ero ue haan sido im%ortadosa la misma, contenidos en la lista ue al efecto deber5 haber elaborado la Kunta, %odr5n ser trasladados al resto del territorio nacional formando %arte del eui%a4e acom%aIado de los%asa4eros %rocedentes de la @ona !ibre, su4etos a las dis%osiciones ue al res%ecto haa dictado elAinisterio de =inan*as.

    @ona =ranca

     1. Normativa jurídica sobre el réime!.-reada como *ona franca industrial, mediante Decreto N° 1.3C, de fecha 6 de 4unio de 19C3,%ublicado en la &aceta 'ficial de la Re%(blica de )ene*uela N° 3.12+, de fecha 11 de 4unio de19C3 am%liada a *ona comercial de ser/icios, mediante Decreto N° 1.8C, de fecha 23 de abrilde 199C, %ublicado en la &aceta 'ficial de la Re%(blica de )ene*uela N° +.1B+ #traordinario, defecha 3 de abril 199C.!e de @onas =rancas de )ene*uela %ublicada en la &aceta 'ficial de la Re%(blica de )ene*uelaN° 3B.CC2, de fecha 8 de agosto de 1991.

    http://2.bp.blogspot.com/-zQfpqFY6cD4/Te-zirpQroI/AAAAAAAAAAY/sCq5IockupQ/s1600/ZZ7.jpg

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    4/17

    #n el aIo 1988, mediante Decreto N° 2.166, %ublicado en la &aceta 'ficial de la Re%(blica de)ene*uela N° 33.9CB, de fecha 26 de mao de 1998, se reglament0 la @ona =ranca :ndustrial dearaguan5.

    ". E! $ué co!siste el réime!.-onsiste en un régimen territorial es%ecial, establecido %ara %romo/er el desarrollo nacional atra/és de acti/idades ue fortale*can fundamentalmente el comercio eterior contribuan a latransferencia de tecnologa, la generaci0n de em%leo el desarrollo regional.Ga4o el régimen es%ecial de la @ona =ranca, de acuerdo a lo %re/isto en la !e de @onas =rancasde )ene*uela, uedan eentos del im%uesto sobre la renta<

    a. !os enriuecimientos obtenidos %or las %ersonas 4urdicas establecidas en ella, deri/adosde la colocaci0n de sus %roductos fuera del %as

    b. !os enriuecimientos %ro/enientes de los intereses de los ca%itales destinados alfinanciamiento de in/ersiones industriales, comerciales, de ser/icios de infraestructuradentro de la @ona =ranca ,

    c. !os enriuecimientos deri/ados de actos 4urdicos /inculados directamente a la @ona=ranca, en los casos con las modalidades ue determine el #4ecuti/o Nacional.

    !as em%resas instaladas en la @ona =ranca %ueden beneficiarse del %rograma de liberaci0n del cuerdo de -artagena a cualuier acuerdo de comercio internacional suscrito %or la Re%(blica,siem%re ue se sometan a su normati/a a ese efecto, el Ainisterio del oder o%ular %ara las:ndustrias !igeras -omercio, ser5 el encargado de la e%edici0n de los res%ecti/os certificados

    de origen.!as mercancas originarias %rocedentes del eterior ue ingresen a )ene*uela con destino a la@ona =ranca, estar5n su4etas al siguiente régimen %referencial<

    a. No causar5n derechos arancelariosb. No causar5n im%uestos internos al /alor agregado

    c. No causar5n tasa %or ser/icios de aduana

    d. #star5n liberadas de restricciones arancelarias %araFarancelarias, con ece%ci0n de lasde car5cter sanitario, certificados *oosanitarios, fitosanitarios %ermisos del Ainisterio deloder o%ular %ara la "alud Desarrollo "ocial auellos ue res%ondan a ra*ones dedefensa seguridad social.

    :gualmente, la im%ortaci0n de eui%os, herramientas materiales destinados eclusi/amente a laconstrucci0n de la infraestructura de los edificios de instalaciones ue se utilicen %ara eldesarrollo de la @ona =ranca, %or %arte de los entes administradores de los usuarios, nocausar5n im%uestos derechos arancelarios.

    &. '(eracio!es ) Reíme!es a(licables.!as mercancas originarias %rocedentes del eterior ue se encuentren legalmente en la @ona=ranca, as como las ue haan e%erimentado en la @ona =ranca los %rocesos de en/ase,desen/ase reen/ase, em%aue, desem%aue reem%aue, etiuetado, refinaci0n, %urificaci0n,me*cla, hidrataci0n, clasificaci0n, se%araci0n, selecci0n, marca4e, combinaci0n, re%araci0n,rehabilitaci0n, ensambla4e, transformaci0n, confecci0n, %rocesamiento, manufactura,industriali*aci0n , en general, cualuier ti%o de %erfeccionamiento, %odr5n sin ninguna limitaci0n<a+ "er e%ortadas ree%ortadasb+ "er ena4enadas %ara el ser/icio o consumo de na/es o aerona/es sus tri%ulantes o %asa4eros,ue /aan a *ar%ar a %uertos etran4erosc+ "er ena4enadas a otras *onas francas, %uertos libres, etc.#n los casos %re/istos en los %untos a b, las %ersonas 4urdicas instaladas en la @ona =ranca,tendr5n derecho a %ercibir los beneficios o incenti/os a las e%ortaciones.!as mercancas ue haan sido ob4eto de acti/idades industriales, %odr5n ser internadas desde la@ona =ranca al territorio nacional, %ara ello se deber5 %agar el gra/amen arancelariocorres%ondiente en %ro%orci0n al com%onente im%ortado se causar5 el im%uesto al /alor agregado la tasa %or ser/icios de aduana as como se har5n eigibles las restricciones arancelarias %araarancelarias a ue hubiere lugar.

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    5/17

    odr5n ingresar tem%oralmente del territorio aduanero nacional a la @ona =ranca, mercancas %araser sometidas a alg(n ti%o de %erfeccionamiento con la condici0n de ue su reingreso se lle/e acabo dentro de un %la*o m5imo de seis meses.:gualmente %odr5n ingresar tem%oralmente, con sus%ensi0n de los im%uestos de im%ortaci0n,materias %rimas mercancas de la @ona =ranca al territorio aduanero nacional, %ara ser sometidas a alg(n ti%o de %erfeccionamiento, %re/ia constituci0n de fian*a, con la condici0n deue su reingreso se lle/e a cabo dentro de un %la*o m5imo de seis meses.

    *. E$ui(aje de Pasajeros.No tiene régimen de eui%a4e de %asa4eros.Publicado por Yosel Ch. en 10:23 Enviar por correo electrónicoEscribe un blogCompartir con TitterCompartir con

    !aceboo"Compartir en Pinterest

    1 comentario:

    1.

    Génesis Marcano2# de $ebrero de 201%& 3:3'

    Est( repetida la publicación... )e igual $orma& mu* bueno+

    ,esponder 

    Cargar m(s...

    Entrada m(s reciente P(gina principal -uscribirse a: Enviar comentarios /tom 

    Regímenes Aduaneros Especiales (RégimenLiberatorio)

    viernes, 31 de enero de 2014

    https://www.blogger.com/profile/02458922683060970096http://aduana4tob22.blogspot.com/2011/06/regimenes-territoriales-especiales.htmlhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=pinteresthttps://www.blogger.com/profile/15848849065157115204http://aduana4tob22.blogspot.com/2011/06/regimenes-territoriales-especiales.html?showComment=1424777791221#c7827345600024072932http://aduana4tob22.blogspot.com/2011/06/aduanas-ecologicas-el-intercambio.htmlhttp://aduana4tob22.blogspot.com/http://aduana4tob22.blogspot.com/feeds/2179989441568260328/comments/defaulthttps://www.blogger.com/profile/02458922683060970096http://aduana4tob22.blogspot.com/2011/06/regimenes-territoriales-especiales.htmlhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1998635376960432660&postID=2179989441568260328&target=pinteresthttps://www.blogger.com/profile/15848849065157115204http://aduana4tob22.blogspot.com/2011/06/regimenes-territoriales-especiales.html?showComment=1424777791221#c7827345600024072932http://aduana4tob22.blogspot.com/2011/06/aduanas-ecologicas-el-intercambio.htmlhttp://aduana4tob22.blogspot.com/http://aduana4tob22.blogspot.com/feeds/2179989441568260328/comments/default

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    6/17

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    7/17

    http://1.bp.blogspot.com/-ANQF9i2j2Z0/Uuuug4Vt5II/AAAAAAAAAEA/h3HSbIteieM/s1600/Diapositiva2.JPG

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    8/17

    http://2.bp.blogspot.com/-QU3UYWSmlsA/UuuugxI8skI/AAAAAAAAAEE/_EWpA1lr52g/s1600/Diapositiva3.JPG

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    9/17

    Publicadas por Johan Castro a la/s 06:10 No hay comentarios.:

    Enviar esto por correo electrónicolo!"his#Compartir en "$itterCompartir en%aceboo&Compartir en Pinterest

     jueves, 30 de enero de 2014

    RAE (Regímenes Liberatorios) 

    REGÍMENES ADANER!S ES"E#$A%ES

      ormas mediante las cuales establece un tratamiento aduanero para las mercancas

    importadas *

     jueves, 30 de enero de 2014

    https://plus.google.com/114416995347110458795http://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimenes-liberatorios-rae.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimenes-liberatorios-rae.html#comment-formhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=pinteresthttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimen-liberatorio.htmlhttp://2.bp.blogspot.com/-DlMr2eYMAUw/UuuuhsKpZlI/AAAAAAAAAEU/TWP7KfJT1Tw/s1600/Diapositiva4.JPGhttps://plus.google.com/114416995347110458795http://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimenes-liberatorios-rae.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimenes-liberatorios-rae.html#comment-formhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=1641922770179865216&postID=1603855946654363161&target=pinteresthttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimen-liberatorio.html

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    10/17

    RAE (Regímenes Liberatorios) 

    REGÍMENES ADANER!S ES"E#$A%ES

      ormas mediante las cuales establece un tratamiento aduanero para las mercancas

    importadas * eportadas& di$erente en ciertos aspectos al r4gimen aduanerogeneral.

    Regímenes Liberatorios.

    EXENCIONE

    AR!.

    "# AL #$ L.O.A

      % AL & R. ' R.A.E

    E!O*

    'P(E)*+EN"E +E ,- (EP,*C-.

    ',-) P(E*)"-) EN ,EE) E)PEC*-,E).

    'PE("2) ,*(E).

    '-,3-CENE) ,*(E) 2 %(-NC2).

    '-,3-CENE) -+-NE(2) *N42N+.

    '52N-) ,*(E).

    http://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimen-liberatorio.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimen-liberatorio.html

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    11/17

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    12/17

    0 AL %" R. ' R.A.E 

    E!O*

    ' ,- -+3*N*)"(-C*N P,*C- N-C*2N-,< E)"-+-, 2 3N*C*P-,.

    ' %NC*2N-(*2) +*P,237"*C2)< C2N),-(E)< 3*)*2NE) -C(E+*"-+-) -N"E E, 82*E(N2.

    ' %NC*2N-(*2) +E, )E(*C*2 E="E(*2( +E ,- (EP,*C-.

    ' *N)"*"C*2NE) (E,*8*2)-) +E)"*N-+2) -, EJE(C*C*2 +E, C,"2.

    ' E%EC"2) P-(- ,- *N+)"(*-< ,- -8(*C,"(-< ,- C(9-< ,- 3*NE(9-< ,- PE)C-< ,-3-N%-C"(- P(2+C"2) C-,*%*C-+2) C232 +E P(*3E(- NECE)*+-+.

    ' +E)P2J2) 2 (E)"2) +E E;9C,2) P2( -CC*4+EN"E) +E N-E8-C*N.

    ' ,2) P(E*)"2) EN ,EE) 2 EN C2N"(-"2) -P(2-+2) P2( E, C2N8(E)2 +E ,-(EP,*C-. 

    CON+ICI,N*

    ' ),2 P2+(7N *N8(E)-( ,-) 3E(C-NC9-) E ;--N C3P,*+2 P(E*-3EN"E C2N ,-2"ENC*N +E ,2) PE(3*)2)< CE("*%*C-+2) (E8*)"(2) E)"-,EC*+2) EN ,- ,E8*),-C*N)-N*"-(*-< -8(9C2,- PEC-(*-< ))"-NC*-) E)"PE%-C*EN"E) P)*C2"(P*C-) P(2+C"2) E)ENC*-,E)< -(3-) E=P,2)*2)< C-N+2 )E- P(2CE+EN"E. >-(". ?@. ,.2.-.A.

    ' N2 )E(7N P(2CE+EN"E) C-N+2 E=*)"- P(2+CC*N )%*C*EN"E -+EC-+-< P(E4*2*N%2(3E +E, (8-N2 C23PE"EN"E.

    ' ),2 )E(7 "*,*5-+2 P2( E, ENE%*C*-(*2 - ,2) %*NE) C2N)*+E(-+2) P-(- ,- C2N4CE)*N +E ,- ,*E(-C*N >,2 C2N"(-(*2 3,"- -(". 116 ,.2.-.A. 

    ' ,- E=2NE(-C*N P2+(7 C23P(EN+E( ,- "-)- P2( )E(*C*2) +E -+-N- C-N+2 )E-

    +E*+-3EN"E J)"*%*C-+-. 

    RE-II!O*

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    13/17

    -'ALN<

    '  R#!-:MN D#"-R:;:)

    N;$R!#@, ;:' E -N;:DD,

    )!'R.

    '   D$N D# :N&R#"'.

    #"#-=:-'"<

    '  D#"-R:-:MN D# !" A#R-N-" E $G:--:MN RN-#!R:.

    "#-;'R LG!:-'<

    '  $"' E D#";:N' D# !" A#R-N-".

    '  :N='RA# E R#!-:MN D#"-R:;:)

    #A:;:D 'R #! =$N-:'NR:' -'A#;#N;#.

    D:!'AO;:-'" #J;RNK#R'" E )#N#@'!N'"<

    '   -R#D:;D' -'A' =$N-:'NR:' D:!'AO;:-' ' -'N"$!R N;# #! MR&N'-'A#;#N;#.

    '  !" A#R-N-" D# $"' ' -'N"$A' #R"'N! D#! =$N-:'NR:' ' D# $"' '=:-:! D#!" A:":'N#".

    ♦  #H$:K# -'APD'<

    R !'" #=#-;'" $"D'" H$# ;R#N -'N":&' ! RR:GR ! ", D#G#RON R#"#N;R !D'-$A#N;-:MN H$# -R#D:;# "$ -'ND:-:MN D# =$N-:'FNR:' "'R;#D:!'AO;:-'.

    ♦  #H$:K# N' -'APD'

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    14/17

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    15/17

    o Q enero >FA

    (e!Gmenes ,iberatorios >(-EA

    (-E >(e!Gmenes ,iberatoriosA

    Regimenes aduaneros especiales(e!Gmenes suspensivos,os (e!Gmenes )uspensivos o +estinaciones )uspensivas< son aHuellosre!Gmenes Hue constituyen la cate!orGa en los cuales la autoridad competenteautoriIa< suspende el pa!o de los !ravDmenes aduaneros< la introducción o laetracción temporal de mercancGas con nes determinados< con la condición deHue sean lue!o reepedidas o reintroducidas< se!Kn el caso< dentro del plaIoHue la norma se seLale.

    Eportación temporal(M!imen aduanero Hue permite eportar temporalmente mercancGas Hue seencuentren en libre circulación en el territorio aduanero nacional yreintroducirlas sin pa!o de los impuestos de importación< cuando no hayan

    eperimentado modicación al!una. >-rt. ? del (e!lamento de la ,ey2r!Dnica de -duanas sobre (e!Gmenes de ,iberación< )uspensión y otros(e!Gmenes -duaneros EspecialesA

     "raco de perOeccionamiento activo

    Conunto de tMcnicas en virtud de las cuales se eimia< total o parcialmente<del pa!o de los derechos arancelarios a aHuellas mercancGas Hue eran obeto<tras su elaboración y/o transOormación< de una salida posterior del territorioaduanero nacional. +esde 01.01.1@?? esta !ura Huedó sustituida por el

    rM!imen de perOeccionamiento activo< para acomodar nuestra le!islación a los(e!lamentos de la CEE.

     "raco de perOeccionamiento pasivo)istema Hue permite eportar temporalmente mercancGas Ouera del territorioaduanero de la Comunidad Económica Europea< con el n de ser reimportadasbao la Oorma de productos acabados o compensadores< y con eención parcialo total de derechos a la importación despuMs de haber sido obeto< Ouera delterritorio aduanero de la Comunidad< de una o varias operaciones deperOeccionamiento.

    -lmacenes !enerales de depósito "ienen por obeto la conservación y !uarda de bienes muebles por los Hue nose hayan satisOechos los derechos de importaciónQ asG como la epedición decerticados de depósito y de bonos de prenda.

    +epósitos aduaneros >in4bondA "iene la nalidad de recibir< en un Drea destinada a ese eOecto< mercancGas

    http://void%280%29/http://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014_01_01_archive.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimenes-liberatorios-rae.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimen-liberatorio.htmlhttp://void%280%29/http://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014_01_01_archive.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimenes-liberatorios-rae.htmlhttp://regimenliberatoriorae.blogspot.com/2014/01/regimen-liberatorio.html

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    16/17

    etraneras< nacionales o nacionaliIadas< eentas de pa!o de impuestos deimportación y tasa por servicios de aduana. El lapso mDimo de permanenciade las mercancGas en un depósito de este tipo< es de un >1A aLo contado apartir de la Oecha de in!reso al mismo. Estos depósitos pueden establecerse encualHuier Iona del paGs inte!rada a parHues o con!lomerados industriales<próima y de ODcil acceso a puertos y aeropuertos.+epósitos temporales

     "iene por nalidad< el depósito provisional de las mercancGas obeto deoperaciones aduaneras< mientras se cumplen los trDmites respectivos para elperOeccionamiento de la correspondiente operación< en Dreas destinadas a eseeOecto< ubicadas dentro de las Ionas primarias o espacios !eo!rDcos próimosa las ocinas aduaneras. El lapso mDimo de permanencia de las mercancGasbao este rM!imen< es de treinta >0A dGas continuos< contados a partir delvencimiento del plaIo para declarar.(e!Gmenes +evolutivos

    +evolución de *mpuestos de *mportación >+ra$ ac&A:Permite la devolución total o parcial de los impuestos de importación< asG como

    delos impuestos internos< pa!ados por las materias primas y demDs materialesutiliIados en la producción< elaboración o acondicionamiento de mercaderGasHue sean eportadas.

    (e!Gmenes Especiales ,iberatorios

    (eposición con %ranHuicia -rancelaria: permite importar< por una sola veI conliberación del pa!o de los impuestos de importación< mercancGas eHuivalentesen cantidad< descripción< calidad y caracterGsticas tMcnicas< a aHuellas respectoa las cuales Oueron pa!ados

    5ona OrancaEs un territorio delimitado de un paGs donde se !oIa de al!unos beneciostributaria< como el no pa!o del derecho de importación de mercancGas o el nocobro de al!unos impuestos< muchos !obiernos de paGses establecen IonasOrancas en re!iones apartadas o eternas con el n de atraer capitales y eldesarrollo económico de la re!ión.

    Puertos libres o puertos OrancosEs un territorio sometido a re!Gmenes aduaneros especiales en el cual puedenin!resar mercancGas procedentes del eterior< libres de !ravDmenes aduanerosimpuestos internos y restricciones cuantitativas dentro de los tMrminos ylimitaciones previstas estas re!iones suelen tener una polGtica autonómica yson desarrolladas.

  • 8/18/2019 REGIMEN ESPECIALES.doc

    17/17

    5onas libres)on determinadas re!iones ubicadas !eneralmente en las Oronteras< Ouera delos centros de distribución y abastos de insumos y bienes bDsicos nacionalesestDn Oormadas por dos o mas paGses Hue de Oorma inmediata ypaulatinamente suprimen las trabas aduaneras entre si pero manteniendo cadauno Orente a terceros su propio arancel de aduanas y su rM!imen de comercio.


Recommended